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DOF: 23/01/2015 |
ACUERDO por el que se modifica el Reglamento para la organización y funcionamiento de las comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en la parte que se indica ACUERDO por el que se modifica el Reglamento para la organización y funcionamiento de las comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en la parte que se indica. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS, EN LA PARTE QUE SE INDICA. CONSIDERANDO 1. Que el siete de febrero de dos mil catorce, el Ejecutivo Federal promulgó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de transparencia, modificando entre otros, el artículo sexto, el cual establece que la Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados. 2. Que con motivo de la reforma constitucional anteriormente referida, el catorce de mayo de dos mil catorce, el Senado de la República tomó protesta a los siete Comisionados integrantes del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. 3. Que el veinte de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, cuyos artículos 3, fracción IV, 6, 7, 10, 14, 15 fracción I, IV y XVIII, disponen que: el Pleno es su órgano máximo de dirección y decisión, que tomará sus decisiones y desarrollará las funciones de manera colegiada, y será la autoridad frente a los comisionados; que las decisiones se tomarán por mayoría de votos; que todas las decisiones y funciones son competencia originaria del Pleno y podrá delegarlas en órganos, unidades administrativas y servidores públicos; que le corresponde ejercer las atribuciones que le otorgan la Constitución y demás ordenamientos legales; definir la política institucional; así como aprobar la creación de comisiones, comités de apoyo y grupos de trabajo. 4. Que de conformidad con el Reglamento Interior, las decisiones y atribuciones corresponden originariamente al Pleno del Instituto, quien para el mejor desarrollo de sus actividades considera conveniente constituir instancias colegiadas denominadas comisiones que colaborarán con el órgano máximo de decisión y serán responsables de las tareas de supervisión, de coordinación y de propuestas de políticas, programas y acciones, para el seguimiento de las actividades institucionales de las diversas unidades administrativas del Instituto. 5. Que en ese sentido, el diez de septiembre de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACT-PUB/20/08/2014.04, mediante el cual el Pleno del Instituto aprobó la creación de las siguientes Comisiones Permanentes: a) Políticas de Acceso a la Información; b) Asuntos Internacionales; c) Normativa de Acceso a la Información; d) Capacitación y Cultura de la Transparencia; e) Gestión Documental y Archivos; f) Indicadores y Evaluación; g) Normatividad de Datos Personales; h) Supervisión, Vigilancia, Verificación y Sanciones; i) Tecnologías de la Información; j) Gobierno Abierto y Transparente; k) Vinculación con Estados y Municipios; l) Vinculación con Nuevos Sujetos Obligados y m) Vinculación y Promoción del Derecho. 6. Que asimismo, con la finalidad de establecer el objeto, la organización y el funcionamiento de las Comisiones antes referidas, el Pleno del Instituto aprobó mediante el Acuerdo ACT-PUB/20/08/2014.05 el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las mismas, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el diez de septiembre de dos mil catorce. 7. Que por otra parte, y con la finalidad de generar nuevos espacios de trabajo por parte de los Comisionados en los temas relativos a Comunicación Social y Difusión, así como en materia Presupuestal, a efecto de que en ambos casos se revise, opine y propongan aspectos sobre los programas de trabajo, el avance y ajuste a los mismos que realizan las áreas correspondientes, se crearon, mediante el Acuerdo ACT-PUB/14/01/2015.08, dos nuevas Comisiones Permanentes: la relativa a Comunicación Social y Difusión, así como la de Presupuesto. 8. Que derivado de la creación de estas dos nuevas Comisiones, se hace necesario adicionarlas en el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funcionamiento antes referido, para quedar en los siguientes términos: Artículo 6. ... ... Las Comisiones Permanentes del Instituto son: 1 al 13 ... 14. Comunicación Social y Difusión. 15. Presupuesto. ... 9. Que asimismo, al encontrarse el Instituto en un proceso de rediseño institucional y programático, a efecto de dar cumplimiento con el mandato Constitucional en materia de transparencia, así como lo que dispongan las Leyes Generales relativas al acceso a la información pública, y de protección de datos personales, se hace necesario modificar la fracción I, del artículo 7 del Reglamento de Comisiones para la Organización y Funcionamiento del Instituto, en los términos siguientes: ... Artículo 7. Las comisiones permanentes tendrán, las atribuciones genéricas siguientes: I. Aprobar y someter a consideración del Pleno, durante el primer trimestre de cada año, su Programa Anual de Trabajo, así como el Informe Anual de actividades desarrolladas por la Comisión durante el año inmediato anterior; ... 10. Que de acuerdo con el artículo 21, fracción II del Reglamento Interior es atribución de los Comisionados del Instituto, someter a la aprobación del Pleno los proyectos de acuerdo, por lo que en ese sentido la Comisionada Presidente propone al Pleno el Proyecto de Acuerdo mediante el cual se modifica el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en la parte que se indica. Por las razones expuestas y con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XVI y XIX de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 3, fracciones II y IV, 5, fracciones I y III, 6, 7, 10, 14, 15, fracciones I y IV, 16, fracción III y 21, fracción II del Reglamento Interior, el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO. Se aprueba la modificación a los artículos 6 y 7, fracción I del Reglamento para la Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en los siguientes términos: ... Artículo 6. ... ... Las comisiones permanentes del Instituto son: 1 al 13 ... 14. Comunicación Social y Difusión. 15. Presupuesto. ... Artículo 7. Las comisiones permanentes tendrán, las atribuciones genéricas siguientes: I. Aprobar y someter a consideración del Pleno, durante el primer trimestre de cada año, su Programa Anual de Trabajo, así como el Informe Anual de actividades desarrolladas por la Comisión durante el año inmediato anterior; ... SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y en el sitio de Internet del Instituto. TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Así lo acordó, por unanimidad, el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en sesión celebrada el catorce de enero de dos mil quince. Los Comisionados firman al calce para todos los efectos a que haya lugar.- La Comisionada Presidente, Ximena Puente de la Mora.- Rúbrica.- Los Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Oscar Mauricio Guerra Ford, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Areli Cano Guadiana, María Patricia Kurczyn Villalobos, Joel Salas Suárez.-
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