ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 4, 5, 6 fracción IX, 11, 14, 31, 32 y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2014, y
CONSIDERANDO
Que con motivo de las reformas a la Ley Federal del Trabajo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, se incorporaron nuevas disposiciones para fortalecer la regulación de la prestación del servicio de colocación de trabajadores;
Que el 21 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, el cual tiene como propósito armonizar las disposiciones del Reglamento con las de la Ley Federal del Trabajo;
Que en el artículo Segundo Transitorio del Decreto citado, se prevé que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá realizar las modificaciones pertinentes al Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos, a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2006, y expedir los Lineamientos a que se refiere la fracción VII del artículo 23 del Reglamento;
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los actos administrativos de carácter general, tales como acuerdos, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas y manuales, que expidan las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos, y
Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en dichos ordenamientos, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN Y LOS
FORMATOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS, A QUE SE REFIERE EL
REGLAMENTO DE AGENCIAS DE COLOCACIÓN DE TRABAJADORES
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos, a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores.
ARTÍCULO SEGUNDO. La interpretación administrativa del presente Acuerdo corresponderá a las unidades administrativas de la Secretaría, en el ámbito de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO TERCERO. Para los efectos de este Acuerdo, además de lo dispuesto por el artículo 2 del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, se entenderá por:
I. CGSNE: Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo;
II. Delegación: Delegación Federal del Trabajo de la entidad federativa correspondiente;
III. Oficina: Oficina Federal del Trabajo de la entidad federativa correspondiente;
IV. Reglamento: Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores;
V. Subdelegación: Subdelegación Federal del Trabajo de la entidad federativa correspondiente, y
VI. SNE: Servicio Nacional de Empleo de la entidad federativa correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO. La información de los trámites y los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, podrán obtenerse a través de las páginas de Internet www.stps.gob.mx de la Secretaría, y www.cofemer.gob.mx de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Los formatos podrán reproducirse libremente, siempre y cuando no se altere su contenido y la impresión de los mismos se haga en hojas blancas tamaño carta.
La CGSNE y las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas de la Secretaría, deberán tener a disposición de quienes lo soliciten, los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, en forma impresa.
La información derivada de los trámites y formatos será objeto de análisis y seguimiento por parte de las unidades administrativas de la Secretaría, a fin de que, en el ámbito de su competencia, ejerzan las facultades que correspondan.
CAPÍTULO II
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
De la autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con
fines de lucro
ARTÍCULO QUINTO. La autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro, para efectos de lo dispuesto por el artículo 23 del Reglamento, se realizará conforme al siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. Las personas interesadas en constituirse como agencia de colocación de trabajadores con fines de lucro deberán presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-1 "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las Agencias de Colocación de trabajadores con fines de lucro".
Dicho formato debe ser llenado con la siguiente información:
A. Datos generales:
a) Nombre, denominación o razón social, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
b) Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz);
c) Registro Federal de Contribuyentes;
d) Domicilio (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o delegación política);
e) Teléfono(s) y correo(s) electrónico(s);
Si se trata de persona moral, adicionalmente deberá anotar:
f) Número del Acta Constitutiva de la empresa, así como la fecha de su protocolización, y
g) Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
B. Fecha de inicio de operaciones: Fecha en la que la agencia de colocación con fines de lucro comienza a prestar sus servicios;
C. Tarifa: Monto que pretende cobrar a los empleadores que contraten sus servicios, o los rangos en que ésta fluctuará;
D. Sucursales: En caso de que la agencia de colocación con fines de lucro tenga sucursales al momento de registrarse en la Secretaría, deberá anotar la cantidad de sucursales y presentar también el Formato AC-3 "Inscripción de sucursales de las agencias de colocación de trabajadores" al que hace referencia el artículo Octavo del presente Acuerdo, junto con la documentación referida, y
E. Nombre y firma de quien fungirá como el representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar los siguientes documentos, en original y copia:
A. Identificación oficial de quien fungirá como titular de la agencia;
B. Identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación;
C. Constancia de domicilio de la agencia (casa matriz);
D. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;
Si se trata de persona moral, adicionalmente deberá presentar:
E. Original o copia certificada de la escritura pública en la que se protocolizó el acta constitutiva y sus reformas, si es el caso, y
F. Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
De la autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con
fines de lucro, que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un
empleo concreto en el exterior de duración determinada
ARTÍCULO SEXTO. La autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro que recluten y seleccionen trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior, de duración determinada, conforme el artículo 28-B de la Ley, para efectos de lo dispuesto por los artículos 9 Bis y 23 del Reglamento, se realizará conforme al siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. Las personas interesadas en constituirse como agencia de colocación deberán presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-1 "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", con la información detallada en el artículo Quinto, fracción I, y anotar adicionalmente los siguientes datos:
A. Especificar si la agencia va a reclutar y seleccionar trabajadores mexicanos para colocarlos en un empleo concreto fuera del país, y
B. Especificar el o los lugares y el o los países a los cuales se tiene planeado enviar a los trabajadores mexicanos; la actividad para la que serían contratados, la duración promedio de los contratos de trabajo y el número estimado de trabajadores que se pretende colocar en el exterior.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar, adicionalmente a los detallados en el artículo Quinto, fracción II, los siguientes documentos:
A. Contrato modelo, en original y copia, que utilizará la agencia con los empleadores a los que prestará el servicio de reclutamiento, selección y envío de trabajadores mexicanos fuera del país, en el cual se describa la naturaleza del trabajo y servicios que desarrollaran dichos trabajadores. En este contrato modelo debe estar claramente especificado que el servicio de la agencia será totalmente gratuito para los trabajadores, y
B. Fianza o depósito, en original, que garantice el pago de los gastos de repatriación de los trabajadores mexicanos, en caso de que se incumplieran las condiciones de trabajo ofrecidas por el empleador en el exterior del país, conforme al Capítulo III del presente Acuerdo.
