DOF: 16/02/2015
DECLARATORIA de utilidad pública para la construcción del Libramiento Villahermosa, en la superficie de 32,014

DECLARATORIA de utilidad pública para la construcción del Libramiento Villahermosa, en la superficie de 32,014.92 metros cuadrados, ubicado en los municipios de Centro y Nacajuca, Estado de Tabasco. (Segunda publicación)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, fracción XII, 2 y 3 de la Ley de Expropiación; 1, 5 y 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 1, 3, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que es competencia del Ejecutivo Federal, llevar a cabo las estrategias contempladas en el Programa Nacional de Infraestructura, con lo cual se ha logrado que el país realice un programa de construcción de obras públicas bastante amplio, además de la construcción, conservación y mantenimiento de caminos, coadyuvando con ello en la generación de empleos tanto directos como indirectos, beneficios sociales y desarrollo de las zonas donde se ubiquen, todo esto para completar la red de corredores troncales transversales y longitudinales que comunican a las principales ciudades, puertos, fronteras y centros turísticos del país, con caminos de altas especificaciones al desarrollo de ejes interregionales, pasando por la construcción de libramientos y proporcionando servicios de transporte a algunas de las comunidades más desprotegidas, así como reducir el índice de accidentes;
Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del Libramiento Villahermosa, ubicado en los municipios de Centro y Nacajuca, Estado de Tabasco;
Que de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales;
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto de la presente Declaratoria, ubicados en los municipios de Centro y Nacajuca, Estado de Tabasco, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento del Libramiento Villahermosa, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;
Que el Libramiento de referencia será parte integrante de la carretera VillahermosaâCárdenas, la cual forma parte de los corredores carreteros Peninsular de Yucatán y PueblaâProgreso, que cruzan el país de norte a sur y de este a oeste proporcionando así acceso y conectividad a la Península de Yucatán con el resto del país; contribuirá a resolver el problema de congestionamiento de la zona urbana de la Ciudad de Villahermosa, al desviar el tránsito de los vehículos de mediano y largo itinerario; contribuirá a la modernización de la carretera federal México 180âCoatzacoalcosâVillahermosaâCiudad de Carmen; mejorará el enlace vial de las carreteras federal México 186âVillahermosaâFrancisco Escárcega y la estatal VillahermosaâComalcalco; reducirá el tiempo de recorrido entre las ciudades de Cárdenas, Cunduacán, Nacajuca y Frontera del Estado de Tabasco;
Que al evitar el tránsito de vehículos por la Ciudad de Villahermosa, disminuirá el índice de contaminación vehicular de las comunidades aledañas, lo que impactará además, en la reducción de gastos de viaje, y en los costos asociados al mantenimiento de las vialidades urbanas por el cruce de vehículos de carga pesada, dará mayor seguridad y eficiencia a los usuarios de la vía y reducirá los costos de operación del aforo de 2,037 vehículos por día, de transporte de pasajeros, de turismo, de carga y particular que utilizarán dicha vía; ejercerá influencia directa en el fomento de actividades agropecuarias, comerciales y de comunicación, y proporcionará el acceso a lugares de atractivo para la industria turística que se ha establecido en las costas de Campeche y Tabasco, así como en la región de la Sierra y la Chontalpa en el Estado de Tabasco, lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos objeto de esta Declaratoria;
Que conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el derecho de vía es una franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensión fija la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y que no puede ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino;
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, integró el expediente de expropiación número 01/TAB/2014, en el cual constan los elementos técnicos que justifican la idoneidad de los bienes materia de la presente Declaratoria, para atender la causa de utilidad pública, como son, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para completar el derecho de vía de la mencionada carretera, la cual favorece el transporte vehicular de bienes, servicios y personas de forma ágil y segura, y
Que en virtud de que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción,
conservación y mantenimiento de caminos y a fin de atender la necesidad de interés general de conectar en forma directa, la entrada y salida de las ciudades de Cárdenas, Cunduacán, Nacajuca y Frontera del Estado de Tabasco, he tenido a bien expedir la siguiente
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara de utilidad pública la construcción del Libramiento Villahermosa, en los inmuebles con superficie total de 32,014.92 metros cuadrados, ubicado en los municipios de Centro y Nacajuca, Estado de Tabasco, comprendida en veintitrés fracciones, localizada entre los kilómetros 1+263.04 al 23+303.42, con origen de cadenamiento en el Entronque Loma de Caballo kilómetro 0+800.00 igualdad de cadenamiento con kilómetro 158+800.00 de la carretera CoatzacoalcosâVillahermosaâCiudad del Carmen, y cuyos datos se localización son los siguientes:
FRACCIÓN I.
