DOF: 23/09/2014
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia dictada por la Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federa

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia dictada por la Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 742/13-02-01-9, promovido por Abastecedora Higiénica de Sonora, S.A. de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/1714/2013 dictada por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro de la tramitación del procedimiento administrativo de sanción a empresas número PISI-A-SON-NC-DC-0006/2012, a través de la cual se le impusieron a la referida empresa sanciones administrativas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-SON-NC-DS-0006/2012.- Oficio No. 00641/30.15/4249/2014.- No. Int. 96/2013.- Reg. 15702.

CIRCULAR
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2014, DICTADA POR LA SALA REGIONAL DEL NOROESTE II DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 742/13-02-01-9, PROMOVIDO POR LA C. ADELINA SÁNCHEZ, A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE "ABASTECEDORA HIGIÉNICA DE SONORA", S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO NÚMERO 00641/30.15/1714/2013 DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2013, DICTADA POR ESTA ÁREA DE RESPONSABILIDADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DENTRO DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A EMPRESAS NÚMERO PISI-A-SON-NC-DC-0006/2012, A TRAVÉS DE LA CUAL SE LE IMPUSIERON A LA REFERIDA EMPRESA LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN MULTA POR LA CANTIDAD DE $89,730.00 (OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS 00/100 M.N.), E INHABILITACIÓN POR EL PLAZO DE 3 MESES PARA QUE POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, PUEDA PRESENTAR PROPUESTAS, CELEBRAR CONTRATOS CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL SOBRE LAS MATERIAS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha 2 de junio de 2014, la Primera Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, emitió la sentencia definitiva, dictada en la tramitación del juicio de nulidad número 742/13-02-01-9, promovido por la C. Adelina Sánchez a nombre y representación de "Abastecedora Higiénica de Sonora", S.A. de C.V., en el cual se determinó:
"En mérito a lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, este Tribunal:
RESUELVE
I.- La parte actora probó su pretensión, en consecuencia:
II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada y recurrida, señalada en el primer resultando de este fallo, por las razones precisadas en su último considerando."
Lo anterior se hace del conocimiento, a efecto de que las entidades federativas y los municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
2 de septiembre de 2014.- El Titular del Área de Responsabilidades, Federico de Alba Martínez.-
Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 04/10/2024

DOLAR
19.4678

UDIS
8.249107

TIIE 28 DIAS
10.7437%

TIIE 91 DIAS
10.9303%

TIIE 182 DIAS
11.0748%

TIIE DE FONDEO
10.55%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

113

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024