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DOF: 07/03/2016
ACUERDO de Coordinación que para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas

ACUERDO de Coordinación que para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas.

ACUERDO DE COORDINACION, QUE PARA EL EJERCICIO DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTROL Y FOMENTO SANITARIOS, CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE SALUD, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, DRA. MARIA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LOPEZ, CON LA PARTICIPACION DE LA COMISION FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS, EN LO SUCESIVO "LA COMISION", POR CONDUCTO DE SU TITULAR, LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA Y, POR LA OTRA PARTE; EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO "EL EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, ING. EGIDIO TORRE CANTU, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HERMINIO GARZA PALACIOS, EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE TAMAULIPAS, DR. JOSE NORBERTO TREVIÑO Y GARCIA MANZO, Y EL COMISIONADO ESTATAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS DE TAMAULIPAS, LIC. JOSE ISAURO FLORES RIVERA; A QUIENES, CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA, SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Conforme a los artículos 26, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21 y 22, de la Ley de Planeación, corresponde al Poder Ejecutivo Federal, elaborar el Plan Nacional de Desarrollo; en el que se precisan los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país, determinándose los instrumentos y responsables de su ejecución.
II.     En términos de lo establecido por el artículo 17 bis, de la Ley General de Salud, corresponde a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, el ejercicio de las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios que le corresponden a la citada Dependencia del Ejecutivo Federal, en las materias a que se refiere el artículo 3o., de la Ley General de Salud, en sus fracciones I, en lo relativo al control y vigilancia de los establecimientos de salud a los que se refieren los artículos 34 y 35, de dicho ordenamiento; XIII, XIV, XXII, XXIII, XXIV, XXV y XXVI, ésta salvo por lo que se refiere a cadáveres, y XXVII, esta última por lo que se refiere a personas.
III.    Conforme a lo establecido por el artículo 18, párrafo segundo, de la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud está facultada para proponer la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas para la participación de éstos en la prestación de los servicios a que se refieren, entre otras, las fracciones I, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII, del artículo 3o., de dicha Ley.
IV.   La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Tamaulipas, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud del Estado, con autonomía técnica y de gestión, para la ejecución de los programas de protección contra riesgos sanitarios, creado mediante Decreto del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el 29 de noviembre de 2005, publicado en el Periódico Oficial, número 146, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el 7 de diciembre de 2005, modificado por Decreto Gubernamental de fecha 29 de octubre del 2012, publicado el 20 de diciembre de 2012 en el Periódico Oficial, número 153, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas; el cual tiene por objeto el control, vigilancia y fomento sanitario que corresponden a la Secretaría de Salud del Estado, conforme a lo establecido en la ley General de Salud, la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas, y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Expuesto lo anterior, con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto, 26 y 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44, de la Ley de Planeación; 2o., 3o., fracciones I, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII, 13, apartado A, fracción III, 17 bis, 18 y 287, de la Ley General de Salud; 1, 2, inciso C, fracción X, 6 y 7, fracción
XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; así como en los artículos 1, 77, 91, fracción XXI, y 95, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2, 3, 7, 23, 24 y 32, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 1, 2, fracción V, y 3, del Decreto Gubernamental de fecha 29 de octubre de 2012, publicado el 20 de diciembre de 2012 en el Periódico Oficial, número 153, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, mediante el cual se modifica el Decreto del 29 de noviembre de 2005, del Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, por el cual se crea la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, publicado el 7 de diciembre de 2005 en el Periódico Oficial, número 146, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, y los relativos de la Ley de Salud del Estado de Tamaulipas, "LA SECRETARIA" y "EL EJECUTIVO ESTATAL", convienen en suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, cuya ejecución se realizará al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. Declara "LA SECRETARIA" que:
I.1    Es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo Federal, según lo dispuesto por los artículos 2 y 26, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que funge como autoridad sanitaria y coordinadora del Sistema Nacional de Salud, correspondiéndole establecer y conducir la política nacional en materia de salubridad general, asistencia social y servicios médicos, en términos de lo dispuesto por los artículos 39, del citado ordenamiento, 7 y 13, apartado A, de la Ley General de Salud.
