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DOF: 03/09/2015
ACUERDO por el que se aprueba la Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes estadísticos derivados de proyectos geográficos

ACUERDO por el que se aprueba la Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes estadísticos derivados de proyectos geográficos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 del Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 17, 30 fracciones III y IV, 32 fracciones I y II, 55 fracciones I y II, 57, 58, 62 y 77 fracción VII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 5 fracción VIII del Reglamento Interior del Instituto; así como, lo previsto, en la Regla Octava fracciones IV y XII de las Reglas para la Integración y Operación de los Comités Ejecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto, en su calidad de unidad central coordinadora del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), tiene entre sus funciones, las de normar y coordinar el Sistema así como las actividades estadísticas y geográficas, que lleven a cabo las Unidades del Estado, tomando en cuenta los estándares nacionales e internacionales, así como las mejores prácticas en la materia;
Que el Instituto deberá dar a conocer y conservar los metadatos o especificaciones concretas de la aplicación de las metodologías que se hubieren utilizado en la elaboración de la Información;
Que las Unidades del Estado distintas al Instituto, cuando desarrollen actividades relacionadas con la producción, integración, conservación y difusión de Información de Interés Nacional, deberán resguardar y conservar la Información, así como los metadatos o especificaciones concretas de la aplicación de las metodologías que hubieren utilizado en la elaboración de la misma;
Que los microdatos de la información que genere el Instituto, así como los de aquellas Unidades del Estado que decidan brindar acceso a la Información que produzcan con la mayor desagregación posible y en algunos casos a los microdatos, deberán publicarse con metadatos, de acuerdo con la normatividad que para tal efecto establezca el Instituto;
Que los metadatos son un instrumento fundamental para el uso adecuado de la información estadística que se genera en el Sistema, facilitando su comprensión mediante la descripción de sus características;
Que el apegarse a los estándares internacionales es una práctica necesaria, ya que vuelve más accesible para los usuarios la manera en que se publica la información y permite que la comparación con otras fuentes, tanto nacionales como extranjeras, se torne más sencilla y confiable;
Que uno de los proyectos establecidos en el Programa Nacional de Estadística y Geografía 2013-2018, en materia de desarrollo de normatividad del SNIEG es el desarrollo de la normatividad requerida para documentar los proyectos estadísticos del SNIEG en el estándar de documentación de datos DDI;
Que considerando las aportaciones derivadas de la consulta realizada a generadores y usuarios de información estadística de los tres órdenes de gobierno y la academia, así como los integrantes de los Comités Ejecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información del SNIEG, los miembros de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, han tenido a bien aprobar la siguiente:
NORMA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN DE METADATOS PARA PROYECTOS DE GENERACIÓN
DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA BÁSICA Y DE LOS COMPONENTES ESTADÍSTICOS DERIVADOS DE
PROYECTOS GEOGRÁFICOS
Capítulo I,
Disposiciones generales.
Artículo 1.- La presente Norma Técnica tiene por objeto establecer las disposiciones mínimas para la elaboración de los metadatos de los proyectos para la generación de información estadística básica de interés nacional y de los componentes estadísticos derivados de proyectos geográficos, que lleven a cabo las Unidades del Estado que integran el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Sistema), con el propósito de promover su armonización y homogeneidad.
Artículo 2.- La presente Norma Técnica es de observancia obligatoria para las Unidades del Estado que en el marco del Sistema generen información estadística básica o que obtengan información estadística a partir de procesos de generación de información geográfica, que sea Información de Interés Nacional o sirva para generar ésta, realizada por sí mismas o por terceros cuando estas últimas les encomienden dicha
actividad.
