ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Gobernación, para uso del Órgano Administrativo Desconcentrado Instituto Nacional de Migración, el inmueble con superficie de 1,600.00 metros cuadrados, identificado como lote de terreno ubicado en la calle sin nombre y calle Aguascalientes sin número, en la manzana 45, sector 1, Municipio de Janos, Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.- Dirección de Gestión de Uso de Inmuebles.
ACUERDO POR EL QUE SE DESTINA A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, PARA USO DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, EL INMUEBLE CON SUPERFICIE DE 1,600.00 M ², IDENTIFICADO COMO LOTE DE TERRENO UBICADO EN LA CALLE SIN NOMBRE Y CALLE AGUASCALIENTES S/N, EN LA MANZANA 45, SECTOR 1, MUNICIPIO DE JANOS, ESTADO DE CHIHUAHUA.
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción VI; 11, fracción I; 28, fracción I; 29, fracción V; 61, 66, 68 y 70 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones VI, XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 3 inciso B y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 1, 3, 11 fracciones I, II, y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y PRIMERO del Acuerdo Delegatorio emitido por la Secretaría de la Función Pública, publicado el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2014, y
CONSIDERANDO
I. Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble con superficie de 1,600.00 M ², identificado como Lote de Terreno ubicado en la calle sin nombre y calle Aguascalientes s/n, en la manzana 45, sector 1, Municipio de Janos, Estado de Chihuahua, identificado en el Inventario del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal con el Registro Federal Inmobiliario 08-08586-4;
II. Que la propiedad del inmueble se acredita mediante escritura pública número 14,181 de fecha 17 de octubre de 2003, otorgada por el Notario Público No. 10 del Estado de Chihuahua, ratificada y convalidada mediante Acuerdo y Dictamen con número de folio 004/2013, en la que consta la adquisición a favor del Gobierno Federal, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real 79271 y 79271 página 1 de fecha 27 de mayo de 2004 el primero y el segundo de fecha 5 de abril de 2013, con las medidas y colindancias que se consignan en el Plano Topográfico No. 001, registrado bajo el número DRPCI-4203-2012-T/, elaborado a escala 1:200, aprobado por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario de fecha 15 de agosto de 2012;
III. Que la Secretaría de Gobernación, mediante oficio número DGRMSG/1025/2013 de fecha 11 de noviembre de 2013, manifestó la necesidad de seguir utilizando y recibir en destino el inmueble descrito, como oficinas administrativas, para su Órgano Administrativo Desconcentrado Instituto Nacional de Migración; para efectos aportó la documentación necesaria;
IV. Que la Dirección de Catastro y Obras Públicas Municipales del H. Ayuntamiento de Janos, mediante Oficio de fecha 18 de septiembre de 2013, determina la factibilidad del uso de suelo solicitado;
V. Que la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, fue integrada bajo la responsabilidad de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal con el número de expediente 65/134547, y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal;
Toda vez que se ha integrado el expediente respectivo, con base en las disposiciones que establece el artículo 62 de la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejecutivo Federal el óptimo aprovechamiento del Patrimonio Inmobiliario Federal, privilegiando a las instituciones públicas los inmuebles federales necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se destina el inmueble descrito en el Primer Considerando de este Acuerdo al servicio de la Secretaría de Gobernación para uso del Órgano Administrativo Desconcentrado Instituto Nacional de Migración, a efecto de que lo continúe utilizando como Oficinas Administrativas.
SEGUNDO.- Si la Secretaría de Gobernación, diera al inmueble que se le destina, un uso distinto al establecido por este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, o bien lo dejare de utilizar o necesitar; dicho bien
con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto.
TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública y el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, vigilarán el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los 17 días del mes de julio de dos mil catorce.- La Presidenta del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Soraya Pérez Munguía.- Rúbrica.