Del trámite
III. El Formato AC-1 "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", así como la documentación detallada en el artículo Quinto, fracción II, debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE.
En caso de que la agencia participe en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, presentará también la documentación detallada en la fracción II del presente artículo.
Por tanto, se aclara que las disposiciones del presente apartado "Del trámite" son generales, por lo que resultan aplicables tanto para lo dispuesto en el artículo Quinto como para el presente artículo;
IV. Cuando el Formato AC-1 y la documentación se entregue en las Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, éstas la turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite. El plazo para resolver las solicitudes, previsto en el artículo 24 del Reglamento, comenzará a correr a partir de que la Delegación reciba la documentación;
V. La Delegación analizará el Formato AC-1 y la documentación presentada y si detecta que la agencia de colocación no cumple con los requisitos a los que se refiere este artículo y el Quinto, informará a dicha agencia, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, cuáles son las deficiencias detectadas, para que sean subsanadas en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la notificación correspondiente. De no subsanarse las omisiones dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentada la solicitud de autorización y registro de funcionamiento;
VI. Si los datos del Formato AC-1 y la documentación cumplen con todos los requisitos, la Delegación expedirá la "Constancia de autorización de funcionamiento y registro de las agencias de colocación con fines de lucro" (AUT-1), documento que tendrá una vigencia de cinco años y que será imprescindible para que la agencia de colocación con fines de lucro pueda operar;
VII. Si la agencia de colocación también ha dado aviso de sucursales a través del Formato AC-3 al que hace referencia el artículo Octavo del presente Acuerdo, la Delegación le entregará la "Constancia de Inscripción de sucursales" (AUT-3), mencionado en dicho artículo Octavo del presente Acuerdo, por cada una de las sucursales registradas, y
VIII. La Delegación hará llegar una copia de la constancia AUT-1, y AUT-3 si es el caso, a la oficina del SNE, según corresponda al domicilio de la agencia de colocación, para su conocimiento.
Del aviso de constitución e inicio de funcionamiento de las agencias de colocación oficiales o
privadas sin fines de lucro
ARTÍCULO SÉPTIMO. Las agencias de colocación, oficiales o privadas, sin fines lucrativos, para efectos de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento, deberán dar aviso a la Secretaría de su constitución e inicio de funcionamiento, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. Las personas interesadas en constituirse como agencia de colocación deberán presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-2 "Aviso de constitución e inicio de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores sin fines de lucro", el cual deberá contener la siguiente información:
A. Datos generales de la agencia:
a) Nombre, denominación o razón social en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
b) Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz);
c) Registro Federal de Contribuyentes;
d) Domicilio (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o delegación política);
e) Teléfono(s) y correo(s) electrónico(s);
Si se trata de persona moral, adicionalmente deberá anotar:
f) Número del Acta Constitutiva de la empresa, así como la fecha de su protocolización, y
g) Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (optativo).
B. Fecha de inicio de operaciones: Fecha en la que la agencia de colocación sin fines de lucro comenzó a funcionar como tal;
C. Cuota de recuperación: Monto que pretenden cobrar a los empleadores para sufragar los gastos administrativos ocasionados por la prestación del servicio;
D. Sucursales: En caso de que la agencia de colocación sin fines de lucro tenga sucursales al momento de registrarse en la Secretaría, deberá anotar la cantidad de sucursales y presentar también el Formato AC-3 "Inscripción de sucursales de las agencias de colocación de trabajadores" al que hace referencia el artículo Octavo del presente Acuerdo y la documentación referida.
E. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar los siguientes documentos, en original y copia:
A. Identificación oficial de quien fungirá como titular de la agencia;
B. Identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación;
C. Constancia de domicilio de la agencia (casa matriz);
D. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;
Si se trata de persona moral, adicionalmente deberá presentar:
E. Original o copia certificada de la escritura pública en la que se protocolizó el acta constitutiva y sus reformas, si es el caso, y
F. Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Del trámite
III. El Formato AC-2 "Aviso de constitución e inicio de funcionamiento de las agencias de colocación sin fines de lucro", así como la documentación detallada en la fracción II del presente artículo, debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE;
IV. Cuando el Formato AC-2 y la documentación se entregue en las Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, éstas la turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite. El plazo para resolver las solicitudes comenzará a correr dentro de los quince días hábiles siguientes a partir de que la Delegación los reciba;
V. La Delegación analizará el Formato AC-2 y la documentación presentada y si detecta que la agencia de colocación no cumple con los requisitos a los que se refiere el presente artículo, le informará, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, cuáles son las deficiencias detectadas, para que sean subsanadas por la agencia en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la notificación correspondiente. De no subsanarse las omisiones dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentado el aviso de constitución e inicio de funcionamiento;
VI. Si los datos del Formato AC-2 y la documentación cumplen con todos los requisitos, la Delegación expedirá la "Constancia de registro de las agencias de colocación sin fines de lucro" (AUT-2), documento que tendrá una vigencia indefinida y que será imprescindible para que la agencia sin fines de lucro pueda operar;
VII. Si la agencia de colocación también ha dado aviso de sucursales a través del Formato AC-3 al que hace referencia el artículo Octavo del presente Acuerdo, la Delegación le entregará la "Constancia de Inscripción de sucursales" (AUT-3), mencionado en el artículo Octavo del presente Acuerdo, por cada una de las sucursales registradas, y
VIII. La Delegación hará llegar copia de la constancia AUT-2, y AUT-3 si es el caso, a la oficina del SNE, según corresponda al domicilio de la agencia de colocación, para su conocimiento.
