DOF: 17/03/1997
RESOLUCION número DGB.EQ-1/97 de la Dirección General del Bachillerato de la Secretarí­a de Educación Pública que declara la equivalencia con el Bachillerato de los planes y programas de estudio vigentes desde 1990 del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP), con la complementación de las asignaturas y contenidos temáticos correspondientes al tronco común del Bachillerato, sólo para fines de ingreso a la Educación de Tipo Superior.
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Diario Oficial de la Federación 1997

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Subsecretaría de Educación Superior e Investigación Científica.-Dirección General del Bachillerato.

RESOLUCION NUMERO DGB.EQ-1/97 DE LA DIRECCION GENERAL DEL BACHILLERATO DE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA QUE DECLARA LA EQUIVALENCIA CON EL BACHILLERATO DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO VIGENTES DESDE 1990 DEL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACION PROFESIONAL TECNICA (CONALEP), CON LA COMPLEMENTACION DE LAS ASIGNATURAS Y CONTENIDOS TEMATICOS CORRESPONDIENTES AL TRONCO COMUN DEL BACHILLERATO, SOLO PARA FINES DE INGRESO A LA EDUCACION DE TIPO SUPERIOR Y:

CONSIDERANDO

I.- Que en términos del Decreto de creación del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978, reformado el 8 de diciembre de 1993, el CONALEP es un organismo público descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto es contribuir al desarrollo nacional mediante la formación de recursos humanos calificados, para lo cual realiza, entre otras acciones, la de impartir Educación Profesional Técnica a nivel post-secundaria, conforme a los requerimientos y necesidades del sector productivo y de la superación profesional del individuo.

II.- Que el 13 de diciembre de 1996, mediante oficio número DG 43-2/97 se informó que el 9 de diciembre de 1996, la Junta Directiva del CONALEP, en uso de sus facultades, aprobó la complementación de los Planes de Estudio de las Carreras del Colegio vigentes a partir de 1990, con las asignaturas del Tronco Común del Bachillerato, a que se refieren los Acuerdos Secretariales 71, de fecha 28 de mayo de 1982 y 77, de fecha 21 de septiembre de 1982, sólo con fines de ingreso a la Educación de Tipo Superior de los estudiantes que hayan aprobado el examen que los acredita como Profesional Técnico. Por lo anterior, se instruyó al Director General del Colegio para que solicitara formalmente a la Secretaría de Educación Pública, que declare equivalentes dichos planes con los del Bachillerato.

III.- Que en virtud de lo anterior, el Director General del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica solicitó a la Secretaría de Educación Pública la dictaminación sobre los referidos planes y programas, con el fin de que en el caso de ser procedente, se declaren equivalentes al Bachillerato, sólo para fines de ingreso a la Educación de Tipo Superior.

IV.- Que en consulta con la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación y con base en el Dictamen Académico que fue elaborado por especialistas en la materia, de fecha 7 de noviembre de 1996, mismo que sustentó al Acuerdo de la Junta Directiva del organismo de referencia, de fecha 9 de diciembre de 1996, quedó establecida la necesidad de incorporar asignaturas, complementar contenidos temáticos y adecuar cargas horarias a los planes de estudio del CONALEP, con la finalidad de establecer su equivalencia con el nivel de Bachillerato, para efectos de ingreso a la Educación de Tipo Superior.

V.- Que la Dirección General del Bachillerato cuenta con las facultades suficientes para formular la declaración de equivalencia correspondiente a dicho nivel educativo.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 37 y 62 de la Ley General de Educación y 22 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública se

RESUELVE

PRIMERO.-Se declara la equivalencia a Bachillerato de los planes y programas de estudio del CONALEP de acuerdo a lo siguiente:

a)      La equivalencia sólo se declara para efectos de ingreso a la Educación de Tipo Superior, y

b)      Será válida únicamente para aquellos alumnos que, habiendo cursado sus estudios con los planes y programas vigentes desde 1990, hayan aprobado o aprueben el examen para obtener el Título de Profesional Técnico, así como las asignaturas optativas complementarias relativas al Tronco Común del Bachillerato.

SEGUNDO.- En los certificados que se expidan bajo el amparo de esta Resolución deberá mencionarse expresamente el número y la fecha de la misma.

TERCERO.- Esta Resolución de Equivalencia subsistirá siempre que el CONALEP ofrezca las asignaturas y los contenidos temáticos complementarios a que se refiere el Dictamen Académico en cita, dentro de las disposiciones legales vigentes y cumpla con las obligaciones establecidas en este documento.

CUARTO.-La presente Resolución de Equivalencia de Estudios surtirá sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a los seis días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete.- El Director General del Bachillerato, Calixto Mateos González.- Rúbrica.


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