DECLARATORIA de Desastre Natural por la ocurrencia de movimiento de ladera en la colonia 6 de Junio, en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez del Estado de Chiapas, del 12 al 14 de septiembre de 2013.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI y XXI, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9 y 10 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los "Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales" (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno Federal el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio 0063, de fecha 18 de septiembre de 2013, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas, Lic. Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, solicitó al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en esa Entidad Federativa, descrito como movimiento de ladera remoción en masa en la Colonia 6 de junio, en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, del 12 al 14 de septiembre de 2013.
Que con oficio número H00-D.G./1181/2013, de fecha 20 de septiembre de 2013, el CENAPRED emitió su opinión técnica en atención al oficio 0063, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno movimiento de ladera en la Colonia 6 de junio, en el municipio de Tuxtla Gutiérrez del Estado de Chiapas, del 12 al 14 de septiembre de 2013.
Que con fecha 23 de septiembre de 2013, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del Estado de Chiapas presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE MOVIMIENTO DE LADERA EN
LA COLONIA 6 DE JUNIO, EN EL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIÉRREZ DEL ESTADO DE CHIAPAS,
DEL 12 AL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2013
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre al municipio de Tuxtla Gutiérrez en el Estado de Chiapas, por la ocurrencia de movimiento de ladera en la Colonia 6 de junio, del 12 al 14 de septiembre de 2013.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de las Reglas Generales.
México, Distrito Federal, a veintitrés de septiembre de dos mil trece. Con fundamento en los artículos 8, 10 fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013), en ausencia del Coordinador Nacional de Protección Civil, lo firma el Director Técnico, Iván Pedroza Ramos.- Rúbrica.