De la inscripción de sucursales
ARTÍCULO OCTAVO. Las agencias de colocación, con o sin fines de lucro, o que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, que quieran establecer sucursales al momento de registrarse en la Secretaría o luego de haberlo realizado, para efectos de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento, deberán registrarlas en la Secretaría, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. La agencia de colocación deberá presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-3 "Inscripción de sucursales de las agencias de colocación de trabajadores" con los siguientes datos:
A. Datos generales de la agencia:
a) Nombre, denominación o razón social de la agencia de colocación, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
b) Entidad federativa donde se encuentra la agencia de colocación matriz;
c) Especificar si se trata de una agencia con fines de lucro, sin fines de lucro o una agencia con fines de lucro que recluta, selecciona y envía trabajadores mexicanos fuera del país;
d) Número de la autorización y registro emitido por la Secretaría, si ya se cuenta con él;
e) Domicilio de la agencia de colocación matriz (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad y municipio o delegación política), y
f) Teléfono(s) y correo(s) electrónico(s) de la agencia de colocación matriz.
B. Datos de las sucursales:
a) La cantidad de sucursales a registrar;
b) La fecha de inicio de operaciones de cada una;
c) La entidad federativa donde se encuentran y el domicilio de cada una de ellas (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o delegación política), y
d) Teléfono(s) y correo(s) electrónico(s) de cada sucursal.
C. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar, en original y copia:
A. Identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación, y
B. Constancia de domicilio de cada una de las sucursales.
Del trámite
III. El Formato AC-3 "Inscripción de sucursales de las agencias de colocación de trabajadores", así como la documentación detallada en la fracción II del presente artículo, debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE;
IV. Cuando el Formato AC-3 y la documentación se entregue en las Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, éstas la turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite. El plazo para resolver las solicitudes comenzará a correr dentro de los quince días hábiles siguientes a partir de que la Delegación los reciba;
V. La Delegación analizará el Formato AC-3 y la documentación presentada y si detecta que la agencia de colocación no cumple con los requisitos a los que se refiere el presente artículo, le informará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, cuáles son las deficiencias detectadas para que sean subsanadas por la agencia en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil de la notificación correspondiente. De no subsanarse las omisiones dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentado el aviso de inscripción de sucursales;
VI. Si los datos del Formato AC-3 y la documentación cumplen con todos los requisitos, la Delegación expedirá la "Constancia de inscripción de sucursales" (AUT-3), a cada una de las sucursales registradas, y
VII. La Delegación hará llegar copia de la constancia AUT-3 a la oficina del SNE, según corresponda al domicilio de cada sucursal de la agencia de colocación y a la Delegación de las entidades donde se encuentren las sucursales, así como a la CGSNE, para su conocimiento.
De la solicitud de prórroga de la vigencia de autorización de las agencias de colocación con fines de
lucro y de las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un
empleo concreto en el exterior de duración determinada
ARTÍCULO NOVENO. Las agencias de colocación podrán solicitar la prórroga de su vigencia de autorización y del registro emitido por la Secretaría, quince días hábiles antes de que concluya dicha vigencia, para efectos de lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. La agencia de colocación deberá presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-4 "Solicitud de prórroga de autorización y registro de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", con los siguientes datos:
A. Datos generales de la agencia:
a) Nombre, denominación o razón social de la agencia de colocación, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
b) Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz);
c) Especificar si se trata de una agencia con fines de lucro o una agencia que recluta, selecciona y envía trabajadores mexicanos fuera del país;
d) Número de la autorización y registro emitido por la Secretaría, y
e) Fecha de conclusión de la vigencia de la autorización y registro.
B. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar, en original y copia:
A. Identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación;
B. El Formato AC-1 "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", con los datos según lo dispuesto en los artículos Quinto, y Sexto si es el caso, del presente Acuerdo, y
C. La documentación que se detalla en los artículos Quinto y Sexto si es el caso, actualizada al momento de la solicitud.
Del trámite
III. El Formato AC-4 "Solicitud de prórroga de autorización y registro de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", el Formato AC-1 de la "Solicitud de autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", así como la documentación detallada en los artículos Quinto, fracción II, y Sexto, fracción II si es el caso, debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas o en las oficinas del SNE;
IV. Cuando la documentación se entregue en las Subdelegaciones u Oficinas o en las oficinas del SNE, éstas la turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite. El plazo para resolver las solicitudes, previsto en el artículo 24 del Reglamento, comenzará a correr a partir de que la Delegación reciba la documentación;
V. La Delegación analizará los Formatos AC-1 y AC-4, así como la documentación presentada, y si detecta que la agencia con fines de lucro no cumple con los requisitos a los que se refieren los artículos Quinto y Sexto si es el caso, y el presente artículo, informará al solicitante dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, cuáles son las deficiencias detectadas para que sean subsanadas por la agencia en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la notificación correspondiente. De no subsanarse las omisiones dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentada la solicitud de renovación de autorización y registro de funcionamiento;
VI. Si los datos del Formato AC-1 y los del Formato AC-4, además de la documentación, cumplen con todos los requisitos, la Delegación expedirá una nueva "Constancia de autorización de funcionamiento y registro de las agencias de colocación con fines de lucro" (AUT-1), documento que tendrá una vigencia de cinco años y que será imprescindible para que la agencia con fines de lucro pueda operar;
VII. Si la agencia de colocación también ha dado aviso de sucursales a través del Formato AC-3 al que hace referencia el artículo Octavo del presente Acuerdo, la Delegación le entregará una "Constancia de Inscripción de sucursales" (AUT-3), mencionada en dicho artículo Octavo, por cada una de las sucursales registradas, y
VIII. La Delegación hará llegar copia de la nueva constancia AUT-1, y AUT-3 si es el caso, a la oficina del SNE, que corresponda según el domicilio de la agencia de colocación y a la CGSNE, para su conocimiento.
De la solicitud de modificación de la tarifa de las agencias de colocación con fines de lucro y de las
que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en
el exterior de duración determinada
ARTÍCULO DÉCIMO. Las agencias de colocación con fines de lucro y las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, podrán solicitar la modificación de la tarifa que cobran a los empleadores, para efectos de lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento, por lo menos con cinco días hábiles antes de hacerla efectiva, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. La agencia de colocación deberá presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-5 "Solicitud de modificación de tarifa de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", con los siguientes datos:
A. Datos generales de la agencia:
a) Nombre, denominación o razón social de la agencia de colocación, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
b) Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz);
c) Especificar si se trata de una agencia con fines de lucro o una agencia que recluta, selecciona y envía trabajadores mexicanos fuera del país;
d) Número de la autorización y registro emitido por la Secretaría, y
e) Tarifa que se pretende cobrar a los empleadores que contraten sus servicios, o los rangos en que ésta fluctuará.
B. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar, en original y copia, la identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación;
Del trámite
III. El Formato AC-5 "Solicitud de modificación de tarifa de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro", debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE;
IV. Cuando el Formato AC-5 y la documentación se entreguen en las Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, éstas las turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite. El plazo para resolver las solicitudes comenzará a correr dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de que la Delegación los reciba;
V. La Delegación revisará la solicitud presentada y si los datos están correctos entregará a la agencia de colocación la "Constancia de modificación de tarifa" (AUT-5), dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud;
VI. Si la solicitud no cumple con los requisitos del presente artículo, se prevendrá al solicitante para que subsane las omisiones en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la notificación correspondiente. De no subsanarse las omisiones dentro de dicho plazo se tendrá por no presentada la solicitud, y
VII. La Delegación hará llegar copia de la constancia AUT-5 a la oficina del SNE, que corresponda según el domicilio de la agencia de colocación, y a la CGSNE, para su conocimiento.
Del aviso de cambio de domicilio
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Las agencias de colocación con y sin fines de lucro, así como las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, deberán informar a la Secretaría de los cambios de domicilio de la agencia de colocación matriz, así como de sus sucursales, para efectos de lo dispuesto en el artículo 9, fracción V del Reglamento, dentro de los treinta días naturales siguientes, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. La agencia de colocación deberá presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficina, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-6 "Aviso de cambio de domicilio de las agencias de colocación de trabajadores", con los siguientes datos:
A. Datos generales de la agencia:
a) Especificar si el cambio de domicilio corresponde a la matriz o a sucursal;
b) Nombre, denominación o razón social de la agencia de colocación, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
c) Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz);
d) Especificar si se trata de una agencia con o sin fines de lucro o una agencia que recluta, selecciona y envía trabajadores mexicanos fuera del país;
e) Número de la autorización y registro emitido por la Secretaría;
f) Domicilio actual de la agencia de colocación o de la sucursal (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o delegación política), según corresponda;
g) Nuevo domicilio de la agencia de colocación o de la sucursal (calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o delegación política), según sea el caso, y
h) Teléfono(s) y correo(s) electrónico(s).
B. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar, en original y copia:
A. Identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación, y
B. Constancia del nuevo domicilio de la agencia de colocación matriz y de cada sucursal, si es el caso.
Del trámite
III. El Formato AC-6 "Aviso de cambio de domicilio de las agencias de colocación de trabajadores", debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE;
IV. Cuando el Formato AC-6 y la documentación se entreguen en las Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, éstas la turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite;
V. La Delegación hará llegar copia(s) del Formato AC-6 "Aviso de cambio de domicilio de las agencias de colocación de trabajadores" a la oficina del SNE, según corresponda al domicilio de la agencia de colocación, y a la CGSNE. Si se trata de un aviso de cambio de domicilio de sucursal, la Delegación también remitirá copia del aviso a la Delegación de la entidad federativa donde se encuentra la sucursal. En ambos casos, las remisiones señaladas serán para conocimiento, y
VI. Este aviso también podrá efectuarse por medios electrónicos, mediante el envío a la dirección: informes_agencias@stps.gob.mx de la Secretaría, del Formato AC-6 "Aviso de cambio de domicilio de las agencias de colocación de trabajadores", junto con la documentación a la que se refiere este artículo.
Del aviso de suspensión temporal de actividades o cierre definitivo
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Las agencias de colocación con y sin fines de lucro, así como las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, deberán informar a la Secretaría cuando deseen suspender temporalmente las actividades de la agencia de colocación matriz, así como de sus sucursales, o cerrar definitivamente la agencia de colocación, para efectos de lo dispuesto en el artículo 9, fracción V del Reglamento, dentro de los treinta días naturales siguientes, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. La agencia de colocación deberá presentar en la Secretaría, a través de la Delegación, Subdelegación u Oficinas, o en las oficinas del SNE, el Formato AC-7 "Aviso de suspensión temporal de actividades o cierre definitivo de las agencias de colocación de trabajadores", con los siguientes datos:
A. Datos generales de la agencia:
a) Especificar si se suspenderán las actividades o se cerrará definitivamente la agencia de colocación matriz o alguna sucursal;
b) Nombre, denominación o razón social de la agencia de colocación, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
c) Entidad federativa (donde se encuentra la casa matriz o la sucursal, si es el caso);
d) Especificar si se trata de una agencia con fines de lucro; una agencia que recluta, selecciona y envía trabajadores mexicanos fuera del país; o una agencia sin fines de lucro;
e) Número de la autorización y registro emitido por la Secretaría;
f) Especificar si el aviso corresponde a la matriz o a una sucursal, y
g) Mencionar los principales motivos para suspender actividades o cerrar definitivamente la agencia de colocación matriz o alguna sucursal.
B. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación.
De la documentación
II. La agencia de colocación deberá presentar en original y copia, la identificación de la persona que realiza el trámite y documento que lo acredite como representante de la agencia de colocación.
Del trámite
III. El Formato AC-7 "Aviso de suspensión temporal de actividades o cierre definitivo de las agencias de colocación de trabajadores", debe ser entregado a la Secretaría, en las Delegaciones, Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, y
IV. Cuando el Formato AC-7 se entregue en las Subdelegaciones u Oficinas, o en las oficinas del SNE, éstas la turnarán a la Delegación que corresponda para su trámite;
V. La Delegación hará llegar copia del Formato AC-7 de "Aviso de suspensión temporal de actividades o cierre definitivo de las agencias de colocación de trabajadores" a la oficina del SNE, que corresponda al domicilio de la agencia de colocación, y a la CGSNE para su conocimiento, y
VI. Este aviso también podrá efectuarse por medios electrónicos, mediante el envío a la dirección: informes_agencias@stps.gob.mx de la Secretaría, del Formato AC-7 "Aviso de suspensión temporal de actividades o cierre definitivo de las agencias de colocación de trabajadores", junto con la documentación a la que se refiere este artículo.
Del informe sobre la participación en el mercado de trabajo de las agencias de colocación con y sin
fines de lucro, y de las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para
un empleo concreto en el exterior de duración determinada
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Las agencias de colocación de trabajadores con y sin fines de lucro, así como las agencias que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, deberán proporcionar a la Secretaría la información relativa a su participación en el mercado de trabajo, para efectos de lo dispuesto en el artículo 9, fracción II del Reglamento, con una periodicidad trimestral, conforme el siguiente procedimiento:
De los requisitos
I. La agencia de colocación (matriz y sucursales) deberá enviar al correo electrónico informes_agencias@stps.gob.mx de la Secretaría, el Formato AC-8 "Informe sobre la participación en el mercado de trabajo de las agencias de colocación de trabajadores", a más tardar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, el cual deberá contener la siguiente información:
A. Datos generales de la agencia:
a) Periodo que abarca el informe;
b) Nombre, denominación o razón social de la agencia de colocación, en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
c) Número de autorización y registro emitido por la Secretaría;
d) Lugar donde opera la agencia. Si cuenta con sucursales, incluir los lugares en donde operan;
e) Cantidad de sucursales con las que cuentan;
f) Especificar si se trata de una agencia con fines de lucro, sin fines de lucro, o una agencia que recluta, selecciona y envía trabajadores mexicanos fuera del país, y
g) Fecha de inicio de operaciones de la agencia y fecha de registro en la Secretaría.
B. Número de solicitantes de empleo atendidos y su perfil, clasificados de acuerdo a:
a) género;
b) experiencia laboral;
c) edad, y
d) grado de estudios.
C. Número de solicitantes de empleo colocados y su perfil, clasificados de acuerdo a:
a) género;
b) experiencia laboral;
c) edad, y
d) grado de estudios.
D. Número de empresas atendidas y clasificadas por su tamaño;
E. Número de plazas vacantes, de acuerdo con el grado de estudios y experiencia laboral requerida;
F. Ocupaciones más solicitadas y con mayor demanda;
G. Las agencias de colocación con fines de lucro que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, deberán adicionalmente reportar los siguientes datos:
a) Nombre y domicilio del (los) empleador(es) oferente(s) que solicitó(aron) sus servicios, así como sector al que pertenecen;
b) Cantidad y porcentajes de hombres y mujeres colocados en el exterior;
c) Lugar(es) de origen de los trabajadores mexicanos colocados en el exterior;
d) Duración promedio de los contratos de trabajo;
e) Lugar(es) y país(es) a donde se envió(aron) a los trabajadores mexicanos, y
f) Actividad o actividades para la(s) que fueron contratados.
H. Nombre y firma del representante de la agencia de colocación, y
I. Fecha en la que se presenta el formato AC-8.
Del trámite
II. La Secretaría analizará la información contenida en el Formato AC-8, que debe contener los resultados totales sumados de la matriz con sus sucursales, si es el caso, y si los datos cumplen con todos los requisitos, enviará un acuse de recibo a la agencia de colocación dentro de los cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de recibida la información, y
III. Si los datos del Formato AC-8 presentan alguna inconsistencia o la información no está completa, la Secretaría enviará, vía correo electrónico, una solicitud de corrección a la agencia de colocación y de envío del Formato AC-8 con las correcciones pertinentes, las cuales deberán ser realizadas por la agencia de colocación en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil de la notificación correspondiente. De no corregirse la información dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentado el Formato AC-8.
CAPÍTULO III
DE LA FIANZA O DEPÓSITO
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Las agencias de colocación de trabajadores, de conformidad con lo previsto en el artículo Sexto del presente Acuerdo, deberán presentar para efectos de autorización y registro, la fianza o depósito que garantice el pago de los gastos de repatriación de los trabajadores mexicanos, en caso de que se incumplieran las condiciones de trabajo ofrecidas por el empleador en el exterior del país.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. La repatriación en términos de este Acuerdo, debe entenderse como el proceso por el cual se traslada al lugar de contratación a los trabajadores, bajo las mismas medidas que fueron adoptadas para transportarlos al exterior.
Para los gastos de repatriación, se deberán tomar en consideración los montos de traslado, así como aquellos gastos supervenientes que surjan, tales como alimentos y hospedaje.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. El monto de la fianza o depósito que se acompañe al formato AC-1, deberá ser suficiente para garantizar los gastos de repatriación de los trabajadores, tomando como base el número de solicitantes de empleo que se pretendan colocar en el exterior, durante el primer año de envío de trabajadores, el cual no será menor a los gastos de repatriación que se deban cubrir a quince trabajadores o cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Las agencias de colocación deberán actualizar el monto de la fianza o depósito de manera anual, tomando en consideración el número de solicitantes de empleo colocados en el exterior, reportados en los últimos cuatro informes del Formato AC-8 "Informe sobre la participación en el mercado de trabajo de las agencias de colocación de trabajadores".
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. Para garantizar los gastos de repatriación mediante fianzas, éstas deberán ser emitidas a favor de la Tesorería de la Federación, en moneda nacional, por instituciones nacionales que estén autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Se procederá a hacer efectiva la fianza o depósito a que se refieren los presentes Lineamientos, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, cuando la agencia de colocación de trabajadores no cumpla con lo previsto en el artículo 28-B, fracción III, segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo.
CAPÍTULO IV
DEL REGISTRO ESTADÍSTICO DE AGENCIAS DE COLOCACIÓN DE TRABAJADORES
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. La Secretaría deberá establecer un registro estadístico de las agencias de colocación de trabajadores con y sin fines de lucro, así como de las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, con base en la información derivada de la presentación de los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, a fin de llevar un adecuado control de las mismas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO. El registro estadístico deberá ser público y transparente, el cual deberá estar disponible para consulta general en la página de Internet www.stps.gob.mx de la Secretaría.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. La Secretaría llevará un registro de los comentarios que los usuarios de las agencias de colocación hagan sobre el servicio que les fuere otorgado, los cuales podrán ser realizados a través de la página de Internet de la Secretaría www.stps.gob.mx. Esta información apoyará las labores de vigilancia de la Inspección Federal del Trabajo.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO. El registro estadístico podrá incluir datos que se deriven de acuerdos interinstitucionales con otros países, convenios de colaboración con organizaciones no gubernamentales, así como de cualquier otro instrumento análogo, a fin de enriquecer la información respecto de las agencias de colocación con y sin fines de lucro y de las que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se abroga el Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos, a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de abril de 2006.
Tercero.- Las agencias de colocación de trabajadores que se encuentren funcionando a la entrada en vigor del presente Acuerdo, al realizar la solicitud de prórroga de vigencia de su autorización y registro de funcionamiento, deberán hacerlo de conformidad con los requisitos establecidos en el presente instrumento.
Cuarto.- Las agencias de colocación de trabajadores registradas al momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo, que participen en el reclutamiento y selección de trabajadores mexicanos para un empleo concreto en el exterior de duración determinada, conforme al artículo 28-B de la Ley, deberán presentar, ante la Delegación que emitió su autorización de funcionamiento y dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la publicación del presente instrumento, el contrato modelo y la fianza o depósito a los que se refieren el Artículo Sexto, fracción II y el Capítulo III de este Acuerdo.
La Delegación hará del conocimiento de la oficina del SNE que corresponda, así como de la CGSNE, la información a que se refiere el párrafo anterior.
Quinto.- Las agencias de colocación de trabajadores que se encuentren funcionando en la fecha en que entre en vigor el presente Acuerdo, deberán presentar el primer informe trimestral a que se refieren los artículos 9 fracción II del Reglamento y Décimo Tercero del presente Acuerdo, a más tardar dentro de los primeros cinco días del mes de abril de 2015.
Sexto.- A partir de la fecha de inicio de vigencia de este ordenamiento, la Secretaría contará con seis meses para poner a disposición del público en general el registro a que refiere el Capítulo IV del presente Acuerdo.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de marzo de dos mil quince.- El Secretario del
Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA | Número de Autorización y Registro (Sólo para ser llenado por la STPS) |
| |
PERSONAS FÍSICAS Y MORALES | PERSONAS MORALES |
RFC | REGISTRO PATRONAL IMSS | NÚMERO DEL ACTA CONSTITUTIVA | FECHA DE PROTOCOLIZACIÓN |
| | | |
DOMICILIO |
Calle / Avenida | No. Exterior | No. Interior | Colonia / Fraccionamiento |
| | | |
Código Postal | Localidad | Municipio / Delegación |
| | |
Teléfono(s) | Correo(s) electrónico(s) |
| |
| |
B | FECHA DE INICIO DE OPERACIONES DE LA AGENCIA | FECHA DE REGISTRO EN LA STPS (Sólo para ser llenado por la STPS) |
Día | Mes | Año | Día | Mes | Año |
| | | | | |
C | TARIFA QUE COBRARÁ LA AGENCIA |
|
D | CUÁNTAS SUCURSALES VA A REGISTRAR (NÚMERO Y LETRA) | |
(SI TIENE SUCURSALES DEBE PRESENTAR TAMBIÉN EL FORMATO AC-3) |
SI LA AGENCIA DE COLOCACIÓN VA A RECLUTAR Y SELECCIONAR TRABAJADORES MEXICANOS PARA UN EMPLEO CONCRETO EN EL EXTERIOR DE DURACIÓN DETERMINADA |
LUGARES Y PAÍSES A LOS QUE SE VA A ENVIAR A LOS TRABAJADORES MEXICANOS | |
|
ACTIVIDAD O ACTIVIDADES PARA LA(S) QUE SERÁN CONTRATADOS | |
