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DOF: 26/03/2014 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con la empr CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con la empresa Cocina Especializada para la Industria e Instituciones, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos.- Área de Responsabilidades.- Expediente: SP/002/2013.- Oficio 11/137/0308/2014. CIRCULAR Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto del oficio 11/137/0240/2014 de fecha 13 de marzo de 2014, que se dictó en el expediente número SP/002/2013, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa Cocina Especializada para la Industria e Instituciones, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública con dicho contratista de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses. En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la Circular. Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado. México, D.F., a 13 de marzo de 2014.- Así lo proveyó y firma la Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, Norma Angélica Torres Jiménez.- Rúbrica.
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