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DOF: 01/11/2006

ACUERDO de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chiapas, para la ejecución en la entidad del Programa de Calidad, Equidad y Desarrollo en Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

  ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL DR. JULIO JOSE FRENK MORA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INNOVACION Y CALIDAD, DR. ENRIQUE RUELAS BARAJAS Y EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD, DR. CARLOS SANTOS BURGOA ZARNECKI; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LA SECRETARIA Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR, PABLO SALAZAR MENDIGUCHIA, ASISTIDO POR, RUBEN F. VELAZQUEZ LOPEZ, JESUS EVELIO ROJAS MORALES Y ANGEL RENE ESTRADA AREVALO, SECRETARIOS DE GOBIERNO, PLANEACION Y FINANZAS Y DE SALUD, ESTE ULTIMO FUNGE TAMBIEN COMO DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA EL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA LA EJECUCION EN LA ENTIDAD DEL PROGRAMA DE CALIDAD, EQUIDAD Y DESARROLLO EN SALUD, EN LO SUCESIVO PROCEDES, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su párrafo tercero, contempla como una garantía social el derecho a la protección de la salud y dispone que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general.

  Dentro de las acciones que en materia de salud contempla el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, se encuentra como primer eje de la política en salud aumentar el nivel de bienestar a través de un crecimiento económico sostenido y por ello habrán de continuarse e iniciarse programas y acciones específicos que transfieran recursos económicos y se canalicen para mejorar los servicios médicos y sanitarios; como segundo eje de la política es la equidad en los programas y la igualdad en las oportunidades y por ello los criterios que se seguirán para la asignación de los recursos públicos estarán orientados para estimular e impulsar la superación del nivel de vida de los grupos y personas más vulnerables los indígenas, los niños y ancianos, discapacitados y tomarán en cuenta las necesidades de otros sectores amplios como las mujeres y los jóvenes, sin perder de vista los programas de cobertura general que deberán ser atendidos.

  El PROCEDES, es un programa de acción derivado del Programa Nacional de Salud 2001-2006 (publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de septiembre del 2001), y se encuentra inscrito en el marco general de estrategias de apoyo a la política de protección social Contigo, del Gobierno Federal.

  El PROCEDES es un Programa estratégico para la equidad y desarrollo con calidad, en un marco de innovación de los servicios de salud. Dicho Programa, dentro de sus estrategias establece el Avanzar hacia un Modelo Integrado de Atención a la Salud (MIDAS) y entre sus líneas de acción se encuentra el financiamiento estratégico para la equidad y desarrollo con calidad. Una de las líneas de acción que habrá de implantarse para contrarrestar esta tendencia histórica es desarrollar proyectos estratégicos para fortalecer los servicios cuyo objetivo sea la reducción de los rezagos en salud. Estos recursos de hecho, deben estar etiquetados al fortalecimiento de los Servicios de Salud (FOS). Estos recursos deberán garantizar la estructuración y la puesta en marcha del Catálogo de Servicios Esenciales en Salud.

  El PROCEDES además de apoyar proyectos de salud para sectores marginados, comprende en otros de sus componentes la posibilidad de conformar proyectos de innovación para el desarrollo y reestructuración organizativa de los Servicios Estatales de Salud en el marco del MIDAS, así como la capacitación gerencial y acreditación en calidad para la gestión eficiente y transparente de recursos públicos destinados a la salud.

  El 10 de marzo de 2002, los Estados Unidos Mexicanos celebraron el contrato de préstamo número 7061-ME (en adelante, el Contrato BIRF 7061-ME) con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, en lo sucesivo BIRF, por un monto de 350000.000.00 de dólares estadounidenses, para el financiamiento parcial del PROCEDES.

  Las adquisiciones, contratos, concursos, licitaciones, obras y demás procedimientos para el ejercicio de los recursos del ramo 12, seguirán los procedimientos señalados en la legislación federal: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004; Clasificador por Objeto de Gasto vigente; Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal vigente, y otras disposiciones que resulten aplicables.

