|
|
DOF: 27/05/2015 |
ADENDA a los Lineamientos internos de coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de Calidad, Programa Escuelas de T ADENDA a los Lineamientos internos de coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de Calidad, Programa Escuelas de Tiempo Completo, Programa de Escuela Segura y Programa Nacional de Becas, que establecen la Subsecretaría de Educación Básica y la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal. ADENDA A LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS: PROGRAMA PARA LA INCLUSIÓN Y LA EQUIDAD EDUCATIVA, PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EN EDUCACIÓN BÁSICA, PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD, PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO, PROGRAMA DE ESCUELA SEGURA Y PROGRAMA NACIONAL DE BECAS, EN LO SUCESIVO LOS PROGRAMAS, QUE ESTABLECEN LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA, EN LO SUCESIVO "LA SEB" REPRESENTADA POR SU TITULAR, MTRA. ALBA MARTÍNEZ OLIVÉ, Y LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "LA AFSEDF", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL DR. LUIS IGNACIO SÁNCHEZ GÓMEZ, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LINEAMIENTOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES PRIMERO.- Con fecha 10 de julio de 2014, la Secretaría de Educación Pública, en lo sucesivo "LA SEP", y "LA AFSEDF" establecieron el "Acuerdo para el Traspaso de Recursos Destinados a la Operación de los Programas de Educación Básica sujetos a Reglas de Operación", en lo sucesivo el ACUERDO DE TRASPASO, mediante el cual establecieron que para la operación de los Programas sujetos a Reglas de Operación que se lleven a cabo en las escuelas de educación básica, así como normal y demás para la formación de maestros en educación básica en el ámbito de competencia de "LA AFSEDF", "LA SEP" una vez que contara con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizaría el traspaso de recursos a "LA AFSEDF" por la cantidad de $682'614,398.14 (Seiscientos Ochenta y Dos Millones Seiscientos Catorce Mil Trescientos Noventa y Ocho Pesos 14/100 M.N.), del Ramo 11 "Educación Pública" al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos". SEGUNDO.- Con fecha 14 de julio de 2014, "LA SEB" y "LA AFSEDF" establecieron unos Lineamientos Internos de Coordinación para el Desarrollo de los PROGRAMAS, en lo sucesivo los LINEAMIENTOS INTERNOS, mediante los cuales establecieron las bases de coordinación para llevar a cabo la operación de los PROGRAMAS en el Distrito Federal, de conformidad con las "Reglas de Operación" y con la finalidad de realizar las acciones correspondientes que permitan el cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron creados. En el lineamiento DÉCIMO SEXTO de los LINEAMIENTOS INTERNOS, se estableció que los términos y condiciones establecidos en dicho instrumento, podrían ser objeto de modificación, previo acuerdo por escrito entre "LA SEB" y "LA AFSEDF". DECLARACIONES I.- De "LA SEB": I.1.- Que la Subsecretaría de Educación Básica es una unidad administrativa de la Secretaría de Educación Pública a la que corresponde, entre otras atribuciones: planear, programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades de las unidades administrativas adscritas a la misma, y proponer en el ámbito de su competencia, lineamientos y normas para el mejor funcionamiento de los órganos desconcentrados de la dependencia. I.2.- Que la Mtra. Alba Martínez Olivé, Subsecretaria de Educación Básica, suscribe la presente adenda de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaria de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y, el "Acuerdo número 399, por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 26 de abril de 2007. I.3.- Que requiere modificar los lineamientos CUARTO y SEXTO de los LINEAMIENTOS INTERNOS, con el objeto de dar mayor claridad a dicho instrumento. I.4.- Que suscribe la presente adenda de conformidad con lo pactado en el lineamiento DÉCIMO SEXTO de los LINEAMIENTOS INTERNOS. I.5.- Que para los efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en la calle de Argentina No. 28, Primer Piso, oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México. II.- De "LA AFSEDF": II.1.