Se afecta una superficie de 4,130.25 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 1+263.04 al 1+345.51, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=496,387.397, Y=1'988,121.112, continúa tangente de 66.44 m. y AZAC=169 °57'19.03" hasta el vértice 2, continúa tangente de 66.29 m. y AZAC=266 °06'03.52" hasta el vértice 3, continúa tangente de 66.07 m. y AZAC=356 °28'22.29" hasta el vértice 4, continúa tangente de 58.75 m. y AZAC=86 °06'47.20" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN II.
Se afecta una superficie de 470.55 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 15+736.42 al 15+756.03, ubicada en el Municipio de Nacajuca, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=506,355.060, Y=1'998,092.367, continúa tangente de 14.00 m. y AZAC=169 °36'40.30" hasta el vértice 2, continúa tangente de 37.50 m. y AZAC=94 °24'33.04" hasta el vértice 3, continúa tangente de 11.00 m. y AZAC=358 °21'17.97" hasta el vértice 4, continúa tangente de 40.00 m. y AZAC=278 °07'54.23" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN III.
Se afecta una superficie de 217.74 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 15+774.56 al 15+784.80, ubicada en el Municipio de Nacajuca, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=506,391.051, Y=1'998,106.382, continúa tangente de 15.00 m. y AZAC=169 °36'40.24" hasta el vértice 2, continúa tangente de 15.00 m. y AZAC=98 °07'54.25" hasta el vértice 3, continúa tangente de 15.00 m. y AZAC=349 °36'40.24" hasta el vértice 4, continúa tangente de 15.00 m. y AZAC=278 °07'54.74" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN IV.
Se afecta una superficie de 1,529.54 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 15+859.27 al 15+881.43, ubicada en el Municipio de Nacajuca, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=506,427.117, Y=1'998,156.838, continúa tangente de 69.41 m. y AZAC=59 °20'42.39" hasta el vértice 2, continúa tangente de 54.17 m. y AZAC=185 °30'55.73" hasta el vértice 3, continúa tangente de 57.57 m. y AZAC=288 °46'38.13" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN V.
Se afecta una superficie de 180.05 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 15+926.38 al 15+948.97 lado derecho, ubicada en el Municipio de Nacajuca, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=506,536.939, Y=1'998,151.644, continúa tangente de 19.67 m. y AZAC=05 °39'21.90" hasta el vértice 2, continúa tangente de 19.65 m. y AZAC=116 °34'09.26" hasta el vértice 3, continúa tangente de 22.29 m. y AZAC=241 °04'28.64" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN VI.
Se afecta una superficie de 4,420.75 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 21+407.95 al 21+472.14, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,151.130, Y=1'998,218.516, continúa tangente de 92.58 m. y AZAC=278 º58'27.68" hasta el vértice 2, continúa tangente de 12.04 m. y AZAC=328 º22"54.62" hasta el vértice 3, continúa tangente
de 25.68 m. y AZAC=326 º14'01.59" hasta el vértice 4, continúa tangente de 21.05 m. y AZAC=23 º39'55.87" hasta el vértice 5, continúa tangente de 74.97 m. y AZAC=98 º45'05.22" hasta el vértice 6, continúa tangente de 7.79 m. y AZAC=148 º18'31.18" hasta el vértice 7, continúa tangente de 20.73 m. y AZAC=150 º41'55.06" hasta el vértice 8, continúa tangente de 20.64 m. y AZAC=151 º54'12.11" hasta el vértice 9, continúa tangente de 10.47 m. y AZAC=153 º21'36.77" hasta el vértice 10, continúa tangente de 1.83 m. y AZAC=153 º21'36.77" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN VII.
