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DOF: 10/09/2014
ACUERDO por el que el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, aprueba la creación de las Comisiones Permanentes

ACUERDO por el que el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, aprueba la creación de las Comisiones Permanentes.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones V, XVI y XIX de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 64 de su Reglamento y, 3, fracciones II, IV, 5, fracciones I y III, 6, 7, 10, 14, 15, fracciones I, IV, V, XII, XXII, 16, fracciones III, V 20, fracciones I, VII, XIV, 21, fracciones I, II, IV, VII, XII y XIV del Reglamento Interior del referido organismo autónomo, y
CONSIDERANDO
1.     Que el once de junio de dos mil dos, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el Decreto que crea el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, como un órgano de la Administración Pública Federal, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargado fundamentalmente de promover el ejercicio del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales.
2.     Que el veinticuatro de diciembre de dos mil dos, mediante Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación, cambió la naturaleza jurídica del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, constituyéndose en un organismo descentralizado, no sectorizado, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión.
3.     Que el cinco de julio de dos mil diez, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y cambió la denominación a Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, así como su competencia y atribuciones.
4.     Que el siete de febrero de dos mil catorce, el Ejecutivo Federal promulgó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando, entre otros, el artículo sexto, el cual establece que, la Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
5.     Que con motivo de la reforma Constitucional referida, el catorce de mayo de dos mil catorce, el Senado de la República tomó protesta a los siete Comisionados integrantes del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
6.     Que el veinte de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, cuyos artículos 3, fracción IV, 6, 7, 10, 14, 15 fracción I, IV y XVIII, disponen que: el Pleno es su órgano máximo de dirección y decisión, que tomará sus decisiones y desarrollará las funciones de manera colegiada, y será la autoridad frente a los comisionados; que las decisiones se tomarán por mayoría de votos; que todas las decisiones y funciones son competencia originaria del Pleno y podrá delegarlas en órganos, unidades administrativas y servidores públicos; que le corresponde ejercer las atribuciones que le otorgan la Constitución y demás ordenamientos legales; definir la política institucional; así como aprobar la creación de comisiones, comités de apoyo y grupos de trabajo.
7.     Que de conformidad con el Reglamento Interior, las decisiones y atribuciones corresponden originariamente al Pleno del Instituto, quien para el mejor desarrollo de sus actividades considera
conveniente constituir instancias colegiadas denominadas comisiones que colaborarán con el órgano máximo de decisión y serán responsables de las tareas de supervisión, de coordinación y de propuestas de políticas, programas y acciones, para el seguimiento de las actividades institucionales de las diversas unidades administrativas del Instituto.
8.     Que dentro de las facultades conferidas al Comisionado Presidente, se encuentran las previstas en el artículo 20, fracciones I, VII y XIV del Reglamento Interior del Instituto y para efectos del presente acuerdo, se consideran las siguientes: conducir la gestión institucional; acordar con los secretarios los diversos asuntos de su despacho; y, someter a la aprobación del Pleno los informes relativos al desempeño y funcionamiento del Instituto; en atención a ello, conocerá de los asuntos y trabajos que se desarrollen en cada una de las comisiones y podrá designar un representante para que asista a las reuniones de trabajo.
9.     Que de conformidad con lo establecido por el artículo 21, fracciones I, II, IV, VII, XII y XIV del Reglamento Interior del Instituto, los comisionados tienen dentro de sus atribuciones, representar al Instituto en los asuntos que el Pleno determine; someter al Pleno proyectos de acuerdos, conocer de los asuntos que le sean sometidos para su aprobación por el pleno; incorporar asuntos en el orden del día de las sesiones ordinarias del Pleno; solicitar apoyo de las unidades administrativas por conducto de la secretaría correspondiente, así como las demás que señalen las disposiciones legales y administrativas que le sean aplicables.
