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DOF: 10/11/2014 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, el auto dictado por la Tercera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, el auto dictado por la Tercera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, durante la tramitación del incidente de suspensión relativo al juicio de nulidad número 2361/14-06-03-9 promovido por Corporativo Biomédico Hospitalario, S.A. de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/1437/2014, dictada dentro del expediente administrativo de sanción a proveedores PISI-A-NL-NC-DS-0035/2013, en la cual se le impusieron a la referida empresa sanciones administrativas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-NL-NC-DS-0035/2013.- Oficio 00641/30.15/5265/2014.- Número Interno 46/2014.- Reg. 24474. CIRCULAR CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EL AUTO DE FECHA 3 DE OCTUBRE DE 2014, DICTADO POR LA TERCERA SALA REGIONAL DEL NORESTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN RELATIVO AL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 2361/14-06-03-9 PROMOVIDO POR EL C. FRANCISCO JESÚS GUEVARA GUEVARA, REPRESENTANTE LEGAL DE "CORPORATIVO BIOMÉDICO HOSPITALARIO", S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO NÚMERO 00641/30.15/1437/2014 DE FECHA 18 DE MARZO DE 2014, DICTADA DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A PROVEEDORES PISI-A-NL-NC-DS-0035/2013; EN LA CUAL SE LE IMPUSIERON A LA REFERIDA EMPRESA LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN MULTA POR LA CANTIDAD DE $815,976.00 (OCHOCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N), ASÍ COMO INHABILITACIÓN PARA QUE, POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, PUEDA PRESENTAR PROPUESTAS NI CELEBRAR CONTRATO ALGUNO CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL SOBRE LAS MATERIAS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, POR EL PLAZO DE DOS AÑOS Y TRES MESES. Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. Con fecha 22 de octubre de 2014, se notificó a esta Área de Responsabilidades el auto de fecha 03 de octubre de la anualidad en curso, dictado por la Tercera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en donde se dio cuenta del recurso de reclamación interpuesto por el C. Francisco Jesús Guevara Guevara, Representante Legal de "Corporativo Biomédico Hospitalario", S.A. de C.V., en contra de la sentencia interlocutoria de 2 de septiembre del año en curso, en los siguientes términos: "... Finalmente se hace del conocimiento de las partes que se suspende la ejecución del acto impugnado hasta en tanto se resuelva el recurso de reclamación interpuesto por la parte actora." Lo anterior se hace del conocimiento, a efecto de que las Entidades Federativas y los Municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente 24 de octubre de 2014.- El Titular del Área de Responsabilidades, Federico de Alba Martínez.- Rúbrica.
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