Artículo 3.- Para efectos de la presente Norma, se entenderá por:
I.       Alianza DDI: Consorcio interdisciplinario de colaboración internacional dedicado a establecer estándares de metadatos y productos semánticos para describir conjuntos de datos de las ciencias sociales generados mediante métodos de observación;
II.      Aprovechamiento de Registros Administrativos: Método de generación de información estadística, mediante el uso de los registros sobre hechos o elementos existentes, que realizan las Unidades del Estado como parte de su función;
III.     Censo: Método de generación de información estadística, mediante la obtención de datos de cada uno de los elementos que conforman el conjunto objeto de estudio. En determinados contextos puede denominarse inventario;
IV.     Encuesta por muestreo: Método para generar información estadística mediante la captación de datos para un subconjunto de unidades seleccionadas de la población objeto de estudio;
V.      Estadística básica: Información generada a partir de un conjunto de datos obtenidos de un proyecto censal, una encuesta por muestreo o del aprovechamiento de registros administrativos;
VI.     Información Estadística: Conjunto de resultados cuantitativos o datos que se obtienen de las Actividades Estadísticas y Geográficas en materia estadística, tomando como base los datos primarios obtenidos de los Informantes del Sistema sobre hechos que son relevantes para el conocimiento de los fenómenos económicos, demográficos y sociales, así como sus relaciones con el medio ambiente y el espacio territorial;
VII.    Información de Interés Nacional: Información que se determine como tal por parte de la Junta de Gobierno, en términos de lo dispuesto por los artículos 77, fracción II y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica;
VIII.   Información Geográfica: Conjunto organizado de datos espaciales georreferenciados, que mediante símbolos y códigos genera el conocimiento acerca de las condiciones físico-ambientales, de los recursos naturales y de las obras de naturaleza antrópica del territorio nacional;
IX.     Iniciativa de Documentación de Datos o DDI (por sus siglas en Inglés): Estándar internacional basado en lenguaje XML para homologar el contenido, presentación y preservación de la documentación de los conjuntos de datos de estadística básica que permita el uso de los datos de manera efectiva, eficiente y precisa;
X.      Instituto o INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía;
XI.     Proceso para la generación de estadística básica: Conjunto de procedimientos y actividades para producir estadísticas, a partir de la aplicación de un instrumento de captación a unidades de la población objeto de estudio;
XII.    Metadatos: Datos estructurados que describen las características del contenido, captura, procesamiento, calidad, condición, acceso y distribución de la información estadística o geográfica;
XIII.   Norma Técnica: Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes Estadísticos derivados de proyectos Geográficos;
XIV.   Microdatos: Valores de las variables asociadas a cada una de las Unidades de Observación;
XV.    Proyecto para la generación de información estadística básica: Conjunto de actividades ordenadas y relacionadas para producir estadísticas mediante la realización de un censo, una encuesta por muestreo o el aprovechamiento de registros administrativos;
XVI.   Red Nacional de Metadatos: Herramienta informática que el INEGI ha implementado como plataforma de difusión y consulta de los metadatos de los proyectos de generación de información estadística básica, elaborados mediante la implementación del estándar internacional de la Iniciativa de Documentación de Datos;
XVII.  SNIEG o Sistema: Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y
XVIII. Unidades del Estado: A las áreas administrativas que cuenten con atribuciones para desarrollar Actividades Estadísticas y Geográficas o que cuenten con registros administrativos que permitan obtener Información de Interés Nacional de:
a)   Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluyendo a las de la Presidencia de la República y de la Procuraduría General de la República;
b)   Los poderes Legislativo y Judicial de la Federación;
c)   Las entidades federativas y los municipios;
 
d)   Los organismos constitucionales autónomos, y
e)   Los tribunales administrativos federales.
        Cuando el Instituto genere Información se considerará como Unidad del Estado.
Capítulo II,
Especificaciones Técnicas.
Artículo 4.- Los proyectos de información estadística básica o que obtengan información estadística a partir de procesos de generación de información geográfica, deberán ser documentados de acuerdo con la plantilla de metadatos adaptada para el SNIEG, de acuerdo a la Iniciativa de Documentación de Datos versión 2.0, desarrollada por la Alianza DDI y versiones subsecuentes.