I.2    La Dra. María de las Mercedes Martha Juan López, fue designada Secretaria de Salud, mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2012, expedido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, del cual se agrega copia fotostática al presente instrumento, y quien cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, con fundamento en los artículos 6 y 7, fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
I.3    Cuenta con un órgano desconcentrado denominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el cual goza de autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que en materia de regulación, control y fomento sanitarios, conforme a la Ley General de Salud y demás ordenamientos aplicables, le corresponden a "LA SECRETARIA", por conducto de las unidades administrativas que integran "LA COMISION", en los términos del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones jurídicas aplicables.
I.4    "LA COMISION" se encuentra debidamente representada por su titular el Lic. Mikel Andoni Arriola Peñalosa quien fue designado el 1 de marzo de 2011 por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos; anexándose copia fotostática de su nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación; quien cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido por el artículo 10, fracciones III, VII, IX y XVI, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5    Para efectos del presente Acuerdo de Coordinación señala como su domicilio el ubicado en Oklahoma 14, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, México, Distrito Federal.
II. Declara "EL EJECUTIVO ESTATAL" que:
II.1   El Estado de Tamaulipas es parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 43 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.
II.2   El Ing. Egidio Torre Cantú, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, cuenta con la competencia y legitimación para la celebración del presente Acuerdo de Coordinación, en términos de lo establecido en el artículo 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 91, fracción XXI, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2, párrafo primero, 3, 7, párrafo primero y 10, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, y demás disposiciones locales aplicables, acreditando la personalidad con que se
ostenta con el Decreto No. LX-1490, mediante el cual se expide el Bando Solemne al Pueblo de Tamaulipas, que contiene la Declaratoria de Validez de la Elección del día 4 de julio de 2010 y de Gobernador Constitucional del Estado, para el periodo constitucional 2011-2016, publicado en el Periódico Oficial, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, el 30 de noviembre de 2010, del que se adjunta copia fotostática al presente Acuerdo de Coordinación.
II.3   La Secretaría General de Gobierno, es una Dependencia que integra la Administración Pública Centralizada de dicha Entidad Federativa, conforme a lo dispuesto por los artículos 3, 23, numeral 1, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, a la que entre otras atribuciones le corresponde supervisar el despacho de los asuntos encomendados a las demás dependencias de "EL EJECUTIVO ESTATAL".
II.4   El Lic. Herminio Garza Palacios, acredita su carácter de Secretario General de Gobierno, con el nombramiento de fecha 1 de septiembre de 2012, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, Ing. Egidio Torre Cantú, anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación, y cuenta con facultades y legitimación para asistir a "EL EJECUTIVO ESTATAL" en la celebración del presente instrumento, de conformidad con lo establecido por los artículos 94 y 95, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 10, 23 numeral 1, fracción I y 24, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.
II.5   La Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Tamaulipas, es una dependencia de la Administración Pública Central de dicha Entidad Federativa, conforme a lo dispuesto por los artículos 3, 23, numeral 1, fracción IX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 4o., fracción II, de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas, a la que entre otras atribuciones, le corresponde ejercer las atribuciones que en materia de salud le son de competencia a "EL EJECUTIVO ESTATAL", de acuerdo a la Ley General de Salud, la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas y demás disposiciones jurídicas aplicables.
II.6   El Dr. José Norberto Treviño y García Manzo, acredita su carácter de Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Tamaulipas, con el nombramiento de fecha 1 de enero de 2011, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, Ing. Egidio Torre Cantú, anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación, y cuenta con facultades y legitimación para asistir a "EL EJECUTIVO ESTATAL" en la celebración el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7, 23, numeral 1, fracción IX, 32, fracciones III y IV, de Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 3o., de la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas.