- De conformidad con el "Decreto por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal como un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública", y en los artículos 2o., inciso B, fracción I, 45 y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, ambos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, a la que le corresponde ejercer las atribuciones en materia de prestación de los servicios de educación inicial, preescolar, básica âincluyendo la indígena- especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, en el ámbito del Distrito Federal, conforme a la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables. II.2.- El Dr. Luis Ignacio Sánchez Gómez, Administrador Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, suscribe la presente adenda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o. fracciones II y IX, del "Decreto por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal como un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el punto VII numerales 2, 8 y 22 del "Manual General de Organización de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal", publicado en el mismo órgano informativo el 23 de agosto de 2005. II.3.- Que conoce a detalle el alcance y modificaciones a realizar a los LINEAMIENTOS INTERNOS a través de la presente adenda y está de acuerdo con las mismas. II.4.- Para los efectos de la presente adenda señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Parroquia No. 1130, 6o. piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, C.P. 03310, en la Ciudad de México. Una vez leídos los antecedentes y declaraciones de esta adenda, "LA SEB" y "LA AFSEDF" manifiestan su acuerdo en suscribir la misma, en la forma y términos que se estipulan en los siguientes: LINEAMIENTOS Primero.- Es objeto de la presente adenda modificar los lineamientos CUARTO y SEXTO de los LINEAMIENTOS INTERNOS. Segundo.- "LA SEB" y "LA AFSEDF" acuerdan modificar los lineamientos CUARTO y SEXTO de los LINEAMIENTOS INTERNOS, para quedar como siguen: "CUARTO.- Entrega de recursos de "LA SEB": "LA SEB" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2014 aportó a "LA AFSEDF" la cantidad de $682'614,398.14 (Seiscientos Ochenta y Dos Millones Seiscientos Catorce Mil Trescientos Noventa y Ocho Pesos 14/100 M.N.), mediante el Acuerdo para el Traspaso de Recursos destinados a la Operación de los Programas de Educación Básica sujetos a Reglas de Operación, establecido por la Secretaría de Educación Pública y la "LA AFSEDF" de fecha 10 de julio de 2014, por el cual se realizó el traspaso de recursos, del Ramo 11 "Educación Pública" al Ramo General 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos"; para que la destinara y ejerciera exclusivamente en la operación y desarrollo de los PROGRAMAS, de conformidad con la tabla de distribución indicada en el Anexo 1 de este instrumento. En caso de que "LA SEB" aporte a "LA AFSEDF" recursos adicionales para alguno de los PROGRAMAS conforme lo establezcan las "Reglas de Operación", dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de una adenda al presente instrumento, en la cual "LA AFSEDF" se obligue a destinar y ejercer dichos recursos exclusivamente para el desarrollo y operación de los PROGRAMAS respectivos, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes." "SEXTO.- Aportación de "LA AFSEDF": "LA AFSEDF", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" del Programa Escuelas de Calidad, se obliga a aportar para su operación y desarrollo en el ejercicio fiscal 2014 la cantidad total de $23'013,386.00 (Veintitrés Millones Trece Mil Trescientos Ochenta y Seis 00/100 M.N.)." Tercero.- "LA SEB" y "LA AFSEDF" acuerdan que, con excepción de las modificaciones a los lineamientos CUARTO y SEXTO a que se refieren los lineamientos Primero y Segundo que anteceden, rigen todas y cada una de las declaraciones, lineamientos y anexo de los LINEAMIENTOS INTERNOS, mismos que se tiene por ratificados mediante el presente instrumento. Cuarto.- La presente adenda entrará en vigor a partir de la fecha de su firma. Leída que fue la presente adenda por la SEB y la AFSEDF y enteradas de su contenido y alcances legales, la firman en cada una de sus hojas en cuatro tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, el 23 de septiembre de 2014.- Por la SEP: la Subsecretaria de Educación Básica, Alba Martínez Olivé.- Rúbrica.- Por la AFSEDF: el Administrador Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, Luis Ignacio Sánchez Gómez.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|