CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia definitiva dictada por la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 23725/10-17-11-4, promovido por la empresa Abastos y Distribuciones Institucionales, S.A. de C.V., en contra de la resolución dictada dentro del expediente administrativo de sanciones a empresas número PISI-A-SUR D.F.-NC-DS-273/2006.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-SUR-D.F.-NC-DS-0273/2006.- Oficio 00641/30.15/2770/2014.- No. Int. 68/2010.- Reg. 8544.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA TRES DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE, DICTADA POR LA DÉCIMO PRIMERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 23725/10-17-11-4, PROMOVIDO EL C. PABLO MANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA "ABASTOS Y DISTRIBUCIONES INSTITUCIONALES", S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 3 DE AGOSTO DE 2010, DICTADA DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE SANCIONES A EMPRESAS NÚMERO PISI-A-SUR D.F.-NC-DS-273/2006.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República y
equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha tres de abril de dos mil catorce, la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 23725/10-17-11-4, promovido el C. Pablo Manuel Fernández Sánchez, en representación de la empresa "ABASTOS Y DISTRIBUCIONES INSTITUCIONALES", S.A. de C.V., emitió sentencia definitiva a través de la cual declaró la nulidad lisa y llana de la resolución de tres de agosto de 2010, dictada dentro del expediente administrativo de sanciones a empresas número PISI-A-SUR D.F.-NC-DS-273/2006, mediante la cual se le impusieron las sanciones administrativas consistentes en multa por la cantidad de $696,384.00 (seiscientos noventa y seis mil trescientos ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), e inhabilitación para presentar propuestas o celebrar contratos con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como las Entidades Federativas cuando utilicen recursos Federales celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas por si mismas o a través de interpósita persona, por el plazo de 2 años 4 meses, en los siguientes términos:
"En mérito de lo expuesto y con fundamento en las artículos 49, 50, 51 fracción IV y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se resuelve:
I.- La parte actor acreditó los extremos de su acción, en consecuencia;
II.- Se declara la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada, misma que ha quedado precisada en el resultando primero de este fallo, por las razones expuestas a lo largo de esta sentencia."
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
23 de mayo de 2014.- El Titular, Federico de Alba Martínez.- Rúbrica.