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DOF: 26/08/2014 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que por sentencia dictada por la Sala Regional Chiapas-Tabasco del Tribunal F CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que por sentencia dictada por la Sala Regional Chiapas-Tabasco del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio contencioso administrativo 209/13-19-01-5-OT, promovido por la empresa TM & Company, S.A. de C.V., se declaró la nulidad lisa y llana de la resolución número OIC-AR-UR-PEP-18.575.4007/2012, emitida en el expediente administrativo número CI-S-PEP-0059/2011. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Área de Responsabilidades.- Sanciones.- Expediente CI-S-PEP-0059/2011. CIRCULAR No. OIC-PEP-AR-18.575.022/2014 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE POR SENTENCIA DE FECHA DIECISÉIS DE ENERO DE DOS MIL CATORCE, DICTADA POR SALA REGIONAL CHIAPAS-TABASCO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 209/13-19-01-5-OT, PROMOVIDO POR LA EMPRESA TM & COMPANY, S.A. DE C.V., SE DECLARÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO OIC-AR-UR-PEP-18.575.4007/2012, EMITIDA EL TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE, POR ESTA ÁREA DE RESPONSABILIDADES EN EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NÚMERO CI-S-PEP-0059/2011. Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada por la Sala Regional Chiapas-Tabasco del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio contencioso administrativo 209/13-19-01-5-OT, se deja insubsistente la resolución dictada por esta Área de Responsabilidades el trece de noviembre de dos mil doce, en el expediente Cl-S-PEP-0059/2011 por la que se inhabilitó a la empresa TM & Company, S.A. de C.V., por el plazo de seis meses, para presentar propuestas y celebrar contratos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con las Entidades Federativas; sentencia que en su segundo punto resolutivo señala lo siguiente: "... II. Se DECLARA LA NULIDAD lisa y llana de la resolución impugnada descrita en el resultando 1 ° de este fallo, por los fundamentos y motivos precisados en su punto considerativo Tercero. .". Lo anterior para su debida observancia. Atentamente México, D.F., a 28 de julio de 2014.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción, Mario Alvarado Domínguez.- Rúbrica.
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