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DOF: 29/12/2012 |
ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada el 28 de diciembre de 2012 (Continúa en la Cuarta Sección) ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada el 28 de diciembre de 2012 (Continúa en la Cuarta Sección) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 "Trámites Fiscales" Contenido I. Definiciones II. Trámites Código Fiscal de la Federación 1/CFF Opinión del cumplimiento de obligaciones para ser proveedor de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República y entidades federativas, o ser beneficiarios de estímulos y subsidios; para realizar algún trámite fiscal u obtener una autorización en materia de impuestos. 2/CFF Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. 3/CFF Informe general del cumplimiento de obligaciones para conocer la situación fiscal en materia de RFC, presentación de declaraciones, incluyendo informativas, así como si tiene créditos fiscales firmes. 4/CFF Aclaración al Informe general del cumplimiento de obligaciones fiscales. 5/CFF Información relativa a las instituciones de crédito cuando participen como fiduciarias en fideicomisos en los que se generen ingresos 6/CFF Solicitud para la entrega del monto pagado por la adquisición de bienes que no pueden entregarse al postor. 7/CFF Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales. 8/CFF Obtención de la CIECF. 9/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes. 10/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet. 11/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IVA vía Internet. 12/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar vía Internet. 13/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, Crédito Diesel vía Internet. 14/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, alcohol vía Internet. 15/CFF Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones vía Internet. 16/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IETU vía Internet. 17/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IDE vía Internet. | 18/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR. 19/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA. 20/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar. 21/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS. 22/CFF Aviso de compensación de cantidades a favor de Otras Contribuciones. 23/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IETU. 24/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IDE. 25/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR vía Internet. 26/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA vía Internet. 27/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar vía Internet. 28/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS vía Internet. 29/CFF Aviso de compensación de cantidades a favor de otras contribuciones vía Internet. 30/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IETU vía Internet. 31/CFF Aviso de compensación del IDE vía Internet. 32/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR, Grandes Contribuyentes. 33/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes. 34/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC, Grandes Contribuyentes. 35/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS, Grandes Contribuyentes. | 36/CFF Aviso de compensación de Otras Contribuciones, Grandes Contribuyentes. 37/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IETU, Grandes Contribuyentes. 38/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IDE, Grandes Contribuyentes. 39/CFF Aviso de compensación de saldos a favor vía Internet, Grandes Contribuyentes. 40/CFF Consulta del trámite de devolución por Internet. 41/CFF Inscripción al RFC de personas físicas. 42/CFF Inscripción al RFC de trabajadores. 43/CFF Inscripción en el RFC de personas físicas del sector primario. 44/CFF Inscripción en el RFC de personas físicas sin actividad económica. 45/CFF Inscripción en el RFC de socios o accionistas de personas morales y de enajenantes de bienes inmuebles a través de fedatario público por medios remotos. 46/CFF Inscripción en el RFC de los socios y accionistas de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. 47/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ALSC del SAT. 48/CFF Inscripción en el RFC de fideicomisos. 49/CFF Inscripción en el RFC de personas morales a través de fedatario público por medios remotos. 50/CFF Inscripción en el RFC de las dependencias, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y demás áreas u organismos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, de los organismos descentralizados y de los órganos constitucionales autónomos. 51/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades. 52/CFF Solicitud de autorización para llevar a cabo una fusión posterior. 53/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades. 54/CFF Inscripción en el RFC por escisión de sociedades. 55/CFF Inscripción al RFC de personas físicas y obtención del certificado de FIEL. 56/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ALSC del SAT y obtención del certificado de Fiel. | 57/CFF Inscripción en el RFC de las dependencias, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y demás áreas u órganos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, de los organismos descentralizados y de los órganos constitucionales autónomos que cuenten con autorización del ente público al que pertenezcan para inscribirse en el RFC y obtención del certificado de Fiel. 58/CFF Inscripción en el RFC de fideicomisos y obtención del certificado de Fiel. 59/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades y obtención del certificado de Fiel. 60/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades y obtención del Certificado de Fiel. 61/CFF Inscripción en el RFC por escisión de sociedades y obtención del Certificado de Fiel. 62/CFF Inscripción al RFC de personas físicas y obtención de CIECF. 63/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ALSC del SAT y obtención de CIECF. 64/CFF Inscripción en el RFC de las dependencias, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y demás áreas u órganos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, de los organismos descentralizados y de los órganos constitucionales autónomos que cuenten con autorización del ente público al que pertenezcan para inscribirse en el RFC y obtención de CIECF. 65/CFF Inscripción en el RFC de fideicomisos y obtención de la CIECF. 66/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades y obtención de CIECF. 67/CFF Inscripción en el RFC por escisión de sociedades y obtención de CIECF. 68/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades y obtención de CIECF. 69/CFF Entrega de documentación generada por la inscripción en el RFC de personas morales. | 70/CFF Informes de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos al RFC. 71/CFF Aviso de apertura de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades por Internet o en salas de Internet de las ALSC. 72/CFF Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones vía Internet o en salas de Internet de las ALSC. 73/CFF Aviso de cierre de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades vía Internet o en salas de Internet de las ALSC. 74/CFF Aviso de suspensión de actividades vía Internet o en salas de Internet de las ALSC. 75/CFF Aviso de reanudación de actividades vía Internet o en salas de Internet de las ALSC. 76/CFF Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados 77/CFF Aviso de cambio de denominación o razón social. 78/CFF Aviso de cambio de domicilio fiscal a través de Internet o en la ALSC. 79/CFF Aviso de corrección o cambio de nombre. 80/CFF Aviso de cambio de régimen de capital. 81/CFF Aviso de apertura de sucesión. 82/CFF Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones. 83/CFF Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total de activo. 84/CFF Aviso de cancelación en el RFC por defunción. 85/CFF Aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión. 86/CFF Aviso de inicio de liquidación. 87/CFF Aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades. | 88/CFF Aviso de inicio de procedimiento de concurso mercantil. 89/CFF Aviso de incorporación al sistema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos. 90/CFF Aviso de desincorporación al sistema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos. 91/CFF Presentación de declaraciones y pago de derechos. 92/CFF Convenios con donatarias autorizadas para recibir donativos del ISR. 93/CFF Declaración de operaciones con clientes y proveedores de bienes y servicios (Forma oficial 42). 94/CFF Solicitud de Registro de Contador Público en papel. 95/CFF Solicitud de Registro de Sociedades o Asociaciones de Contadores Públicos en papel. 96/CFF Modificaciones al Registro de Contador Público Registrado y Sociedades o Asociaciones de Contadores Públicos en papel. 97/CFF Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones, aviso para presentar dictamen fiscal y cartas de presentación. 98/CFF Envío de información sobre estados financieros de consolidación, instituciones financieras y de establecimientos permanentes. 99/CFF Envío de información sobre estados financieros de contribuyentes obligados o que hubieren manifestado su opción para el mismo efecto. 100/CFF Información de socios activos y del cumplimiento de la norma de educación continua o de actualización académica. 101/CFF Información de certificación de Contadores Públicos Registrados, con certificación vigente. 102/CFF Solicitud de registro de Contador Público vía Internet. 103/CFF Solicitud de registro de Sociedades o Asociaciones de Contadores Públicos vía Internet. 104/CFF Consultas en materia de precios de transferencia. 105/CFF Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido. 106/CFF Consulta de las notificaciones por estrados y por edictos a través de páginas de Internet. 107/CFF Información de partes relacionadas. 108/CFF Obtención del certificado de FIEL. 109/CFF Renovación del certificado de FIEL. | 110/CFF Revocación de los certificados. 111/CFF Envío de reporte mensual de CFD emitidos. 112/CFF Solicitud del certificado de sello digital. 