Artículo 5.- La plantilla de metadatos está conformada por 82 elementos integrados en cinco secciones que proveen una lista estructurada de elementos y atributos para documentar un proyecto estadístico y sus bases de datos. En la plantilla se definen tres categorías para la descripción de los elementos del metadato:
I.     Los elementos obligatorios que están identificados con la letra M (Mandatory);
II.    Los recomendados con la letra R (Recommended), y
III.    Los elementos opcionales que no están identificados.
A continuación se especifican las etiquetas, definiciones y condición de llenado de los 82 elementos que conforman la plantilla de metadato para estadística básica o que obtengan información estadística a partir de procesos de generación de información geográfica. Las definiciones de cada elemento son complementadas con las instrucciones de llenado que se describen en el documento "Especificaciones Técnicas para la aplicación de la Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes Estadísticos derivados de proyectos Geográficos" al que hace referencia el artículo 6 de la Norma Técnica.
PLANTILLA DE METADATOS PARA LOS PROYECTOS DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA BÁSICA Y DE
LOS COMPONENTES ESTADÍSTICOS DERIVADOS DE PROYECTOS GEOGRÁFICOS
Etiqueta del
elemento
Descripción del elemento / Contenido esperado
Condición de
llenado
I. Descripción del metadato
Área responsable
de la elaboración
del metadato
Nombre del área responsable de la elaboración del metadato. El llenado de este campo se deberá realizar en orden jerárquico, empezando por la Unidad del Estado y hasta la dirección o coordinación de área responsable de la elaboración del metadato.
Obligatorio (M)
Fecha de
conclusión de la
documentación
Fecha en que se autoriza la publicación de la documentación. Esta casilla debe ser actualizada por parte del Servidor Público responsable de la generación de la documentación cada vez que el documento es revisado o modificado, ya sea por un cambio en la documentación, en la base de datos o en el material de referencia.
La documentación de este elemento es sólo para control interno y no se visualiza en el sitio donde se publican los metadatos.
Obligatorio (M)
Versión
Versión del archivo de documentación indicando el número de versión sin puntos decimales, la fecha de documentación de la información y los cambios relevantes incorporados. Este campo deberá actualizarse cada vez que se modifique o actualice la documentación del proyecto estadístico, la base de datos o el material de referencia externo.
La documentación de este elemento es sólo para control de quien realiza la documentación y no se visualiza en el sitio donde se publican los metadatos.
Opcional
Número de
identificación del
documento de
metadatos
Código alfanumérico único que identifica al documento de la Iniciativa de Documentación de Datos (DDI).
Obligatorio (M)
 
II. Descripción del proyecto estadístico
Título
Nombre oficial completo del censo, encuesta o aprovechamiento de registro administrativo, incluyendo el año o periodo de ejecución.
No deben usarse abreviaturas en esta casilla.
Obligatorio (M)
Subtítulo
El subtítulo es opcional y es usado en muy pocas ocasiones; puede ser utilizado para agregar información que amplíe o mencione ciertas limitaciones del título principal.
Opcional
Abreviatura
Siglas o acrónimo utilizados para referirse al proyecto estadístico.
Opcional
Tipo de proyecto
estadístico
Se refiere a la especificación del método utilizado para generar la información estadística: censo, encuesta o aprovechamiento de registro administrativo.
Obligatorio (M)
Título en inglés
Traducción al inglés del título del proyecto estadístico.
Opcional
Número de
identificación del
proyecto
estadístico
Código alfanumérico único que identifica al proyecto estadístico.
Obligatorio (M)
Institución y área
generadoras de la
información
Institución generadora de la información y área responsable del diseño y conducción del proyecto estadístico. El llenado de este elemento deberá llevarse a cabo en orden jerárquico, iniciando con la Unidad del Estado hasta la dirección o coordinación de área responsable del proyecto estadístico.
Obligatorio (M)
Colaboradores
Lista de otras instituciones, organizaciones o personas involucradas en el proyecto estadístico, que han jugado un papel significativo pero no el principal en el diseño, levantamiento de información en campo, procesamiento y análisis de los datos; y cuya participación ha sido establecida mediante el instrumento jurídico correspondiente.
