ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Culiacán, Mazatlán y Escuinapa de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DOCTOR RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE SINALOA, C. ZENEN AARON XOCHIHUA ENCISO; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SINALOA, EN LO SUCESIVO EL ESTADO , REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE PLANEACION Y DESARROLLO Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE SINALOA, C. CENOVIO RUIZ ZAZUETA, Y LOS SECRETARIOS GENERAL DE GOBIERNO, DE ADMINISTRACION Y FINANZAS Y DE LA CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, CC. GONZALO M. ARMIENTA CALDERON, OSCAR J. LARA ARECHIGA Y JOSE LUIS LOPEZ URANGA, RESPECTIVAMENTE, Y LOS MUNICIPIOS DE AHOME, GUASAVE, CULIACAN, MAZATLAN Y ESCUINAPA, EN LO SUCESIVO LOS MUNICIPIOS , REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES Y SECRETARIOS DE LOS AYUNTAMIENTOS, LOS CC. MARIO LOPEZ VALDEZ Y JOSE EDGAR QUINTERO CAMARGO, RAUL INZUNZA DAGNINO Y MARIO ANTONIO LLANES; JESUS ENRIQUE HERNANDEZ CHAVEZ Y SAMUEL ESCOBOSA BARRAZA; RICARDO AURELIO RAMIREZ GONZALEZ Y GUILLERMO DAMIAN HARO MILLAN; MELESIO PAEZ MORALES Y MAXIMILIANO ANGULO GUERRERO, RESPECTIVAMENTE, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO VIGENTE, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO .
ANTECEDENTES
1. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, tiene por objeto: concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.
Por acuerdo de las partes se establece en la cláusula séptima de EL CONVENIO MARCO , que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.
LA SEDESOL manifiesta que para efectos de este Acuerdo de Coordinación obtuvo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización correspondiente para comprometer recursos para el presente ejercicio fiscal a través del oficio de autorización número OM/DGPP/410.20/00243/04 de fecha 28 de enero de 2004.
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1o., 2o. y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 1o., 6o., 7o., 8o., 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 55, 56 y 57 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, en los artículos 6, 7 y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2001; en el Acuerdo por el que se delegan facultades a los titulares de las delegaciones de la Secretaría de Desarrollo Social en las entidades federativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2001; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social ; y de conformidad con lo establecido en las cláusulas aplicables del Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Sinaloa, así como en lo previsto por los artículos 66 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 2, 3, 7 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 15, 17, 18, 19, 26 y 32 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; 1o., 3o., 7o. y 10 fracciones IV y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Desarrollo; y 1o. fracción III, 2o. fracción V, 4 y 35 de la Ley de Planeación para el Estado de Sinaloa; 37 y 52 fracción VI de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, y 1o., 2o., 9o., 10, 12, 16 y 39 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO I DEL OBJETO
PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y recursos del Programa Hábitat entre LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, a través de un esfuerzo conjunto y complementario que impulse el trabajo corresponsable del Programa Hábitat en las ciudades y zonas de atención prioritaria seleccionadas.
SEGUNDA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario en el Programa materia del presente Acuerdo, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.
La ejecución del Programa Hábitat tendrá su sustento en propuestas de aplicación de subsidios, en las que se consigne la información correspondiente a la aportación federal, estatal y, en su caso, municipal, con apego a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa, precisando si estas aportaciones corresponden a la modalidad de complementariedad o coparticipación.
CAPITULO II DE LA DETERMINACION DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS POR APOYAR
TERCERA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos dirigidos a aquellas zonas de atención prioritaria en ciudades seleccionadas que por sus condiciones de pobreza y marginación así lo requieran, de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación, asimismo, se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en situación de pobreza, así como a las prioridades locales en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, de conformidad con lo establecido en EL CONVENIO MARCO , por lo que las partes convienen la atención a las siguientes ciudades y municipios:
CIUDAD | MUNICIPIO |
LOS MOCHIS | AHOME |
GABRIEL LEYVA SOLANO BENITO JUAREZ | GUASAVE |
CULIACAN ROSALES | CULIACAN |
MAZATLAN | MAZATLAN |
ESCUINAPA | ESCUINAPA |
CAPITULO III DEL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA HABITAT
III.1 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LAS ORDENES DE GOBIERNO
Distribución Federal
CUARTA. LA SEDESOL asignará a EL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a LOS MUNICIPIOS, recursos presupuestarios federales del Programa Hábitat previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, conforme a lo establecido en el artículo 57 de dicho ordenamiento legal y las Reglas de Operación del Programa por la cantidad total de: $37 338,917.36 (treinta y siete millones trescientos treinta y ocho mil novecientos diecisiete pesos 36/100 M.N.).
