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DOF: 27/05/2015
ADENDA al Convenio Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Puebla

ADENDA al Convenio Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Puebla.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR LA MAESTRA ALBA MARTÍNEZ OLIVÉ, SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LUIS MALDONADO VENEGAS; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, ROBERTO JUAN MOYA CLEMENTE; POR EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ; CON LA COMPARECENCIA DE LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA, PATRICIA GABRIELA VÁZQUEZ DEL MERCADO HERRERA Y EL SUBSECRETARIO DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA, SERGIO RUBÉN MÁXIMO ROMERO JIMÉNEZ, QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- Con fecha 31 de marzo de 2014, "LAS PARTES" suscribieron un Convenio Marco de Coordinación, en lo sucesivo el "CONVENIO MARCO", mediante el cual establecieron las bases de coordinación para llevar a cabo entre otros, el desarrollo de los programas: "Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa" y "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica", en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS".
II.- De conformidad con lo establecido por el artículo 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 y con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, "LOS PROGRAMAS" se encuentran sujetos a Reglas de Operación, en lo sucesivo las "Reglas de Operación", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2013.
III.- El Tercer Párrafo de la Cláusula Cuarta del "CONVENIO MARCO", establece que en caso de que "LA SEP" aporte a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" recursos adicionales para "LOS PROGRAMAS", dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de una adenda, en la que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obligue a destinar y ejercer dichos recursos exclusivamente para el desarrollo y operación de "LOS PROGRAMAS" respectivos, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes.
IV.- Las "Reglas de Operación" de "LOS PROGRAMAS", establecen como objetivo específico, impulsar un esquema de financiamiento para que las Autoridades Educativas Locales, desarrollen proyectos Locales para el Fortalecimiento de la Calidad Educativa.
V.- De acuerdo a lo establecido en las "Reglas de Operación" de "LOS PROGRAMAS", el pasado 11 de abril de 2014, se publicaron en la página electrónica http://basica.sep.gob.mx los "Lineamientos para impulsar esquemas de financiamiento de proyectos locales para la inclusión y la equidad educativas", así como los "Lineamientos para impulsar esquemas de financiamiento de proyectos locales para el fortalecimiento de la calidad educativa". Con los cuales "EL GOBIERNO DEL ESTADO" presentó su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica.
DECLARACIONES
I.- "LA SEP" declara:
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que la Maestra Alba Martínez Olivé, Subsecretaria de Educación Básica, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 399 por el que delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el día 26 de abril de 2007.
 
I.3.- Que cuenta con los recursos necesarios para la celebración de esta adenda en el presupuesto autorizado a la Subsecretaría de Educación Básica en el ejercicio fiscal de 2014, con cargo a las claves presupuestarias siguientes:
Programa
Clave Presupuestaria
1.   Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa.
11 300 2 5 01 0 16 S244 43801 1 1 21 00000000000
2.   Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica.
11 300 2 5 01 0 16 S246 43801 1 1 21 00000000000
11 300 2 5 01 0 16 S246 43801 7 1 21 00000000000
 
I.4.- Para los efectos de la presente adenda señala como su domicilio el ubicado en la calle de Argentina 28, Primer Piso, Oficina 2005, colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara:
II.1.- Que el Estado de Puebla, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
II.2.- Que Rafael Moreno Valle Rosas, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, se encuentra facultado y comparece a la celebración de la presente adenda, de conformidad con lo establecido por los artículos 70, 79 fracciones II y XVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; y los artículos 2, 8, 9 y 11 párrafo primero de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.
II.3.- Que la participación de los titulares de las Dependencias que asisten al Gobernador Constitucional del Estado en el presente convenio, se fundamenta en lo dispuesto por los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado de Puebla; 1, 3, 10, 11 párrafo segundo, 14 párrafo primero, 17 fracciones I, II y XI, 19 y 34 fracciones I, III y V, 35 fracciones V y VII, 44 fracciones II, XXXI y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 36 y 37 de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla; 1, 8, 9 fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; 3, 4 fracción I, 8 fracción LXXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración; y 1, 7, 8, 9 fracción XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
II.4.- Que la participación de la Encargada del Despacho de la Subsecretaría de Educación Básica y del Subsecretario de Planeación Evaluación e Innovación Educativa de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla, se suscribe en la presente adenda de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 fracciones II y III, 10, 11 y 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
II.5.- Que es su interés suscribir y dar cabal cumplimiento al objeto de la presente Adenda, con el fin de continuar participando en el desarrollo y operación de "LOS PROGRAMAS" ajustándose a lo establecido por sus "Reglas de Operación" vigentes, cuyo contenido conoce.
II.6.- Que cuenta con los recursos humanos, materiales y financieros para dar cumplimiento en el ejercicio fiscal 2014, a los compromisos que adquiere mediante la presente adenda.
II.7.- Que le resulta de alta prioridad continuar teniendo una participación activa en el desarrollo de "LOS PROGRAMAS", ya que promueven el mejoramiento de la calidad educativa en los planteles de educación preescolar, primaria y secundaria en la entidad.
II.8.- Que aprovechando la experiencia adquirida en el desarrollo de "LOS PROGRAMAS", tiene interés en colaborar con "LA SEP", para que dentro de un marco de coordinación, se optimice la operación y desarrollo de los mismos.
II.9.- Que para los efectos de la presente adenda señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Jesús Reyes Heroles s/n, Colonia Nueva Aurora, Código Postal 72070, en la Ciudad de Puebla, Estado de Puebla.
 