Recomendado (R)
Financiamiento
Fuentes de financiamiento del proyecto estadístico: recursos fiscales u otras fuentes. El campo "Número de donación" se refiere al número de instrumento jurídico.
Recomendado (R)
Reconocimientos
Personas o instituciones que contribuyeron a la producción del proyecto estadístico de manera desinteresada, ya sea con asistencia técnica, estudios de referencia, entre otros.
Opcional
 
Resumen
Extracto del propósito, metodología, alcance y principales usos que se le dan a la información del proyecto estadístico. Se deben destacar las características especiales del proyecto y las principales áreas de interés.
Obligatorio (M)
Antecedentes del
proyecto
estadístico
Antecedentes históricos principales y de la gestión e implementación del proyecto estadístico.
Opcional
Unidades de
análisis
Se refiere a las unidades de análisis básicas que el proyecto estadístico estudia: individuos, familias, hogares, grupos, instituciones, organizaciones, unidades administrativas, entre otros. Se deben especificar todas las que correspondan.
Es importante distinguir entre unidad de análisis, unidad de observación y unidad de muestreo.
1.   Unidad de muestreo: es uno de los elementos en los que se divide la población, de manera que no se traslapen, a partir de los cuales se seleccionarán los elementos que se entrevistarán para el estudio. Todo miembro de la población pertenecerá a una y sólo a una unidad de muestreo.
2.   Unidad de análisis: conceptos fundamentales a los que está referida la información estadística, mismos que son cuantificados en la unidad de observación y que permiten la caracterización adecuada del fenómeno objeto de estudio.
3.   Unidad de observación o unidad de recopilación de datos: es un elemento o grupo de elementos respecto del cual se obtienen los datos para generar la información.
La unidad de análisis y la unidad de observación suelen ser la misma en las encuestas, el individuo, pero no tiene que serlo forzosamente, ya que recaban información del cierto individuo, pero a través de éste obtener información de otros, que serían la unidad de análisis.
Obligatorio (M)
 
Clase de datos
Este campo es una clasificación amplia de los datos y se referirá al tipo de datos incluidos en el estudio.
Obligatorio (M)
Instrumento de
captación de la
información
Descripción de los instrumentos de captación o cuestionarios usados para la recolección de datos. Se deben mencionar los siguientes aspectos:
1.   Lista de los instrumentos de captación y una descripción corta de cada uno de ellos.
2.   El idioma en el que fueron publicados los instrumentos de captación.
3.   Información sobre el proceso de diseño del instrumento (se debe detallar si éste es estructurado, respuestas pre-codificadas; semi-estructurado, respuestas pre-codificadas y abiertas, o no estructurado, respuestas abiertas.
Obligatorio (M)
Cobertura
temática
El llenado de este campo se realiza utilizando la lista de temas establecidos dentro de la plantilla, de los que sólo se debe elegir el correspondiente al tema principal del proyecto estadístico que se está documentando. Los temas secundarios y los subtemas cubiertos por el proyecto podrán ser documentados en forma exhaustiva en el elemento: Clasificación por subtemas.
El vocabulario controlado de este elemento está basado en los temas establecidos en el inciso I del artículo 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, correspondiente a los temas que deberá cubrir la información para ser considerada Información de Interés Nacional y complementado por los temas que se consideran relevantes por las áreas generadoras de la información.
Obligatorio (M)
Palabra(s) clave(s)
Las palabras claves sintetizan el contenido o la materia del proyecto estadístico, se usarán para facilitar referencias y búsquedas en catálogos electrónicos de proyectos estadísticos. En este campo se deben introducir palabras o frases con orientación temática que describan aspectos sobresalientes del proyecto estadístico.
Recomendado (R)
 
Clasificación por
subtemas
La clasificación por subtemas facilita las referencias y búsquedas en catálogos electrónicos de proyectos estadísticos.
Para el llenado de este campo, se deberá atender lo dispuesto por el documento: Especificaciones Técnicas para la aplicación de la Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de Información Estadística Básica".