|
DURACIÓN PROMEDIO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN EL EXTERIOR | |
|
CANTIDAD DE TRABAJADORES QUE SE PRETENDE COLOCAR EN EL EXTERIOR | |
DOCUMENTOS QUE PRESENTA LA AGENCIA (PERSONA FÍSICA Y MORAL) AL REALIZAR EL TRÁMITE (EN ORIGINAL Y COPIA) |
Documentos | Marcar con una "X" | Documentos | Marcar con una "X" |
Identificación oficial del titular de la agencia | | Constancia de domicilio de la agencia (matriz) | |
Identificación de la persona que realiza el trámite | | Constancia de domicilio de la(s) sucursal(es) | |
Acreditación de la personalidad jurídica del representante de la agencia | | Constancia de inscripción en el RFC | |
DOCUMENTOS ADICIONALES SI SE TRATA DE PERSONA MORAL |
Escritura Pública | | Registro Patronal en el IMSS | |
DOCUMENTOS ADICIONALES SI SE TRATA DE ENVIAR TRABAJADORES MEXICANOS AL EXTERIOR |
Contrato modelo | | Fianza | | Depósito | |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201__
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA | Número de Autorización y Registro (Sólo para ser llenado por la STPS) |
| |
PERSONAS FÍSICAS Y MORALES | PERSONAS MORALES |
RFC | REGISTRO PATRONAL IMSS | NÚMERO DEL ACTA CONSTITUTIVA | FECHA DE PROTOCOLIZACIÓN |
| | | |
DOMICILIO |
Calle / Avenida | No. Exterior | No. Interior | Colonia / Fraccionamiento |
| | | |
Código Postal | Localidad | Municipio / Delegación |
| | |
Teléfono(s) | Correo(s) electrónico(s) |
| |
| |
B | FECHA DE INICIO DE OPERACIONES DE LA AGENCIA | FECHA DE REGISTRO EN LA STPS (Sólo para ser llenado por la STPS) |
Día | Mes | Año | Día | Mes | Año |
| | | | | |
C | CUOTA DE RECUPERACIÓN QUE COBRARÁ LA AGENCIA |
|
D | CUANTAS SUCURSALES VA A REGISTRAR (NÚMERO Y LETRA) | |
(SI TIENE SUCURSALES DEBE PRESENTAR TAMBIÉN EL FORMATO AC-3) |
DOCUMENTOS QUE PRESENTA LA AGENCIA (PERSONA FÍSICA Y MORAL) AL REALIZAR EL TRÁMITE (EN ORIGINAL Y COPIA) |
Documentos | Marcar con una "X" | Documentos | Marcar con una "X" |
Identificación oficial del titular de la agencia | | Constancia de domicilio de la agencia (matriz) | |
Identificación de la persona que realiza el trámite | | Constancia de domicilio de la(s) sucursal(es) | |
Acreditación de la personalidad jurídica del representante de la agencia | | Constancia de inscripción en el RFC | |
DOCUMENTOS ADICIONALES SI SE TRATA DE PERSONA MORAL |
Escritura Pública | | Registro Patronal en el IMSS | |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201__
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA | AGENCIA DE COLOCACIÓN (Marcar con una "X") | Número de Autorización y Registro |
Con fines de lucro | Sin fines lucro | Colocación en el exterior |
| | | | |
Calle / Avenida | No. Exterior | No. Interior | Colonia / Fraccionamiento |
| | | |
Código Postal | Localidad | Municipio / Delegación |
| | |
Teléfono(s) | Correo(s) electrónico(s) |
| |
| |
B | CUÁNTAS SUCURSALES VA A REGISTRAR (NÚMERO Y LETRA) | |
DATOS DE LAS SUCURSALES |
# | Fecha de inicio de operaciones | Dirección (Calle/Avenida; No. ext.; No. int.; Colonia/Fraccionamiento; C.P.; Municipio/ Delegación) | Teléfono | Correo electrónico | Entidad federativa |
1 | | | | | |
2 | | | | | |
3 | | | | | |
4 | | | | | |
5 | | | | | |
DOCUMENTOS QUE PRESENTA LA AGENCIA (PERSONA FÍSICA Y MORAL) AL REALIZAR EL TRÁMITE (EN ORIGINAL Y COPIA) |
Documentos | Marcar con una "X" | Documentos | Marcar con una "X" |
Identificación de la persona que realiza el trámite | | Constancia de domicilio de la(s) sucursal(es) | |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201__
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA | | Número de Autorización y Registro |
Con fines de lucro | Colocación en el exterior |
| | | |
FECHA DE CONCLUSIÓN DE LA VIGENCIA (DD/MM/ AAAA) | |
DOCUMENTOS QUE PRESENTA LA AGENCIA (PERSONA FÍSICA Y MORAL) AL REALIZAR EL TRÁMITE (EN ORIGINAL Y COPIA) |
Documentos | Marcar con una "X" | Documentos | Marcar con una "X" |
Identificación oficial del titular de la agencia | | Constancia de domicilio de la agencia (matriz) | |
Identificación de la persona que realiza el trámite | | Constancia de domicilio de la(s) sucursal(es) | |
Acreditación de la personalidad jurídica del representante de la agencia | | Constancia de inscripción en el RFC | |
DOCUMENTOS ADICIONALES SI SE TRATA DE PERSONA MORAL |
Escritura Pública | | Registro Patronal en el IMSS | |
DOCUMENTOS ADICIONALES SI SE TRATA DE ENVIAR TRABAJADORES MEXICANOS AL EXTERIOR |
Contrato modelo | | Fianza | | Depósito | |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201______
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA | AGENCIA DE COLOCACIÓN (Marcar con una "X") | Número de Autorización y Registro |
Con fines de lucro | Colocación en el exterior |
| | | |
TARIFA QUE COBRARÁ LA AGENCIA |
|
DOCUMENTOS QUE PRESENTA LA AGENCIA (PERSONA FÍSICA Y MORAL) AL REALIZAR EL TRÁMITE (EN ORIGINAL Y COPIA) |
Documentos | Marcar con una "X" | | |
Identificación de la persona que realiza el trámite | | | |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201______
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA DONDE SE ENCUENTRA LA MATRIZ O LA SUCURSAL | AGENCIA DE COLOCACIÓN (Marcar con una "X") | Número de Autorización y Registro |