Se afecta una superficie de 6,625.47 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 17+823.14 al 17+960.06, ubicada en el Municipio de Nacajuca, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=507,633.826, Y=1'998,677.754, continúa tangente de 73.02 m. y AZAC=158 °43'12.59" hasta el vértice 2, continúa tangente de 12.68 m. y AZAC=28 °21'59.18" hasta el vértice 3, continúa tangente de 21.20 m. y AZAC=28 °21'33.76" hasta el vértice 4, continúa tangente de 39.23 m. y AZAC=78 °33'37.62" hasta el vértice 5, continúa tangente de 20.87 m. y AZAC=86 °35'39.25" hasta el vértice 6, continúa tangente de 17.07 m. y AZAC=97 °38'32.42" hasta el vértice 7, continúa tangente de 15.79 m. y AZAC=64 °51'38.12" hasta el vértice 8, continúa tangente de 17.30 m. y AZAC=42 °25'10.47" hasta el vértice 9, continúa tangente de 18.15 m. y AZAC=34 °43'28.48" hasta el vértice 10, continúa tangente de 16.86 m. y AZAC=14 °12'24.85" hasta el vértice 11, continúa tangente de 163.23 m. y AZAC=263 °56'18.97" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN VIII.
Se afecta una superficie de 1,301.48 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 21+472.14 al 21+490.72, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,156.532, Y=1'998,202.897, continúa tangente de 88.18 m. y AZAC=278 °58'27.68" hasta el vértice 2, continúa tangente de 11.41 m. y AZAC=329 °38'21.80" hasta el vértice 3, continúa tangente de 7.11 m. y AZAC=328 °22'54.62" hasta el vértice 4, continúa tangente de 0.48 m. y AZAC=328 °22'27.68" hasta el vértice 5, continúa tangente de 90.56 m. y AZAC= 98 °58'27.68" hasta el vértice 6, continúa tangente de 9.47 m. y AZAC= 155 ° 50'33.01" hasta el vértice 7, continúa tangente de 8.10 m. y AZAC=154 °13'42.82" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN IX.
Se afecta una superficie de 4,211.60 metros cuadrados, correspondiente al predio denominado La Esperanza, localizada entre los kilómetros 22+697.247 al 22+871.479, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,756.584, Y=1'997,992.403, continúa tangente de 170.08 m. y AZAC=327 °59'42.09" hasta el vértice 2, continúa tangente de 4.14 m. y AZAC=30 °26'23.13" hasta el vértice 3, continúa tangente de 18.25 m. y AZAC=58 °32'25.27" hasta el vértice 4, continúa tangente de 95.05 m. y AZAC=145 °29'36.69" hasta el vértice 5, continúa tangente de 62.27 m. y AZAC= 145 °29'36.68" hasta el vértice 6, continúa tangente de 32.30 m. y AZAC= 211 °01'11.63" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN X.
Se afecta una superficie de 42.03 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+016.37 al 23+026.19, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,912.288, Y=1'996,942.635, continúa tangente de 9.82 m. y AZAC=141 °06'49.70" hasta el vértice 2, continúa tangente de 8.56 m. y AZAC=52 °31'53.43" hasta el vértice 3, continúa tangente de 13.19 m. y AZAC=280 °39'26.52" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XI.
Se afecta una superficie de 2,004.99 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+070.39 al 23+127.72 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,787.719, Y=1'996,771.337, continúa tangente de 23.30 m. y AZAC=230 °35'17.59" hasta el vértice 2, continúa tangente de 9.22 m. y AZAC=140 °53'54.55" hasta el vértice 3, continúa tangente de 14.72 m. y AZAC=229 °57'37.75" hasta el vértice 4, continúa tangente de 46.19 m. y AZAC=141 °03'59.58" hasta el vértice 5 continúa tangente de 37.92 m. y AZAC= 53 °14'41.79" hasta el vértice 6, continúa tangente de 57.33 m. y AZAC=321 °09'52.13" hasta el 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XII.