Obligatorio (M)
País
Nombre del país en que fue ejecutado el proyecto estadístico (México). Para la abreviatura usar el código ISO de tres letras (Méx).
Recomendado (R)
Cobertura
geográfica
Áreas geográficas del país que cubre el proyecto estadístico: nacional, urbana, rural, región, localidades, municipios u otro.
Cuando no se cubran áreas específicas se deberán mencionar las razones por las que el proyecto no cubrió el total del área geográfica bajo estudio.
Obligatorio(M)
Cambios
geopolíticos
Este apartado sólo será llenado cuando se esté documentado un proyecto con cobertura geográfica a nivel municipal o inferior, como un censo de población y vivienda, en tal caso, se deben indicar los cambios ocurridos en un área geopolítica; las divisiones o uniones de localidades o municipios, teniendo como referente la conformación geopolítica reportada por el evento estadístico inmediato anterior.
Estos cambios deben reportarse por tener incidencia en la representación de la cobertura geográfica de los datos en cuestión.
Opcional
Universo de
estudio
Descripción de la población bajo estudio en el proyecto estadístico.
Obligatorio (M)
Diseño de la
muestra
Información sobre el marco muestral y los procedimientos utilizados, que debe considerar los siguientes elementos:
1. Marco de la muestra.
1.1. Formación de las unidades primarias de muestreo.
1.2. Estratificación.
2. Esquema de muestreo.
3. Tamaño de la muestra.
4. Afijación de la muestra.
5. Selección de la muestra.
6. Ajustes a los factores de expansión.
Deberá incluirse el nombre del campo en la base de datos que contiene las unidades primarias de muestreo, los estratos de diseño y el tamaño de la localidad.
Obligatorio (M)
Desviaciones del
diseño muestral
Descripción de la correspondencia entre las unidades efectivamente encuestadas y la muestra seleccionada. Se deben indicar las desviaciones importantes.
Obligatorio (M)
 
Tasa de respuesta
La tasa de respuesta indica la proporción de entrevistas realizadas respecto del total de las entrevistas planeadas en el diseño muestral.
Debe anexarse la tasa de no respuesta; en ésta se incluyen los porcentajes de rechazos de entrevista, tasa de no entrevista, así como la falta de respuesta asociada a unidades no existentes o cualquier otra condición por la que no fue posible obtener la información.
Obligatorio (M)
Factores de
expansión
En este apartado se proporcionará la lista de las variables usadas para ponderar los datos de la muestra. Si existe más de una variable ponderadora, se deberá describir la forma en que éstas difieren una de otra y cuál es el propósito de cada una de ellas.
Obligatorio (M)
Organización y
preparación
Descripción de las actividades realizadas para la organización y preparación del trabajo de campo.
Opcional
Periodo de
ejecución del
proyecto
estadístico
Describir el cronograma de las etapas principales del proyecto estadístico. Haciendo explícita la fecha de entrega de los resultados, la cual se debe plasmar en formato ISO.
Obligatorio(M)
Modo de
recolección de los
datos
Modalidad a través de la cual se capta la información del proyecto.
Las opciones consideradas tienen que ver con la forma utilizada para llevar a cabo el levantamiento de los datos; puede ser que el contacto con los informantes sea directo (de manera presencial o telefónica), o que el propio informante registre los datos solicitados en formatos en papel o electrónicos.
Obligatorio (M)
Supervisión
Descripción de los aspectos planeados para la supervisión del levantamiento.
Opcional
Notas sobre la
recolección de los
datos
Descripción de aspectos que se considera importante mencionar sobre la recolección de datos. Incluye factores tales como cooperación de los encuestados, duración de las entrevistas, número de visitas, cualquier evento que haya podido influir en la calidad de los datos, etcétera.
Opcional
Periodo de
referencia
Fecha o periodo al cual se refieren los datos, es decir, el periodo cubierto por los datos, no las fechas de codificación o elaboración de documentos o las fechas de recolección de los datos.
Obligatorio(M)
Recolector de
datos
Entidades (instituciones o agencias) responsables de la administración del cuestionario o entrevista o compilación de los datos. Esto se refiere a entidades que recolectan los datos, no a las que producen la documentación.
Obligatorio (M)
Procesamiento de
datos
Descripción de las etapas secuenciales del procesamiento de datos.
Opcional
Evaluación
estadística de la
calidad de los
datos
Descripción de estimadores de precisión de los datos del proyecto estadístico.
Para el caso de los errores de muestreo se deberá proporcionar la siguiente información:
1.   Una lista de razones/indicadores para los cuales fueron calculados los errores debidos a la muestra.
2.   Detalles referentes al software usado para calcular el error muestral y una referencia a los programas usados para realizar los cálculos.
3.   Referencia a reportes u otro tipo de documentos donde se pueden encontrar los resultados.
Obligatorio (M)
 
 
Otras formas de
evaluación de los
datos
Otras observaciones relacionadas con la evaluación de los datos.
Opcional
Instituciones
propietarias
Instituciones propietarias de la base de datos y su acceso.
Indicar información detallada del área responsable de los datos.
Opcional
Confidencialidad
Descripción de las normas que establecen el anonimato del informante. En el caso de utilizar algún procedimiento que permita conservar la confidencialidad de la información en la presentación de resultados, éste deberá ser documentado.
Se debe incluir la legislación sobre confidencialidad de los datos en cuestión.
Obligatorio(M)
Condiciones de
uso
Descripción de protocolos de acceso a la base de datos.
Obligatorio (M)
Acreditación de la
fuente de
información
Forma en que deben ser citadas las instituciones propietarias de la información.
Obligatorio(M)
Notas legales
Las notas legales delimitan la responsabilidad que tiene tanto el usuario como la institución propietaria, respecto al empleo de los datos. Puede utilizarse un estándar legal para todas las bases de datos de una misma institución generadora de información. Se recomienda incluir los siguientes aspectos: los reconocimientos al recolector original de los datos, al distribuidor autorizado de los datos y los fundamentos relevantes que liberan de toda responsabilidad a la institución, del uso de los datos o de las interpretaciones o conclusiones basadas en el empleo de éstos.
Obligatorio(M)
Derechos de autor
Declaración de derechos del autor de la base de datos.
Opcional
Atención a
usuarios
Dirección de atención a usuarios.
Obligatorio (M)
III. Descripción de los archivos de datos
Contenido
Descripción de la base de datos debiendo incluir: cobertura temática, características especiales de su contenido y principales variables. Esta descripción deberá distinguir claramente variables recolectadas y variables derivadas.
Se deberá indicar la disponibilidad de algunas variables, tales como, las variables ponderadoras. Si la base contiene variables derivadas, haciendo referencia al programa de cómputo con el que fueron generadas.
Obligatorio (M)
Productor
Institución responsable de la creación de la base de datos. El productor de la base de datos no es necesariamente la agencia que recolectó o procesó los datos.
Obligatorio(M)
Versión
Descripción de cada versión de la base de datos. Se deberá incluir fecha y detalles de ajustes realizados a la base de datos. Así mismo, asignando un código secuencial sin números decimales a cada versión.
Opcional
 
Datos perdidos
Información general acerca de los datos perdidos y de la forma en que fueron tratados o imputados.
Opcional
Amplitud del
proceso de
revisión
Información acerca de los tipos de revisiones y operaciones que han sido llevados a cabo en la bases de datos para asegurar que los datos sean correctos. La información que se incluya aquí es únicamente sobre la tabla de la base de datos que se está documentando. La información que se incluya aquí es únicamente sobre la tabla de la base de datos que se está documentando. La información sobre el proceso de revisión que ha sido llevado a cabo en la(s) base(s) de datos del proyecto como conjunto, deberá incluirse en el campo "Procesamiento de datos" a nivel del proyecto estadístico.
Recomendado (R)
Sitio de descarga
Dirección del sitio en internet de donde se pueden descargar los microdatos.
Opcional
Notas
Información adicional acerca de la base de datos, no cubierta en los puntos anteriores.
