DOF: 19/06/2012
Modificación a la convocatoria dirigida a las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, auxiliares en el control sanitario de Dispositivos Médicos, publicada el 6 de julio de 2011, para la ampliación del alcance de la mi

Modificación a la convocatoria dirigida a las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, auxiliares en el control sanitario de Dispositivos Médicos, publicada el 6 de julio de 2011, para la ampliación del alcance de la misma.

MODIFICACION A LA CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS PERSONAS FISICAS Y MORALES INTERESADAS EN FUNGIR COMO TERCEROS AUTORIZADOS, AUXILIARES EN EL CONTROL SANITARIO DE DISPOSITIVOS MEDICOS, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE JULIO DE 2011, PARA LA AMPLIACION DEL ALCANCE DE LA MISMA.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con fundamento en los artículos 17 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracciones XXIV y XXV; 13 apartado A, fracción II; 17 bis fracción IV y 391 bis de la Ley General de Salud; 2 apartado C, fracción X y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 188, 190 Bis 3, 190 Bis 4, 190 Bis 6, 210, 211 y 212 del Reglamento de Insumos para la Salud y 3, fracción VII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y,
CONSIDERANDO
Que para el ejercicio del control y vigilancia sanitaria prevista por la normatividad aplicable, es de gran utilidad la existencia de Terceros Autorizados que coadyuven con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para vigilar el cumplimiento de la legislación sanitaria vigente y auxiliar en el control sanitario de medicamentos y demás insumos para la salud, de las actividades relacionadas con los mismos y, de los establecimientos destinados a su proceso;
Que con fecha 6 de julio del 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la "CONVOCATORIA dirigida a las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, auxiliares en el control sanitario de dispositivos médicos", con la finalidad de invitar a las personas físicas y morales en general interesadas en fungir como terceros autorizados, auxiliares en el control sanitario para elaboración del dictamen para el registro sanitario de dispositivos médicos Clase I, Clase II y Clase III; y, modificaciones a las condiciones de registro sanitario (administrativas y técnicas) de dispositivos médicos Clase I, Clase II y Clase III; y,
Que con la finalidad de que las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, puedan auxiliar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en el control sanitario para elaboración del dictamen de las solicitudes de prórroga de dispositivos médicos, en términos de los artículos 188, 190 Bis 3, 190 Bis 4, 190 Bis 5 y 190 Bis 6 del Reglamento de Insumos para la Salud, se modifica el alcance de la "CONVOCATORIA dirigida a las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, auxiliares en el control sanitario de dispositivos médicos", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2011, para la ampliación del Alcance de la misma, por lo que se emite la siguiente:
MODIFICACION A LA CONVOCATORIA DIRIGIDA A LAS PERSONAS FISICAS Y MORALES
INTERESADAS EN FUNGIR COMO TERCEROS AUTORIZADOS, AUXILIARES EN EL CONTROL
SANITARIO DE DISPOSITIVOS MEDICOS, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
EL 6 DE JULIO DE 2011, PARA LA AMPLIACION DEL ALCANCE DE LA MISMA
Primero.- Se modifica el Alcance de la CONVOCATORIA dirigida a las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, auxiliares en el control sanitario de dispositivos médicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2011, para ampliar el alcance de la misma y quedar como sigue:
I.- ALCANCE
Unidad de Verificación, como auxiliar en el control sanitario para elaboración de dictamen para:
-      ...
-      ...
-      Prórrogas de Registros Sanitarios de Dispositivos Médicos Clase I, Clase II y Clase III en términos de lo dispuesto en los artículos 188, 190 Bis 3, 190 Bis 4, 190 Bis 5 y 190 Bis 6 del Reglamento de Insumos para la Salud.
Segundo.- Los Requisitos Generales, Documentación y Condiciones para la Autorización de Terceros Autorizados establecidos en la "CONVOCATORIA dirigida a las personas físicas y morales interesadas en fungir como Terceros Autorizados, auxiliares en el control sanitario de dispositivos médicos", publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2011, no sufren cambio ni modificación alguna, quedando en los términos dispuestos en dicha Convocatoria.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 6 de junio de 2012.- El Comisionado Federal, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.
 

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