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DOF: 01/11/2001 |
INSUBSISTENCIA de declaratoria de libertad de terreno número I-082/2001. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. INSUBSISTENCIA DE DECLARATORIA DE LIBERTAD DE TERRENO I-082/2001 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o. y 14 párrafo segundo de la Ley Minera y 6o. párrafo final de su Reglamento, y de acuerdo con la atribución conferida por el artículo 33 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, se dejan insubsistentes las declaratorias de libertad contenidas en la Relación de Declaratorias de Libertad de Terreno 40/2001, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de octubre de 2001, cuyos datos se precisan a continuación. Esta insubsistencia se efectúa en virtud de que los acuerdos de cancelación dictados por la Dirección de Revisión de Obligaciones, por no haber acreditado los concesionarios el pago de derechos mineros, están en proceso de revocación, toda vez que han sido acreditados ante dicha Dirección los pagos de los derechos requeridos. TITULO | AGENCIA | EXPEDIENTE | NOMBRE DEL LOTE | SUPERFICIE (HAS.) | MUNICIPIO | ESTADO | 205724 | EX-ARTEAGA, MICH. | 2877 | ANGELES | 3481.0413 | ARTEAGA | MICH. | 207033 | MONTERREY, N.L. | 14178 | EL REY FRACCION I | 3442.8549 | NUEVO LAREDO | TAMPS. | México, D.F., a 12 de octubre de 2001.- El Director General de Minas, Luis Raúl Escudero Chávez.- Rúbrica. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 1 de noviembre de 2001 Jueves 1 de noviembre de 2001 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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