  El PROCEDES es financiado parcialmente con recursos derivados del préstamo otorgado por el BIRF, a través de recursos presupuestarios del ramo 12, conformando éstos la aportación federal, a la que en el cuerpo del presente instrumento se denominará recursos federales, así como con la aportación acordada con las Entidades Federativas a través del presente Acuerdo de Coordinación.

  El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2003-2006, tiene por objeto coordinar a los Ejecutivo Federal y Estatal para vincular los programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea del Fortalecimiento de la Oferta de los Servicios de Salud mediante la superación de la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de las políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial, así como vincular las acciones de los programas que se deriven del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 que lleva a cabo el Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y entidades, sean congruentes con la planeación del desarrollo integral del Estado.

  Por acuerdo de las partes el citado Convenio constituye la vía de coordinación entre las Administraciones Públicas Federal y Estatal, para la planeación y ejecución de los programas, proyectos, obras y servicios, así como para el ejercicio de los recursos federales y estatales que se convengan.

  Expuesto lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4, párrafo tercero y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 2, 4, 5 y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1, 2, 3, 4, 5, 13, 18, 19, 20, 21, 28, 29, 34, 45 y 46 de la Ley General de Salud; 1, 7, 8, 10, 17, 28 y 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 1, 6, 7, 9, 18, 27 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 5 y 6, fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 52, 53 y 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004; 33, 42, fracciones I y VI de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 2, 6, 27, 28, 30 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 1, 2, 3, 4, 5, 27 fracción I, II y XI, 39, 41 y 42 de la Ley de Planeación del Estado de Chiapas; 1, 2, 3, 4, 6, 8, 12 y demás aplicables de la Ley de Salud del Estado de Chiapas; Decreto número 12 publicado en el Periódico Oficial número 123 de fecha 3 de diciembre de 1996, que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Salud del Estado de Chiapas y posteriormente por decreto número 10 publicado en el Periódico Oficial número 001, de fecha 8 de diciembre de 2000, en el cual cambia su denominación quedando como Instituto de Salud de Chiapas; y las Cláusulas Primera, Tercera, Quinta y Séptima del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2003-2006 celebrado con el Estado de Chiapas, las partes suscriben el presente Acuerdo sujetándose a las siguientes:

CLAUSULAS

  PRIMERA. DEL OBJETO.

  LA SECRETARIA y EL EJECUTIVO DEL ESTADO, convienen en conjuntar acciones y recursos para llevar a cabo la ejecución del PROCEDES en el Estado de Chiapas, de conformidad con los siguientes:

  OBJETIVOS ESPECIFICOS.

  I. Impulsar acciones encaminadas al Fortalecimiento de la Oferta de los Servicios de Salud en apoyo al Sistema de Protección Social en Salud, en lo sucesivo SPSS.

  II. Lograr mayor equidad con calidad en la aplicación del Catálogo de Servicios Esenciales en Salud, en lo sucesivo CASES en la población que ha sido afiliada al SPSS.

  III. Impulsar acciones de infraestructura, equipamiento, abasto, evaluación y calidad para el apoyo a la acreditación y certificación de las unidades de atención del SPSS.

  IV. Incrementar el acceso, equidad y calidad de los servicios de salud con dignidad a grupos indígenas.

  V. Incrementar la eficiencia de las áreas centrales de LA SECRETARIA y los Servicios Estatales de Salud, a través de la Secretaría de Salud.

  VI. Desarrollar modelos de innovación en servicios que permitan disminuir los rezagos en salud.

  VII. Impulsar acciones encaminadas a la construcción, mantenimiento, rehabilitación de Obras Nuevas y Unidades de Especialidades Médicas, en lo sucesivo UNEMES.

  VIII. Impulsar modelos de operación en redes de servicio, con apoyo de sistemas informáticos y de telemedicina.

  SEGUNDA. DEL CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES LEGALES.- A efecto de dar cumplimiento a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación el Ejercicio Fiscal 2004, y para efectos de inversión del PROCEDES en este año, así mismo, tomando en cuenta la determinación del financiamiento correspondiente y la disponibilidad presupuestal, las partes están de acuerdo en celebrar el presente Acuerdo de Coordinación, y una vez suscrito se integrará al Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2003-2006 y al Acuerdo de coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud en el Estado.

