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DOF: 17/07/2015 |
CIRCULAR Modificatoria 6/15 de la Única de Seguros y Fianzas CIRCULAR Modificatoria 6/15 de la Única de Seguros y Fianzas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 6/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (APÉNDICES A4.1.3.13-a., A4.1.3.13-b., A4.1.3.13-c. y A4.1.3.13-d.) La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 232 de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, las instituciones de seguros, sin perjuicio de mantener el capital mínimo pagado, deben mantener los Fondos Propios Admisibles necesarios para respaldar su requerimiento de capital de solvencia que resulte de aplicar los procedimientos de cálculo señalados en el Anexo Transitorio 4 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente. Que para efectos de las Disposiciones A4.1.3.13. y A4.1.3.15. del Anexo Transitorio 4 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente, las instituciones de seguros utilizarán los factores para el cálculo del requerimiento por reafianzamiento, integrante del requerimiento de capital de solvencia, que en los Apéndices A4.1.3.13-a., A4.1.3.13-b., A4.1.3.13-c. y A4.1.3.13-d. de la citada Circular se señalan. Que en virtud de lo anterior, resulta necesario actualizar los Apéndices A4.1.3.13-a., A4.1.3.13-b., A4.1.3.13-c. y A4.1.3.13-d. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, a fin de que las instituciones de seguros utilicen la información contenida en los mismos, en el cálculo del requerimiento por reafianzamiento, a partir del segundo trimestre de 2015. Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos: CIRCULAR MODIFICATORIA 6/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (APÉNDICES A4.1.3.13-a., A4.1.3.13-b., A4.1.3.13-c. y A4.1.3.13-d.) ÚNICA.- Se modifican los Apéndices A4.1.3.13-a., A4.1.3.13-b., A4.1.3.13-c. y A4.1.3.13-d. de la Circular Única de Seguros y Fianzas. TRANSITORIA ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., 10 de julio de 2015.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica. APÉNDICE A4.1.3.13-a. FACTORES MEDIOS DE EXPOSICIÓN AL RIESGO POR CALIDAD DE GARANTÍAS , QUE DEBERÁN EMPLEAR LAS INSTITUCIONES, PARA EL CÁLCULO DEL REQUERIMIENTO POR REAFIANZAMIENTO: I. Factores medios de exposición al riesgo por calidad de garantías de las Instituciones de Seguros. INSTITUCIÓN DE SEGUROS | FACTOR | General de Seguros, S.A.B. | 1.0000 | Seguros Inbursa, S.A., Gpo. Fin. Inbursa | 0.4646 | Seguros Atlas, S.A. | 0.4802 | Grupo Nacional Provincial, S.A.B. | 0.6069 | AXA Seguros, S.A. de C.V. | 0.6366 | Reaseguradora Patria, S.A. | 0.6979 | Otras instituciones de seguros que practiquen la operación de reafianzamiento | 0.6477 | II. Factores medios de exposición al riesgo por calidad de garantías de las Instituciones de Fianzas. INSTITUCIÓN DE FIANZAS | FACTOR | Crédito Afianzador, S.A., Cía. Mexicana de Garantías | 0.6993 | Afianzadora Punto Aserta, S.A. | 0.3994 | Chubb de México, Cía. Afianzadora, S.A. de C.V. | 0.6011 | Fianzas Atlas, S.A. | 0.4698 | Afianzadora Lotonal, S.A. (En liquidación) | 1.0000 | Afianzadora Sofimex, S.A. | 0.6977 | Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Gpo. Fin. Inbursa | 0.4792 | Afianzadora Mexicana, S.A. (En liquidación) | 1.0000 | ACE Fianzas Monterrey, S.A. | 0.6273 | Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Gpo. Fin. Aserta | 0.6043 | Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., Gpo. Fin. Aserta | 0.6076 | Primero Fianzas, S.A. de C.V. | 0.6138 | Afianzadora Margen, S.A., Gpo. Fin. Margen (En liquidación) | 1.0000 | Fianzas Dorama, S.A. | 0.6414 | Fianzas Banpaís, S.A., Gpo. Fin. Asemex Banpaís (En liquidación) | 1.0000 | Fianzas Asecam, S.A. | 0.5899 | Afianzadora Fiducia, S.A. de C.V. | 0.5229 | Mapfre Fianzas, S.A. | 0.6026 | CESCE Fianzas México, S.A. de C.V. | 0.5997 | III. Factores medios de exposición al riesgo por calidad de garantías de las instituciones del extranjero. Nivel de la institución del Extranjero* | A | B | C | D | Factor medio de exposición al riesgo por calidad de garantías | 0.00 | 0.25 | 0.50 | 0.75 | Nivel | A | B | C | D | Calificación otorgada por la Agencia Calificadora * | Superior | Excelente | Muy Bueno | Bueno | Adecuado | APÉNDICE A4.1.3.13-b. ÍNDICES DE RECLAMACIONES PAGADAS ESPERADAS GLOBALES DE LAS INSTITUCIONES DE FIANZAS Y DEL MERCADO AFIANZADOR, QUE DEBERÁN EMPLEAR LAS INSTITUCIONES PARA EL CÁLCULO DEL REQUERIMIENTO POR REAFIANZAMIENTO INSTITUCIÓN DE FIANZAS | | Crédito Afianzador, S.A., Cía. Mex. de Garantías | 0.1935% | Afianzadora Punto Aserta, S.A. | 0.2975% | Chubb de México, Cía. Afianzadora, S.A. de C.V. | 0.1547% | Fianzas Atlas, S.A. | 0.1542% | Afianzadora Sofimex, S.A. | 0.2584% | Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Gpo. Fin. Inbursa | 0.0242% | ACE Fianzas Monterrey, S.A. | 0.0370% | Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. Gpo., Fin. Aserta | 0.1362% | Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., Gpo. Fin. Aserta | 0.3652% | Primero Fianzas, S.A. de C.V. | 0.1326% | Fianzas Dorama, S.A. | 0.1421% | Fianzas Asecam, S.A. | 0.0432% | Afianzadora Fiducia, S.A. de C.V. | 0.0475% | Mapfre Fianzas, S.A. | 0.1260% | CESCE Fianzas México, S.A. de C.V. | 0.0000% | Mercado Afianzador | 0.1408% | APÉNDICE A4.1.3.13-c. PROBABILIDADES DE QUE LAS RECLAMACIONES RECIBIDAS SE CONVIERTAN EN PAGADAS POR RAMO DE FIANZA DEL MERCADO AFIANZADOR, QUE DEBERÁN EMPLEAR LAS INSTITUCIONES PARA EL CÁLCULO DEL REQUERIMIENTO POR REAFIANZAMIENTO Clasificación | | Ramo I.- Fianzas de Fidelidad | 100.00% | Ramo II.- Fianzas Judiciales | 49.09% | Ramo III.- Fianzas Administrativas | 38.72% | Ramo IV.- Fianzas de Crédito | 98.24% | APÉNDICE A4.1.3.13-d. PORCENTAJE DE RETENCIÓN DEL REAFIANZAMIENTO TOMADO PROMEDIO DEL MERCADO ASEGURADOR , QUE DEBERÁN EMPLEAR LAS INSTITUCIONES PARA EL CÁLCULO DEL REQUERIMIENTO POR REAFIANZAMIENTO Clasificación | | Reafianzamiento. | 71.10% | _______________________
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