113/CFF Verificación de la autenticidad de los acuses de recibo con sello digital. 114/CFF Solicitud de folios para la emisión de CFD. 115/CFF Autenticidad de folios y vigencia de los CFD. 116/CFF Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI. 117/CFF Presentación de la actualización de la garantía a que se refiere la regla II.2.5.2.2. de la RMF. 118/CFF Aviso electrónico de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica de la sociedad autorizada para operar como proveedor de certificación de CFDI. 119/CFF Solicitud del certificado especial de sello digital (CESD) para operar como PSECFDI a través del adquirente de bienes o servicios a personas físicas. 120/CFF Manifestación de que se ha optado por operar como PSECFDI a través del adquirente de bienes o servicios a personas físicas. 121/CFF Solicitud de autorización a personas morales constituidas como organizaciones, comités, organismos ejecutores o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, pecuarios o pesqueros de conformidad con el esquema Sistema Producto previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para operar como PSGCFDSP. | 122/CFF Solicitud del certificado especial de sello digital (CESD) para operar como PSGCFDSP. 123/CFF Manifestación del PSGCFDSP autorizado de que continúa reuniendo los requisitos para serlo. 124/CFF Solicitud de asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad. 125/CFF Modificación de la aprobación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad. 126/CFF Cancelación de la aprobación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad. 127/CFF Consulta de validez de los folios asignados para la expedición de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad. 128/CFF Reintegro del depósito en garantía. 129/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos. 130/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones. 131/CFF Solicitud de constancias de declaraciones y pagos. 132/CFF Solicitud de verificación de domicilio. 133/CFF Solicitud de constancia de inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC. 134/CFF Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones). 135/CFF Aclaración de requerimientos por no presentar la solicitud de inscripción, los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales. 136/CFF Aclaración de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisión de datos. 137/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones. 138/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado. 139/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Multas impuestas por las ALSC. 140/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Por actualización y recargos en créditos fiscales. 141/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago en parcialidades. 142/CFF Disminución de multas. | 143/CFF Presentación de garantía del interés fiscal. 144/CFF Solicitud de cancelación de garantías. 145/CFF Garantía del interés fiscal para créditos parcializados a través de la modalidad de embargo de la negociación en la vía administrativa. 146/CFF Solicitud y expedición de la Forma Oficial Múltiple de Pago (Forma oficial FMP-1). 147/CFF Solicitud de programas (software). 148/CFF Recepción de otros avisos. 149/CFF Relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma Oficial 96). 150/CFF Dictamen e informe de donatarias autorizadas para recibir donativos del ISR. 151/CFF Aviso para renunciar a la presentación del dictamen fiscal. 152/CFF Aviso que presenta el Contador Público Registrado cuando el contribuyente no acepte o no esté de acuerdo con el dictamen formulado por el Contador Público Registrado, en el que manifieste "bajo protesta de decir verdad" las razones o motivos por los cuales el contribuyente no acepta o no está de acuerdo con su dictamen para efectos fiscales. 153/CFF Aviso que presenta el representante legal de los Organismos Descentralizados o fideicomisos con fines no lucrativos que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal, en el que manifieste "bajo protesta de decir verdad" que su representada no tiene fines lucrativos y que por ello no dictaminarán sus estados financieros. | 154/CFF Aviso que presentan las sociedades que inscriban en el registro o libro de acciones o partes sociales a socios o accionistas personas físicas que no les proporcionen la documentación necesaria para hacer la comprobación del impuesto a retener. 155/CFF Aviso de modificación a la carta de crédito por ampliación o disminución del monto máximo disponible o prórroga de la fecha de vencimiento. 156/CFF Solicitud para dejar sin efectos el pago a plazos, en parcialidades o diferido. Cuando los adeudos no hayan sido determinados por medio de declaración de corrección fiscal con motivo de dictamen o cuando no se hubieran interpuesto medios de defensa, respecto del crédito. 157/CFF Solicitud del certificado de FIEL para la presentación del dictamen de estados financieros vía Internet, por el ejercicio en que se encontraba vigente su RFC. 158/CFF Solicitud de autorización para la exención del pago de impuestos a los vehículos importados en definitiva en franquicia diplomática por misiones diplomáticas, oficinas de organismos internacionales representados o con sede en territorio nacional y su personal extranjero. 159/CFF Solicitud de condonación de multas. 160/CFF Solicitud de aclaración por información de créditos fiscales federales proporcionadas a las sociedades de información crediticia. 161/CFF Información que deberán presentar los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios, relativo al entero de los pagos del ISR tanto a la Federación, a la Entidad Federativa, así como del IVA, correspondiente a las enajenaciones y adquisiciones en las que intervengan. 162/CFF Información que están obligadas a proporcionar las personas que lleven su contabilidad o parte de ella utilizando registros electrónicos sobre sus clientes y proveedores, relacionada con la clave del RFC de sus usuarios. 163/CFF Aviso para ofrecer como medio de pago de las contribuciones federales o de DPA ´s y sus accesorios las tarjetas de crédito o débito que emitan. 164/CFF Aviso para la actualización de datos del Proveedor de Certificación de CFDI Autorizado, publicados en la página de Internet del SAT. 165/CFF Solicitud de autorización para la exención del pago de impuestos a vehículos importados en definitiva en franquicia por miembros del Servicio Exterior Mexicano. 166/CFF Solicitud de autorización para la enajenación de vehículos de comercialización en territorio nacional por misiones diplomáticas y consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero. | Impuesto Sobre la Renta 1/ISR Declaración informativa de operaciones superiores a $100,000.00. 2/ISR Aviso de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo. 3/ISR Declaración de operaciones efectuadas a través de fidecomisos. 4/ISR Declaración informativa anual de sociedades de inversión de capitales. 5/ISR Aviso para la determinación de la pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos valor, cuando se adquieran o se enajenen fuera de la Bolsa de Valores. 6/ISR Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos. 7/ISR Informe que presentan las sociedades controladoras de los cambios de denominación o razón social. 8/ISR Solicitud de consolidación. 9/ISR Solicitud de desconsolidación. 10/ISR Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles. 11/ISR Avisos para actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles. 12/ISR Aviso anual de las donatarias autorizadas, donde declaran, "bajo protesta de decir verdad", seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter. | 13/ISR Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles. 14/ISR Solicitud de autorización para aplicar los donativos deducibles recibidos en actividades adicionales. 15/ISR Información para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos. 16/ISR Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes. 17/ISR Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles del extranjero. 18/ISR Aviso de celebración de convenios de apoyo económico con Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos del ISR. 19/ISR Aviso por el que optan las personas dedicadas a las artes plásticas a pagar el ISR e IVA con obras de su producción. 20/ISR Información de instituciones a las que les hayan efectuado donación de obras. 21/ISR Relación de obras donadas por artistas. 22/ISR Solicitud de inscripción al registro de bancos o entidades de financiamiento del extranjero (Secciones Libro I). 23/ISR Solicitud de la renovación de la inscripción al registro de bancos o entidades de financiamiento. 24/ISR Solicitud de inscripción al registro de fondos de pensiones, jubilaciones y fondos de inversión del extranjero (Secciones Libro II). 25/ISR Solicitud de renovación de la inscripción en el registro de fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero. | 26/ISR Escrito de los residentes en el extranjero en el que manifiesten su voluntad de optar por determinar el impuesto. 27/ISR Inscripción como retenedor por los residentes en el extranjero que paguen salarios. 28/ISR Declaración de contribuyentes que otorguen donativos (Forma oficial 30 Anexo 3). 29/ISR Declaración presentada por las instituciones fiduciarias respecto de los rendimientos en operaciones de fidecomiso por las que se otorgue el uso o goce temporal de inmuebles. 30/ISR Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario (Forma oficial 30 Anexo 1). 31/ISR Pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (Forma oficial 30 Anexo 2). 32/ISR Retenciones y pagos efectuados a residentes en el extranjero (Forma oficial 30 Anexo 4). 33/ISR Solicitud de autorización para disminuir pagos provisionales. 34/ISR Aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación del servicio. 35/ISR Aviso de constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones, jubilaciones y primas de antigedad. 36/ISR Aviso de transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigedad de una institución a otra. 37/ISR Aviso de incorporación a la consolidación fiscal de una sociedad controlada cuando se adquiera más del 50% de las acciones con derecho a voto de una sociedad. 