  TERCERA. DEL COSTO PROCEDES.- El costo del PROCEDES para el año 2004, se establecerá de común acuerdo por las partes y de conformidad con lo señalado en el Anexo Técnico que se integra al presente Acuerdo como Anexo 1.

  Para el año 2004 el costo total de la inversión asciende a la cantidad de $6’868,818.00 (seis millones ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos dieciocho pesos 00/100 M.N.), el cual se financiará de la siguiente manera:

  1 - LA SECRETARIA: $ 5,890,681.66

  2 - EL EJECUTIVO DEL ESTADO: $ 978,136.34

        TOTAL $ 6,868,818.00

  CUARTA. DE LA APORTACION FEDERAL.- Para el año 2004 el Ejecutivo Federal se compromete a aportar del ramo 12 para la ejecución del PROCEDES, en el Ejercicio Fiscal 2004, y con el préstamo 7061-ME, concedido a los Estados Unidos Mexicanos por el BIRF, que forma parte de la cláusula tercera y que se integra en el cuadro 1 del Anexo Técnico.

  Los recursos presupuestarios federales que se aportarán están sujetos a la disponibilidad presupuestal de “LA SECRETARIA, y a las autorizaciones jurídicas y de índole presupuestal que correspondan para ejercer dichos recursos.

  QUINTA. DE LA APORTACION DE EL EJECUTIVO DEL ESTADO.

  Se compromete a hacer una aportación para la ejecución del PROCEDES, de conformidad a lo señalado en el Anexo Técnico que se integra al presente Acuerdo como Anexo 1. Aportación que se destinará para metas específicas de apoyo al programa de inversión. Las aportaciones de EL EJECUTIVO DEL ESTADO se destinarán para la ejecución del PROCEDES a través de la Secretaría de Salud y/o Instituto de Salud.

  SEXTA. DE LA PLANEACION Y EVALUACION.

  Las partes acuerdan que la planeación, evaluación y control del PROCEDES, se realizarán conforme al sistema de monitoreo y evaluación (indicadores de impacto), aprobado para la ejecución del PROCEDES por parte de la Dirección General de Evaluación del Desempeño de LA SECRETARIA, así mismo “EL EJECUTIVO DEL ESTADO, a través de la Secretaría de Salud y/o Instituto de Salud, deberá implementar un área con cargo a su estructura para llevar el control y seguimiento de las acciones y aplicación de los recursos objeto del presente acuerdo. (Planeación y Administración), lo anterior de conformidad con sus atribuciones y con las autorizaciones jurídicas de índole presupuestal que correspondan para ejercer los recursos; coordinando sus acciones con la unidad técnica-administrativa (DGPlaDes) de SALUD responsable del PROCEDES e informando de ello a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Función Pública; y de Salud.

  SEPTIMA. DE LOS INDICADORES.

  Las partes acuerdan que el CASES a ser aplicado en esa entidad, será evaluado a través de las unidades acreditadas e indicadores de impacto desarrollados por la Dirección General de Evaluación del Desempeño.

  Los indicadores de impacto medirán metas y objetivos de las acciones llevadas a cabo en el Fortalecimiento de la Oferta de los Servicios, en cuanto a su organización y funcionamiento, se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Manual de Operación del PROCEDES, a que refiere la sección 3.09, del artículo III, del Contrato BIRF 7061-ME. Para efectos de evaluación y seguimiento de las metas del PROCEDES, EL EJECUTIVO DEL ESTADO deberá enviar trimestralmente (marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año) la información relacionada con la aplicación de los recursos correspondientes a la aportación estatal señalada en el cuadro 1 del Anexo Técnico.

  OCTAVA. DEL MANUAL DE OPERACION.

  Acuerdan las partes que en lo que respecta a dudas que surgieran en cuanto a definiciones, conceptos, objetivos, formas de financiamientos y procedimientos durante la ejecución del PROCEDES, se remitirán a lo establecido en el Contrato BIRF 7061-ME y al documento autorizado en los términos establecidos en el mismo, denominado Manual de Operación del PROCEDES. En caso de contradicción entre las disposiciones del Contrato BIRF 7061-ME y las del Manual de Operación del PROCEDES, las del Contrato BIRF 7061-ME prevalecerán.