Opcional
IV. Descripción de las variables
Definición
Descripción detallada de la variable; más completa que la provista por el nombre de la variable y su etiqueta. Se deberán describir los aspectos relativos a su medición.
Obligatorio (M)
Universo
Grupo de personas u otros elementos que son el objetivo de la variable y a los que se refieren los resultados analíticos.
El universo a nivel variable refleja las categorías establecidas en el instrumento de captación del proyecto estadístico. Se debe tratar de ser lo más específico posible. Está información es usada frecuentemente para el análisis de los datos.
En general, debería ser posible decir a partir de la descripción del universo, si un individuo o elemento dado (hipotético o real) es un miembro de la población en estudio.
Obligatorio (M)
Informante
Características de la persona que se identifica como "informante adecuado" para proporcionar la información contenida en la variable.
Obligatorio (M)
Palabra(s) clave(s)
Se refiere al tema genérico al que corresponde una variable. Este elemento tiene el mismo propósito de las palabras clave en el apartado Cobertura Temática, pero a nivel de variable.
Opcional
Instrucciones
previas a la
pregunta
Son las instrucciones o indicaciones dadas a los entrevistadores y que aparecen impresas en el cuestionario antes de la pregunta textual. Este elemento no aplica a todas las variables y tiene como finalidad comprender cómo fueron realizadas las preguntas durante la entrevista.
Recomendado (R)
Pregunta textual
Es el texto del cuestionario, tal como el entrevistador debe realizar la pregunta cuando conduce la entrevista. No aplica para todas las variables derivadas y tiene como finalidad comprender cómo fueron realizadas las preguntas durante la entrevista.
Obligatorio (M)
 
Instrucciones
posteriores a la
pegunta
Son las instrucciones o indicaciones dadas a los entrevistadores y que aparecen impresas en el cuestionario después de las preguntas textuales. Este elemento puede utilizarse para ingresar información sobre los pases del cuestionario. Este tipo de instrucciones no aplican a todas las variables y tiene como finalidad comprender cómo fueron realizadas las preguntas durante la entrevista.
Recomendado (R)
Instrucciones en
manuales y otros
materiales de
apoyo
Texto contenido en los manuales u otros materiales de apoyo para el personal que hace el levantamiento de la información, sobre las posibles respuestas o la forma de hacer la pregunta.
Recomendado (R)
Imputación
Descripción del proceso utilizado para imputar valores o datos perdidos que han sido reemplazados.
Opcional
Recodificación y
derivación
Descripción del proceso o algoritmo utilizado para derivar variables.
Opcional
Seguridad
Provee información sobre el nivel de acceso a la variable
Opcional
Notas
Información adicional de la variable.
Opcional
V. Descripción de los Materiales de Referencia Externos (MRE).
Tipo
Tipo de documento o material de referencia. Se deberá usar la lista de vocabulario controlado. Si el tipo de material no está en la lista, agréguelo usando el editor de plantilla.
Obligatorio (M)
Título
Nombre del documento técnico o material de referencia.
Obligatorio (M)
Subtítulo
Título que complementa el título principal del material de referencia.
Recomendado (R)
Autor(es)
Institución o persona responsable del contenido del material de referencia.
Recomendado (R)
Fecha
Fecha de creación del material de referencia, indicando año, mes y día.
Recomendado (R)
País
Se deberá usar vocabulario controlado basado en ISO 3166-3 para seleccionar el país.
Recomendado (R)
Idioma
Se deberá usar vocabulario controlado basado en ISO 639-3s para seleccionar el idioma.
Recomendado (R)
Formato
Formato del archivo del material de referencia.
Obligatorio (M)
Número de
identificación
Identificador del material de referencia, si existe.
Recomendado (R)
Colaboradores
Institución o personas responsables que contribuyeron a la elaboración del contenido del material de referencia.
Recomendado (R)
Editor(es)
Institución o personas responsables de la edición del documento y/o su difusión.
