PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECRETO
por el que se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes en su
orden, al artículo 16 de
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN
USO DE
Artículo Único.- Se adiciona un segundo
párrafo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 16 de
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su
persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de
mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa
legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección
de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos,
así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual
establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento
de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público,
seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
No podrá librarse orden de aprehensión sino
por la autoridad judicial y sin que proceda denuncia o querella de un hecho que
la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren
datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad
de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
(...)
ARTÍCULO TRANSITORIO
Artículo
Único.- El presente Decreto entrará en
vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
México, D.F., a 21 de abril de 2009.- Dip. Cesar Horacio Duarte Jaquez, Presidente.- Sen. Gustavo Enrique Madero Muñoz, Presidente.- Dip. Margarita Arenas Guzman, Secretaria.- Sen. Gabino Cué Monteagudo, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la
fracción I del Artículo 89 de