  NOVENA. DE LOS RECURSOS NO DESTINADOS A LOS FINES AUTORIZADOS.

  Las partes acuerdan que los recursos federales asignados por LA SECRETARIA a EL EJECUTIVO DEL ESTADO, que no sean destinados a los fines autorizados para el debido cumplimiento al objeto del presente instrumento, al 31 de diciembre de 2004, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en un plazo de 15 días naturales del mes de enero de 2005, como una obligación a cargo de EL EJECUTIVO DEL ESTADO, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, salvo aquellos recursos que se encuentren comprometidos o destinados por parte de EL EJECUTIVO DEL ESTADO respecto de los fines autorizados antes del 31 de diciembre de 2004.

  Dichos recursos se considerarán devengados por EL EJECUTIVO DEL ESTADO, a partir de su entrega por parte de LA SECRETARIA.

  DECIMA. DE LA VIGILANCIA.- La Secretaría de la Función Pública, en lo sucesivo SFP, en el ámbito de su competencia, vigilará el correcto destino y aplicación de los recursos a que se refiere este instrumento, determinará y coordinará el programa de auditoría sobre las operaciones y proyectos del PROCEDES, con el auxilio de EL EJECUTIVO DEL ESTADO, a través de su órgano interno de control, a quien corresponderá precisamente el control, vigilancia y evaluación de los recursos, y la Unidad de la Contraloría Interna de Salud como rectora de los estados ante la SFP. Asimismo, promoverá y apoyará la intervención de la Contraloría Social en dicha vigilancia.

  DECIMA PRIMERA. DE LA VIGENCIA Y MODIFICACIONES.- El presente Acuerdo tendrá vigencia acorde con el ejercicio presupuestal de 2004, pudiendo ser revisado, adicionado o modificado por las partes, de común acuerdo, y será publicado en el Diario Oficial de la Federación una vez formalizado.

  DECIMA SEGUNDA. DE LAS RESPONSABILIDADES.- Las aportaciones federales otorgadas con motivo de la celebración del presente instrumento, no podrán ser destinadas a fines distintos a los expresamente previstos en el mismo. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales que deriven de afectaciones a la Hacienda Pública Federal, en que incurran las autoridades locales, exclusivamente por motivo de la desviación de los recursos recibidos para fines distintos a los pactados en este Acuerdo, serán sancionados en los términos de la legislación federal, por las autoridades federales, en tanto que en los demás casos dichas responsabilidades serán sancionadas y aplicadas por las autoridades locales con base en sus propias leyes.

  DECIMA TERCERA. DE LAS CONTROVERSIAS.- Las partes convienen que en caso de duda o controversia sobre la interpretación, contenido del presente Acuerdo y de los instrumentos que de él se deriven, se sujetarán a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México.

  DECIMA CUARTA. DE LA SUSPENSION DE LA APORTACION FEDERAL.- LA SECRETARIA, podrá suspender los recursos federales transferidos a EL EJECUTIVO DEL ESTADO, cuando la SFP determine que los mismos se destinen a fines distintos a los aquí previstos o por incumplimiento de las obligaciones contraídas, previa audiencia a EL EJECUTIVO DEL ESTADO.

  Enteradas las partes del contenido y alcance de este instrumento, y no existiendo error, dolo, mala fe ni ninguna acción contraria a derecho que pudiera invalidarlo, lo firman por cuadruplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día 23 de agosto de 2004.- Por la Secretaría: el Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.- El Subsecretario de Innovación y Calidad, Enrique Ruelas Barajas.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Carlos Santos Burgoa Zarnecki.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Gobernador, Pablo Salazar Mendiguchía.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Rubén F. Velázquez López.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación y Finanzas, Jesús Evelio Rojas Morales.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud, Angel René Estrada Arévalo.- Rúbrica.