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", "LAS PARTES" suscriben esta Adenda de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto: Es objeto de la presente Adenda, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", aportará recursos públicos federales adicionales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por la cantidad de $33'892,766.32 (Treinta y Tres Millones Ochocientos Noventa y Dos Mil Setecientos Sesenta y Seis Pesos 32/100 M.N.), para que los destine y ejerza exclusivamente en la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS".
SEGUNDA.- Distribución de los Recursos: "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este instrumento, realizará la distribución de los recursos, con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2014, de acuerdo a lo siguiente:
A).- Para el "Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa" "LA SEP" aportará la cantidad de $3'000,000.00 (Tres Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la destine y ejerza a desarrollar el proyecto autorizado en su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica denominado: Desarrollo de materiales educativos para el fortalecimiento de la lectura, la escritura y las matemáticas desde un enfoque intercultural;
B).- Para el "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica": "LA SEP" aportará las cantidades de $7'000,000.00 (Siete Millones de Pesos 00/100 M.N.), y $2'303,216.32 (Dos Millones Trescientos Tres Mil Doscientos Dieciséis Pesos 32/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" las destine y ejerza a desarrollar los proyectos autorizados en su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica denominados: "3er. grado de educación preescolar y 1er. grado de educación primaria", y "Estrategias de lectura y Escritura en los niveles de primaria y secundaria", respectivamente, y
C).- Para el "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica": "LA SEP" aportará la cantidad de $21'589,550.00 (Veintiún Millones Quinientos Ochenta y Nueve Mil Quinientos Cincuenta Pesos 00/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la destine y ejerza exclusivamente para la instrumentación de una segunda lengua (inglés) en escuelas públicas de educación básica.
TERCERA.- Destino de los Recursos: "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se obliga a destinar y ejercer los recursos señalados en la cláusula SEGUNDA para la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación".
CUARTA.- Vigencia: La presente adenda surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2014. Podrá ser concluida con antelación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de "LAS PARTES" con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la otra parte; pero en tal supuesto "LAS PARTES" tomarán las medidas necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de esta adenda, se desarrollen hasta su total conclusión.
QUINTA.- Interpretación y Cumplimiento: "LAS PARTES" acuerdan que la presente Adenda, no implica novación de ninguna especie, por lo que, salvo lo pactado en este instrumento, subsisten todas las demás obligaciones estipuladas en el "CONVENIO MARCO".
SEXTA.- Jurisdicción y Competencia: "LAS PARTES" aceptan y reconocen que cualquier controversia en cuanto a la aplicación, interpretación y cumplimiento de la presente Adenda, la resolverán de conformidad al "CONVENIO MARCO".
Leída que fue la presente Adenda por las partes y enteradas de su contenido y alcances legales, la firman en cada una de sus hojas en cuatro tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, el 14 de noviembre de 2014.- Por la SEP: la Subsecretaria de Educación Básica, Alba Martínez Olivé.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Luis Maldonado Venegas.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Roberto Juan Moya Clemente.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Jorge Benito Cruz Bermúdez.- Rúbrica.- La Encargada del Despacho de la Subsecretaría de Educación Básica, Patricia Gabriela Vázquez del Mercado Herrera.- Rúbrica.- El Subsecretario de Planeación, Evaluación e Innovación Educativa, Sergio Rubén Máximo Romero Jiménez.- Rúbrica.

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