Se afecta una superficie de 180.44 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+097.31 al 23+126.10 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,787.545, Y=1'996,699.700, continúa tangente de 7.17 m. y AZAC=53 °15'07.10" hasta el vértice 2, continúa tangente de 28.79 m. y AZAC=321 °03'59.58" hasta el vértice 3, continúa tangente de 10.03 m. y AZAC=187 °11'55.62" hasta el vértice 4, continúa tangente de 21.57 m. y AZAC=140 °53'38.45" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
 
FRACCIÓN XIII.
Se afecta una superficie de 182.04 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+105.81 al 23+126.10 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,771.728, Y=1'996,687.890, continúa tangente de 14.75 m. y AZAC=53 °15'07.36" hasta el vértice 2, continúa tangente de 17.48 m. y AZAC=321 °23'41.17" hasta el vértice 3, continúa tangente de 17.54 m. y AZAC=199 °23'15.90" hasta el vértice 4, continúa tangente de 7.71 m. y AZAC= 140 °25'08.55" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XIV.
Se afecta una superficie de 37.26 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+117.24 al 23+124.95 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,766.920, Y=1'996,684.300, continúa tangente de 6.00 m. y AZAC=53 °15'07.10" hasta el vértice 2, continúa tangente de 7.71 m. y AZAC=320 °25'08.55" hasta el vértice 3, continúa tangente de 6.57 m. y AZAC=206 °44'37.58" hasta el vértice 4, continúa tangente de 4.78 m. y AZAC= 140 °07'39.62" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XV.
Se afecta una superficie de 332.94 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+196.04 al 23+208.48 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,830.147, Y=1'996,643.800, continúa tangente de 23.37 m. y AZAC=237 °46'06.74" hasta el vértice 2, continúa tangente de 6.33 m. y AZAC=141 °33'39.00" hasta el vértice 3, continúa tangente de 31.75 m. y AZAC=93 °19'27.14" hasta el vértice 4, continúa tangente de 24.95 m. y AZAC=320 °32'11.52" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XVI.
Se afecta una superficie de 1,051.87 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+198.89 al 23+244.03 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,850.020, Y=1'996,636.330, continúa tangente de 23.49 m. y AZAC=237 °46'06.74" hasta el vértice 2, continúa tangente de 45.14 m. y AZAC=140 °32'11.52" hasta el vértice 3, continúa tangente de 23.49 m. y AZAC=57 °45'57.83" hasta el vértice 4, continúa tangente de 5.82 m. y AZAC=320 °27'25.01" hasta el vértice 5, continúa tangente de 39.32 m. y AZAC=320 °32'53.25" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XVII.
Se afecta una superficie de 567.33 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+213.12 al 23+259.66 lado izquierdo, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=512,109.203, Y=1'996,789.292, continúa tangente de 11.96 m. y AZAC=54 °57'26.52" hasta el vértice 2, continúa tangente de 47.68 m. y AZAC=321 °40'42.86" hasta el vértice 3, continúa tangente de 12.15 m. y AZAC=229 °32'31.18" hasta el vértice 4, continúa tangente de 46.54 m. y AZAC=141 °27'05.83" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XVIII.
Se afecta una superficie de 199.90 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+242.07 al 23+251.06 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,902.698, Y=1'996,634.976, continúa tangente de 9.00 m. y AZAC=332 °30'50.06" hasta el vértice 2, continúa tangente de 21.55 m. y AZAC=56 °31'08.24" hasta el vértice 3, continúa tangente de 9.00 m. y AZAC=143 °03'12.86" hasta el vértice 4, continúa tangente de 22.70 m. y AZAC=236 °36'01.63" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XIX.
