DOF: 03/09/2015
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en materia de portales de intranet e internet

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en materia de portales de intranet e internet.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA Y ADICIONA EL SIMILAR QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, EN MATERIA DE PORTALES DE INTRANET E INTERNET.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos; y
QUINTO. El 20 de mayo de 2015 el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó las acciones de modernización de los portales de Intranet e Internet del Consejo.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 62, fracciones XVI y XVII; 68, fracciones XVI y XVII; 91, fracciones XI y XII; 95, fracciones XV y XVI; 98, fracciones VII y VIII; 143, fracciones XVIII y XIX; 156, fracciones VIII, XXX y XXXI; 162, fracciones I, XI, XXI y XXII; 176, fracciones XX y XXI; 186, fracciones XI y XII; y se adicionan el artículo 101 Bis, así como las fracciones XVIII al artículo 62; XVIII al artículo 68; XIII al artículo 91; XVII al artículo 95; IX al artículo 98; XX al artículo 143; XXXII al artículo 156; XXIII al artículo 162; XXII al artículo 176; y XIII al artículo 186, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 62. ...
I. a XV. ...
XVI. Formular el Programa Anual de Trabajo del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia;
XVII.Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XVIII. Las demás que le señale el Comité Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia.
Artículo 68. ...
I. a XV. ...
XVI. Participar en los comités, comisiones, representaciones, suplencias y recesos que se determinen;
XVII. Definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XVIII. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 91. ...
 
I. a X. ...
XI. Presentar ante el Pleno el Informe Anual de Labores correspondiente a la unidad administrativa de su competencia con la autorización del Secretario Ejecutivo de Administración;
XII. Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia o de las Administraciones Regionales y Delegaciones Administrativas, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XIII. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 95. ...
I. a XIV. ...
XV. Informar a las áreas competentes, con la periodicidad que corresponda, sobre el avance y cumplimento de proyectos y programas a su cargo;
XVI. Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia o de las áreas administrativas que le estén adscritas, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XVII. Las demás que le confiera la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Consejo y las disposiciones aplicables.
Artículo 98. ...
I. a VI. ...
VII. Coordinar acciones en materia de implementación de la Reforma Penal en el Poder Judicial de la Federación, con las diversas instancias relacionadas del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo Federal, y con las entidades federativas;
VIII. Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia o de los Centros de Justicia Penal Federal, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
IX. Las demás que le confieran el Pleno y las Comisiones.
Artículo 101 Bis. Los titulares de los órganos auxiliares deberán definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización.
Artículo 143. ...
I. a XVII. ...
XVIII. Rendir, a través del superior jerárquico, los informes a que estén obligados, los cuales deberán ser firmados por ambos titulares, salvo las direcciones generales dependientes del Presidente, las cuales rendirán los informes respectivos directamente al mismo;
XIX. Definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XX. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 156. ...
I. a VII. ...
VIII. Elaborar, determinar e implementar las políticas y medidas de seguridad necesarias para salvaguardar la información contenida en medios electrónicos, incluyendo los portales de Intranet e Internet del Consejo;
IX. a XXIX. ...
XXX. Proporcionar apoyo en el rubro de transparencia y acceso a la información;
XXXI. Coadyuvar y, en su caso, coordinarse con las diferentes áreas administrativas para la publicación, gestión y actualización de la información en los portales de Intranet e Internet, de conformidad con las reglas de arquitectura, especificaciones técnicas y lineamientos para la publicación de contenidos que dicha Dirección General determine.
La actualización a que se refiere el párrafo anterior podrán llevarla a cabo las áreas administrativas
directamente o con el apoyo de la Dirección General de Tecnologías de la Información; y
XXXII. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 162. ...
I.     Proponer a la Comisión de Vigilancia, Información y Evaluación las políticas, normas, lineamientos y procedimientos de identidad institucional, información, difusión y comunicación social del Consejo, y ejecutarlos a fin de promover la imagen y cultura jurisdiccional en la opinión pública;
II. a X. ...
XI.   Participar con la Dirección General de Tecnologías de la Información en el diseño y actualización de los portales de Intranet e Internet del Consejo;
XII. a XX. ...
XXI. Diseñar y gestionar oportunamente la publicación de avisos, acuerdos, convocatorias, licitaciones y edictos, entre otros, en el Diario Oficial de la Federación y diversos medios impresos, con excepción de lo previsto en el artículo 91, fracción X, de este Acuerdo;
XXII.Vigilar el cumplimiento de los lineamientos de identidad institucional del Consejo, así como coadyuvar y, en su caso, coordinarse con las áreas administrativas, para que éstas se apeguen a los diseños homogéneos para la publicación y actualización de información en los portales de Intranet e Internet; y
XXIII. Las demás que establezca el Pleno y las Comisiones.
Artículo 176. ...
I. a XIX. ...
XX. Informar al superior jerárquico sobre el funcionamiento de la unidad administrativa a su cargo y del avance y logro de objetivos y metas programadas en el ámbito de su competencia;
XXI. Definir, revisar y ser responsable de los contenidos e información, que sean de su competencia o de las Administraciones de Edificios, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XXII. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 186. ...
I. a X. ...
XI.   Enviar al Presidente, al concluir el periodo de sesiones, un volumen con copias certificadas de todas las actas de las sesiones celebradas por dicha Comisión;
XII.  Definir, revisar y ser responsables de los contenidos e información, que sean de su competencia, en los portales de Intranet e Internet del Consejo, y gestionar su publicación y actualización; y
XIII.  Las demás que establezcan el Pleno y la Comisión."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los tres días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y adiciona el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en materia de portales de intranet e internet, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión ordinaria de ocho de julio de dos mil quince, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- México, Distrito Federal, a veintiséis de agosto de dos mil quince.- Conste.- Rúbrica.
 
 

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