38/ISR Aviso de desincorporación cuando las sociedades se encuentren en suspensión de actividades. 39/ISR Aviso que presenta la sociedad para diferir el ISR correspondiente a los dividendos pagados que correspondan a la sociedad fusionada, cuando una sociedad controlada se fusione. 40/ISR Presentación de la copia simple del registro de los documentos en los que conste la operación de financiamiento correspondiente inscrito en la Sección Especial del Registro Nacional de Valores e Intermediarios a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 41/ISR Escrito que debe presentar el residente en México emisor de los títulos, en el que su representante legal manifieste "bajo protesta de decir verdad", datos personales del emisor de los títulos, el monto de la colocación y en los que cotizarán los títulos, la tasa pactada, etc. | 42/ISR Aviso de cambio o modificación de los datos manifestados, respecto a las características de la operación de títulos de crédito. 43/ISR Aviso múltiple para: Destrucción de mercancías que han perdido su valor. Donación de mercancías que han perdido su valor. Bienes de activo fijo e inversiones que dejaron de ser útiles. Donación de productos perecederos sujetos a fecha de caducidad. 44/ISR Aviso que presenta el contribuyente cuando los bienes dejen de ser útiles para obtener sus ingresos. 45/ISR Escrito que presenta el enajenante o el adquirente de acciones, residente en el extranjero, en el que hace constar que ha autorizado a las autoridades fiscales extranjeras a proporcionar a las autoridades mexicanas información sobre la operación para efectos fiscales. 46/ISR Aviso que presenta el depositario de valores para quedar liberado de la obligación de retener el ISR respecto a los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito. 47/ISR Aviso por el cual las instituciones donatarias que estén interesadas en recibir en donación los bienes ofrecidos por los contribuyentes, manifiesten al donante su intención de recibir los bienes. 48/ISR Aviso del residente en el país mediante el cual asuma voluntariamente la responsabilidad solidaria para calcular y enterar el impuesto por operaciones financieras derivadas. 49/ISR Copia de la documentación comprobatoria firmada "bajo protesta de decir verdad" cuando no se puede obtener directamente los datos de la operación celebrada. 50/ISR Aviso de pérdida de la máquina registradora de comprobación fiscal. 51/ISR Aviso de designación de representante en México para no presentar dictamen fiscal cuando la enajenación de acciones o títulos valor se encuentre exenta en términos de los tratados para evitar la doble tributación. | 52/ISR Aviso que deberá presentar el residente en el extranjero que enajene acciones emitidas por una sociedad residente en México, por la reorganización, reestructura, fusión, escisión u operación similar que lleve a cabo. 53/ISR Aviso para proporcionar la información sobre las personas que optaron por adquirir acciones o títulos valor, sin costo alguno o a un precio menor o igual al de mercado. 54/ISR Aviso por el cual declaran "bajo protesta de decir verdad" que siguen reuniendo los requisitos para continuar emitiendo monederos electrónicos para ser utilizados por los contribuyentes en la compra de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres. 55/ISR Aviso por el cual los contribuyentes que realicen proyectos de infraestructura productiva mediante contratos de obra pública financiada, manifiestan que optan por considerar como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra. 56/ISR Escrito que deberán presentar en los meses de enero y febrero de cada año, con los requisitos que señala la regla II.3.9.11. 57/ISR Aviso relativo a deducciones por pérdidas por créditos incobrables. 58/ISR Escrito por el cual las personas residentes en México informan que optan por aplicar lo dispuesto en el artículo 216-Bis fracción II de la Ley del ISR. 59/ISR Solicitud de autorización para deducir la pérdida sufrida en la enajenación de títulos valor, distintos a los señalados en el artículo 54 fracciones I a III del Reglamento de la Ley del ISR. 60/ISR Solicitud de autorización para transmitir la autorización de consolidación a otra sociedad. 61/ISR Solicitud de autorización a sociedades para diferir el pago del ISR derivado de la reestructura a que se refiere el artículo 190 de la Ley del ISR. 62/ISR Solicitud de inscripción al RFC como retenedor de personas físicas o morales residentes en el extranjero que desarrollen actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados. 63/ISR Solicitud de autorización para administrar planes personales de retiro. 64/ISR Solicitud que presentan los fabricantes, importadores o empresas desarrolladoras de sistemas para la obtención del registro, así como el número de registro de máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal. | 65/ISR Solicitud de autorización de sociedades de objeto múltiple de nueva creación. 66/ISR Declaración Informativa Múltiple Anexo 5 "De los regímenes fiscales preferentes". 67/ISR Declaración Informativa Múltiple Anexo 6 "Empresas Integradoras, información de sus integradas". 68/ISR Declaración Informativa Múltiple Anexo 7 "REPECOS". 69/ISR Información mensual que se acompañará a la solicitud de aprobación y registro del modelo o modelos de máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal. 70/ISR Relación detallada de activos por los cuales la empresa maquiladora aplicó la deducción inmediata. 71/ISR Información de intereses y enajenación de acciones correspondiente generada por instituciones que componen el sistema financiero. 72/ISR Información que deberán proporcionar las sociedades que componen el sistema financiero y los organismos públicos federales y estatales que perciban intereses derivados de los créditos hipotecarios. 73/ISR Reporte trimestral en el que se manifiesta la información contenida en la regla I.3.17.10., fracción III de la RMF. 74/ISR Información del monto de las aportaciones efectuadas a los fondos y cajas de ahorro que administren, así como de los intereses nominales y reales pagados, en el ejercicio de que se trate. 75/ISR Escrito libre para dar aviso de destrucciones periódicas de mercancías que hubieran perdido su valor. 76/ISR Información de las empresas bajo el programa de albergue. 77/ISR Aviso de Fomento al Primer Empleo a través de Internet. 78/ISR Aviso de enajenación de acciones derivadas de una reestructuración internacional. 79/ISR Aviso de que las acciones objeto de la autorización a que se refiere el artículo 190 de la Ley del ISR no han salido del grupo. | Impuesto Empresarial a Tasa Unica 1/IETU Informe en el que el fideicomitente y el fideicomisario manifiestan que cumplirán por su cuenta con las obligaciones establecidas en la Ley del IETU. 2/IETU Aviso de declaratoria de concurso mercantil. 3/IETU Información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el IETU del ejercicio. Impuesto al Valor Agregado 1/IVA Aviso del destino de los saldos a favor del IVA obtenidos por contribuyentes que suministren agua para uso domestico. 2/IVA Solicitud de reintegro de cantidades derivadas del programa de devoluciones del IVA a turistas extranjeros. 3/IVA Solicitud de devolución de IVA para misiones diplomáticas y organismos internacionales. 4/IVA Aviso de exportación de servicios de filmación o grabación. 5/IVA Aviso que presentan los fideicomisarios en el RFC manifestando que ejercen la opción a que se refiere el Art. 74 de Reglamento del IVA. Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios 1/IEPS Reporte trimestral de los números de folio de marbetes o precintos obtenidos, utilizados o destruidos. 2/IEPS Solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas. 3/IEPS Lista de precios de venta de cigarros. 4/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales. | 5/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales (maquilador). 6/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas de importación para adherirse en depósito fiscal (Almacén General de Depósito). 7/IEPS Ministración de marbetes y precintos de importación a los contribuyentes que en forma ocasional importen bebidas alcohólicas de acuerdo al numeral 1 de la regla 2.2.7., de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior. 8/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas para adherirse en el país de origen o en la aduana. 9/IEPS Designación del representante legal para recoger marbetes o precintos. 10/IEPS Cambio del representante legal para recoger marbetes o precintos. 11/IEPS Procedimiento para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o faltantes. 12/IEPS Robo, pérdida, deterioro o no utilización de marbetes o precintos. 13/IEPS Control de marbetes o precintos en la importación de bebidas alcohólicas. 14/IEPS Aviso de celebración de contrato con terceros para fabricar, producir o envasar bebidas alcohólicas. 15/IEPS Aviso de terminación anticipada o vigencia del contrato. | 16/IEPS Informativa Anual del IEPS y consumo por Entidad Federativa. 17/IEPS Información mensual del precio de enajenación de cada producto, del valor y del volumen de enajenación por marca y el precio al detallista base para el cálculo del IEPS. 18/IEPS Información de los equipos de control físico de la producción de cervezas y tabacos labrados. 19/IEPS Reporte anual de equipos para producción, destilación, envasamiento y almacenaje. 20/IEPS Inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento. 21/IEPS Aviso de adquisición, incorporación, modificación o enajenación de equipos. 22/IEPS Información sobre el precio de enajenación de cada producto, valor importe y volumen de los mismos. 23/IEPS Solicitud de Inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC. 24IEPS Aviso de cambio de domicilio o de apertura de un lugar donde se fabrican, producen, envasan o almacenan bebidas alcohólicas. 25/IEPS Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20 ° GL. 26/IEPS Lectura de registros mensuales. 27/IEPS Reporte trimestral del volumen y valor por la adquisición de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, a efecto de solicitar la devolución una vez efectuado el acreditamiento. 