CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia dictada por la Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 742/13-02-01-9, promovido por Abastecedora Higiénica de Sonora, S.A. de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/1714/2013 dictada por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro de la tramitación del procedimiento administrativo de sanción a empresas número PISI-A-SON-NC-DC-0006/2012, a través de la cual se le impusieron a la referida empresa sanciones administrativas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-SON-NC-DS-0006/2012.- Oficio No. 00641/30.15/4249/2014.- No. Int. 96/2013.- Reg. 15702.
CIRCULAR
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2014, DICTADA POR LA SALA REGIONAL DEL NOROESTE II DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 742/13-02-01-9, PROMOVIDO POR LA C. ADELINA SÁNCHEZ, A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE "ABASTECEDORA HIGIÉNICA DE SONORA", S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO NÚMERO 00641/30.15/1714/2013 DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2013, DICTADA POR ESTA ÁREA DE RESPONSABILIDADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DENTRO DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A EMPRESAS NÚMERO PISI-A-SON-NC-DC-0006/2012, A TRAVÉS DE LA CUAL SE LE IMPUSIERON A LA REFERIDA EMPRESA LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN MULTA POR LA CANTIDAD DE $89,730.00 (OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS 00/100 M.N.), E INHABILITACIÓN POR EL PLAZO DE 3 MESES PARA QUE POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, PUEDA PRESENTAR PROPUESTAS, CELEBRAR CONTRATOS CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL SOBRE LAS MATERIAS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha 2 de junio de 2014, la Primera Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, emitió la sentencia definitiva, dictada en la tramitación del juicio de nulidad número 742/13-02-01-9, promovido por la C. Adelina Sánchez a nombre y representación de "Abastecedora Higiénica de Sonora", S.A. de C.V., en el cual se determinó:
"En mérito a lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 49, 50, 51, fracción IV y 52, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, este Tribunal:
RESUELVE
I.- La parte actora probó su pretensión, en consecuencia:
II.- Se declara la nulidad de la resolución impugnada y recurrida, señalada en el primer resultando de este fallo, por las razones precisadas en su último considerando."
Lo anterior se hace del conocimiento, a efecto de que las entidades federativas y los municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
2 de septiembre de 2014.- El Titular del Área de Responsabilidades, Federico de Alba Martínez.-