DOF: 04/03/2015
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE MODIFICA EL SIMILAR QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DEL PROPIO CONSEJO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. Que de conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Que es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. Que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de diez de febrero de dos mil quince, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 86/2009, sostuvo que el diseño de las normas relativas a las guarderías, como son los Centros de Desarrollo Infantil, entre otros, debe atender a un modelo de inclusión sin que, en consecuencia, exista discriminación alguna, acorde con los derechos de las personas con discapacidad.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO. A partir de esta fecha y para los efectos de la posterior y pronta emisión de la normativa relativa al Capítulo Cuarto, intitulado "Centros de Desarrollo Infantil", del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, que coincida con un modelo de inclusión y no discriminación en sentido alguno, atento a los instrumentos nacionales e internacionales aplicables, se determina la inmediata revisión de dicha normativa.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se derogan los artículos 129, fracción IV; 132; 137; 200, segundo párrafo; 214, fracción IV; 220, fracción VI; 221, fracciones I y II; y, 222, fracciones VII y XI.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que dentro de los quince días hábiles siguientes a la aprobación del presente Acuerdo, someta a la consideración del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal las adecuaciones al Capítulo Cuarto, intitulado "Centros de Desarrollo Infantil", del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo.
CUARTO. En tanto el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal apruebe las adecuaciones a que se refiere el transitorio tercero de este acuerdo, cualquier cuestión relacionada con la atención de los centros de desarrollo infantil será planteada a través de la Dirección General de Servicios Médicos y Desarrollo Infantil, y resuelta por la Dirección General de la Presidencia, previo acuerdo con el Presidente del Consejo de la Judicatura Federal.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión ordinaria de veinticinco de febrero de dos mil quince, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- México, Distrito Federal, a veinticinco de febrero de dos mil quince.-
Conste.- Rúbrica.
 

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