28/IEPS Declaración informativa de las entidades federativas por la recaudación de IEPS en la venta final de gasolinas y diesel. 29/IEPS Proveedor de Servicios Autorizado para proporcionar los servicios de sistemas de cómputo. 30/IEPS Aviso por fallas en los sistemas de cómputo. 31/IEPS Asignación de clave para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados. Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos 1/ISTUV Información relativa al precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida en territorio nacional. Impuesto Sobre Automóviles Nuevos 1/ISAN Información de clave vehicular de vehículos que serán enajenados. 2/ISAN Solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular. 3/ISAN Solicitud de número de modelo del vehículo para integrar la clave vehicular. | Ley de Ingresos de la Federación 1/LIF Información que debe presentarse para gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16 fracción VIII de la LIF. 2/LIF Informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diesel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible. 3/LIF Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieran diesel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga. 4/LIF Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diesel que adquieran para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general. 5/LIF Aviso para la aplicación de estímulos fiscales a entidades federativas, municipios y otros organismos públicos. Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo y 28 de noviembre de 2006 1/DEC-1 Relación de documentación que se proporciona al SAT de cada vehículo destruido. 2/DEC-1 Requisitos que deben cumplir los centros de destrucción para ser autorizados por el SAT. 3/DEC-1 Aviso que deben presentar los centros de destrucción para continuar con la autorización otorgada por el SAT. 4/DEC-1 Aviso que deberán presentar los centros de destrucción autorizados por el SAT, en el que se manifieste la fecha en que se llevará a cabo la destrucción. 5/DEC-1 Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas. Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas de obras artísticas y antigedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007 1/DEC-2 Avisos, declaraciones y obras de arte propuestas en pago de las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigedades propiedad de particulares Impuesto a los Depósitos en Efectivo 1/IDE Declaración informativa mensual del IDE. 2/IDE Declaración informativa anual del IDE. 3/IDE Aviso por el que las instituciones financieras informan que no recibieron depósitos en efectivo o cuando los que reciban sean inferiores a $15,000.00 pesos mensuales. 4/IDE Solicitud para ratificar y/o solicitar la "Clave de Institución Financiera" para el entero del IDE recaudado en modalidad de contingencia; presentación de declaraciones informativas del IDE y validación de contribuyentes personas físicas y morales exentas del IDE. | Definiciones 1.1. Generales Para los efectos del presente Anexo se entiende por: 1. AGAFF, a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y por ALAF, la Administración Local de Auditoría Fiscal. 2. AGJ, a la Administración General Jurídica y por ALJ, a la Administración Local Jurídica y por la ACNII, la Administración Central de Normatividad de Impuestos Internos. 3. AGR, a la Administración General de Recaudación y por ALR, a la Administración Local de Recaudación. 4. AGSC, a la Administración General de Servicios al Contribuyente y por ALSC, a la Administración Local de Servicios al Contribuyente. 5. AGGC, a la Administración General de Grandes Contribuyentes, por ACFI, a la Administración Central de Fiscalización Internacional, por ACNI, a la Administración Central de Normatividad Internacional y por ACNGC, a la Administración Central de Normatividad de Grandes Contribuyentes. 6. CFF, el Código Fiscal de la Federación. 7. CIECF a la Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida. 8. CURP, la Clave Unica de Registro de Población a 18 posiciones. 9. Declaranot, la Declaración Informativa de Notarios Públicos y demás Fedatarios. 10. DOF, el Diario Oficial de la Federación. 11. DPA's, derechos, productos y aprovechamientos. 12. Escrito libre, aquel que reúne los requisitos establecidos por el artículo 18 del CFF. 13. FIEL, la Firma Electrónica Avanzada. 14. IDE, el impuesto a los depósitos en efectivo. 15. IEPS, el impuesto especial sobre producción y servicios. 16. IETU, el impuesto empresarial a tasa única. 17. INPC, el Indice Nacional de Precios al Consumidor. 18. ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos. 19. ISR, el impuesto sobre la renta. 20. ISTUV, el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos. 21. IMPAC, el impuesto al activo. 22. IVA, el impuesto al valor agregado. 23. La página de Internet del SAT y de la Secretaría, www.sat.gob.mx y www.shcp.gob.mx, respectivamente. 24. RMF, Resolución Miscelánea Fiscal vigente. 25. LFD, la Ley Federal de Derechos. 26. LIF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011. 27. RFC, el Registro Federal de Contribuyentes. 28. SAT, el Servicio de Administración Tributaria y por RISAT, el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. 29. Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 30. SIPRED, el Sistema de Presentación del Dictamen de estados financieros para efectos fiscales. 31. TESOFE, la Tesorería de la Federación. 32. REPECOS, el régimen de pequeños contribuyentes. 33. DIMM, el Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos. 34. CONFIS, las declaraciones informativas de Control Físico. 35. CLABE, Clave Bancaria Estandarizada a 18 dígitos. 36. CFD, el Comprobante Fiscal Digital. 37. CFDI, el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o Factura Electrónica. 38. SICOFI, el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales. 39. CSD, el certificado de sello digital. 40. CESD, el certificado especial de sello digital. 41. CBB, el código de barras bidimensional. 42. PSECFDI, el proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet. 43. PSGCFDSP, el prestador de servicios de generación de CFD del Sistema Producto. 44. FED, Formato Electrónico de Devoluciones. 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes Para efectos de este Anexo se entenderá, salvo que se señale en el mismo lo contrario, por: A) Identificación oficial, cualquiera de los siguientes documentos: · Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral. · Identificación vigente con fotografía y firma, expedida por la Federación, los estados, el Distrito Federal o los municipios. · Pasaporte vigente. · Cédula profesional. · Cartilla del Servicio Militar Nacional. · Certificado de Matrícula Consular. Tratándose de extranjeros: · Documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). B) Comprobante de domicilio, cualquiera de los siguientes documentos: · Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero. Dicho documento no deberá tener una antigedad mayor a tres meses. · Ultimo recibo del impuesto predial; en el caso de recibos de periodos menores a un año, el mismo no deberá tener una antigedad mayor a 4 meses, y tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no será necesario que se exhiban pagados). · Ultimo recibo de los servicios de luz, teléfono o de agua, siempre y cuando dicho recibo no tenga una antigedad mayor a 4 meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no será necesario que se exhiban pagados). · Ultima liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social. · Contratos de: o Arrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta con una antigedad no mayor a 4 meses que cumpla con los requisitos fiscales, o bien el contrato de subarrendamiento y el último recibo de pago de renta con una antigedad no mayor a 4 meses que cumpla con los requisitos fiscales (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero). o Fideicomiso debidamente protocolizado. o Apertura de cuenta bancaria que no tenga una antigedad mayor a 3 meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero). o Servicios de luz, teléfono o agua, que no tenga una antigedad mayor a 2 meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero). · Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en el Distrito Federal, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigedad mayor a cuatro meses. · Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en el D.F., dicho comprobante deberá contener el domicilio del contribuyente y una antigedad no mayor a cuatro meses. (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero). · Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en el D.F., dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal del contribuyente, tener una antigedad no mayor a cuatro meses y tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso. (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no será necesario que se exhiba pagado). C) Poderes, alguno de los siguientes documentos: · Poder general para pleitos y cobranzas Se entiende como el conferido sin limitación para realizar toda clase de gestiones de cobro que no impliquen el ejercicio de actos de dominio o de administración, excepto que conforme a las disposiciones fiscales se requiera una cláusula especial, a fin de defender algún interés jurídico. · Poder general para actos de administración Se otorga para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas y será admisible para efectuar cualquier trámite fiscal ante el SAT siempre y cuando se trate de gestiones patrimoniales que no se traduzcan en la enajenación de la empresa o del bien otorgado para su administración. No aplicará para ofrecer garantías o sustituirlas, designar bienes para embargo o para sustituirlos, ni en los trámites inicio de liquidación o liquidación total del activo. · Poder general para ejercer actos de dominio Se entiende como el conferido sin limitación alguna para que el apoderado tenga las facultades de dueño y aplica para cualquier tipo de trámite fiscal, incluyendo aquellos actos jurídicos que pueden realizarse con los poderes para actos de administración de bienes o para pleitos y cobranza. 