Dichos recursos serán destinados en las modalidades del Programa Hábitat, Vertiente General, conforme a los criterios establecidos en las Reglas de Operación y sus Lineamientos Específicos.
QUINTA. La ministración de recursos federales para el Programa Hábitat se hará considerando la estacionalidad de gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal.
SEXTA. De la aplicación y ejercicio de los subsidios señalados será responsable EL ESTADO y, en su caso, LOS MUNICIPIOS, beneficiarios y demás ejecutores, de acuerdo con los instrumentos que se suscriban al efecto y de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat, publicadas en el Diario Oficial de la Federación por LA SEDESOL.
III.2 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DEL ESTADO
Distribución Estatal
SEPTIMA. EL ESTADO, LOS MUNICIPIOS y, en su caso, las demás instancias ejecutoras se comprometen a su vez a aportar recursos en el Programa Hábitat por la cantidad de $42 939,754.96 (cuarenta y dos millones novecientos treinta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro pesos 96/100 M.N.), para los proyectos obras y acciones que se ejecutarán en las zonas de atención prioritarias, concertadas por las partes que celebran este documento. Dichas zonas se señalan en el Anexo 1, el cual se integrará en un plazo máximo de 30 días, posterior a la firma de este instrumento y formará parte del presente Acuerdo. Los recursos serán distribuidos de la siguiente manera:
EL ESTADO aportará $13 728,622.20 (trece millones setecientos veintiocho mil seiscientos veintidós pesos 20/100 M.N.).
LOS MUNICIPIOS aportarán recursos propios por la cantidad de $29 211,132.76 (veintinueve millones doscientos once mil ciento treinta y dos pesos 76/100 M.N.) distribuidos de la siguiente manera:
El Municipio de Ahome aportará $5 704,551.37 (cinco millones setecientos cuatro mil quinientos cincuenta y un pesos 37/100 M.N.).
El Municipio de Guasave aportará $2 888,610.43 (dos millones ochocientos ochenta y ocho mil seiscientos diez pesos 43/100 M.N.).
El Municipio de Culiacán aportará $10 728,465.22 (diez millones setecientos veintiocho mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos 22/100 M.N.).
El Municipio de Mazatlán aportará $8 207,639.54 (ocho millones doscientos siete mil seiscientos treinta y nueve pesos 54/100 M.N.).
El Municipio de Escuinapa aportará $1 681,866.20 (un millón seiscientos ochenta y un mil ciento sesenta y seis pesos 20/100 M.N.).
CAPITULO IV DE LAS METAS
OCTAVA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS convienen en alcanzar con los recursos y esfuerzos convenidos, las siguientes metas cuya descripción se señalan en las Reglas de Operación:
Número de familias atendidas (H.P.P.) | Hectáreas adquiridas para suelo para vivienda social y desarrollo urbano |
13,692 | 51 hectáreas |
Asimismo, las partes acuerdan que las metas para las acciones emblemáticas del Programa, definidas para las ciudades participantes, se especificarán en el Anexo 2, el cual se integrará en un plazo máximo de 30 días, posterior a la firma de este instrumento y que formará parte del presente Acuerdo.
CAPITULO V DE LAS RESPONSABILIDADES
NOVENA. El Programa Hábitat, se sujetará en su instrumentación, operación, ejecución, evaluación, medición y seguimiento a lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, a las respectivas Reglas de Operación, a las demás disposiciones legales federales aplicables y a los instrumentos jurídicos, técnicos y operativos derivados de las Reglas de Operación.