II.7   La Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud del Estado de Tamaulipas, con autonomía cnica administrativa y de gestión, el cual tiene como objeto y atribución el ejercicio del control, vigilancia y fomento sanitario que corresponden a la Secretaría de Salud del Estado conforme a lo establecido por el artículo 1, numerales 1 y 2, 2, del Decreto Gubernamental de fecha 20 de diciembre de 2012, publicado el 20 de diciembre de 2012 en el Periódico Oficial, número 153, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, mediante el cual se modifica el Decreto del 29 de noviembre de 2005, del Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, por el cual se crea la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, publicado el 7 de diciembre de 2005 en el Periódico Oficial, número 146, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
II.8   El Lic. José Isauro Flores Rivera, acredita su carácter de Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, con el nombramiento de fecha 16 de enero de 2016, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación, y cuenta con facultades y legitimación para asistir a "EL EJECUTIVO ESTATAL" en la celebración del presente instrumento, de conformidad
con lo establecido por los artículos 2, 3, fracción I, y 4, del Decreto Gubernamental de fecha 20 de diciembre de 2012, publicado el 20 de diciembre de 2012 en el Periódico Oficial, número 153, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, mediante el cual se modifica el Decreto del 29 de noviembre de 2005, del Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, por el cual se crea la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, publicado el 7 de diciembre de 2005 en el Periódico Oficial, número 146, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
II.9   Para los efectos del presente Acuerdo de Coordinación señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Francisco I. Madero número 414, código postal 87000, Zona Centro, Ciudad Victoria, Tamaulipas.
III. Declaran "LAS PARTES" que:
       Están interesadas en celebrar el presente Acuerdo de Coordinación y que una vez reconocida plenamente la capacidad jurídica con que comparecen cada una de "LAS PARTES" y vistas las declaraciones que anteceden, es su voluntad celebrar el presente instrumento jurídico para lo cual acuerdan sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. Objeto.
El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto establecer los términos y condiciones en que se dará la colaboración entre "LAS PARTES", para la coadyuvancia de "EL EJECUTIVO ESTATAL" en el ejercicio de las facultades que en materia de control y fomento sanitarios, corresponde ejercer a "LA SECRETARIA", por conducto de "LA COMISION", conforme a lo dispuesto por la Ley General de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables, así como para establecer los criterios a los que se sujetará el ejercicio de facultades concurrentes en esta materia, con la finalidad de dar agilidad, transparencia y eficiencia al desarrollo de dichas actividades en el ámbito local.
SEGUNDA. Disposiciones Generales.
Para el ejercicio de las facultades a que se refiere el presente Acuerdo de Coordinación, "LAS PARTES", suscriben y agregan como parte integrante del presente instrumento jurídico los siguientes Anexos:
I.     Anexo 1. "Establecimientos. Ejercicio y coadyuvancia de "EL EJECUTIVO ESTATAL" para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios.
       Este anexo detalla los criterios de coadyuvancia y de coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, que aplican en los siguientes supuestos:
1.   El control sanitario de establecimientos, cuyo ejercicio, corresponde exclusivamente a "LA SECRETARIA", por conducto de "LA COMISION";
2.   El control sanitario de establecimientos, en cuyo ejercicio, "EL EJECUTIVO ESTATAL" coadyuva con "LA SECRETARIA", a través de "LA COMISION", y
3.   El control sanitario de establecimientos, cuyo ejercicio corresponde a "EL EJECUTIVO ESTATAL".
       Asimismo, se incluye el listado de categorías de establecimientos y el supuesto en el que se ubica cada uno.
II.     Anexo 2. "Trámites y servicios. Ejercicio y coadyuvancia de "EL EJECUTIVO ESTATAL" para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios".
       Este anexo detalla los criterios de atención que aplican para los siguientes supuestos:
 
4.   Trámites y servicios, cuya atención, corresponde exclusivamente a "LA SECRETARIA", por conducto de "LA COMISION";
5.   Trámites y servicios, en cuya atención, "EL EJECUTIVO ESTATAL" coadyuva con "LA SECRETARIA", a través de "LA COMISION", y
6.   Trámites y servicios, cuya atención corresponde a "EL EJECUTIVO ESTATAL".
Asimismo, se incluye el listado de trámites y servicios y el supuesto en el que se ubica cada uno.
Ambos Anexos se sujetarán al "ACUERDO por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011 y sus modificaciones, publicadas en el citado órgano oficial de difusión, los días 22 de junio de 2011, 10 de mayo de 2012, 23 de octubre de 2012 y 1 de julio de 2013; así como a los demás instrumentos normativos que en el futuro lo modifiquen o lo sustituyan.
TERCERA. Compromisos de "LA SECRETARIA" a través de "LA COMISION".
Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, "LA SECRETARIA", a través de "LA COMISION":
I.     Autorizará a "EL EJECUTIVO ESTATAL" la utilización de las aplicaciones informáticas que se desarrollen en "LA COMISION", que tengan como objetivo específico apoyar las tareas de atención de trámites, control y fomento sanitario descrito en los Anexos 1 y 2 del presente Acuerdo de Coordinación;
II.     Absorberá en materia de control y fomento sanitarios, el costo de la capacitación, desarrollo, entrenamiento y actualización del personal para realizar las visitas de verificación sanitaria, el dictamen y el procedimiento de resolución correspondiente, así como la operación de las aplicaciones informáticas que se desarrollen en "LA COMISION" que tengan como objetivo específico apoyar las tareas de atención de trámites y control sanitario, conforme al programa anual que "LAS PARTES" aprueben en el tercer y cuarto trimestres del ejercicio fiscal anterior al que vaya a presupuestarse, considerando el contenido de los Anexos 1 y 2 del presente Acuerdo de Coordinación;
III.    Conforme al presupuesto que anualmente apruebe la Cámara de Diputados, "LA SECRETARIA" a través de "LA COMISION" aportará a "EL EJECUTIVO ESTATAL", los recursos necesarios para:
a)   Fortalecer la ejecución y desarrollo de los programas y proyectos federales en materia de protección contra riesgos sanitarios;
b)   El equipamiento del laboratorio estatal o regional, según sea el caso, a fin de que se puedan llevar a cabo pruebas y diagnósticos en auxilio de las actividades de protección contra riesgos sanitarios en la Entidad Federativa o, en su caso la región, y
c)   La adquisición o suministro de los equipos de monitoreo y supervisión correspondientes.
IV.   Establecerá, de común acuerdo con "EL EJECUTIVO ESTATAL", los formatos en los que este último proporcionará información a "LA COMISION" sobre el ejercicio de las facultades objeto del presente instrumento jurídico;
V.    Informará a "EL EJECUTIVO ESTATAL" sobre aquellas acciones que derivaron del control y regulación sanitarios;
VI.   Realizará la supervisión y vigilancia técnicas de la ejecución y desarrollo de las acciones previstas en el presente Acuerdo de Coordinación, e
 
VII.   Informará a "EL EJECUTIVO ESTATAL" de las acciones que se deriven de las facultades materia del presente Acuerdo de Coordinación, que llevará acabo en la entidad federativa, según la importancia o impacto que representen, conforme a las disposiciones aplicables, sin que ello implique la atracción de facultades.
El cumplimiento de las obligaciones pactadas en la presente cláusula, quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria, a la afectación de recursos y al cumplimiento de la normativa aplicable.
CUARTA. Compromisos de "EL EJECUTIVO ESTATAL".
Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, "EL EJECUTIVO ESTATAL":
I.     Remitirá a "LA COMISION", en un plazo no mayor de 5 días hábiles, los trámites, documentos y demás actuaciones derivados del control y fomento sanitarios, productos, actividades y servicios considerados dentro del numeral 1 de los Anexos 1 y 2 que llegase a recibir, apercibiendo al usuario en el sentido de que se recibe la solicitud sólo para el efecto de ser turnada a "LA COMISION" y de que el plazo para resolver, comenzará a correr a partir de la fecha que "LA COMISION" la reciba, de lo cual dejará constancia por escrito en el propio documento y en la copia sellada que exhiba;
II.     Realizará la notificación de los actos y resoluciones emitidos por "LA COMISION" en el plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de la emisión de los mismos y, enviará a "LA COMISION" los acuses de recibo o cédulas de notificación respectivos en un plazo de cinco días hábiles para continuar el procedimiento de emisión de la autorización sanitaria o el de control sanitario correspondiente;
III.    Aplicará los recursos que reciba de "LA SECRETARIA" por conducto de "LA COMISION", en el marco del presente Acuerdo de Coordinación exclusivamente para las acciones, proyectos y programas de regulación, control y fomento sanitarios relacionados con las facultades objeto del presente instrumento, en términos de sus Anexos 1 y 2; y en su caso, desarrollará acciones, programas y proyectos en la materia de manera coordinada con "LA COMISION", conforme a las disposiciones aplicables.