Con fines de lucro | Sin fines lucro | Colocación en el exterior |
| | | | |
NUEVO DOMICILIO DE LA MATRIZ O DE LA SUCURSAL |
Calle / Avenida | No. Exterior | No. Interior | Colonia / Fraccionamiento |
| | | |
Código Postal | Localidad | Municipio / Delegación |
| | |
Teléfono(s) | Correo(s) electrónico(s) |
| |
| |
DOMICILIO ANTERIOR DE LA MATRIZ O DE LA SUCURSAL |
Calle / Avenida | No. Exterior | No. Interior | Colonia / Fraccionamiento |
| | | |
Código Postal | Localidad | Municipio / Delegación |
| | |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
DOCUMENTOS QUE PRESENTA LA AGENCIA (PERSONA FÍSICA Y MORAL) AL REALIZAR EL TRÁMITE (EN ORIGINAL Y COPIA) |
Documentos | Marcar con una "X" | Documentos | Marcar con una "X" |
Identificación de la persona que realiza el trámite | | Constancia de domicilio | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201__
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)] |
|
ENTIDAD FEDERATIVA DONDE SE ENCUENTRA LA MATRIZ O LA SUCURSAL | AGENCIA DE COLOCACIÓN (Marcar con una "X") | Número de Autorización y Registro |
Con fines de lucro | Sin fines lucro | Colocación en el exterior |
| | | | |
(Marcar con una "X") |
MATRIZ | SUCURSAL |
| |
MOTIVOS PARA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES O EL CIERRE DEFINITIVO |
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
NOMBRE(S) | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO |
| | |
FIRMA | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Es dado en __________________a los___________ días del mes de_____________________ del 201______
A | DATOS GENERALES |
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN [En caso de ser persona física, anotar APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)) | NÚMERO DE AUTORIZACIÓN Y REGISTRO |
| |
LUGAR(ES) (CIUDAD, MUNICIPIO O DELEGACIÓN) DONDE OPERA(N) LA AGENCIA MATRIZ Y SUS SUCURSALES | CANTIDAD DE SUCURSALES CON LAS QUE CUENTA | AGENCIA DE COLOCACIÓN (Marcar con una "X") |
Con fines de lucro | Sin fines lucro | Colocación en el exterior |
| | | | |
|
|
FECHA DE INICIO DE OPERACIONES DE LA AGENCIA | FECHA DE REGISTRO EN LA STPS |
Día | Mes | Año | Día | Mes | Año |
| | | | | |
B | SOLICITANTES DE EMPLEO ATENDIDOS Y SU PERFIL |
SOLICITANTES | CANTIDAD | % | EXPERIENCIA LABORAL | CANTIDAD | % |
Hombres | | | Ninguna | | |
Mujeres | | | 6 meses-1 año | | |
TOTAL | | | 1 a 3 años | | |
Más de 3 años | | |
TOTAL | | |
RANGO DE EDAD (años) | CANTIDAD | % | GRADO DE ESTUDIOS | CANTIDAD | % |
De 15 a 19 | | | Primaria | | |
De 20 a 29 | | | Secundaria | | |
De 30 a 39 | | | Comercial/Técnica | | |
De 40 a 49 | | | Preparatoria | | |
De 50 a 59 | | | Profesional | | |
Más de 60 | | | Postgrado | | |
TOTAL | | | TOTAL | | |
C | SOLICITANTES DE EMPLEO COLOCADOS |
SOLICITANTES | CANTIDAD | % | EXPERIENCIA LABORAL | CANTIDAD | % |
Hombres | | | Ninguna | | |
Mujeres | | | 6 meses-1 año | | |
TOTAL | | | 1 a 3 años | | |
Más de 3 años | | |
TOTAL | | |
RANGO DE EDAD (años) | CANTIDAD | % | GRADO DE ESTUDIOS | CANTIDAD | % |
De 15 a 19 | | | Primaria | | |
De 20 a 29 | | | Secundaria | | |
De 30 a 39 | | | Comercial/Técnica | | |
De 40 a 49 | | | Preparatoria | | |
De 50 a 59 | | | Profesional | | |
Más de 60 | | | Postgrado | | |
TOTAL | | | TOTAL | | |
D | EMPRESAS ATENDIDAS |
EMPRESAS | CANTIDAD | % |
Micro/Pequeña | | |
Mediana | | |
Grande | | |
TOTAL | | |
E | GRADO DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA LABORAL REQUERIDA EN LAS PLAZAS VACANTES |
GRADO DE ESTUDIOS REQUERIDO | CANTIDAD DE PLAZAS VACANTES | % | EXPERIENCIA LABORAL REQUERIDA | CANTIDAD DE PLAZAS VACANTES | % |
Primaria | | | Ninguna | | |
Secundaria | | | 6 meses-1 año | | |
Comercial/Técnica | | | 1 a 3 años | | |
Preparatoria | | | Más de 3 años | | |
Profesional | | | TOTAL | | |
Postgrado | | |
TOTAL | | |
F | OCUPACIONES MÁS SOLICITADAS Y CON MAYOR DEMANDA |
VACANTES | SOLICITANTES |
Ocupaciones más demandadas | CANTIDAD | % | Ocupaciones más solicitadas | CANTIDAD | % |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
LAS AGENCIAS DE COLOCACIÓN QUE PARTICIPEN EN EL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE TRABAJADORES
MEXICANOS PARA UN EMPLEO CONCRETO EN EL EXTERIOR DE DURACIÓN DETERMINADA DEBEN REPORTAR
TAMBIÉN LOS SIGUIENTES DATOS:
G | DATOS DEL EMPLEADOR |
NOMBRE | DOMICILIO | SECTOR |
| | |
| | |
| | |
CANTIDAD DE TRABAJADORES MEXICANOS COLOCADOS EN EL EXTERIOR | LUGARES DE ORIGEN DE LOS TRABAJADORES MEXICANOS | DURACIÓN PROMEDIO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO |
| CANTIDAD | % | MESES | DÍAS |
Hombres | | | | | |
Mujeres | | | |
TOTAL | | | |
|
|
LUGARES A DONDE FUERON ENVIADOS | ACTIVIDAD O ACTIVIDADES PARA LAS QUE FUERON CONTRATADOS |
LUGAR | PAÍS |
| | |
| | |
| | |
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
TITULAR DE LA AGENCIA DE COLOCACIÓN |
Nombre (s) | Apellido Materno | Apellido Paterno | Firma |
| | | |
Es dado en _______________a los___________ días del mes de__ ___________________ del 201______
______________________________
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