ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria y Ajuste de su Presupuesto para el ejercicio fiscal 2015 ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria y Ajuste de su Presupuesto para el ejercicio fiscal 2015.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EXPIDE LOS LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA Y AJUSTE DE SU PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16, último párrafo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto y vigésimo, fracciones I y II y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 5, fracción I, incisos b) y e), 21, último párrafo, 61, párrafos primero y segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2014, 15, fracción LXIII, 16, 20, fracción XIV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como 1 y 6, fracciones XXV y XXXVII, y 19, fracción VI del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en lo sucesivo, "Instituto", es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los términos que fijen las leyes, además de ser autoridad en materia de competencia económica en dichos sectores;
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su artículo 1 establece que los sujetos obligados deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género;
Que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014, el cual establece en su artículo 16, último párrafo que los entes autónomos deberán implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en sus respectivas páginas de Internet, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro; y que asimismo, reportarán en los Informes Trimestrales las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorros obtenidos.
Que el Presupuesto de Egresos autorizado al Instituto Federal de Telecomunicaciones para el Ejercicio Fiscal 2015 representa una disminución del 3.7% en términos reales respecto a su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2014;
Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, anunció(1) la disminución a los ingresos de la Federación para el ejercicio previstos en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, derivado de la caída del precio del Petróleo en un cincuenta y nueve por ciento, con respecto de la estimación con base en la cual se elaboró la mencionada Ley, y en consecuencia, ajustó al gasto del Gobierno Federal en el 2015 como medida preventiva para enfrentar un entorno de volatilidad en el mediano plazo;
Que al Instituto, como ente constitucional autónomo, le corresponde coadyuvar al cumplimiento de las normas de disciplina presupuestaria implementadas en la Administración Pública Federal, de conformidad con las facultades que tiene establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás normas aplicables;
Que es propósito del Instituto ajustar su presupuesto y optimizar su ejercicio sin detrimento de los programas sustantivos, operativos, administrativos y metas autorizados, en concordancia con las disposiciones señaladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y en coadyuvancia a las normas de disciplina presupuestaria implementadas por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
EXPIDE LOS LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA Y AJUSTE DE SU
PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015
El presente Acuerdo tiene por objeto ajustar el Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2015 del Instituto Federal de Telecomunicaciones en cumplimiento a lo establecido en los artículos 5, fracción I, inciso e) y 21, último párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y establecer las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria de la gestión del Instituto Federal de Telecomunicaciones a que se refiere el último párrafo del artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados, con el que se pretende alcanzar un ahorro de $85'440,000.00 (Ochenta y cinco millones cuatrocientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.).
Los ahorros presupuestarios provenientes de las medidas que se establecen, deberán destinarse a los programas prioritarios del Instituto Federal de Telecomunicaciones, en términos de lo establecido en el artículo 61, párrafos primero y segundo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
I. DISPOSICIONES GENERALES
ÁMBITO ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN
1. Las disposiciones contempladas en los presentes Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria serán de observancia general y obligatoria para las Unidades Administrativas del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
2. Los Titulares de las Unidades Administrativas son responsables del cumplimiento de los programas presupuestarios a su cargo, así como del ejercicio del presupuesto aprobado a sus unidades administrativas y deberán vigilar que las erogaciones que realicen se apeguen a principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género; al presupuesto autorizado y que se lleven a cabo conforme a los presentes Lineamientos.
DEFINICIONES
3. Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
a) DGAODCH.- Dirección General de Administración, Organización y Desarrollo de Capital Humano.
b) DGARMSG.- Dirección General de Adquisiciones, Recursos Materiales y Servicios Generales.
c) DGFPC.- Dirección General de Finanzas, Presupuesto y Contabilidad.
d) DGTIC.- Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
e) Estatuto.- Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
f) Instituto o IFT.- Instituto Federal de Telecomunicaciones.
g) Lineamientos.- Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Austeridad y Disciplina Presupuestaria y ajuste de su Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2015.
h) PEF 2015.- Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.
i) Pleno.- Órgano máximo de Gobierno del Instituto.
j) Presidente.- Presidente del IFT.
k) UADM.- Unidad de Administración del IFT.
l) UA.- Presidente del IFT, Pleno, la Secretaría Técnica, la Coordinación Ejecutiva, la Autoridad Investigadora, el Centro de Estudios y las Unidades y Coordinaciones Generales señaladas en el artículo 4, fracciones V y VIII, respectivamente, del Estatuto, así como la Contraloría Interna del IFT.
II. AJUSTE EN REDUCCIÓN AL PRESUPUESTO
Derivado de la implementación de las normas de disciplina presupuestaria en la Administración Pública Federal por la disminución de los ingresos determinados en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y la necesaria coadyuvancia de los entes autónomos ordenada por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se determina un ajuste en reducción al presupuesto autorizado del Instituto Federal de Telecomunicaciones para el Ejercicio Fiscal de 2015 por la cantidad de $85'440,000.00
(Ochenta y cinco millones cuatrocientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) equivalente al 4.27% de su presupuesto original aprobado.
Los recursos que se originen de la aplicación del ajuste al presupuesto contemplado en este apartado se reintegraran a la Tesorería de la Federación una vez que hayan sido generados conforme al apartado III.
III. MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO PARA EL EJERCICIO 2015 DISPOSICIONES EN MATERIA DE SERVICIOS PERSONALES
1. Se generarán ahorros en la partida de sueldos y salarios así como en el gasto en plazas eventuales y por honorarios principalmente por vacancia. La DGAODCH autorizará la ocupación de plazas vacantes, únicamente cuando se cumplan los procedimientos establecidos para el reclutamiento y selección de personal para la ocupación de la plaza. La ocupación de dichas plazas se realizará de forma gradual con la finalidad de generar ahorros que contribuyan al cumplimiento del monto mencionado en el apartado II.
2. Los sueldos y salarios, así como las prestaciones económicas o en especie, deberán ajustarse a lo establecido en el Manual de percepciones para los servidores públicos del Instituto Federal de Telecomunicaciones para el ejercicio fiscal 2015.
MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA REDUCIR EL GASTO DE OPERACIÓN
3. Las UA reducirán el gasto por concepto de comisiones nacionales y al extranjero respecto a los montos originalmente aprobados, así como el número de participantes al mínimo indispensable.
4. Se reducirá el gasto en comunicación social, y se sujetará a lo dispuesto en el artículo 17 del PEF 2015.
5. Las UA reducirán las erogaciones por concepto de orden social, así como los destinados a la realización de congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales, simposios o cualquier otro tipo de foro o evento análogo.
6. La adquisición y los arrendamientos de inmuebles procederán exclusivamente para cubrir el déficit de espacios físicos disponibles para el personal requerido para desarrollar las funciones y atribuciones que tiene el Instituto y previo análisis costo beneficio.
7. Para el ejercicio fiscal 2015, se autorizarán erogaciones para la remodelación de oficinas únicamente cuando tengan como objeto una ocupación más eficiente de los espacios, a efecto de reducir las necesidades de adquisición o arrendamiento de inmuebles y para aquellos inmuebles arrendados destinados a cubrir el déficit de espacios físicos disponibles para el personal requerido en el desarrollo de las nuevas funciones y atribuciones que tiene el Instituto derivado de la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. De igual forma, se autorizarán las remodelaciones a los espacios que requieran medidas de seguridad específicas para que las UA puedan desempeñar sus funciones o brindar mejor atención al público, remodelaciones que tenga como objeto adaptar espacios para que el Instituto cumpla con su mandato y las que se destinen para reparar daños provenientes de casos fortuitos.
8. En materia de control vehicular se adoptarán las siguientes medidas:
a) La DGARMSG procurará contratar servicios integrales de transporte vehicular y/o arrendar vehículos que resulten estrictamente indispensables para cubrir las necesidades de transportación del Instituto, para sustituir aquellos que se encuentren en mal estado y su operación sea demasiado costosa, y para cubrir las bajas por siniestro;
b) Las UA propiciarán el uso eficiente del parque vehicular, así como el cumplimiento oportuno de los programas de mantenimiento preventivo, correctivo y de verificación vehicular, para contribuir en la disminución del consumo de combustibles y lubricantes;
c) En el ejercicio fiscal 2015 no se podrán adquirir vehículos distintos a los destinados a la modernización de la flota empleada para el Sistema de Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico, de conformidad con el proyecto de inversión correspondiente, y
d) La DGARMSG incluirá en el Programa de Disposición Final y Baja de Bienes Muebles la baja de vehículos que hayan cumplido su vida útil y cuyo costo de mantenimiento resulte oneroso. La enajenación de estos bienes se llevará conforme a los procedimientos de disposición final establecidos en las Normas en materia de administración, control y enajenación de bienes muebles y para la adquisición, arrendamiento y enajenación de bienes inmuebles del Instituto;
9. La DGARMSG realizará las gestiones necesarias para suscribir un Convenio de Colaboración con la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, a efecto de donar el deshecho de papel y de cartón que se genere por la depuración de archivos. Lo anterior, con el fin de apoyar en la elaboración de material educativo y contribuir a la mejora del medio ambiente.
10. Para el ejercicio fiscal 2015, procederá la adquisición de mobiliario sólo cuando sea indispensable cubrir algún déficit, así como aquel que resulte necesario para sustituir las bajas por obsolescencia o que sea necesario para una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles.
11. La Unidad de Administración promoverá una cultura de sustentabilidad y responsabilidad ambiental, a partir del mes de abril, a través de la implementación de un programa que incluya prácticas y procesos integrales que permitan el ahorro de recursos naturales y materiales a corto plazo, que sean medibles, como es la adquisición de productos y servicios de bajo impacto ambiental, ahorro y eficiencia energética, consumo responsable del agua y materiales y útiles de oficina, reutilización y reciclado, campañas de concientización, entre otros, con el fin de generar hábitos sustentables en el personal del Instituto.
12. Se dará preeminencia al uso de medios digitales para la difusión de las publicaciones para el cumplimiento de las funciones sustantivas del Instituto. Sólo se autorizará la edición e impresión de libros y publicaciones que sean estrictamente necesarias, o bien, cuando así esté previsto en algún ordenamiento administrativo. En ambos casos, se imprimirá únicamente el tiraje necesario.
13. La DGTIC promoverá el uso de ambientes colaborativos de trabajo que utilicen carpetas electrónicas compartidas que, a su vez, eliminen o reduzcan al máximo la necesidad de elaborar copias de conocimiento, así como copias impresas de documentos de trabajo. Se promoverá que la comunicación interna entre servidores públicos del IFT, así como la comunicación de los servidores públicos con actores externos, se lleve a cabo mediante el uso de correo electrónico, cuando la comunicación se pueda realizar por este medio y se evitará en lo posible las comunicaciones impresas y el envío de correspondencia.
14. El Instituto promoverá la contratación consolidada de bienes y servicios incluyendo telefonía, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, fotocopiado, limpieza, vigilancia, seguros de bienes patrimoniales, vales de despensa, suministro de artículos de papelería, útiles de oficina y cafetería, entre otros. De igual forma, se procurará la incorporación a las contrataciones consolidadas y contratos marco que lleven a cabo otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con el fin de obtener ahorros y mejores condiciones para el Instituto en cuanto a calidad, precio y oportunidad.
15. Se realizarán acciones para la sustitución de luminarias, la instalación de sensores de presencia para encendido y apagado automático de luces, medidas operativas y tecnológicas encaminadas a reducir el consumo de agua y energía en los inmuebles, entre otras.
16. En el caso de los servicios de telefonía móvil, se procurará reducir su uso, privilegiando en la medida de lo posible la comunicación entre servidores públicos a través de otros medios.
17. Se deberá privilegiar la contratación de servicios integrales en materia de impresión y fotocopiado, cuando esto permita obtener ahorros y mejores condiciones para el Instituto en cuanto a calidad, precio y oportunidad.
18. Se dará preminencia a la impresión de documentos con la opción a doble cara, reduciendo el consumo de hojas al mínimo indispensable.
19. El uso de los servicios de impresión deberá limitarse a la atención de asuntos relacionados con las funciones del personal de las UA.
20. Se deberá evitar la impresión de publicaciones completas como Diarios Oficiales, boletines, estudios, entre otras, privilegiando la consulta del material en formato electrónico.
21. Se habilitará la impresión de documentos utilizando la credencial institucional, siendo responsabilidad de cada usuario el uso racional y eficiente de los servicios de impresión.
22. Se deberá privilegiar la configuración de ahorro de energía de los equipos de cómputo, así como la práctica de apagado en los horarios no laborales.
23. Para el servicio de llamadas a través de telefonía fija, se establecerán controles de medición y restricciones de acceso (larga distancia internacional y llamadas a celular).
24. De la misma forma, se deberá dar preferencia a la reutilización de hojas de papel y materiales de oficina, a optimizar el uso de cuadernos y libretas y sustituir el uso de papel en todas estas formas, por medios electrónicos.
25. Dentro del Programa de Disposición Final y Baja de Bienes Muebles se instrumentarán acciones para la enajenación de aquellos bienes muebles no útiles u obsoletos, ociosos o innecesarios para el desarrollo de las funciones institucionales.
26. Las UA deberán ajustar sus acciones al presupuesto autorizado y no aprobar ni contraer compromisos, ni acordar erogaciones que impidan el cumplimiento de los programas encomendados. Sin excepción, todo compromiso deberá disponer de la suficiencia presupuestal respectiva.
27. Las UA serán responsables de dar seguimiento a la guarda y custodia de los archivos integrados en el cumplimiento de sus atribuciones, así como de llevar a cabo en tiempo y forma las transferencias correspondientes a los archivos de concentración e histórico, a efecto de lograr un mejor aprovechamiento de los espacios destinados al almacenamiento y resguardo. Se promoverá la digitalización de series documentales históricas una vez que se haya cumplido su plazo de conservación en el archivo de concentración. Lo anterior, se deberá llevar a cabo por cada UA atendiendo a las normas y lineamientos para la administración y manejo de archivos establecidos por el Instituto.
28. Los presentes Lineamientos permitirán cumplir con el monto de reducción del Presupuesto autorizado al Instituto para el Ejercicio Fiscal 2015 a que se refiere el apartado II de los presentes Lineamientos. Las UA con la participación que corresponda a la UADM integrará el monto de ahorro por UA que se debe alcanzar para tales efectos.
Las economías y ahorros generadas como producto de la aplicación de los presentes Lineamientos no se consideran regularizables para el ejercicio 2016 por lo que no afectaran la estructura del Instituto, sus Unidades Administrativas y los proyectos del Instituto.
IV. TRANSPARENCIA
1. La DGFPC deberá reportar en los informes trimestrales a que se refiere el artículo 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los avances, las medidas y acciones adoptadas, así como los montos de ahorro obtenidos, derivado de la aplicación de los presentes Lineamientos.
2. La DGFPC a través del Portal de Transparencia del Instituto, deberá publicar a más tardar a los 30 días naturales de terminado el trimestre que corresponda, la información mencionada en el numeral anterior.
3. La Contraloría Interna del IFT podrá dar seguimiento al cumplimiento de los presentes Lineamientos.
V. DISPOSICIONES FINALES
1. Corresponderá al Titular de la UADM, proponer al Presidente las medidas necesarias para la aplicación de los Lineamientos y para la resolución de los casos no previstos en los mismos.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Presidente, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar.- Rúbrica.- Los Comisionados: Luis Fernando Borjón Figueroa, Ernesto Estrada González, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario Germán Fromow Rangel, Adolfo Cuevas Teja.- Rúbricas.
El presente Acuerdo fue aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su XIII Sesión Extraordinaria, celebrada el 23 de febrero de 2015, por unanimidad de votos de los Comisionados presentes Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Luis Fernando Borjón Figueroa, Ernesto Estrada González, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario Germán Fromow Rangel y Adolfo Cuevas Teja; con fundamento en los párrafos vigésimo, fracciones I y III; y vigésimo primero, del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 7, 16 y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; así como en los artículos 1, 7, 8 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto
Federal de Telecomunicaciones, mediante Acuerdo P/IFT/EXT/230215/50.
1 Fuente: http://transparenciapresupuestaria.gob.mx/es/PTP/Infografia
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