ACUERDO por el que se modifica el anexo del similar por el que se exenta a los caballos para deportes y espectáculos del certificado zoosanitario de movilización, publicado el 26 de abril de 2011.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
ENRIQUE MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6 fracciones I, II y XIII, 67, 68, 69 y 77 de la Ley Federal de Sanidad Animal, 109 fracción II del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal y 1, 2 párrafo primero, letra D fracción VII, 5 fracción XXII y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, vigente; en correlación con el artículo 49 fracciones I y II del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2001, y
CONSIDERANDO
Que el 26 de abril de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se exenta a los caballos para deportes y espectáculos del certificado zoosanitario de movilización en el que se dio a conocer el pasaporte sanitario y de identificación;
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Secretaría), por conducto del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), determinar los requisitos zoosanitarios que deben cumplir los interesados en movilizar animales en el territorio nacional.
Que es interés de la Secretaría a través del SENASICA, facilitar el llenado del pasaporte sanitario y de identificación al distribuir adecuadamente los campos de datos de los equinos, y
Que el Gobierno de la República determinó la identidad gráfica institucional que deberán observar todas las Dependencias de la Administración Pública Federal, bajo esa premisa se actualiza en la imagen del anexo de mérito, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ANEXO DEL SIMILAR POR EL QUE SE EXENTA A LOS
CABALLOS PARA DEPORTES Y ESPECTÁCULOS DEL CERTIFICADO ZOOSANITARIO DE
MOVILIZACIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 26 DE ABRIL DE 2011
ÚNICO. Se modifica el Anexo "Pasaporte Sanitario y de Identificación para Caballos de Deportes y Espectáculos" del Acuerdo por el que se exenta a los caballos para deportes y espectáculos del certificado zoosanitario de movilización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2011; para quedar como se establece en el Anexo Único del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. El pasaporte sanitario y de identificación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2011, seguirá empleándose hasta que los diez mil ejemplares distribuidos en las entidades del territorio nacional se agoten.
México, D.F., a 9 de enero de 2014.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Enrique Martínez y Martínez.- Rúbrica.
Anexo Único
Pasaporte sanitario y de identificación para caballos de deporte y espectáculos