DECIMA. LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS convienen en que los subsidios destinados a la entidad que no se comprometan en las fechas señaladas en las Reglas de Operación, podrán reasignarse por LA SEDESOL a otras ciudades y municipios dentro de la misma entidad o a otras entidades del país. Dichas modificaciones presupuestarias serán notificadas por la Delegación de LA SEDESOL en la entidad al Coordinador General del COPLADESIN y, cuando corresponda, a LOS MUNICIPIOS. Al final del ejercicio, a través de un Acuerdo Modificatorio, se especificarán todas y cada una de las asignaciones que se hayan modificado, integrándose al presente Acuerdo de Coordinación.
DECIMA PRIMERA. Las partes se comprometen a:
A) LA SEDESOL
a) Cumplir en el ámbito de su responsabilidad, lo que señalan las Reglas de Operación y los Lineamientos Específicos del Programa Hábitat.
b) Que cuando en la ejecución de los proyectos, obras o acciones financiados por el Programa Hábitat corresponda a LOS MUNICIPIOS, la asunción de dichos compromisos deberá ser con la participación de los tres órdenes de gobierno y, en su caso, con organizaciones de la sociedad civil y la población beneficiaria.
c) A través de su Delegación apoyar en coordinación con EL ESTADO, las gestiones de autorización y radicación de los subsidios en el ámbito de su responsabilidad.
B) EL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS
Se comprometen en la distribución de los recursos.
a) Cumplir en el ámbito de su responsabilidad, lo que señalan las Reglas de Operación y los Lineamientos Específicos del Programa Hábitat.
b) A la correcta aplicación de los subsidios federales materia del presente Acuerdo de Coordinación, que se le asignen, sujetándose para su ejercicio a las Reglas de Operación y demás disposiciones normativas del Programa Hábitat.
c) Que sus dependencias y entidades ejecutoras cumplan con los compromisos asumidos a nivel presupuestario y de metas que involucren tanto aportaciones federales como estatales, diferenciando para estos efectos su fuente de origen y de aplicación.
d) Que cuando en la ejecución de los proyectos, obras o acciones financiados por el Programa Hábitat corresponda a LOS MUNICIPIOS la asunción de dichos compromisos, deberá ser con la participación de los tres órdenes de gobierno y, en su caso, con organizaciones de la sociedad civil y la población beneficiaria.
e) En el ámbito de su jurisdicción, como instancia de ejecución de los recursos, elaborar cuando le sea
requerida la justificación de los proyectos obras y acciones ejecutadas en la entidad federativa. En el caso de que la ejecución corresponda a LOS MUNICIPIOS, se hará por conducto de EL ESTADO, conforme a los lineamientos expedidos al efecto.
f) Que conforme a las Reglas de Operación, en su caso, garanticen la aportación correspondiente de los beneficiarios.
CAPITULO VI DE LOS TRABAJOS DE SEGUIMIENTO, EVALUACION Y CONTROL DE LOS RECURSOS DEL PROGRAMA HABITAT
DECIMA SEGUNDA. EL ESTADO asume el compromiso de proporcionar al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, informes trimestrales de seguimiento del Programa Hábitat, cuando el responsable ejecutor de dichos recursos sea el Ejecutivo Estatal. Para el caso de que el responsable ejecutor sean LOS MUNICIPIOS, éstos informarán al Ejecutivo Estatal, el que a su vez informará a LA SEDESOL en un lapso de 15 días naturales después de concluido el trimestre correspondiente, conforme a los lineamientos que emita esa dependencia.
Las instancias ejecutoras enviarán por conducto de EL ESTADO los informes de avance y consolidación del ejercicio y operación de obras y acciones a LA SEDESOL, a través de su Delegación Estatal, de manera periódica y cuando para fines de evaluación y seguimiento lo requieran las instancias normativas. Para ello LA SEDESOL definirá los métodos de captación de información.
EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, estos últimos, a través del primero señalado, podrán solicitar a LA SEDESOL apoyo, asistencia técnica y capacitación sobre los trabajos de seguimiento, evaluación y control de dichos recursos.
