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DOF: 22/03/1999

DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-F-553-1999-SCFI, NMX-F-554-1999-SCFI, NMX-F-555-1999-SCFI, NMX-F-556-1999-SCFI y NMX-F-557-1999-SCFI.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN

  La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 51-B, 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46, 47 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 24 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se listan a continuación, mismas que han sido elaboradas y aprobadas por el Comité Técnico de Normalización Nacional de Productos de la Pesca. El texto completo de las normas que se indican puede ser consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Estado de México o en la página de Internet de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial cuya dirección es http//:www.secofi.gob.mx/dgn1.html

  Las presentes normas entrarán en vigor 60 días después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

DESIGNACION TITULO DE LA NORMA
NMX-F-553-1999-SCFI PRODUCTOS DE LA PESCA-PESCADO EN SALSA DE TOMATE-ENLATADO-ESPECIFICACIONES.
Campo de aplicación

Esta norma mexicana establece las especificaciones mínimas de calidad aplicables al pescado en salsa de tomate enlatado, para garantizar que el producto es apto para su consumo.

Concordancia con normas internacionales

No concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

NMX-F-554-1999-SCFI PRODUCTOS DE LA PESCA-CARACOL TIPO ABULON ENLATADO-ESPECIFICACIONES.
Campo de aplicación

Esta norma mexicana establece las especificaciones mínimas aplicables al producto caracol tipo abulón enlatado, para garantizar que es apto para su consumo.

Concordancia con normas internacionales

No concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

NMX-F-555-1999-SCFI PRODUCTOS DE LA PESCA-MANEJO Y CONSERVACION DE LAS CAPTURAS A BORDO DE EMBARCACIONES ESCAMERAS-ESPECIFICACIONES.
Campo de aplicación

Esta norma mexicana establece las condiciones adecuadas de manejo y conservación de las capturas a bordo de embarcaciones escameras, para conservar al máximo su calidad.

Concordancia con normas internacionales

No concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

NMX-F-556-1999-SCFI PRODUCTOS DE LA PESCA-MANEJO Y CONSERVACION DE LAS CAPTURAS A BORDO DE LAS EMBARCACIONES SARDINERAS-ESPECIFICACIONES.
Campo de aplicación

Esta norma mexicana establece las condiciones adecuadas de manejo y conservación de las capturas a bordo de embarcaciones sardineras, para conservar al máximo su calidad.

Concordancia con normas internacionales

No concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

NMX-F-557-1999-SCFI PRODUCTOS DE LA PESCA-FILETE DE ARENQUE EN MOSTAZA ENLATADO-ESPECIFICACIONES.
Campo de aplicación

Esta norma mexicana tiene por objeto establecer las especificaciones mínimas de calidad aplicables al producto filete de arenque en mostaza enlatado, para garantizar que es apto para su consumo.

Concordancia con normas internacionales

No concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, D.F., a 10 de marzo de 1999.- La Directora General de Normas, Carmen Quintanilla Madero.- Rúbrica.


Lunes 22 de marzo de 1999 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 


Lunes 22 de marzo de 1999 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 





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