DOF: 04/12/2015
ACUERDO por el que se modifica el clasificador por objeto del gasto para la Administración Pública Federal

ACUERDO por el que se modifica el clasificador por objeto del gasto para la Administración Pública Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Egresos.- Unidad de Política y Control Presupuestario.

ALFONSO ISAAC GAMBOA LOZANO, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción V y 6 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 64, fracción II, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y
CONSIDERANDO
Que con fecha 28 de diciembre de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se expidió el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal;
Que con fecha 27 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal;
Que con fecha 29 de junio de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo a través del cual se crea una partida específica del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal;
Que con fecha 24 de julio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se modifica el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal;
Que de conformidad con lo establecido por los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y numeral 7 del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, la Unidad de Política y Control Presupuestario es la unidad administrativa normativa competente en materia presupuestaria, para crear, modificar o actualizar las partidas específicas;
Que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal requieren partidas específicas que les permitan dar cumplimiento a los objetivos de los programas presupuestarios y con base en sus necesidades, registrar las erogaciones con cargo a sus presupuestos autorizados, por ello esta unidad administrativa normativa competente en materia presupuestaria, conservando la estructura básica (capítulo, concepto y partida genérica), emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO PARA LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifican las partidas específicas: 12201 y 12301. Se adiciona dentro del capítulo 3000 SERVICIOS GENERALES, en la partida genérica 339 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS Y TECNICOS INTEGRALES, la partida específica 33904 ASIGNACIONES DERIVADAS DE PROYECTOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA.
1000 SERVICIOS PERSONALES
        1200 (...)
                122 (...)
12201    REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL. Remuneraciones al
personal obrero, técnico, administrativo, especialista y profesional, que desempeñe labores eventuales por estudios, obras o trabajos determinados, según los requerimientos y formas de contratación, incluye el registro de los sueldos y salarios y prestaciones que conforme a los regímenes laborales y disposiciones aplicables correspondan.
12202 (...)
                123 (...)
12301    RETRIBUCIONES POR SERVICIOS EN PERÍODO DE FORMACIÓN PROFESIONAL. Retribuciones a profesionistas de las diversas especialidades y subespecialidades que presten sus servicios en período de capacitación y formación académica, dentro de una unidad médica durante el tiempo que se establezca en las disposiciones académicas respectivas. Esta partida comprende emolumentos que se otorgan a médicos residentes en período de formación académica.
3000 SERVICIOS GENERALES
        3300 (...)
                339 (...)
33904    ASIGNACIONES DERIVADAS DE PROYECTOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA.- Asignaciones destinadas a cubrir el pago de obligaciones derivadas de contratos correspondientes a proyectos de asociación público-privada que se realicen bajo los esquemas de asociación que tenga como fuente de pago total o parcial recursos federales presupuestarios, con el fin de desarrollar proyectos de inversión productiva, investigación aplicada y/o de innovación tecnológica, de largo plazo, con la participación del sector privado para la prestación de servicios al sector público, mayoristas, intermediarios o al usuario final, y en los que se utilice infraestructura provista total o parcialmente por el sector privado con objetivos que aumenten el bienestar social y los niveles de inversión en el País.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 1 de enero de 2016, sin perjuicio de lo previsto en el transitorio siguiente.
SEGUNDO.- A partir del día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal iniciarán las acciones necesarias para el registro de las operaciones correspondientes al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016, conforme a las partidas que se modifican por este Acuerdo.
Dado en la Ciudad de México Distrito Federal, a los 24 días del mes de noviembre de 2015.- El Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, Alfonso Isaac Gamboa Lozano.- Rúbrica.
 
 

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