DOF: 13/03/1996
ACUERDO número 209 mediante el cual se reforma y adiciona el diverso número 181 por el que se establecen el Plan y los Programas de Estudio para la Educación Primaria.
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Diario Oficial de la Federación 1996

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

Con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., primer párrafo, 12, fracciones I, XI y XIII y 48 de la Ley General de Educación y 5o., fracciones I y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo número 181 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1993, se establecieron los planes y programas de estudio para la educación primaria;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 señala que el fundamento de una educación de calidad reside en la sólida formación de valores, actitudes, hábitos, conocimientos y destrezas desde la primera infancia, a través de los niveles de preescolar, primaria y secundaria;

Que asimismo, el referido Plan pretende consolidar la federalización de la educación mediante el fortalecimiento de las atribuciones y responsabilidades que corresponden a cada uno de los tres órdenes de gobierno y la promoción de una activa participación de las comunidades en las tareas educativas;

Que el Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, dentro de su apartado relativo a Planes y Programas de Estudio, señala que las reformas de los planes y programas de estudio de la educación primaria realizados hace tres años se orientan al fortalecimiento de competencias, conocimientos y valores fundamentales. La formulación pedagógica permite, de manera eficaz, la acentuación de los propósitos formativos, por encima de los que sólo atienden la adquisición de información, lo que representa un cambio capaz de inducir una clara elevación de la calidad educativa, pero que demanda una labor intensa de consolidación y perfeccionamiento, y

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, fracción I de la Ley General de Educación corresponde, de manera exclusiva, a la Secretaría de Educación Pública establecer los contenidos de los planes y programas de estudio para la primaria y, por tanto es facultad de dicha autoridad el determinar, con base en la madurez psicológica del individuo, la edad como requisito para asimilar los contenidos de los referidos planes y programas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 209 MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA Y ADICIONA EL DIVERSO NUMERO 181 POR EL QUE SE ESTABLECEN EL PLAN Y LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO PARA LA EDUCACION PRIMARIA.

ARTICULO UNICO.- Se reforma el artículo único, pasando a ser artículo 1o. y se adiciona un artículo 2o. al Acuerdo número 181 por el que se establecen el Plan y los Programas de Estudio para la Educación Primaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1993, para quedar como sigue:

"ARTICULO 1o.- Se establecen, para ser aplicados en todas las escuelas de educación primaria del país, los siguientes:

PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO

ARTICULO 2o.- Es requisito de ingreso al primer grado de educación primaria en las escuelas del país haber cumplido seis años de edad al 1o. de septiembre del año de inicio del ciclo escolar."

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se derogan las disposiciones que se opongan a las previstas en el presente Acuerdo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 8 de marzo de 1996.- El Secretario, Miguel Limón Rojas.- Rúbrica.


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