1.3. Documentos públicos emitidos en el extranjero Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado. Código Fiscal de la Federación 1/CFF Opinión de cumplimiento de obligaciones para ser proveedor de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República y entidades federativas, o ser beneficiarios de estímulos y subsidios; para realizar algún trámite fiscal u obtener una autorización en materia de impuestos ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que participen en procesos licitatorios, deseen ser beneficiarios de estímulos y subsidios o vayan a realizar algún trámite fiscal u obtener una autorización en materia de impuestos. | ¿Dónde se obtiene? A través de la página de Internet del SAT. En cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita. | ¿Qué documentos se obtienen? Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. | ¿Cuándo se presenta? Cuando el contribuyente lo requiera. | Requisitos: Internet: · Ingrese a sat.gob.mx · Registre su RCF y su CIECF en la opción Mi Portal. · Seleccionar: Servicios por Internet; Cumplimiento de Obl Fisc; Opinión del Cumpl de Obl Fisc. En forma personal: · Tratándose de personas físicas, debe presentar identificación oficial vigente expedida por los gobiernos federal, estatal, municipal o del D.F. · En caso de personas morales, debe presentar identificación oficial vigente del representante legal (de las referidas en el punto anterior), copia certificada del poder notarial con el que se acredite su personalidad o carta-poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público. | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 32-D CFF, Reglas I. 2.1.14., I.2.1.15., II.2.1.11., II.2.1.13., II.6.3.2., II.10.5. RMF. | 2/CFF Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que hayan obtenido una opinión del cumplimiento con la cual no estén de acuerdo y deseen aclarar su situación fiscal. | ¿Dónde se presentan? A través de la página de Internet del SAT. En cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita. | ¿Qué documentos se obtienen? Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, cuando la aclaración es procedente ó la respuesta a su aclaración cuando es improcedente. | ¿Cuándo se presenta? Cuando el contribuyente no esté de acuerdo con la opinión que se le emitió. | Requisitos: Internet: · Ingrese a sat.gob.mx · Registre su RCF y su CIECF en la opción Mi Portal. · Seleccione: · Servicios por Internet: Aclaraciones: Solicitud. (Cuando se trate de inconsistencias relacionadas con el RFC o la presentación de declaraciones) · Servicios por Internet: Aclaraciones: Créditos (Opinión del Cumpl) [Por inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o con el otorgamiento de la garantía] · Adjuntar el archivo electrónico que soporte su aclaración y la opinión obtenida. En forma personal: · Tratándose de personas físicas, debe presentar identificación oficial vigente expedida por los gobiernos federal, estatal, municipal o del D.F. · En caso de personas morales, debe presentar identificación oficial vigente del representante legal (de las referidas en el punto anterior), copia certificada del poder notarial con el que se acredite su personalidad o carta-poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público. · Adjunte la documentación soporte de su aclaración y la opinión obtenida. | Disposiciones jurídicas aplicables Regla II.2.1.13. RMF. | 3/CFF Informe general del cumplimiento de obligaciones para conocer la situación fiscal en materia de RFC, presentación de declaraciones, incluyendo informativas, así como si tiene créditos fiscales firmes ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que deseen conocer si el RFC está activo y su domicilio fiscal localizado, si se encuentra al corriente en la presentación de declaraciones, incluyendo las informativas, así como si tiene créditos fiscales firmes. | ¿Dónde se obtiene? A través de la página del SAT. | ¿Qué documentos se obtienen? Informe general del cumplimiento de obligaciones fiscales. | ¿Cuándo se presenta? Cuando el contribuyente lo requiera. | Requisitos: · Ingrese a sat.gob.mx · Registre su RFC y su CIECF en la opción Mi Portal. · Elija: Servicios por Internet; Cumplimiento de Obl Fisc; Inf Gral del Cumpl de Obl Fisc. | Disposiciones jurídicas aplicables No aplica. | 4/CFF Aclaración al Informe general del cumplimiento de obligaciones fiscales ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y morales que hayan obtenido un informe general del cumplimiento con el cual no estén de acuerdo y deseen aclarar su situación fiscal. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT. En cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita. | ¿Qué documentos se obtienen? La respuesta electrónica de su aclaración. | ¿Cuándo se presenta? Cuando el contribuyente no esté de acuerdo con el informe general obtenido. | Requisitos: Internet: · Ingrese a sat.gob.mx · Registre su RCF y su CIECF en la opción Mi Portal. · Adjuntar el archivo electrónico que soporte su aclaración y el informe obtenido. En forma personal: · Tratándose de personas físicas, debe presentar identificación oficial vigente expedida por los gobiernos federal, estatal, municipal o del D.F. · En caso de personas morales, debe presentar identificación oficial vigente del representante legal (de las referidas en el punto anterior), copia certificada del poder notarial con el que se acredite su personalidad o carta-poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público. · Adjunte la documentación soporte de su aclaración y el informe obtenido. | Disposiciones jurídicas aplicables No aplica. | 5/CFF Información relativa a las instituciones de crédito cuando participen como fiduciarias en fideicomisos en los que se generen ingresos ¿Quiénes lo presentan? Las instituciones de crédito. | ¿Dónde se presenta? En la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente o en la ALJ que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente. | ¿Qué documentos se obtienen? Escrito libre sellado como acuse de recibo. | ¿Cuándo se presenta? A más tardar el 15 de febrero de cada año. | Requisitos: · Escrito libre. | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 32-B frac. VIII de CFF, Regla I.2.1.13. RMF. | 6/CFF Solicitud para la entrega del monto pagado de bienes que no pueden entregarse al postor ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. | ¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita. | ¿Qué documentos se obtienen? Escrito libre sellado. | ¿Cuándo se presenta? Dentro del plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que solicite la entrega de los bienes. | Requisitos: · Escrito libre señalando su CLABE, la institución de crédito a la que pertenece ésta, así como el número de postor y la clave del bien por el cual participó en la subasta. (por duplicado) · Original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este Anexo. (original para cotejo) · En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder en original y fotocopia firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario u otro Fedatario Público. (copia certificada u original para cotejo) · Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar copia certificada y fotocopia del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales. (copia certificada para cotejo) · Comprobantes de la cantidad pagada. | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 188-Bis CFF, Regla II.2.14.3. RMF. | 7/CFF Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. | ¿Dónde se presenta? En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, se atiende preferentemente con cita. | ¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial sellada como acuse de recibo y Constancia de Residencia para Efectos Fiscales. | ¿Cuándo se presenta? Cuando se dé el supuesto. | Requisitos: · Forma oficial 36, "CONSTANCIA DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES". (por quintuplicado) · En caso de solicitud de reexpedición de Constancia de Residencia para Efectos Fiscales por el mismo periodo o ejercicio, original del recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales con sello digital. · Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este Anexo. (original para cotejo) · En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público. · Tratándose de los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, para acreditar la paternidad o tutela, presentarán: o Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil u original de la Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población. o Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los cónyuges o padres para que uno de ellos actúe como representante del menor. o En su caso, la resolución judicial o documento emitido por fedatario público (original) en el que conste la patria potestad o la tutela. o Original de la identificación oficial del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este Anexo. (original para cotejo) · En caso de que la persona que solicita la constancia hubiere estado obligado a presentar declaración anual del ejercicio inmediato anterior conforme al régimen establecido en la Ley del ISR para los residentes en México, se acompañará a la solicitud fotocopia de la declaración anual presentada o del acuse de recibo electrónico con sello digital, así como del recibo electrónico bancario de pago de contribuciones federales, en los casos en los que exista impuesto a su cargo. · En caso contrario, se acompañará fotocopia de la inscripción y de los avisos correspondientes que hayan presentado para efectos del RFC y, en su caso, fotocopia de la última declaración anual presentada conforme al régimen que establece dicha Ley para los residentes en México o del acuse de recibo a que se refiere el párrafo anterior. · En caso de personas físicas que presten servicios personales, original y fotocopia de la Constancia de Percepciones y Retenciones que corresponda. (original para cotejo) · Tratándose de personas morales, fotocopia del acta constitutiva. Nota: La constancia se puede expedir por tiempo indefinido o bien por periodos transcurridos, cuando el solicitante opte por señalar el plazo específico. | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 9 CFF, Art. 5 Ley de