ANEXO 1

PROGRAMA DE CALIDAD, EQUIDAD Y DESARROLLO EN SALUD

(PROCEDES)

ANEXO TECNICO

  DEL ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD, EN LO SUCESIVO LA SECRETARIA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DR. JULIO JOSE FRENK MORA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INNOVACION Y CALIDAD, DR. ENRIQUE RUELAS BARAJAS Y EL DIRECTOR GENERAL DE EQUIDAD Y DESARROLLO EN SALUD, DR. CARLOS SANTOS BURGOA ZARNECKI; Y POR OTRA PARTE EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, EN LO SUCESIVO EL EJECUTIVO DEL ESTADO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR, PABLO SALAZAR MENDIGUCHIA, ASISTIDO POR, RUBEN F. VELAZQUEZ LOPEZ, JESUS EVELIO ROJAS MORALES Y ANGEL RENE ESTRADA AREVALO, SECRETARIOS DE GOBIERNO, PLANEACION Y FINANZAS Y DE SALUD, ESTE ULTIMO FUNGE TAMBIEN COMO DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA EL EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA LA EJECUCION EN LA ENTIDAD DEL PROGRAMA DE CALIDAD, EQUIDAD Y DESARROLLO EN SALUD, EN LO SUCESIVO PROCEDES.

  I. DE LOS COMPROMISOS DE EL EJECUTIVO DEL ESTADO.

  I.1. Cooperar con la Secretaría de Salud y/o Instituto de Salud, en lo sucesivo, “EL INSTITUTO y éste a través de las Jurisdicciones Sanitarias, Hospitales, Servidores Públicos y Personal Operativo, en la identificación anual y preparación de subproyectos (que incluyan presupuestos) aplicables a los servicios estatales de salud; las propuestas correspondientes serán acordes al programa, procedimientos y criterios asentados en las reglas de operación del procedes, dicho manual deberá reflejar lo establecido en el Contrato BIRF 7061-ME.

  I.2. Cooperar con EL INSTITUTO en la selección de entre los subproyectos propuestos a que hace referencia el punto que antecede (junto con los presupuestos correspondientes), para ser presentados a “LA SECRETARIA para su aprobación, así como los subproyectos seleccionados, todo de conformidad a lo establecido en las Reglas de Operación del Procedes.

  I.3. Asistir a EL INSTITUTO para que con diligencia, eficiencia y de conformidad a los estándares apropiados de salud, financieros, técnicos y administrativos, establecidos en las Reglas de Operación y en el programa operativo anual lleve a cabo los subproyectos aprobados por LA SECRETARIA, a que se hace referencia en el punto que antecede.

  I.4. Evaluar a través de EL INSTITUTO y de las Jurisdicciones Sanitarias que lo integran la capacidad de tratamiento y manejo de los residuos peligrosos biológico-infecciosos que se generen en cada Hospital participante, así como el cumplimiento de los hospitales de conformidad a lo establecido en la NOM-087-ECOL-SSA1-2002, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero del 2003, que establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transportación, tratamiento, disposición final de los residuos peligrosos biológicos/infecciosos que se generan en establecimientos que prestan atención médica, e incluir las necesidades de inversión para el cumplimiento de tal evaluación, en el programa operativo anual, de la misma manera se asegurará a través de “EL INSTITUTO, de la incorporación de los Hospitales participantes a la Cruzada Nacional por la Calidad en Salud.

  I.5. Verificar que EL INSTITUTO, elabore y proporcione a LA SECRETARIA, para que éste a su vez remita a el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, en lo sucesivo BIRF, la lista de plaguicidas a ser financiados con los ingresos del préstamo, la cual deberá contemplar plaguicidas que serán manufacturados, empacados, etiquetados, manejados, almacenados y ordenados de acuerdo a normas aceptables para el BIRF, cerciorándose que no sean financiadas adquisiciones de productos que disminuyan la clasificación recomendada de plaguicidas peligrosos de la Organización Mundial de la Salud y líneas de clasificación (Génova: WHO 1994-95) clase IA e IB, o bien formulaciones de productos en clase II. Conforme a lo establecido en el apartado 3.11, Ejecución del Proyecto, del Contrato BIRF 7061-ME.

