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DOF: 17/07/2015
CIRCULAR Modificatoria 7/15 de la Única de Seguros y Fianzas

CIRCULAR Modificatoria 7/15 de la Única de Seguros y Fianzas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR MODIFICATORIA 7/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Apéndices A4.2.12.1., A4.2.12.2 y A4.2.12.3)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 232 de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, las instituciones de fianzas, sin perjuicio de mantener el capital mínimo pagado, deben mantener los Fondos Propios Admisibles necesarios para respaldar su requerimiento de capital de solvencia que resulte de aplicar los procedimientos de cálculo señalados en el Anexo Transitorio 4 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente.
Que para efectos de las Disposiciones A4.2.3.2.y A4.2.4.2. del Anexo Transitorio 4 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente, en relación con lo establecido en el Capítulo 2.12.. del mismo Anexo Transitorio 4, las instituciones de fianzas deberán utilizar los factores que las Disposiciones A4.2.12.1., A4.2.12.2. y A4.2.12.3. señalan para el cálculo del requerimiento mínimo de capital base de operaciones.
Que en virtud de lo anterior, resulta necesario actualizar los Apéndices A4.2.12.1., A4.2.12.2 y A4.2.12.3 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente, a fin de que las instituciones de fianzas utilicen la información contenida de los mismos en el cálculo del requerimiento mínimo de capital base de operaciones, a partir del segundo trimestre de 2015.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 7/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Apéndices A4.2.12.1., A4.2.12.2 y A4.2.12.3)
ÚNICA.- Se modifican los Apéndices A4.2.12.1., A4.2.12.2 y A4.2.12.3 de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
TRANSITORIA
ÚNICA.-  La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 10 de julio de 2015.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.
APÉNDICE A4.2.12.1.,
PROBABILIDADES DE QUE LAS RECLAMACIONES RECIBIDAS SE CONVIERTAN EN PAGADAS POR
RAMO DE FIANZA DEL MERCADO, QUE DEBERÁN EMPLEAR LAS INSTITUCIONES DE
FIANZAS, PARA DETERMINAR EL REQUERIMIENTO POR RECLAMACIONES RECIBIDAS CON
EXPECTATIVA DE PAGO :
Clasificación

Ramo I.- Fianzas de Fidelidad
100.00%
Ramo II.- Fianzas Judiciales
49.09%
Ramo III.- Fianzas Administrativas
38.72%
Ramo IV.- Fianzas de Crédito
98.24%
 
APÉNDICE A4.2.12.2
FACTORES DE RETENCIÓN PROMEDIO DEL MERCADO POR RAMO, QUE DEBERÁN
EMPLEAR LAS INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA DETERMINAR EL REQUERIMIENTO POR
RECLAMACIONES RECIBIDAS CON EXPECTATIVA DE PAGO
Clasificación

Ramo I.- Fianzas de Fidelidad
71.67%
Ramo II.- Fianzas Judiciales
72.48%
Ramo III.- Fianzas Administrativas
49.91%
Ramo IV.- Fianzas de Crédito
39.36%
 
APÉNDICE A4.2.12.3
FACTORES MEDIOS DE CALIFICACIÓN DE GARANTÍAS DE RECUPERACIÓN , QUE DEBERÁN
EMPLEAR LAS INSTITUCIONES PARA DETERMINAR EL REQUERIMIENTO POR EXPOSICIÓN A
PÉRDIDAS POR CALIDAD DE GARANTÍAS RECABADAS :
I. Factores medios de calificación de garantías de recuperación de las Instituciones de Fianzas.
INSTITUCIÓN
FACTOR
Crédito Afianzador, S.A., Cía. Mex. de Garantías
0.3007
Afianzadora Punto Aserta, S.A.
0.6006
Chubb de México, Cía. Afianzadora, S.A. de C.V.
0.3989
Fianzas Atlas, S.A.
0.5302
Afianzadora Lotonal, S.A. (En liquidación)
0.0000
Afianzadora Sofimex, S.A.
0.3023
Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Gpo. Fin. Inbursa
0.5208
Afianzadora Mexicana, S.A. (En liquidación)
0.0000
ACE Fianzas Monterrey, S.A.
0.3727
Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Gpo. Fin. Aserta
0.3957
Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V., Gpo. Fin. Aserta
0.3924
Primero Fianzas, S.A. de C.V.
0.3862
Afianzadora Margen, S.A., Gpo. Fin. Margen (En liquidación)
0.0000
Fianzas Dorama, S.A.
0.3586
Fianzas Banpaís, S.A., Gpo. Fin. Asemex Banpaís (En liquidación)
0.0000
Fianzas Asecam, S.A.
0.4101
Afianzadora Fiducia, S.A. de C.V.
0.4771
Mapfre Fianzas, S.A.
0.3974
CESCE Fianzas México, S.A. de C.V.
0.4003
 
 
II.     Factores medios de calificación de garantías de recuperación de las Instituciones de Seguros.
INSTITUCIÓN
FACTOR
General de Seguros, S.A.B.
0.0000
Seguros Inbursa, S.A., Gpo. Fin. Inbursa
0.5354
Seguros Atlas, S.A.
0.5198
Grupo Nacional Provincial, S.A.B.
0.3931
AXA Seguros, S.A. de C.V.
0.3634
Reaseguradora Patria, S.A.
0.3021
Otras Instituciones de Seguros que practiquen la operación de reafianzamiento
0.3523
 
III.    Factores medios de calificación de garantías de recuperación de las Instituciones del Extranjero.
Nivel de la institución del Extranjero*
A
B
C
D
Factor medio de calificación de garantías de recuperación
1.00
0.75
0.50
0.25
 
Nivel
A
B
C
D
Calificación otorgada por la Agencia Calificadora *
Superior
Excelente
Muy Bueno
Bueno
Adecuado
 
___________________________
 

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