ACUERDO por el que se difunde el Manual General de Organización del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.- Organismo Público Descentralizado del Gobierno Federal.
ACUERDO POR EL QUE SE DIFUNDE EL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA (CONALEP).
CANDITA VICTORIA GIL JIMÉNEZ, Directora General del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP), y con fundamento en los Artículos 22 y 59 fracciones I, V, IX, XII y XIV de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; Artículo 9 fracción V del Decreto de Creación del CONALEP; y Artículo 11 del Estatuto Orgánico en vigor del CONALEP, y
CONSIDERANDO
Que el Estatuto Orgánico de Colegio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de noviembre de 2012 y que conforme a él, las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, aprobaron y registraron la actualización de la Estructura Orgánica del CONALEP, y
Que el presente Manual General de Organización del CONALEP que establece los objetivos y funciones hasta el nivel de Coordinación, las funciones hasta el nivel de Departamento, adscritos a las Unidades Administrativas del CONALEP, así como las funciones de la Coordinación Ejecutiva en Planteles, conforme a la estructura orgánica autorizada, fue emitido mediante Acuerdo interno No. DG-06/DCAJ/06/SPDI-01/2013 y aprobado por la Junta Directiva del CONALEP, a través del Acuerdo No. SO/III-13/08.03.R, de su XCVII Sesión Ordinaria, celebrada el 17 de septiembre de 2013, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Manual General de Organización, es de observancia obligatoria para todos los servidores públicos, adscritos a las Unidades Administrativas que conforman el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, por lo que deberán conocer su contenido y alcance.
SEGUNDO.- El presente Manual General de Organización, forma parte de la normatividad vigente, por lo que deberá difundirse tanto en la Normateca electrónica institucional, como en el portal de internet www.conalep.edu.mx.
TERCERO.- Con el objeto de que los servidores públicos del CONALEP y público en general, pueden consultar dicho Manual, se pone a disposición en formato impreso en las instalaciones que ocupa la Dirección Corporativa de Asuntos Jurídicos del CONALEP, ubicadas en Calle 16 de Septiembre No. 147 Nte., Col. Lázaro Cárdenas, Metepec, Estado de México,
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La vigencia del mencionado Manual General de Organización, será la ya autorizada por el Órgano de Gobierno del CONALEP. De igual manera, se deberá dar a conocer a todos los servidores públicos que conforman la plantilla de personal del organismo.
TERCERO.- Se abrogan los Manuales de Organización, del CONALEP 2007 (Acuerdo No. DG-05/DCAJ-05/SPDI-01/ 2007), de la Representación del CONALEP en el Estado de Oaxaca 2006 (Acuerdo No. DG-14/DCAJ/14/SPDI-03/2006) y de la Unidad de Operación Desconcentrada para el Distrito Federal del CONALEP 2002 (Acuerdo No. DG-08/DCAL-08/SPDI/2002), así como cualquier otra disposición del mismo o menor nivel, que se oponga al citado Manual.
CUARTA.- Las Unidades Administrativas del CONALEP, serán las encargadas de dar a conocer dicho Manual a todo el personal de nuevo Ingreso, para su debida aplicación y cumplimiento.
Ciudad de México, a diez de julio de dos mil catorce.- La Directora General del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, Candita Victoria Gil Jiménez.- Rúbrica.
(R.- 392816)