DOF: 15/12/2006

ACUERDO por el que se crea el Premio a la Atención Hospitalaria Educativa para Niños, Niñas y Adolescentes que viven con Enfermedad Crónica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

  REYES S. TAMEZ GUERRA, Secretario de Educación Pública y JULIO JOSE FRENK MORA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

  Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 reconoce que la salud es una condición indispensable para una auténtica igualdad de oportunidades, por lo que plantea como uno de sus objetivos principales elevar el nivel de salud de toda la población.

  Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2002, se creó la Comisión Intersecretarial de carácter permanente, denominada Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo, que tiene por objeto coordinar, promover, vincular e impulsar los programas, mecanismos y servicios de educación para la vida y el trabajo de jóvenes y adultos, así como de los menores con requerimientos educativos específicos, para su aprovechamiento escolar, con la finalidad de conformar un sistema nacional solidario que apuntale y fortalezca la unidad de la función social educativa en todo el país y facilite a estos mexicanos el acceso a procesos continuos de aprendizaje a lo largo de toda su vida, que les permita dar continuidad a los procesos de aprendizaje de los menores de edad durante su atención por enfermedad crónica en alguna institución del Sistema Nacional de Salud;

  Que el derecho a la educación y la salud son garantías sociales que preserva el Estado Mexicano a través de servicios públicos a los que debe tener acceso todo individuo.

  Que por razones de salud, ocasionalmente los menores se ven impedidos de continuar sus estudios de educación básica, circunstancia que los coloca en situaciones desfavorables respecto de los demás.

  Que dentro de las facultades del Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo está el de fomentar la realización de estudios, proyectos de investigación, modelos pedagógicos y métodos didácticos para elevar la calidad y eficiencia de los planes y programas destinados a los jóvenes y adultos, así como de los menores con requerimientos educativos específicos utilizando las tecnologías de información y comunicación.

  Que con el propósito de estimular la consolidación de los programas existentes y la ampliación de las acciones enfocadas a conformar un sistema nacional solidario en especial a través de la experiencia del Programa Sigamos aprendiendo ... en el Hospital, hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PREMIO A LA ATENCION HOSPITALARIA EDUCATIVA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES QUE VIVEN CON ENFERMEDAD CRONICA

  ARTICULO 1. Se crea el Premio destinado a las Unidades Hospitalarias y Atención Ambulatoria del Sistema Nacional de Salud, denominado Premio a la Atención Hospitalaria Educativa para Niños, Niñas y Adolescentes que viven con Enfermedad Crónica.

  ARTICULO 2. El Premio consiste en la asignación de un monto económico que se dará a conocer en la convocatoria que se publique cada año en las páginas electrónicas de la Secretaría de Salud y de la Secretaría de Educación Pública.

  ARTICULO 3. Podrán participar todas las unidades hospitalarias y de atención ambulatoria, del Sistema Nacional de Salud que cumplan con los requisitos que indica la convocatoria que al efecto se emita.

  ARTICULO 4. Se conformará un Comité Técnico que será presidido por el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud e integrado por dos representantes de las secretarías de Salud, de Educación, del Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo y de la Fundación Humanitaria de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales, que será el encargado de seleccionar a las unidades ganadoras del premio.

  ARTICULO 5. Se conformará un Comité Evaluador, presidido por el Director General de Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud, tres representantes de la Secretaría de Salud, tres representantes de la Secretaría de Educación Pública, tres del Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo, tres expertos en la materia, que será responsable de realizar el proceso de selección y evaluación de las propuestas.

  ARTICULO 6. Se conformará un grupo asesor integrado por expertos en el campo para la evaluación de aspectos específicos contemplados en los programas participantes.

  ARTICULO 7. Las secretarías de Salud y Educación Pública, en forma conjunta, darán a conocer la Guía de Participación al Premio a la Atención Hospitalaria Educativa para Niños, Niñas y Adolescentes que viven con Enfermedad Crónica.

TRANSITORIOS

  PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- Las acciones que se lleven a cabo para la aplicación del presente Acuerdo, se sujetarán a la disponibilidad de recursos que haya aprobado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal correspondiente para la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud.

  México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil seis.- El Secretario de Educación Pública, Reyes S. Tamez Guerra.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Julio José Frenk Mora.- Rúbrica.


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 15 de diciembre de 2006


Viernes 15 de diciembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



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