  I.6. Asistir a EL INSTITUTO de acuerdo con los indicadores contenidos en las reglas de operación del procedes en la evaluación, monitoreo y supervisión para el cumplimiento del subprograma: así como participar en las revisiones anuales del Procedes, acordadas entre el BIRF y el Ejecutivo Federal, y cooperar en la revisión de informes anuales y planes de acción anuales.

  I.7. Cerciorarse de que los servicios de consultoría y adquisición de bienes o servicios, con relación al subproyecto dentro del Procedes, se efectúen de conformidad con lo establecido en el anexo 3 del Contrato BIRF 7061-ME, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Relacionados con las mismas y sus Reglamentos y demás disposiciones federales aplicables, en cuanto no contravengan el Contrato BIRF 7061-ME.

  I.8. Cumplir las obligaciones acordadas entre el Ejecutivo Federal y el BIRF, relativas a seguros, uso de bienes y servicios, planes, programas, registros e informes y mantenimiento de infraestructura física empleada en el subproyecto aprobado.

  I.9. Mantener registros, separar cuentas, y efectuar revisiones, permitiendo asimismo que sean llevadas a cabo auditorías, que den certeza a la Federación y al BIRF del cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Federación en la Cláusula 4.01 del Contrato BIRF 7061-ME, revisiones que se realizarán por lo menos una vez al año.

  I.10. Documentará de forma apropiada todos los gastos generados en el subproyecto, a fin de justificar de forma satisfactoria, los desembolsos realizados de la cuenta del préstamo y de la cuenta especial, de conformidad con lo establecido en las reglas de operación del Procedes.

  I.11. A través de EL INSTITUTO llevar a cabo los subproyectos aprobados a los que hace referencia en el apartado de compromisos del Ejecutivo Federal del presente anexo técnico, con debida diligencia y eficiencia, de conformidad con las normas y prácticas ambientales vigentes.

  I.12. Aportar de forma oportuna la cantidad indicada en la Cláusula Tercera del Acuerdo del que el presente anexo forma parte, como aportación Estatal, como se señala en el cuadro 1 que aparece al final de este anexo técnico. Dichos recursos no podrán ser utilizados para cubrir gastos salariales no incrementales existentes a la fecha de firma del contrato BIRF 7061-ME.

  I.13. Promover la articulación operativa del Procedes con otros programas, en especial con el Seguro Popular de Salud, así como el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, el Programa de Salud y Nutrición para los Pueblos Indígenas y el Programa de Cirugías Extramuros, todos ellos dirigidos a brindar servicios de salud a poblaciones que carecen de esquemas de seguridad social.

  I.14. Conjuntamente con LA SECRETARIA, permitir y apoyar el establecimiento de una unidad coordinadora del programa UCP, que en lo sucesivo se le denominará Unidad Estatal de Protección Social en Salud (PROSSALUD), que gestione los recursos de la cuenta de equidad (ramo 12) que el Ejecutivo Federal determine, y en especial los recursos de crédito externo derivados del Procedes.

  I.15. Proponer y convenir con LA SECRETARIA, a través de EL INSTITUTO, los ajustes mínimos necesarios al PASE-NACIONAL y a los insumos necesarios para adecuarlo a la realidad y necesidades estatales en materia de servicios esenciales de salud, sobre la base de sus indicadores epidemiológicos.

  I.16. Garantizar que los servicios de salud de atención a la población que carece de esquemas de seguridad social en la Entidad, tengan completa capacidad para otorgar el PASE convenido, cumpliendo con los estándares de la Cruzada Nacional por la Calidad en Salud.

  I.17. Presentar a LA SECRETARIA, a través de EL INSTITUTO, una propuesta para involucrarse en procesos Estatales, Jurisdiccionales y/o Locales de reestructuración o desarrollo de alternativas para incrementar la eficiencia y equidad con calidad en los servicios de salud.

  I.18. Facilitar la acción de EL INSTITUTO y de los organismos de la sociedad civil que se involucren en actividades de prevención del VIH/SIDA, en especial aquellas actividades dirigidas a los grupos poblaciones de mayor vulnerabilidad y riesgo, convenidos con el Centro Nacional para la Prevención y control del VIH/SIDA (CENSIDA) las cuales sean parte del Procedes.

