DECLARATORIA de Emergencia por la ocurrencia de sismo con magnitud 6.9, el día 7 de julio de 2014, en 8 municipios del Estado de Chiapas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales); y 10 del "Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN" (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio sin número, recibido con fecha 10 de julio de 2014 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del estado de Chiapas, Lic. Manuel Velasco Coello, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Angel Albino Corzo, La Concordia, Villa Corzo, Villaflores, El Parral, Comitán de Domínguez, Altamirano y Tuxtla Gutiérrez de dicha entidad federativa, por la ocurrencia del sismo de magnitud de 6.9, el día 7 de julio de 2014; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio CNPC/0795/2014, de fecha 10 de julio de 2014, la CNPC solicitó al Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) su opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del estado de Chiapas solicitados en el oficio sin número referido con anterioridad.
Que con oficio H00-DG/0859/2014, de fecha 10 de julio de 2014, el CENAPRED emitió su opinión técnica en atención al oficio CNPC/0795/2014, disponiendo en su parte conducente que se corrobora la ocurrencia de un evento sísmico con magnitud 6.9, el día 7 de julio de 2014, cuyo epicentro fue localizado en 14.75 ° latitud norte y 92.63 ° longitud oeste, 47 km al suroeste de Tapachula, Chiapas, con una profundidad de 60 km, para los municipios de Altamirano, Angel Albino Corzo, Comitán de Domínguez, La Concordia, Tuxtla Gutiérrez, Villa Corzo, Villaflores y El Parral del estado de Chiapas.
Que el día 10 de julio de 2014 se emitió el Boletín de Prensa número 353, mediante el cual se dio a conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Angel Albino Corzo, La Concordia, Villa Corzo, Villaflores, El Parral, Comitán de Domínguez, Altamirano y Tuxtla Gutiérrez del estado de Chiapas, por la ocurrencia de sismo con magnitud 6.9, el día 7 de julio de 2014, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA OCURRENCIA DE SISMO CON MAGNITUD 6.9, EL DÍA 7
DE JULIO DE 2014, EN 8 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Angel Albino Corzo, La Concordia, Villa Corzo, Villaflores, El Parral, Comitán de Domínguez, Altamirano y Tuxtla Gutiérrez del estado de Chiapas, por la ocurrencia de sismo con magnitud 6.9, el día 7 de julio de 2014.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el estado de Chiapas pueda acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10, fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a diez de julio de dos mil catorce.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente