CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona moral GVargas Comercializadora, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Área de Responsabilidades.- Sanciones.- Expediente CI-S-PEP-0010/2013.
CIRCULAR No. OIC-PEP-AR-18.575. 037/2014
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL; ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL GVARGAS COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 26 y 37, fracciones XII y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1 y 3 inciso D, y penúltimo párrafo, 76, segundo párrafo, y 80 fracción I, numerales 6 y 10, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, disposiciones vigentes de conformidad con el segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dichos ordenamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 8, fracción VIII, con relación al artículo 27, fracción II, incisos a) y b) de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; 2, 4, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria, esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Pemex Exploración y Producción, en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto de la Resolución dictada el 17 de octubre de 2014, dentro del expediente CI-S-PEP-0010/2013, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la persona moral GVargas Comercializadora, S.A. de C.V., hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno, con dicha empresa, por encontrarse inhabilitada por el plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, la presente inhabilitación se extiende a los procedimientos de contratación de todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Las entidades federativas y los municipios deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
México, D.F., a 23 de octubre de 2014.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de