10.   Que derivado de los trabajos del Pleno y para eficientar la organización y operación del Instituto, así como de las Ponencias de cada uno de los comisionados, se proponen las comisiones permanentes, con atribuciones genéricas, conforme a lo siguiente:
       a) Políticas de Acceso a la Información: Proponer, deliberar, opinar, supervisar y evaluar los procedimientos, políticas y estrategias que el IFAI coordine con los sujetos obligados, para mejorar el acceso a la información pública por parte de los ciudadanos.
       b) Asuntos Internacionales: Opinar, deliberar, supervisar, proponer, y evaluar la política de relaciones interinstitucionales con organismos públicos y órganos de la sociedad civil en el contexto internacional en materia de acceso a la información, organización de archivos y protección de datos.
       c) Normativa de Acceso a la Información: Deliberar, Opinar, proponer, supervisar, y evaluar los diversos cuerpos normativos en materia de acceso a la información.
       d) Capacitación y Cultura de la Transparencia: Deliberar, supervisar, proponer, opinar y evaluar la política general de capacitación, el proceso de formación en materia de datos personales, acceso a la información y organización de archivos, capacitar, orientar y asesorar a servidores públicos, comunidades académicas, integrantes de organizaciones civiles, responsables y al sector privado, en materia de protección de datos personales, acceso a la información y archivos.
       e) Gestión Documental y Archivos: Evaluar, supervisar, opinar, deliberar y, proponer dentro del proceso de coordinación con el Archivo General de la Nación y el Consejo Nacional de Archivos, así como incidir en acciones parlamentarias y generación de políticas públicas del ramo.
       f) Indicadores y Evaluación: Supervisar, evaluar, deliberar, proponer y, opinar sobre la adecuada aplicación de los procesos de sustanciación en materia de acceso a la información y protección de datos personales.
       g) Normatividad de Datos Personales: Supervisar, opinar, deliberar, proponer y, evaluar dictámenes y opiniones de proyectos de ley, de reglamentos y demás normativa en materia de protección de datos personales, emitir propuestas para su actualización; adoptar esquemas de autorregulación en materia de protección de datos personales, por parte de los sujetos regulados y obligados; establecer mecanismos y criterios para la certificación y acreditación de terceros certificadores en materia de protección de datos personales.
       h) Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones: Deliberar, proponer, evaluar y supervisar, los procesos de vigilancia y verificación, así como las propuestas de sanción, relacionadas con el
cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
       i) Tecnologías de la Información: Opinar, deliberar, proponer, evaluar y, supervisar la adecuada administración e implementación de las tecnologías de la información y datos, así como desarrollar soluciones basadas en tecnologías de información y comunicación.
       j) Gobierno Abierto y Transparencia: Proponer, opinar, deliberar, supervisar y evaluar las acciones y políticas que el IFAI coordine para el cumplimiento de los compromisos de México frente a la Alianza para el Gobierno Abierto y sobre las estrategias encaminadas a propiciar espacios de colaboración entre las instituciones públicas y la sociedad para el uso estratégico de la información pública. Así como establecer bases y criterios para promover la apertura de las instituciones, conforme a los mecanismos de gobierno abierto.
       k) Vinculación con Estados y Municipios: Deliberar, proponer, supervisar y establecer estrategias para desarrollar una agenda de colaboración con actores relevantes en las materias del Instituto, así como opinar sobre políticas públicas con los tres niveles de gobierno, para establecer bases de coordinación tendentes a la difusión del derecho de acceso a la información, protección de datos personales y gestión documental.
       l) Vinculación con Nuevos Sujetos Obligados: Supervisar, opinar, deliberar, proponer y evaluar los canales de comunicación con sujetos obligados y regulados, tales como, partidos políticos, sindicatos y cualquier persona que reciba recursos públicos, para una correcta gestión y manejo de los datos personales, promoviendo mecanismos que impulsen el cumplimiento de las disposiciones normativas en la materia.
       m) Vinculación y Promoción del Derecho: Proponer, deliberar, supervisar y opinar el desarrollo de programas de asesoría y orientación a la ciudadanía en general, así como promover la generación de documentos de divulgación en materia de acceso a la información y protección de datos.
11.   Que las comisiones se integrarán por tres comisionados, uno de los cuales, coordinará las actividades y trabajos que desarrolle la Comisión, informando al Pleno el resultado de los mismos.
12.   Que de acuerdo con el artículo 21, fracción II del Reglamento de Interior del Instituto, es atribución de los Comisionados del Instituto, someter a la aprobación del Pleno los proyectos de acuerdo.
