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DOF: 23/10/2014 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que podrán aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Global Romo CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que podrán aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Global Romorake, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Pemex Refinación.- Área de Responsabilidades.- Expediente DS. 252/2006. OIC/AR/PXR/I/06/14 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE PODRÁN ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA GLOBAL ROMORAKE, S.A. DE C.V. Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia del 01 de abril de 2013, dictada por los Magistrados que integran la Primera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en los autos del expediente 1067/09-06-01-5, con la cual se declaró la nulidad de la resolución controvertida; con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; 37 fracciones XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, primero, segundo y octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 80 primer párrafo fracción I numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, esta Autoridad determina dejar sin efectos la resolución de fecha 26 de septiembre de 2008, dictada en el procedimiento administrativo de sanciones, bajo el número de expediente DS. 0252/2006, que fue instaurado a la empresa Global Romorake, S.A. de C.V., y por ende la sanción un año seis meses de inhabilitación y multa de $478,764.00 (Cuatrocientos setenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) que se le había impuesto a la empresa en cita, por lo que se hace del conocimiento que debido a la nulidad en comento, que a la fecha se encuentra en posibilidad de aceptar propuestas, así como a celebrar contratos con dicha empresa. México, D.F., a 13 de octubre de 2014.- El Titular del Área de Responsabilidades, Jorge Luis Mejía Alonzo.- Rúbrica.
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