DOF: 01/11/2006

ACUERDO por el que se destinan al servicio de la Secretaría de Educación Pública, diversos inmuebles con distintas superficies, ubicados en los municipios de Mazatlán y Culiacán, Estado de Sinaloa, Veracruz, Estado de Veracruz, la Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal y Calvillo, Estado de Aguascalientes, a efecto de que los continúe utilizando con las instalaciones de los Centros de Capacitación para el Trabajo Industrial números 26, 32, 42, 158 y 186, respectivamente.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

  EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 6, fracción VI; 11, fracción I; 28, fracción I; 29, fracción V; 61; 66; 67, párrafo primero; 68; 69; 70, y 105 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones VI, XX, XXII y XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

  Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentran los siguientes:

- Dos inmuebles con superficie de 200.12 metros cuadrados y 198.60 metros cuadrados, ubicados en la calle Berlioz números 80 y 82, respectivamente, colonia Ex Hipódromo de Peralvillo, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, cuya propiedad se acredita mediante escrituras públicas números 36054 de fecha 1 de marzo de 1993 y 23 de fecha 18 de febrero de 1993, otorgadas por los Notarios Públicos número 153 y 150 del Distrito Federal, respectivamente, en las que consta la compraventa a favor de la Federación de los bienes señalados, documentos inscritos en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo los folios reales números 32575 el 11 de noviembre de 1993 y 32575/1 el 7 de septiembre de 1994, con las medidas y colindancias que se consignan en los propios títulos de propiedad, los cuales obran en el expediente respectivo.

- Inmueble con superficie de 16,144.53 metros cuadrados, ubicado en Avenida Veracruz número 236, del fraccionamiento Las Brisas, de la ciudad de Veracruz, Estado de Veracruz, cuya propiedad se acredita mediante escritura pública número 27098 de fecha 18 de diciembre de 2001, otorgada por el Notario Público número 29 de la ciudad de Veracruz, Estado de Veracruz, en la que consta la donación a favor de la Federación del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 86215 el 3 de marzo de 2005, con las medidas y colindancias que se consignan en el propio título de propiedad, el cual obra en el expediente respectivo.

- Inmueble con superficie de 19,490.075 metros cuadrados, ubicado en la calle Fernando Cuen número 1212 poniente, colonia Adolfo Ruiz Cortinez, Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A 013/2004 de fecha 19 de diciembre de 2005, en el que consta la donación a favor de la Federación del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 89972 el 5 de junio de 2006, con las medidas y colindancias que se consignan en el plano número 1, elaborado a escala 1:500 por la Secretaría de Educación Pública en septiembre de 2003, aprobado por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, el cual obra en el expediente respectivo.

- Inmueble con superficie de 11,070.63 metros cuadrados, ubicado en Avenida Internacional número 3822, colonia Benito Juárez, de la ciudad de Mazatlán, Estado de Sinaloa, cuya propiedad se acredita con el contrato número CD-A 006/2005 de fecha 10 de marzo de 2006, en el que consta la donación a favor de la Federación del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 89971 el 5 de junio de 2006, con las medidas y colindancias que se consignan en el plano número 1, elaborado a escala 1:500 por la Secretaría de Educación Pública en enero de 2005, aprobado por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, el cual obra en el expediente respectivo.

- Dos inmuebles con superficie de 2,455.53 metros cuadrados y 2,039.66 metros cuadrados, ubicados en la calle Prolongación Independencia número 503, colonia Los Angeles, Municipio de Calvillo, Estado de Aguascalientes, cuya propiedad se acredita con los contratos números D-005-94 y D-006-94 de fechas 12 y 14 de octubre de 1994, respectivamente, en los que consta la donación a favor de la Federación de los bienes señalados, documentos inscritos en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo los folios reales números 37273 y 37273/1 el 21 de abril de 1997, con las medidas y colindancias que se consignan en los propios títulos de propiedad, los cuales obran en el expediente respectivo;

  Que la Secretaría de Educación Pública, por oficios números 21062 de fecha 15 de diciembre de 2005, 1235 y 1236 de fecha 16 de enero de 2006 y 10373 y 10374 de fecha 5 de julio de 2006, ha solicitado se destinen a su servicio los inmuebles descritos en el considerando que antecede, a efecto de que los continúe utilizando, el ubicado en la ciudad de Mazatlán, Estado de Sinaloa, con el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial número 26, el localizado en el Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, con el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial número 32, el situado en el Estado de Veracruz con el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial número 42, los ubicados en el Distrito Federal con el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial número 158 y los situados en el Estado de Aguascalientes con el Centro de Capacitación para el Trabajo Industrial número 186;

  Que la Dirección General de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, mediante Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos con número de folio CE600116/2005 de fecha 12 de julio de 2005; la Dirección de Planeación y Licencias del H. Ayuntamiento Constitucional de Veracruz, Estado de Veracruz, por oficio número cdus0726/10/2005 de fecha 10 de octubre de 2005; la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del H. Ayuntamiento Constitucional de Culiacán, Estado de Sinaloa, a través de oficio número DE.FUS/1931/06 de fecha 17 de mayo de 2006; la Dirección de Planeación de Desarrollo y Ecología del H. Ayuntamiento Constitucional de Mazatlán, Estado de Sinaloa, mediante Dictamen de Uso del Suelo número 1039/2006 de fecha 29 de marzo de 2006, y la Dirección de Planeación del H. Ayuntamiento Constitucional de Calvillo, Estado de Aguascalientes, por Constancia de Alineamiento y Compatibilidad Urbanística número A-013/06 de fecha 14 de febrero de 2006, han determinado que el uso que se le viene dando a los inmuebles materia del presente ordenamiento, es compatible con el Plan de Desarrollo Urbano de las localidades en que cada uno se ubica, y

  Que toda vez que se han integrado los expedientes respectivos con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a las dependencias de la Administración Pública Federal con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

  PRIMERO.- Se destinan al servicio de la Secretaría de Educación Pública los inmuebles descritos en el considerando primero del presente Acuerdo, a efecto de que los continúe utilizando en los fines que para cada uno de ellos se señala en el considerando segundo de este ordenamiento.

  SEGUNDO.- Si la Secretaría de Educación Pública diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta Dependencia.

  TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

  UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de octubre de dos mil seis.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.


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