Se afecta una superficie de 103.79 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+244.03 al 23+263.98 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,878.710, Y=1'996,621.481, continúa tangente de 19.95 m. y AZAC=140 °27'25.01" hasta el vértice 2, continúa tangente de 15.40 m. y AZAC=294 °22'38.64" hasta el vértice 3, continúa tangente de 8.28 m. y AZAC=294 °38'41.26" hasta el vértice 4, continúa tangente de 10.46 m. y AZAC=57 °45'57.83" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
 
FRACCIÓN XX.
Se afecta una superficie de 212.57 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+251.06 al 23+260.06 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,902.948, Y=1'996,635.142, continúa tangente de 22.70 m. y AZAC=56 °36'01.63" hasta el vértice 2, continúa tangente de 9.00 m. y AZAC=143 °03'12.86" hasta el vértice 3, continúa tangente de 24.95 m. y AZAC=236 °54'53.46" hasta el vértice 4, continúa tangente de 9.00 m. y AZAC= 337 °13'11.67" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XXI.
Se afecta una superficie de 408.65 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+267.69 al 23+287.65 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,909.253, Y=1'996,615.858, continúa tangente de 19.98 m. y AZAC=138 °12'48.99" hasta el vértice 2, continúa tangente de 20.62 m. y AZAC=230 °22'26.99" hasta el vértice 3, continúa tangente de 20.28 m. y AZAC=320 °06'43.54" hasta el vértice 4, continúa tangente de 19.99 m. y AZAC=51 °18'12.74" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XXII.
Se afecta una superficie de 3,128.00 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+270.05 al 23+352.43 lado Izquierdo, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=512,048.680, Y=1'996,726.520, continúa tangente de 45.96 m. y AZAC=141 °00'19.13" hasta el vértice 2, continúa tangente de 36.42 m. y AZAC=141 °29'09.48" hasta el vértice 3, continúa tangente de 3.68 m. y AZAC=03 °20'43.29" hasta el vértice 4, continúa tangente de 9.39 m. y AZAC=08 °03'27.26" hasta el vértice 5, continúa tangente de 12.42 m. y AZAC=14 °57'09.67" hasta el vértice 6, continúa tangente de 13.11 m. y AZAC=18 °41'26.77" hasta el vértice 7, continúa tangente de 24.08 m. y AZAC=18 °49'21.30" hasta el vértice 8, continúa tangente de 1.47 m. y AZAC=321 °46'15.87" hasta el vértice 9, continúa tangente de 14.02 m. y AZAC=321 °41'28.55" hasta el vértice 10, continúa tangente de 13.81 m. y AZAC=321 °31'41.27" hasta el vértice 11, continúa tangente de 14.07 m. y AZAC=321 °34'55.00" hasta el vértice 12, continúa tangente de 25.15 m. y AZAC=235 °45'36.66" hasta el vértice 13, continúa tangente de 25.95 m. y AZAC=232 °29'55.35" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
FRACCIÓN XXIII.
Se afecta una superficie de 475.68 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+300.38 al 23+303.42 lado derecho, ubicada en el Municipio de Centro, Tabasco. Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,952.380, Y=1'996,608.850, continúa tangente de 24.65 m. y AZAC=236 °41'13.02" hasta el vértice 2, continúa tangente de 19.81 m. y AZAC=140 °39'29.69" hasta el vértice 3, continúa tangente de 24.41 m. y AZAC=55 °07'44.69" hasta el vértice 4, continúa tangente de 19.13 m. y AZAC=321 °10'35.17" hasta el vértice 1 lugar donde se cierra la poligonal descrita.
La amplitud del derecho de vía es de 60.00 m. en forma constante, correspondiendo 30.00 m. a cada lado del eje del camino.
Los planos de las áreas y el expediente formado con motivo de la presente Declaratoria, están a disposición de quienes justifiquen ser interesados, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ubicada en Avenida Universidad esquina Xola, sin número, Cuerpo C, Planta Baja, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, C.P. 03020, en México, Distrito Federal.
SEGUNDO.- Notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorar quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos de notificación personal.
TERCERO.- Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de que se les notifique o bien se realice la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes, lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.
Dado en la Ciudad de México, a 28 de enero de 2015.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.
 
 

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