Asimismo, LA SEDESOL, EL ESTADO y, en su caso, LOS MUNICIPIOS colaborarán, en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, en la operación de un sistema de información en acciones de capacitación que apoyen las actividades de medición, seguimiento y evaluación.
DECIMA TERCERA. LA SEDESOL promoverá la aplicación de diferentes métodos de captación de información y medición de avances para el seguimiento y evaluación del Programa Hábitat. Para ello, EL ESTADO apoyará estas tareas, promoviendo la colaboración de LOS MUNICIPIOS y de los beneficiarios, especialmente en lo que corresponde a la captación de la información que se requiera de los estudios de campo.
DECIMA CUARTA. El control, vigilancia y evaluación de los subsidios federales a que se refiere la cláusula cuarta del presente instrumento corresponderá a LA SEDESOL, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que en coordinación con la SFP, realice la Contraloría del Ejecutivo Estatal.
DECIMA QUINTA. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, LA SEDESOL, EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
Las partes convienen en que la SFP podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de EL ESTADO y LOS MUNICIPIOS en los términos del presente instrumento.
CAPITULO VII ESTIPULACIONES FINALES
DECIMA SEXTA. En caso de incumplimiento de los términos del presente instrumento, atribuible a EL ESTADO o LOS MUNICIPIOS, el Ejecutivo Federal, con fundamento en lo señalado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004 y las leyes federales aplicables de la materia, a través de LA SEDESOL podrá suspender la radicación de recursos o bien solicitar su reintegro, escuchando previamente la opinión de la dependencia estatal competente.
En el supuesto de que LA SEDESOL incumpla los términos del presente Acuerdo, EL ESTADO, después de escuchar la opinión de LA SEDESOL, podrá suspender las acciones y recursos complementarios suscritos a través del presente instrumento.
DECIMA SEPTIMA. Las partes acuerdan que los saldos disponibles de los subsidios federales, que no se encuentren devengados al término del ejercicio fiscal 2004, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación. En cuanto a los rendimientos financieros de dichos saldos, éstos serán reintegrados invariablemente dentro de los primeros cinco días siguientes al mes de su correspondiente generación. En ambos casos los reintegros se efectuarán en los términos de las disposiciones aplicables.
DECIMA OCTAVA. El presente Acuerdo de Coordinación se podrá revisar, adicionar, modificar o dar por terminado de común acuerdo por las partes. Dichas modificaciones deberán constar por escrito y entrarán en vigor a partir de su suscripción.
DECIMA NOVENA. Las partes realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible.
VIGESIMA. Serán causas de inobservancia del presente Acuerdo, las siguientes:
1. El incumplimiento a los lineamientos que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, a las Reglas de Operación del Programa Hábitat y demás disposiciones jurídico-administrativas aplicables.
2. La aplicación de los subsidios federales asignados por medio de este Acuerdo a EL ESTADO y a través de éste a LOS MUNICIPIOS a fines distintos de los pactados, y
3. La falta de entrega de la información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo y en los diversos instrumentos derivados del mismo.
VIGESIMA PRIMERA. Las partes manifiestan su conformidad para que en caso de duda sobre la interpretación del presente Acuerdo de Coordinación, respecto a su instrumentación, formalización y cumplimiento se esté a lo previsto por el Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano.
De las controversias que se susciten en el cumplimiento del presente Acuerdo conocerán los tribunales federales de la Ciudad de México, Distrito Federal.
VIGESIMA SEGUNDA. Este Acuerdo surte sus efectos desde el día primero de enero hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro y deberá publicarse, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial Estado de Sinaloa , con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas de la Federación con el Estado.
