CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, el impedimento para participar en contrataciones públicas de carácter federal y celebrar contrato alguno con la empresa Ingeniería y Proyectos de Control de Monterrey, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Pemex Refinación.- Área de Responsabilidades.- Expediente DS. 041/2014.
CIRCULAR No. OIC/AR/PXR/001/15
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, EL IMPEDIMENTO PARA PARTICIPAR EN CONTRATACIONES PÚBLICAS DE CARÁCTER FEDERAL Y CELEBRAR CONTRATO ALGUNO CON LA EMPRESA INGENIERÍA Y PROYECTOS DE CONTROL DE MONTERREY, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8o., fracciones IV y VIII, en relación con el artículo 27 fracción II inciso b) de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; 37 fracciones XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, primero, segundo y octavo Transitorios del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en armonía con lo dispuesto en los artículos décimo y décimo primero transitorios de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto del 2014, y en los artículos segundo y séptimo transitorios de su Reglamento, publicado en el citado medio de difusión oficial el 31 de octubre de 2014; 1, 2, 3, 4, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 80 primer párrafo fracción I numerales 6 y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, en cumplimiento a lo señalado en el Resolutivo Cuarto de la resolución de fecha 25 de febrero de 2015, que se dictó en el expediente número DS. 041/2014, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo sancionador instaurado a la empresa Ingeniería y Proyectos de Control de Monterrey, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, la empresa por sí misma o a través de interpósita persona, no podrá participar en contrataciones públicas de carácter federal, ni celebrar contrato alguno, por el plazo de 9 (nueve) meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las contrataciones públicas utilicen recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
México, D.F., a 25 de febrero de 2015.- El Titular del Área de Responsabilidades, Jorge Luis Mejía