DOF: 04/03/2014
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos de austeridad y disciplina del gasto del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, organismo autónomo, para el ejercicio fiscal 2014

ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos de austeridad y disciplina del gasto del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, organismo autónomo, para el ejercicio fiscal 2014.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS, ORGANISMO AUTÓNOMO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, Organismo Autónomo, con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 37 fracción XVI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 15 fracción V y 16 fracción II del Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 7 de febrero de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia" (Decreto), que crea un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados;
Que la Cámara de Diputados expidió el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, en el cual se estableció en su artículo 17 último párrafo que los entes autónomos deberán implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales;
Que el presupuesto solicitado por el IFAI para el ejercicio 2014 fue autorizado sin ninguna reducción, atendiendo a las necesidades administrativas del Instituto, lo que implica en su caso llevar a cabo la creación de plazas y los recursos materiales necesarios para atender los nuevos requerimientos derivados de la reforma constitucional en materia de transparencia;
Que son propósitos fundamentales del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos realizar el mejor ejercicio de su presupuesto aprobado y optimizar el gasto sin detrimento de los programas sustantivos, operativos, administrativos y metas autorizados, en concordancia con las disposiciones señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014;
Que en el presente documento se establecen lineamientos para el ahorro, austeridad y eficiencia del gasto, de conformidad con los programas sustantivos, prioritarios, emergentes y especiales que el Pleno de este Organismo Autónomo determine durante este ejercicio, por lo que hemos tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS EN MATERIA DE AUSTERIDAD PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 DEL INSTITUTO
FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
Objeto
1.     Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los criterios generales en materia de austeridad y disciplina del gasto a que se refiere el artículo 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, que se deberán observar en el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, sin menoscabo de los principios de eficiencia y eficacia que rigen el desempeño de las atribuciones y facultades del propio Instituto, y tomando en consideración la creación de nuevas plazas, en términos del presupuesto aprobado para este Instituto.
Ámbito administrativo de aplicación
2.     Los presentes Lineamientos serán aplicables a todas las Unidades Administrativas, en el ámbito de su respectiva competencia, por lo que sus titulares y los servidores públicos adscritos serán responsables de su oportuna aplicación y cumplimiento.
Disposiciones Generales
3.     La Dirección General de Administración, reportará trimestralmente en los informes del ejercicio del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2014, que remite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las medidas adoptadas, los montos de ahorro obtenidos y el destino de los mismos.
4.     Los ahorros presupuestarios provenientes de los presentes Lineamientos ascienden a una meta de $26,948,594.27 (Veintiséis Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Noventa y Cuatro Pesos 27/100 M.N.) los cuales podrán destinarse a los programas prioritarios del IFAI, en términos de lo establecido en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Disposiciones en materia de servicios personales
5.     El Instituto llevará a cabo acciones para generar economías, durante el ejercicio fiscal 2014, del 5 por ciento en la partida de sueldos correspondientes al personal de mando medios y superiores.
       Dichas economías en ningún momento irán en detrimento de la calidad en el desempeño de la función y administración pública.
       El resultado de la aplicación de las acciones descritas en el presente lineamiento deberán reportarse en los informes trimestrales.
6.     Durante el ejercicio fiscal 2014, el Instituto podrá crear plazas presupuestarias de carácter eventual y llevar a cabo la contratación de servicios profesionales por honorarios en dicho ejercicio.
       El costo de las plazas será de carácter anual, y los niveles salariales se deberán asignar de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
Medidas específicas para reducir el Gasto de operación
7.     El Instituto llevará a cabo acciones para generar economías, durante el ejercicio fiscal 2014, del 5 por ciento del gasto de operación del gasto corriente estructural.
       Dichas economías en ningún momento irán en detrimento de la calidad en el desempeño de la función y administración pública.
       El resultado de la aplicación de las acciones descritas en el presente lineamiento deberán reportarse en los informes trimestrales.
8.     Para acreditar la reducción en los rubros correspondientes a Gasto de operación, se tomará como base de cálculo las asignaciones aprobadas por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2014.
9.     Se considerará que la impresión de libros y publicaciones será necesaria para el cumplimiento de funciones sustantivas del Organismo Autónomo, cuando así esté previsto en algún ordenamiento legal o administrativo que resulte aplicable, o en su caso, cuando lo autorice expresamente el Comisionado Presidente. En ambos casos, se imprimirá el tiraje estrictamente necesario.
10.   En materia de impresión y fotocopiado, se deberá privilegiar la contratación de servicios.
11.   En el caso de los servicios de telefonía móvil, se deberá observar lo establecido en las disposiciones aplicables, considerando la función y grupo jerárquico del servidor público. Asimismo, deberán fomentar la sustitución del uso de la telefonía celular por el de medios electrónicos para la comunicación entre servidores públicos.
12.   Se evitará el uso de comunicaciones impresas cuando la información pueda ser distribuida por medio de los sistemas electrónicos institucionales. Fomentando para tal efecto la reducción de uso de papel, a través de la gestión electrónica de documentos.
13.   Para reducir gastos en viáticos y transportación, se promoverá la realización de conferencias remotas a través de Internet y medios electrónicos, cuando por la naturaleza de las reuniones sea más oportuno y eficiente sustituir el trabajo presencial por enlaces remotos digitales.
14.   En el presente ejercicio no se realizará adquisición de vehículos, salvo aquellos que deriven del fortalecimiento y crecimiento del Organismo Autónomo, así como por remplazo en caso de siniestro, vida útil o costo de mantenimiento y por necesidades del servicio. Cualquier otro caso requerirá autorización expresa del Comisionado Presidente.
Gastos de Orden Social, Congresos y Convenciones
15.   Las contrataciones en materia de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales o cualquier otro tipo de foro o evento análogo, se reducirán al mínimo indispensable, debiendo contar para su erogación con la autorización expresa del Comisionado Presidente.
 
       Asimismo deberán de apegarse a lo dispuesto por el Articulo 63 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás normatividad aplicable.
Asesorías, Consultorías, Estudios e Investigaciones
16.   Las contrataciones de asesorías, estudios e investigaciones se reducirán al mínimo indispensable, debiendo contar con la autorización expresa del Comisionado Presidente, salvo los casos en que la propia norma lo establezca.
       Asimismo deberán de apegarse a lo dispuesto por el Artículo 62 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás normatividad aplicable.
Disposiciones Finales
17.   Los Comisionados serán los responsables de interpretar las presentes disposiciones para efectos administrativos.
18.   La Contraloría Interna en el ámbito de su competencia y en ejercicio de las funciones que en materia de supervisión, vigilancia y control que le confiere el Reglamento Interno, verificará el cumplimiento de los presentes Lineamientos.
19.   Las dudas que se generen de la aplicación de la materia de los presentes Lineamientos, serán resueltas conforme al numeral 17 y tendrán como referente lo establecido en los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal.
Transitorio
Único.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en sesión celebrada el día veintiséis del mes de febrero de dos mil catorce.- El Comisionado Presidente, Gerardo Laveaga Rendón.- Rúbrica.- Los Comisionados: Sigrid Arzt Colunga, María Elena Pérez-Jaén Zermeño, Ángel Trinidad Zaldívar.- Rúbricas.- El Secretario General, Juan Pablo Guerrero Amparán.- Rúbrica.
(R.- 384973)
 

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