  II. DE LOS COMPROMISOS DE LA SECRETARIA.

  II.1. Mantener y operar durante el desarrollo del proyecto una unidad Estatal de gestión del régimen de protección social en salud (PROSALUD), que asista y apoye a EL INSTITUTO y a la Dirección General de Equidad y Desarrollo en Salud (Coordinadora General), para que coordine, ejecute, supervise y controle la adecuada realización del Procedes.

  II.2. Aprobar, a través del Comité Consultivo Federal el subproyecto anual (incluyendo presupuestos) de acuerdo al programa, procedimientos y criterios establecidos en el Manual de Operación del Procedes, de entre los presentados a LA SECRETARIA, a los que hace referencia el punto 2 de este anexo técnico. (los subproyectos aprobados anualmente, más la asistencia técnica, constituirá el plan de inversión anual).

  II.3. Aportar de forma oportuna, sujeto a la disponibilidad presupuestal, la cantidad indicada como aportación Federal en la Cláusula Tercera del Acuerdo del que este anexo forma parte integral, como se señala en el cuadro 1 que aparece al final del presente documento.

  II.4. Brindar la asesoría técnica requerida por EL INSTITUTO para el desarrollo del subproyectos aprobados.

  Enteradas las partes del contenido y alcance de este instrumento, y no existiendo error, dolo, mala fe ni ninguna acción contraria a derecho que pudiera invalidarlo, lo firman por cuadruplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día 23 de agosto de 2004.- Por la Secretaría: el Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.- El Subsecretario de Innovación y Calidad, Enrique Ruelas Barajas.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Carlos Santos Burgoa Zarnecki.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Gobernador, Pablo Salazar Mendiguchía.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Rubén F. Velázquez López.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación y Finanzas, Jesús Evelio Rojas Morales.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud, Angel René Estrada Arévalo.- Rúbrica.

 

  

CUADRO 1

SECRETARIA DE SALUD

SUBSECRETARIA DE INNOVACION Y CALIDAD

  PROYECTO: PROGRAMA DE CALIDAD, EQUIDAD Y DESARROLLO EN SALUD (PROCEDES)

  SUBPROYECTO: EQUIPAMIENTO A SIETE CENTROS DE SALUD Y EL HOSPITAL INTEGRAL DE MARGARITAS. * Aplicación a Primer Nivel de Atención, aplicándose a FASSA P.

MONTO PARA EL AÑO 2004

CHIAPAS

(PESOS)

CAPITULO DE GASTO APORTACION FEDERAL APORTACION FEDERAL* TOTAL
1000 SERVICIOS PERSONALES      
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS      
3000 SERVICIOS GENERALES $1,000,000.00    
4000 AYUDAS, SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS      
5000 BIENES MUEBLES E INMUEBLES   $978,136.34  
6000 OBRA PUBLICA $4,890,681.66    
TOTAL $5,890,681.66 $978,136.34 $6,868,818.00
No. DENOMINACION Y/O DESCRIPCION DEL PROYECTO UBICACION TIPO DE UNIDAD IMPORTE APLICACION DEL GASTO
MUNICIPIO LOCALIDAD
1 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD CHICOMUSELO CHICOMUSELO C.S. $67,500.00 CAPITULO 5000
2 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD COMITAN COMITAN C.S. $67,500.00 CAPITULO 5000
3 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD INDEPENDENCIA INDEPENDENCIA C.S. $67,500.00 CAPITULO 5000
4 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD SAN CRISTOBAL SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS C.S. $286,356.70 CAPITULO 5000
5 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD SOCOLTENANGO SOCOLTENANGO C.S. $186,139.82 CAPITULO 5000
6 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD TRINITARIA TRINITARIA C.S. $186,139.82 CAPITULO 5000
7 EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE SALUD TZIMOL TZIMOL C.S. $67,500.00 CAPITULO 5000
8 EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL INTEGRAL MARGARITAS MARGARITAS C.S. $67,500.00 CAPITULO 5000
        TOTAL: $978,136.34  

___________________________


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 1 de noviembre de 2006


Miércoles 1 de noviembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 


 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 1 de noviembre de 2006


Miércoles 1 de noviembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



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