Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial.- Dirección General de Normas. AVISO a los Industriales, Comerciantes y Público en General sobre Normas para Productos Industriales.
Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 1o., 2o., 6o., 23 Inciso a) y 24 de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas y 121 y 122 de la Ley de Inversiones y Marcas, esta Secretaría ha aprobado la siguiente Norma Oficial Mexicana:
EMBLEMA DENOMINADO HECHO EN MEXICO
NOM-Z-91978
1.- OBJETIVO.
Esta Norma tiene por objeto establecer y describir el emblema denominado HECHO EN MEXICO.
2.- CAMPO DE APLICACION.
La presente Norma se aplica al emblema denominado HECHO EN MEXICO utilizable para distinguir a los productos fabricados en Territorio Mexicano.
3.- REFERENCIAS.
Para la correcta aplicación de esta Norma se debe consultar la siguiente Norma Oficial Mexicana vigente:
NOM-R-51 NUMEROS NORMALES
4.- DEFINICIONES.
4.1.- Emblema denominado "Hecho en México"
Es la representación de la leyenda y figura que identifica a los productos fabricados en Territorio Mexicano.
5.- ESPECIFICACIONES.
5.1.- Del emblema.
Las relaciones dimensionales del emblema denominado HECHO EN MEXICO, se establecen en la Figura 1 y se representan como se ilustra en la Figura 2.
5.2.- El tamaño del emblema debe corresponder a cualesquiera de los comprendidos en la Serie R-10 de la Norma Oficial Mexicana NOM-R-51 vigente.
5.3.- El tipo de letra de la leyenda del emblema puede ser: "helvética media", "futura media" o "grotesca", según se ilustra en la Figura 3.
6.- USOS.
6.1.- Debe marcarse en forma clara, legible e indeleble en los productos fabricados en Territorio Mexicano.
6.2.- De no ser posible marcar el emblema en el producto, debe marcarse en su envase o embalaje.
6.3.- De otros productos
Los productos terminados en estado natural, producidos en Territorio Mexicano o productos extranjeros envasados o ensamblados en Territorio Mexicano, podrán ostentar la misma figura a la que se refiere esta Norma, cambiando la leyenda según el caso (ver Figuras 4 y 5).
APENDICE.
A.1.- Figuras.
Las figuras 4 y 5 muestran, a manera de ejemplo, algunas representaciones del emblema, comprendidas en la Serie $-10 de la Norma Oficial Mexicana NOM-R-51 vigente.
A.2.- Observación.
Las Normas NOM que se mencionan en esta Norma corresponden a las DGN vigentes de la misma letra y número.
México, D. F., a 15 de febrero de 1978.- El Director General de Normas, Román Serra Castaños.- Rúbrica.
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