Recomendado (R)
Derechos
Información acerca de los derechos legales del material de referencia.
Recomendado (R)
Descripción
Descripción del contenido del material de referencia.
Obligatorio (M)
Resumen
Resumen del contenido del material de referencia.
Obligatorio (M)
Tabla de
contenido
Índice del contenido del material de referencia.
Obligatorio (M)
Temas
Temas abordados en el material de referencia.
Obligatorio (M)
Capítulo III,
Soportes para la aplicación de la Norma.
 
Artículo 6.- Para el cumplimiento del objeto de la presente Norma Técnica, las Unidades del Estado realizarán la documentación de los metadatos mediante la utilización de las herramientas informáticas gratuitas y de licencia libre desarrolladas por el Grupo de datos del Banco Mundial, y en apego al documento: "Especificaciones Técnicas para la aplicación de la Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes Estadísticos derivados de proyectos Geográficos".
Artículo 7.- Las herramientas informáticas, la guía de instalación, las plantillas de metadatos para estadística básica y el documento de especificaciones técnicas mencionado en el artículo anterior, podrán ser descargadas del portal del SNIEG en Internet.
Artículo 8.- Los apoyos para la capacitación podrán ser solicitados al INEGI a través la Dirección General de Coordinación del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, para que ésta canalice su atención a la Unidad Administrativa que corresponda.
Artículo 9.- La publicación de los metadatos de los proyectos se realizará a través del sitio de la Red Nacional de Metadatos, que es administrado por el INEGI y forma parte del Sitio web del INEGI en Internet.
Artículo 10.- Para el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, las Unidades del Estado responsables de la elaboración de los metadatos de los proyectos, que hayan sido o sean susceptibles de ser aprobados por la Junta de Gobierno como Información de Interés Nacional, deberán entregar al INEGI en formato electrónico, los archivos resultantes del proceso de documentación, para su publicación en el sitio de la Red Nacional de Metadatos.
Capítulo IV,
Interpretación y vigilancia.
Artículo 11.- La aplicación e interpretación de la presente Norma Técnica para efectos administrativos y técnicos corresponderá en el ámbito de su competencia a las Direcciones Generales de Estadísticas Sociodemográficas, Estadísticas Económicas, Estadísticas de Gobierno, Seguridad Pública y Justicia y de Geografía y Medio Ambiente del Instituto, quienes deberán resolver los casos no previstos por la misma.
Artículo 12.- Las áreas encargadas de vigilar, verificar o evaluar el cumplimiento de la presente Norma Técnica son las Direcciones Generales de Estadísticas Sociodemográficas, Estadísticas Económicas, Estadísticas de Gobierno, Seguridad Pública y Justicia y de Geografía y Medio Ambiente del Instituto, en el ámbito de su competencia.
Transitorios
PRIMERO.- La Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes Estadísticos derivados de proyectos Geográficos, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las Unidades del Estado que generen información a la que se hace referencia en el artículo 2 de esta Norma Técnica, deberán adoptar las disposiciones de la presente Norma en un plazo no mayor a tres años, a partir de la entrada en vigor de la misma. Las propuestas de Información de Interés Nacional que sean presentadas a la Junta de Gobierno del INEGI, después de la entrada en vigor de la presenten Norma, deberán contar con el metadato en apego a lo establecido en la presente norma en el momento de la presentación de la propuesta.
La Norma Técnica para la Elaboración de Metadatos para proyectos de generación de Información Estadística Básica y de los componentes Estadísticos derivados de proyectos Geográficos, se aprobó en términos del Acuerdo No. 5 ª/III/ 2015, aprobado en la Quinta Sesión de 2015, de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 19 de Agosto de dos mil quince.- Presidente, Eduardo Sojo Garza Aldape; Vicepresidentes: Enrique de Alba Guerra, Rolando Ocampo Alcántar, Mario Palma Rojo y Félix Vélez Fernández Varela.
Aguascalientes, Ags., a 25 de agosto de 2015.- Hace constar lo anterior el Director General Adjunto de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
(R.- 418242)
 

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