IV.   Proporcionará mensualmente a "LA COMISION", en los formatos que establezca de común acuerdo con ésta, la información sobre el ejercicio de las facultades objeto del presente instrumento;
V.    Se incorporará al sistema de información que convenga con "LA COMISION" y, a través del portal electrónico de la misma, se pondrá a consulta del público interesado la información relativa a trámites, requisitos, plazos y situación que guardan los trámites ingresados;
VI.   Gestionará la actualización, en su caso, de los registros y manuales de trámites y servicios al público en el ámbito estatal;
VII.   Efectuará, de conformidad con la suficiencia presupuestaria correspondiente, las adecuaciones o modificaciones a sus estructuras administrativas, determinando sus modalidades orgánicas y funcionales conforme a su legislación aplicable;
VIII.  Aplicará al laboratorio estatal, y en su caso, a los laboratorios jurisdiccionales, los recursos humanos y económicos necesarios para su operación y mantenimiento, así como los requerimientos que demande la implantación de Sistemas de Gestión de Calidad y la ampliación del marco analítico necesario para responder a las necesidades del Sistema Federal Sanitario; mediante la partida presupuestaria que "EL EJECUTIVO ESTATAL" asigne;
IX.   Respaldará el catálogo de costos por determinación analítica, establecido por el laboratorio estatal, tomando como referencia el tabulador de la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura de "LA COMISION". Dicho catálogo incluirá las modalidades de pago en efectivo, en especie o mediante intercambio de pruebas, con la finalidad de aplicarlo en la Red Nacional de Laboratorios Estatales de Salud Pública;
X.    Se apoyará en el ejercicio de las facultades que asume por virtud del presente Acuerdo de
Coordinación, en los esquemas de terceros autorizados de "LA COMISION";
XI.   Permitirá la supervisión técnica por parte de "LA COMISION", para evaluar el cumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación;
XII.   Facilitará a "LA COMISION" el ejercicio de las acciones, que por su impacto e importancia de los productos, las actividades, servicios, y demás actuaciones derivadas del presente Acuerdo de Coordinación, ameriten llevarse a cabo en la Entidad Federativa, conforme a las disposiciones aplicables, en aquellos casos que no se reasuman dichas facultades, en términos de lo estipulado en la cláusula sexta del presente Acuerdo de Coordinación, y
XIII.  Vigilará el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables por parte de los responsables del ejercicio de las acciones que derivan del cumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación.
QUINTA. Compromisos de "LAS PARTES".
Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, "LAS PARTES" se obligan a:
I.     Promover la realización de estudios de evaluación y análisis de riesgos a la salud y apoyar sus decisiones en los mejores criterios técnicos y científicos;
II.     Impulsar la modernización, simplificación y mejora regulatoria, en el ámbito de sus respectivas competencias;
III.    Orientar sus sistemas de trabajo a la optimización de recursos, la estandarización y simplificación de procesos, así como a la coordinación eficaz de sus atribuciones y a la profesionalización y especialización de su personal;
IV.   Ampliar la cobertura de los servicios materia del presente Acuerdo de Coordinación, a través de los esquemas de terceros autorizados de "LA COMISION", y
V.    Actuar bajo criterios de agilidad y transparencia en la realización de sus actividades.
SEXTA. Reserva del ejercicio de facultades de "LA SECRETARIA".
"LA SECRETARIA", por conducto de "LA COMISION", podrá reasumir en cualquier momento el ejercicio de las facultades objeto del presente Acuerdo de Coordinación, cuando ésta lo determine o, en aquellos asuntos y materias cuya magnitud, por el riesgo sanitario que representan, su impacto o importancia, ameriten su intervención. "LA SECRETARIA", a través de "LA COMISION", informará por escrito a "EL EJECUTIVO ESTATAL" sobre dicha decisión.
"EL EJECUTIVO ESTATAL", se compromete a colaborar con "LA SECRETARIA", por conducto de "LA COMISION", en el ejercicio de las facultades atraídas y, en su caso, a participar nuevamente en su ejercicio cuando así le fuere expresamente informado.
SEPTIMA. Servidores públicos designados para dar cumplimiento al Acuerdo de Coordinación.
"LA SECRETARIA" por conducto de "LA COMISION" dará cumplimiento al objeto del presente Acuerdo de Coordinación, a través del Titular de esta última y de los demás servidores públicos facultados para ello, en términos de la Ley General de Salud, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y el Acuerdo por el que se delegan las facultades que se señalan, en los órganos administrativos que en el mismo se indican de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de abril de 2010 y demás disposiciones jurídicas aplicables.