13.   Por lo anterior y de conformidad con sus atribuciones, la Comisionada Presidenta propone al Pleno el Acuerdo por el que se aprueba la creación de las Comisiones Permanentes del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
       Que con objeto de que las comisiones permanentes coadyuven con los trabajos de supervisión y coordinación de los comisionados, el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba la creación de las Comisiones Permanentes, como instancias colegiadas que colaborarán con el órgano máximo de decisión en las tareas de supervisión, de coordinación y de propuestas de políticas, programas y acciones, así como dar seguimiento a las actividades institucionales de las diversas unidades administrativas que integran el Instituto.
SEGUNDO.- Son comisiones permanentes las siguientes las Comisiones de: Políticas de Acceso a la Información; Asuntos Internacionales; Normativa de Acceso a la Información, Capacitación y Cultura de la Transparencia; Gestión Documental y Archivos; Indicadores y Evaluación; Normatividad de Datos Personales; Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones; Tecnologías de la Información; Gobierno Abierto y Transparencia; Vinculación con Estados y Municipios; Vinculación con Nuevos Sujetos Obligados y; Vinculación y Promoción del Derecho. Estarán conformadas por tres comisionados cada una, distribuidos de la siguiente manera:
1.    Políticas de Acceso a la Información
Comisionado Coordinador:
Joel Salas Suárez
Comisionados Integrantes:
Francisco Javier Acuña Llamas
Oscar Mauricio Guerra Ford
2.    Asuntos Internacionales
Comisionado Coordinador:
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionados Integrantes:
Francisco Javier Acuña Llamas
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
3.    Normativa de Acceso a la Información
Comisionado Coordinador:
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Comisionados Integrantes:
Joel Salas Suárez
Oscar Mauricio Guerra Ford
4.    Capacitación y Cultura de la Transparencia
Comisionado Coordinador:
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionados Integrantes:
Areli Cano Guadiana
Oscar Mauricio Guerra Ford
5.    Gestión Documental y Archivos
Comisionado Coordinador:
Francisco Javier Acuña Llamas
Comisionados Integrantes:
María Patricia Kurczyn Villalobos
Areli Cano Guadiana
6.    Indicadores y Evaluación
Comisionado Coordinador:
Oscar Mauricio Guerra Ford
Comisionados Integrantes:
Joel Salas Suárez
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
7.    Normatividad de Datos Personales
Comisionado Coordinador:
Areli Cano Guadiana
Comisionados Integrantes:
Francisco Javier Acuña Llamas
María Patricia Kurczyn Villalobos
8.    Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones
Comisionado Coordinador:
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionados Integrantes:
Francisco Javier Acuña Llamas
Areli Cano Guadiana
 
9.    Tecnologías de la Información
Comisionado Coordinador:
Oscar Mauricio Guerra Ford
Comisionados Integrantes:
Joel Salas Suárez
Francisco Javier Acuña Llamas
10.   Gobierno Abierto y Transparencia
Comisionado Coordinador:
Joel Salas Suárez
Comisionados Integrantes:
María Patricia Kurczyn Villalobos
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
11.   Vinculación con Estados y Municipios
Comisionado Coordinador:
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Comisionados Integrantes:
Oscar Mauricio Guerra Ford
Joel Salas Suárez
12.   Vinculación con Nuevos Sujetos Obligados
Comisionado Coordinador:
Francisco Javier Acuña Llamas
Comisionados Integrantes:
Areli Cano Guadiana
Rosendoevgueni Monterrey Chepov
13.   Vinculación y Promoción del Derecho
Comisionado Coordinador:
Areli Cano Guadiana
Comisionados Integrantes:
Oscar Mauricio Guerra Ford
Joel Salas Suárez
 
TERCERO.- Las comisiones tendrán las atribuciones que corresponda a su naturaleza y a su denominación; desarrollarán sus actividades de conformidad con el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las comisiones que para tal efecto emita el Pleno.
TRANSITORIO
PRIMERO.- Para efectos de difusión, publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el sitio de internet www.ifai.org.mx y en los estrados del Instituto.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó, por unanimidad, el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en sesión celebrada el veinte de agosto de dos mil catorce. Los Comisionados firman al calce para todos los efectos a que haya lugar.- La Comisionada Presidenta, Ximena Puente de la Mora.- Rúbrica.- Los Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Oscar Mauricio Guerra Ford, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Areli Cano Guadiana, María Patricia Kurczyn Villalobos, Joel Salas Suárez.- Rúbricas.
(R.- 396696)
 

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