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político queda prohibido el uso para fines distintos al Desarrollo Social.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en tres ejemplares, en la ciudad de Culiacán Rosales, el día primero del mes de abril de dos mil cuatro.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- El Delegado Estatal, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Planeación y Desarrollo y Coordinador General del COPLADESIN, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Armienta Calderón.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Oscar J. Lara Aréchiga.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, José Luis López Uranga.- Rúbrica.- Por el Municipio de Ahome: el Presidente Municipal, Mario López Valdez.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, José Edgar Quintero Camargo.- Rúbrica.- Por el Municipio de Guasave: el Presidente Municipal, Raúl Inzunza Dagnino.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Marco Antonio Llanes.- Rúbrica.- Por el Municipio de Culiacán: el Presidente Municipal, Jesús Enrique Hernández Chávez.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Samuel Escobosa Barraza.- Rúbrica.- Por el Municipio de Mazatlán: el Presidente Municipal, Ricardo Aurelio Ramírez González.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Guillermo Damián Haro Millán.- Rúbrica.- Por el Municipio de Escuinapa: el Presidente Municipal, Melesio Páez Morales.- Rúbrica.- El Secretario del Ayuntamiento, Maximiliano Angulo Guerrero.- Rúbrica.
ANEXO I
ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE AHOME
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA SEPTIMA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE AHOME, las partes convienen en que las zonas de atención prioritarias donde se desarrollan las acciones y proyectos del Programa Hábitat Vertiente General, son las siguientes:
Ciudad | Zona de Atención Prioritaria (Polígono) |
LOS MOCHIS | 25028 |
| 25030 |
| 25031 |
| 25032 |
| 25100 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente del Municipio de Ahome, Mario López Valdez.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE AHOME
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA OCTAVA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE AHOME, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las zonas de atención prioritarias son las siguientes:
·Acciones emblemáticas de desarrollo social:
ACCION | META |
Instalación y/o Equipamiento de Casas y Centros de Atención Infantil | 10 |
Acciones orientadas a apoyar la integración de grupos en situación de vulnerabilidad (tanto las vinculadas al desarrollo de capacidades y la ampliación de oportunidades como las relativas a la ampliación de las redes de protección social) | 8 |
Instalación y Funcionamiento de las Escuelas-Taller o Casas de Oficio | 1 |
·Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
ACCION | META |
Construcción o ampliación de las redes de infraestructura básica ·Agua potable ·Drenaje ·Electrificación ·Vialidades | 1 5 1 7 |
Acciones que involucran la cooperación internacional | 2 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente del Municipio de Ahome, Mario López Valdez.- Rúbrica.
ANEXO I
ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE GUASAVE
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA SEPTIMA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE GUASAVE, las partes convienen en que las zonas de atención prioritarias donde se desarrollan las acciones y proyectos del Programa Hábitat Vertiente General, son las siguientes:
Ciudad | Zona de Atención Prioritaria (Polígono) |
GABRIEL LEYVA SOLANO | 25044 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guasave, Raúl Inzunza Dagnino.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE GUASAVE
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA OCTAVA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE GUASAVE, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las zonas de atención prioritarias son las siguientes:
·Acciones emblemáticas de desarrollo social:
ACCION | META |
Instalación y Funcionamiento de las Escuelas-taller o Casas de Oficio | 1 |
Acciones orientadas a apoyar la integración de grupos en situación de vulnerabilidad (tanto las vinculadas al desarrollo de capacidades y la ampliación de oportunidades como las relativas a la ampliación de las redes de protección social) | 1 |
·Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
ACCION | META |
Construcción o ampliación de las redes de infraestructura básica ·Vialidad ·Alumbrado | 4 1 |
Acciones que involucran la cooperación intermunicipal | 2 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Guasave, Raúl Inzunza Dagnino.- Rúbrica.
ANEXO I
ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE CULIACAN
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA SEPTIMA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE CULIACAN, las partes convienen en que las zonas de atención prioritarias donde se desarrollan las acciones y proyectos del Programa Hábitat Vertiente General, son las siguientes:
Ciudad | Zona de Atención Prioritaria (Polígono) |
CULIACAN | 2501 |
| 2502 |
| 2503 |
| 2504 |
| 2505 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Culiacán, Jesús Enrique Hernández Chávez.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE CULIACAN
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA OCTAVA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE CULIACAN, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las zonas de atención prioritarias son las siguientes:
·Acciones emblemáticas de desarrollo social:
ACCION | META |
Acciones orientadas a apoyar la integración de grupos en situación de vulnerabilidad (tanto las vinculadas al desarrollo de capacidades y la ampliación de oportunidades como las relativas a la ampliación de las redes de protección social) | 17 |
·Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
ACCION | META |
Construcción, rehabilitación o remozamiento de parques, jardines y de espacios culturales, deportivos y recreativos | 1 |
Construcción o ampliación de las redes de infraestructura básica ·Agua potable ·Drenaje ·Electrificación y alumbrado ·Vialidad | 2 1 2 2 |
Acciones que involucren la cooperación intermunicipal | 3 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Culiacán, Jesús Enrique Hernández Chávez.- Rúbrica.
ANEXO I
ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE MAZATLAN
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA SEPTIMA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE MAZATLAN, las partes convienen en que las zonas de atención prioritarias donde se desarrollan las acciones y proyectos del Programa Hábitat Vertiente General, son las siguientes:
Ciudad | Zona de Atención Prioritaria (Polígono) |
MAZATLAN | 25012 |
| 25014 |
| 25017 |
| 25024 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Mazatlán, Ricardo Aurelio Ramírez González.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE MAZATLAN
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA OCTAVA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE MAZATLAN, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las zonas de atención prioritarias son las siguientes:
·Acciones emblemáticas de desarrollo social:
ACCION | META |
Instalación y/o equipamiento de casas y centros de atención infantil. | 6 |
Acciones orientadas a apoyar la integración de grupos en situación de vulnerabilidad (tanto las vinculadas al desarrollo de capacidades y la ampliación de oportunidades como las relativas a la ampliación de las redes de protección social) | 10 |
·Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
ACCION | META |
Construcción y ampliación de las redes de infraestructura básica ·Electrificación y alumbrado ·Drenaje ·Agua potable | 2 5 1 |
Construcción, rehabilitación o remozamiento de parques y jardines y de espacios culturales deportivos y recreativos. | 4 |
Construcción de obras y provisión del equipamiento para fortalecer los sistemas de recolección y disposición de desechos domésticos. | 2 |
Acciones que involucren la cooperación intermunicipal | 2 |
Constitución de reservas de suelo para la vivienda y el desarrollo urbano | 1 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Mazatlán, Ricardo Aurelio Ramírez González.- Rúbrica.
ANEXO I
ZONAS DE ATENCION PRIORITARIA CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE ESCUINAPA
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA SEPTIMA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE ESCUINAPA, las partes convienen en que las zonas de atención prioritarias donde se desarrollan las acciones y proyectos del Programa Hábitat Vertiente General, son las siguientes:
Ciudad | Zona de Atención Prioritaria (Polígono) |
ESCUINAPA | 25042 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Escuinapa, Melesio Páez Morales.- Rúbrica.
ANEXO II
ACCIONES EMBLEMATICAS CONCERTADAS EN EL MUNICIPIO DE ESCUINAPA
De acuerdo a lo señalado en la CLAUSULA OCTAVA del ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL, signado el 21 de mayo de 2004, entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y EL MUNICIPIO DE ESCUINAPA, las partes convienen en que las acciones emblemáticas que se llevarán a cabo en las zonas de atención prioritarias son las siguientes:
·Acciones emblemáticas de desarrollo social:
ACCION | META |
Instalación y/o Equipamiento de Casas y Centros de Atención Infantil | 1 |
·Acciones emblemáticas de desarrollo urbano:
ACCION | META |
Construcción, rehabilitación o remozamiento de parques y jardines y de espacios culturales deportivos y recreativos | 3 |
Construcción o ampliación de las redes de infraestructura básica ·Agua potable ·Drenaje ·Vialidad ·Electrificación | 1 1 4 8 |
Construcción de obras y provisión del equipamiento para fortalecer los sistemas de recolección y disposición de desechos domésticos | 1 |
Acciones que involucran la cooperación intermunicipal | 1 |
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Culiacán, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil cuatro.- El Delegado Estatal SEDESOL Sinaloa, Zenén Aarón Xochihua Enciso.- Rúbrica.- El Coordinador General del COPLADE, Cenovio Ruiz Zazueta.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Escuinapa, Melesio Páez Morales.- Rúbrica.