DECLARATORIA de Emergencia por las lluvias atípicas que se registraron los días 14 y 15 de octubre de 2006 en 6 municipios del Estado de Zacatecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
LAURA GURZA JAIDAR, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12, fracción IX y 29, 30, 33 y 37 de la Ley General de Protección Civil; 10, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; numeral 2, fracción I del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes; y el artículo 9 del Acuerdo que establece los Lineamientos para emitir las declaratorias de emergencia y la utilización del Fondo Revolvente (LINEAMIENTOS) vigentes, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio No. RODG.139/06 de fecha 17 de octubre de 2006, la Gobernadora del Estado de Zacatecas, solicitó a la Secretaría de Gobernación, a través de la Coordinación General de Protección Civil, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Loreto, Noria de Angeles, Villa García, Villa Hidalgo, Luis Moya y Ciudad Cuauhtémoc, por la presencia de lluvias fuertes acontecidas los días 14 y 15 de octubre del año en curso.
Que mediante oficio número CGPC/1682/2006 de fecha 17 de octubre de 2006, la Coordinación General de Protección Civil, con el objeto de emitir la Declaratoria de Emergencia respectiva solicitó la opinión a la Comisión Nacional del Agua (CNA), respecto de la procedencia de la misma.
Que mediante oficio BOO.05.05-1304 de fecha 18 de octubre de 2006, la CNA emitió su opinión técnica respecto de dicho evento, mismo que en su parte conducente dispone lo siguiente: Dentro de los valores registrados, la estación Luis Moya registró el día 15 su máximo histórico para el mes de octubre. Por estas razones, este Dictamen Técnico corrobora que se debe: Emitir la Declaratoria de Estado de Emergencia para los 6 municipios: Loreto, Noria de Angeles, Villa García, Villa Hidalgo, Luis Moya y Ciudad Cuauhtémoc en el Estado de Zacatecas al considerar el evento atípico e impredecible para el mes de octubre.
Que con fecha 18 de octubre de 2006, se emitió Boletín de Prensa número 307/06, mediante el cual la Coordinación General de Protección Civil declara en emergencia a los municipios citados en el párrafo anterior, afectados por las lluvias atípicas que se registraron los días 14 y 15 de octubre de 2006, con lo que se activan los recursos del Fondo Revolvente del FONDEN para dar atención inmediata a la población damnificada.
Con base en lo anterior y con fundamento en los artículos 37 de la Ley General de Protección Civil y 9, fracción IV de los LINEAMIENTOS, se procede en este acto a publicar en el Diario Oficial de la Federación, la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LAS LLUVIAS ATIPICAS QUE SE REGISTRARON LOS DIAS 14 Y 15 DE OCTUBRE DE 2006 EN 6 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE ZACATECAS.
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Loreto, Noria de Angeles, Villa García, Villa Hidalgo, Luis Moya y Ciudad Cuauhtémoc del Estado de Zacatecas.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Zacatecas pueda acceder a los recursos del Fondo Revolvente del FONDEN que la Secretaría de Gobernación tiene asignado para el año 2006.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
México, Distrito Federal, a veinte de octubre de dos mil seis.- La Coordinadora General de Protección Civil, Laura Gurza Jaidar.- Rúbrica.
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