ISR, Regla II.2.1.4. RMF. | 8/CFF Obtención de la CIECF ¿Quiénes lo solicitan? Personas físicas y morales que deban presentar ante el SAT trámites, solicitudes, declaraciones, consultas o avisos de forma segura a través de medios electrónicos. | ¿Dónde se solicita? Por Internet. En la ALSC, se atiende preferentemente con cita. | ¿Qué documentos se obtienen? Internet: · Emisión de responsiva de uso para la activación de su CIECF. En la ALSC: · Entrega de acuse de generación o actualización de información de la CIECF y habilitación inmediata de la misma. | ¿Cuándo lo solicito? Cuando se requiera la presentación de algún trámite o servicio vía electrónica. | Requisitos: Internet: Autenticación con FIEL. El sistema detecta si usted cuenta con el certificado de FIEL vigente, solicitando autenticarse a través de los datos de éste: · RFC · Contraseña de la llave privada · Llave privada (*.key) · Certificado digital (*.cer) De ser correcta la información de su certificado, debe capturar: · Contraseña para la CIECF (8 caracteres alfanuméricos) · Cuenta de correo electrónico vigente · Seleccionar pregunta secreta · Dar respuesta a la misma · Aceptar la responsiva de uso, y · Habilitación inmediata de la CIECF En forma personal: · Deberá proporcionar su RFC. · Contar con correo electrónico vigente. · Original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma del contribuyente o representante legal, expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este Anexo. (original para cotejo) · En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público. Tratándose de menores de edad: Los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, deben presentar: · Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil u original de la Cédula de Identidad personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población. · Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor. (por duplicado) · Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela. · En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de Definiciones de este Anexo, podrá presentar original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el Gobierno Federal, Estatal, Municipal o del Distrito Federal del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor. (original para cotejo) · En su caso, copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público. (copia certificada para cotejo) | Disposiciones jurídicas aplicables No aplica. | 9/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales. | ¿Dónde lo presento? Directamente en las ventanillas de la AGGC. | ¿Qué documentos obtengo? Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo. | ¿Cuándo lo presento? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. | 10/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal". | ¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. | ¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. | Requisitos: Ver Tabla 9 | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 22 CFF, Reglas I.2.3.1., II.2.2.5. RMF. | Tabla 9 Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet | No. | DOCUMENTO | PERSONAS MORALES | PERSONAS FISICAS | REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO | REGIMEN SIMPLIFICADO . IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES | TODOS LOS DEMAS | ASALARIADOS | SERVICIOS PROFESIONALES | ARRENDADOR | ACTIVIDAD EMPRESARIAL | ENAJENACION DE BIENES | OTROS INGRESOS | 1 | Anexo 8 "Determinación del saldo a favor de ISR e IMPAC para el sector financiero, contribuyentes dictaminados y otros grandes contribuyentes". F 3241 en formato zip. Para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". | X | X | X | | | | | | | 2 | En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma digitalizada las constancias de retenciones con firma autógrafa, y sello original en los que consten las retenciones de ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre otros. Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 3 | Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común así como la hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la parte que le corresponde de los ingresos por copropiedad. | | | | | | X | X | X | X | 4 | Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos, fotocopia del contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución financiera. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 5 | En su caso, papel de trabajo o escrito en el que se manifieste el acreditamiento de IDE en los pagos efectuados. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 6 | En su caso comprobantes fiscales y estados de cuenta que comprueben la aplicación del Decreto por Servicios Educativos. | | | | X | X | X | X | X | X | 7 | Contar con CIECF y certificado de FIEL a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal". | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 8 | En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). | X | X | X | X | X | X | X | X | X | Nota: Los documentos originales se digitalizan para su envío. Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00, que no cuenten con certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR vía Internet | No. | DOCUMENTO | PERSONAS MORALES | PERSONAS FISICAS | REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO | REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES | TODOS LOS DEMAS | ASALARIADOS | SERVICIOS PROFESIONALES | ARRENDADOR | ACTIVIDAD EMPRESARIAL | ENAJENACION DE BIENES | OTROS INGRESO S | 1 | Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 2 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 3 | Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta B que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 4 | Original y fotocopia de los comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos o cuando derivado del Programa de Devoluciones automáticas sea requerida su presentación en la ALSC. | | | | X | X | X | X | X | X | 5 | Tratándose de un Establecimiento Permanente, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 6 | Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 7 | Papel de trabajo o escrito en el que aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio y en su caso, fotocopia de los pagos provisionales correspondientes. | X | X | X | | X | X | X | | X | 8 | Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad. | X | X | X | | | X | X | | | 9 | Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad. | X | X | | | | | X | | | 10 | En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral o comercial con la presentación de: · Recibo de nómina. · Estados de cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF con los depósitos por concepto de pago de nómina. · Comprobantes fiscales que amparen pagos de arrendamiento u honorarios. · Estados de cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, con las retenciones. · Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso. | | | | X | X | X | | | X | 10A | · Comprobantes fiscales: · Tratándose de CFDI, proporcionar el número de folio · Comprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotocopia. · Comprobante Fiscal impreso con Dispositivo de Seguridad, anexar fotocopia. · Comprobante fiscal impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010. · En su caso, Estados de Cuenta expedidos por las Instituciones señaladas en el artículo 29-B, fracción II del CFF. · Comprobantes fiscales emitidos conforme a las facilidades administrativas. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 11 | Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad. | | | | X | | | | X | | 12 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. | X | X | X | X | X | X | X | X | X | 13 | Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la tasa aplicada para auto determinarse el ISR por enajenación de bienes, conforme a lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley del ISR. | | | | | | | | X | | 14 | Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la forma en que efectuó la acumulación de los ingresos por dividendos para auto determinarse el ISR. | | | | | | | | | X | Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. 11/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IVA vía Internet ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal". | ¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. | ¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. | Requisitos: Ver Tabla 10 | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 22 CFF, Reglas I.2.3.1., II.2.2.1., II.2.2.5., II.5.1.4. RMF. | Tabla 10 Solicitud de Devolución de saldos a favor de IVA vía Internet | No. | DOCUMENTO | CONVENCIONAL | CON DECLARATORIA DE CPR | ALTEX | CERTIFICADA IMMEX | IMMEX | IVA | ALTEX | CERTIFICADA IMMEX | IMMEX | IVA | 1 | Anexo 1 "Declaratoria de Contador Público Registrado F 3241 en formato zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". Anexo 1 "Declaratoria de Contador Público Registrado", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas físicas. | | | | | X | X | X | X | 2 | Anexo 7 "Determinación del saldo a favor de IVA" F 3241 en formato zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". Anexo 7 "Determinación del saldo a favor de IVA", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas físicas. | X | X | X | X | X | X | X | X | 3 | Anexo 7-A "Hoja de trabajo para integrar el Impuesto al Valor Agregado" F 3241 en formato zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". Anexo 7-A "Hoja de trabajo para integrar el Impuesto al Valor Agregado", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas físicas. | X | X | X | X | X | X | X | X | 4 | Tratándose de saldos a favor de IVA de periodos de 2007 hacia atrás, deberá de subir a la solicitud de devolución, la información de Proveedores, Prestadores de Servicios y Arrendadores (IVADEV1 e IVADEV2) en formato .txt. | X | X | X | X | | | | | 5 | En su caso deberá adjuntar en archivo con formato * zip de forma digitalizada las constancias de retenciones con firma autógrafa y sello original. | X | X | X | X | | | | | 6 | Papeles de trabajo, en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 5 y 5-A de la Ley del IVA. (Aplica cuando en el anexo No. 7 "Determinación de saldo a favor del IVA" se indiquen importes en los renglones "c" del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO y "f" del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO). Nota: Para efectos del ejercicio 2005 y anteriores, aplica cuando haya elegido la mecánica establecida en los Artículos 4 y 4-A de la Ley del IVA, vigente en dichos ejercicios. | X | X | X | X | X | X | X | X | 7 | Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75 "Aviso de destino del saldo a favor de IVA". | | | | X | | | | X | 8 | Tratándose de actos o actividades derivadas de fideicomisos, el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución financiera y en su caso: · Documento mediante el cual los fideicomisarios o el fideicomitente manifiesta su voluntad de ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA. · Documento mediante el cual la institución fiduciaria acepta la responsabilidad solidaria para ejercer la opción prevista por el artículo 74 del RLIVA. | X | X | X | X | X | X | X | X | 9 | Contar con CIECF y certificado de FIEL a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal". | X | X | X | X | X | X | X | X | 10 | En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). | X | X | X | X | X | X | X | X | Nota: No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional. Los documentos originales se digitalizan para su envío. Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00, que no cuenten con el certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, presentando su identificación oficial y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD Solicitud de Devolución de saldos a favor de IVA vía Internet | No. | DOCUMENTO | CONVENCIONAL | CON DECLARATORIA DE CPR | ALTEX | CERTIFICADA IMMEX | IMMEX | IVA | ALTEX | CERTIFICADA IMMEX | IMMEX | IVA | 1 | Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. | X | X | X | X | X | X | X | X | 2 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. | X | X | X | X | X | X | X | X | 3 | Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. | X | X | X | X | X | X | X | X | 4 | Tratándose de un Establecimiento Permanente, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. (original para cotejo) | X | X | X | X | X | X | X | X | 5 | Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. | X | X | X | X | X | X | X | X | 6 | Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad. | X | X | X | X | X | X | X | X | 7 | Original y fotocopia del acuse de la DIOT correspondiente al periodo por el cual se solicita la devolución. | X | X | X | X | X | X | X | X | 8 | Comprobantes fiscales: · Tratándose de CFDI, proporcionar el número de folio · Comprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotocopia. · Comprobante Fiscal impreso con Dispositivo de Seguridad, anexar fotocopia. · Comprobante fiscal impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010. · En su caso, Estados de Cuenta expedidos por las Instituciones señaladas en el artículo 29-B, fracción II del CFF. · Comprobantes fiscales emitidos conforme a las facilidades administrativas. | X | X | X | X | X | X | X | X | 9 | En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique "bajo protesta de decir verdad" el domicilio en el que realiza la actividad y, en su caso, fotocopia del aviso de apertura de establecimiento. | X | X | X | X | X | X | X | X | 10 | En caso de que el contribuyente no se encuentre relacionado en el Padrón de Empresas Altamente Exportadoras o Certificadas IMMEX, escrito libre en el que aclare su situación respecto de dicho Registro. | X | X | X | | X | X | X | | 11 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. | X | X | X | X | X | X | X | X | Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor, excepto en el caso de facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales deberán presentarse en fotocopia únicamente. 12/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar vía Internet ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que determinen en el ejercicio que el ISR es mayor al IMPAC causado. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal". | ¿Cuándo se presenta? Cuando se haya presentado la declaración del ejercicio. | ¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. | Requisitos: Ver Tabla 11 | Disposiciones jurídicas aplicables Art. 22 CFF, Art. Tercero Transitorio de la LIETU, Reglas I.2.3.1., I.4.1.8., I.4.1.9., II.2.2.5. RMF. | Tabla 11 Solicitud de Devolución de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar vía Internet | No. | DOCUMENTO | IMPAC | IMPAC POR RECUPERAR | P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO | TODOS LOS DEMAS | 1 | Anexo 2 "Impuesto al Activo pagado en ejercicios anteriores" F 3241 en formato zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". Anexo 2 "Impuesto al Activo pagado en ejercicios anteriores", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y personas físicas. | | | X | 2 | Anexo 2-A "Impuesto al Activo por recuperar de Ejercicios Anteriores", F 3241 en formato zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". | | | X | 3 | Anexo 2-A Bis "Impuesto al Activo Pagado en Ejercicios Anteriores por recuperar, Artículo Tercero Transitorio LIETU", F 3241 en formato zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". | | | X | 4 | En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma digitalizada las constancias de retenciones con firma autógrafa y sello original; en los que consten las retenciones de ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre otros. Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A. Acreditable retenido o pagado, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF en los que consten las retenciones de ISR; documentación comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A. | X | X | | 5 | Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 o anteriores, la(s) declaración(es) normal(es) y complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar. | | | X | 6 | Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar. | | | X | 7 | En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar el fundamento legal aplicado. | X | X | | 8 | Contar con CIECF y certificado de FIEL a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal". | X | X | X | 9 | En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). | X | X | X | Nota: Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00, que no cuenten con el certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, presentando su identificación oficial y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados. Los documentos originales se digitalizan para su envío. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD Solicitud de Devolución de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por recuperar vía Internet | No. | DOCUMENTO | IMPAC | IMPAC POR RECUPERAR | P.M. REGIMEN SIMPLIFICADO | TODOS LOS DEMAS | 1 | Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. | X | X | X | 2 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. | X | X | X | 3 | Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. | X | X | X | 4 | Tratándose de un Establecimiento Permanente, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. | X | X | X | 4 A | Comprobantes fiscales: · Tratándose de CFDI, proporcionar el número de folio · Comprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotocopia. · Comprobante Fiscal impreso con Dispositivo de Seguridad, anexar fotocopia · Comprobante fiscal impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010. · En su caso Estados de Cuenta expedidos por las Instituciones señaladas en el artículo 29-B, fracción II del CFF. · Comprobantes fiscales emitidos conforme a las facilidades administrativas. | X | X | | 5 | Papel de trabajo o escrito en el que se aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC. | X | X | X | 6 | Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. | X | X | | 7 | En su caso, escrito o papel de trabajo de la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencia con lo determinado por la autoridad. | X | X | X | 8 | Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad. | X | X | X | 9 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. | X | X | X | Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. 13/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, Crédito Diesel vía Internet ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas que soliciten la devolución del IEPS cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente. Personas morales cuyos ingresos no excedan de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente por cada socio o asociado sin exceder de doscientas veces el salario mínimo. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal". | ¿Cuándo se presenta? En forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero del siguiente año. | ¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. | Requisitos: Ver Tabla 12 | Disposiciones jurídicas aplicables Arts. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.3.1., I.11.2., II.2.2.5. RMF. | Tabla 12 Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS crédito Diesel vía Internet | No. | DOCUMENTO | 1 | Anexo 4 "Crédito Diesel", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet. | 2 | Declaraciones del ejercicio inmediato anterior o escrito libre en el que manifiesten que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de los montos manifestados en el artículo 16, Apartado A. fracción III de la LIF, para personas físicas y morales, según se trate, sí como la forma en que están cumpliendo con sus obligaciones fiscales de conformidad con las Secciones I o II del Capítulo II del Título IV de la LISR para personas físicas o del Capítulo VII del Título II de la misma Ley para personas morales. | 3 | Asimismo, se deberá enviar la siguiente documentación: · Para acreditar el régimen de propiedad de la unidad de producción: el título de propiedad, escritura pública o póliza, certificado de derechos agrarios o parcelarios o actos de asamblea. · Para acreditar el Régimen de posesión legal de la unidad de producción: los contratos de arrendamiento, usufructo, aparcería, concesión, entre otros. · Si están sujetos al Régimen hídrico, las boletas o de los títulos de concesión de derechos de agua. · Régimen del bien en el que se utiliza el diesel: los comprobantes a nombre del contribuyente con los que acrediten la propiedad, copropiedad o, tratándose de la legítima posesión, la documentales que acrediten la misma, como pueden ser de manera enunciativa, escritura pública o póliza, contratos de arrendamiento, de préstamos o de usufructo entre otros. Tratándose de personas morales, además de lo anterior, presentar el acta constitutiva, debidamente inscrita en el Registro Público, que exprese que su objeto social es preponderantemente la actividad agropecuaria. | 4 | La CURP del contribuyente persona física, tratándose de personas morales CURP del representante legal. | 5 | En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma digitalizada los comprobantes fiscales en los que conste el precio de adquisición de diesel, las cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. (Sin que sea necesario que contengan desglosado expresamente y por separado el IEPS por diesel trasladado cuando se adquiera en estaciones de servicio). | 6 | Contar con CIECF y certificado de FIEL a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal". | 7 | En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). | Nota: Los documentos originales se digitalizan para su envío. Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00, que no cuenten con el certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de, devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, presentando su identificación oficial y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS crédito Diesel vía Internet | No. | DOCUMENTO | 1 | Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. | 2 | Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. | 2A | Comprobantes fiscales: · Tratándose de CFDI, proporcionar el número de folio · Comprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotocopia. · Comprobante Fiscal impreso con Dispositivo de Seguridad. · Comprobante fiscal impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010. · En su caso, Estados de Cuenta expedidos por las Instituciones señaladas en el artículo 29-B, fracción II del CFF. | 3 | Tratándose de un Establecimiento Permanente, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. | 4 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. | 5 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. | Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. 14/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, alcohol vía Internet ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución de saldo a favor. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal". | ¿Cuándo se presenta? Cuando se presente el supuesto. | ¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. | Requisitos: Ver Tabla 13 | Disposiciones jurídicas aplicables Arts. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.3.1., II.2.2.5. RMF. | Tabla 13 Solicitud de Devolución de saldos a favor de IEPS alcohol vía Internet | No. | DOCUMENTO | 1 | Escrito o papeles de trabajo en el que se manifieste el (los) acreditamiento (s) que hubiere efectuado. | 2 | En su caso, deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma digitalizada los comprobantes fiscales en los que conste el precio de adquisición del alcohol o alcohol desnaturalizado, según sea el caso. | 3 | Contar con CIECF y certificado de FIEL a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal". | 4 | En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). | Nota: Los documentos originales se digitalizan para su envío. Tratándose de personas físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00, que no cuenten con el certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, presentando su identificación oficial y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD Solicitud de Devolución de saldos a favor de IEPS alcohol | No. | DOCUMENTO | 1 | Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos se hayan presentado con errores u omisiones. | 2 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. | 3 | Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF. El obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. | 3A | Comprobantes fiscales: · Tratándose de CFDI, proporcionar el número de folio · Comprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotocopia. · Comprobante Fiscal impreso con Dispositivo de Seguridad, anexar fotocopia. · Comprobante fiscal impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010. · En su caso, Estados de Cuenta expedidos por las Instituciones señaladas en el artículo 29-B, fracción II del CFF. | 4 | Tratándose de un Establecimiento Permanente, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. | 5 | Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad. | 6 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. | Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. 15/CFF Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones vía Internet ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que pagaron cantidades indebidamente. | ¿Dónde se presenta? A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal". | ¿Cuándo se presenta? Cuando se dé el supuesto señalado en el rubro de descripción del trámite. | ¿Qué documentos se obtienen? Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. | Requisitos: Ver Tabla 14 | Disposiciones jurídicas aplicables Arts. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.3.1., II.2.2.5. RMF. | Tabla 14 Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras contribuciones vía Internet | No. | DOCUMENTO | RESOLUCION ADMINISTRATIVA O SENTENCIA JUDICIAL | OTROS | 1 | · Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y el documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve. | X | | 2 | · Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y el acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción. | X | | 3 | Identificación oficial del contribuyente o del representante legal. | X | | 4 | Escrito libre con firma del contribuyente o representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud señalando el fundamento legal en el que basa su petición y papeles de trabajo donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución. | | X | 5 | Tratándose de derechos, productos o aprovechamientos, original del escrito denominado "Oficio para la solicitud de devolución por servicio no prestado o proporcionado parcialmente" expedido por la Dependencia, por medio del cual se indicará que, "el usuario efectuó un pago mayor al requerido o que el servicio o trámite no fue proporcionado o fue proporcionado parcialmente", oficializado con el sello de la institución. | | X | 6 | En caso de liberación de créditos: Original de la resolución administrativa o judicial. | X | | 7 | Tratándose de Impuestos al Comercio Exterior, deberá aportar lo siguiente: · Copia certificada por la Aduana correspondiente, así como fotocopia de los Pedimentos de Importación y Pedimentos de Rectificación. · Los Certificados de Origen. · En su caso, señalar al amparo de qué Tratado fueron importados los bienes o bajo qué programa autorizado. | | X | 8 | Declaraciones normales y complementarias del ejercicio presentadas antes y después de la sentencia o resolución administrativa en las que conste el pago indebido, en su caso. | X | | 9 | Resolución administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a devolver. | X | | 10 | Pagos provisionales normales y complementarios presentados antes y después de la sentencia o resolución administrativa en los que conste el pago indebido, en su caso. | X | | 11 | Formato 5 "Declaración General de Pago de Derechos" ó 16 "Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos" cuando el pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos se haya efectuado a través de estos formatos o el recibo bancario cuando se haya efectuado el pago electrónico. | | X | 12 | Escrito libre a través del cual la institución financiera señala el o los motivo(s) por el cual no debió efectuar la retención del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. | | X | 13 | En su caso constancia de retenciones con firma autógrafa y sello original. | X | X | 14 | En su caso, contar con CIECF y certificado de FIEL a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal". | X | X | 15 | En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip). | X | X | Nota: Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00., que no cuenten con el certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, presentando su identificación oficial y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados. Tratándose de solicitudes de devolución derivadas de Resolución o sentencia, deben solicitar su devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal. Los documentos originales se digitalizan para su envío. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras contribuciones vía Internet | No. | DOCUMENTO | RESOLUCION ADMINISTRATIVA O SENTENCIA JUDICIAL | OTROS | 1 | Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. | X | X | 2 | Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. | X | X | 3 | Fotocopia del encabezado del Estado de Cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. | X | X | 3A | Comprobantes fiscales: · Tratándose de CFDI, proporcionar el número de folio. · Comprobante Fiscal Digital (CFD) anexar fotocopia. · Comprobante Fiscal impreso con Dispositivo de Seguridad, anexar fotocopia. · Original y fotocopia del comprobante fiscal impreso por establecimiento autorizado hasta diciembre de 2010. · En su caso, original y fotocopia de los Estados de Cuenta expedidos por las Instituciones señaladas en el artículo 29-B, fracción II del CFF. | | | 4 | Tratándose de un Establecimiento Permanente, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales. | X | X | 5 | Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. | X | X | 6 | Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. | X | X | Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. (Continúa en la Cuarta Sección)
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