ACTUALIZACIÓN del calendario relativo al mercado de energía de corto plazo para el Sistema Interconectado de Baja California Sur.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Subsecretaría de Electricidad.- Dirección General de Análisis y Vigilancia del Mercado Eléctrico.
CÉSAR ALEJANDRO HERNÁNDEZ ALVA, Director General de Análisis y Vigilancia del Mercado Eléctrico de la Secretaría de Energía, con fundamento en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 6, fracción I, 94, 95, 104, y Transitorio Tercero de la Ley de la Industria Eléctrica (en adelante, LIE); 33, fracciones XXVI y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 15 fracciones I, V y XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, así como la Base 1.4.6 de las Bases del Mercado Eléctrico, AVISA a los interesados en participar en el Mercado Eléctrico Mayorista, que el día 08 de febrero fue notificada al Centro Nacional de Control de Energía, la "Resolución que actualiza el calendario que deberá observar el Centro Nacional de Control de Energía para el inicio de operaciones del Mercado de Energía de Corto Plazo en el Sistema Interconectado Baja California Sur" en los siguientes términos:
ACTUALIZACIÓN DEL CALENDARIO RELATIVO AL MERCADO DE ENERGIA DE CORTO PLAZO
PARA EL SISTEMA INTERCONECTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
1. Se actualiza el calendario establecido para el Sistema Interconectado Baja California Sur conforme lo señalado a continuación:
1.1 Calendario específico para el Sistema Interconectado Baja California Sur:
a) A partir del 16 de marzo de 2016, el CENACE recibirá ofertas de compra y ofertas de venta para el Mercado de Energía de Corto Plazo (día de operación: 23 de marzo de 2016).
b) El 22 de marzo de 2016, el CENACE iniciará operaciones del Mercado del Día en Adelanto.
c) El 23 de marzo de 2016, el CENACE iniciará operaciones del Mercado de Tiempo Real.
d) El 30 de marzo de 2016, el CENACE enviará estados de cuenta iniciales en relación con el primer día de operación del Mercado de Energía de Corto Plazo.
e) El 6 de abril de 2016, la Secretaría emitirá la declaratoria de la entrada en operación del Mercado de Energía de Corto Plazo, retroactiva al día de operación del 23 de marzo de 2016.
2. La SENER podrá ajustar las fechas consideradas en esta resolución en caso de requerirse para asegurar la operación confiable y eficiente del Mercado Eléctrico Mayorista, lo cual se avisará por el mismo medio que la presente resolución, previo a la fecha establecida para la etapa modificada.
3. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a que sea notificada al Centro Nacional de Control de Energía.
Se emite la presente resolución a los 8 días del mes de febrero de dos mil dieciséis.- El Director General, César Alejandro Hernández Alva.- Rúbrica.
(R.- 426271)