"EL EJECUTIVO ESTATAL", realizará lo conducente, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Presente Acuerdo de Coordinación, a través de la Secretaría de Salud, o en su caso, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, así como por los servidores públicos subalternos que se designen, de conformidad con las disposiciones aplicables.
 
OCTAVA. Evaluación y Seguimiento.
"LA SECRETARIA", a través de "LA COMISION", efectuará anualmente, con la Secretaría de Salud de "EL EJECUTIVO ESTATAL", la evaluación y seguimiento del ejercicio de las facultades previstas en el presente Acuerdo de Coordinación, por lo que podrá realizar supervisiones sanitarias y determinar, con base en los resultados de la evaluación, las acciones correctivas a instrumentar por parte de "EL EJECUTIVO ESTATAL".
"LA SECRETARIA", por conducto de "LA COMISION", elaborará el sistema de indicadores, variables y parámetros con los que se evaluará la productividad, eficiencia y desempeño del ejercicio de las acciones objeto del presente instrumento, así como el impacto en la salud pública local que implique, en los términos de este Acuerdo de Coordinación.
La evaluación del ejercicio de las acciones materia del presente Acuerdo de Coordinación será congruente con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Salud y demás instrumentos programáticos que se establezcan.
NOVENA. Relación laboral.
El personal de cada una de "LAS PARTES" que intervenga en la realización de las acciones materia del presente Acuerdo de Coordinación, mantendrá su relación laboral y estará bajo la dirección y dependencia de la parte respectiva, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral con la contraparte, a la que en ningún caso se le considerará como patrón sustituto o solidario.
Las plazas de enlace de alto nivel de responsabilidad que han sido asignadas a "EL EJECUTIVO ESTATAL" seguirán perteneciendo a "LA COMISION", por lo que quienes las ocupen deberán realizar funciones de enlace vinculadas con las acciones y proyectos objeto del presente Acuerdo de Coordinación.
DECIMA. Acciones de Vigilancia, Inspección, Control, Notificación y Evaluación.
Los recursos presupuestarios federales, que transfiera "LA SECRETARIA" a través de "LA COMISION" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, seguimiento y evaluación, corresponderá de conformidad con las disposiciones aplicables, a "LA SECRETARIA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a las instancias de fiscalización federales que correspondan, en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realice el órgano de control de "EL EJECUTIVO ESTATAL".
DECIMA PRIMERA. Vigencia de otros Acuerdos y Convenios en la materia.
El presente Acuerdo de Coordinación deja sin efecto los acuerdos y convenios celebrados por "EL EJECUTIVO ESTATAL" y "LA SECRETARIA", para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios.
DECIMA SEGUNDA. Solución de controversias.
Las dudas o controversias que resulten de la ejecución e interpretación del presente Acuerdo de Coordinación, serán resueltas a través de una Comisión Paritaria, que se integrará con un representante designado por cada parte y con la intervención que corresponda de sus órganos de control.
En caso de que dicha Comisión Paritaria no llegase a ninguna solución amigable, las dudas o controversias que resulten de la ejecución e interpretación del presente Acuerdo de Coordinación, serán resueltas por los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal.
Con independencia de lo anterior, el incumplimiento injustificado de las obligaciones pactadas en el presente Acuerdo de Coordinación, podrá dar lugar al inicio de los procedimientos que correspondan para la determinación de responsabilidades administrativas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
DECIMA TERCERA. Revisión y Modificación del Acuerdo de Coordinación.
El presente instrumento será objeto de una revisión bianual que podrá tener como resultado su adición o
modificación, tomando como base las exigencias presentadas en la operación de los servicios y la evaluación en el cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo.
No obstante lo anterior, el presente Acuerdo de Coordinación podrá, en cualquier momento, ser adicionado o modificado por acuerdo de "LAS PARTES" de forma escrita cuando éstas lo consideren necesario.
DECIMA CUARTA. Acceso a la Información.
El manejo de la información que se genere con motivo de la ejecución del presente Acuerdo de Coordinación, se hará de conformidad con los principios de publicidad, confidencialidad y reserva de la información, así como a la protección de datos personales, que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
DECIMA QUINTA. Vigencia y difusión.
El presente Acuerdo de Coordinación entrará en vigor al día siguiente de su suscripción y tendrá una vigencia indefinida. Se publicará acompañado de sus Anexos 1 y 2, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial, Organo del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
DECIMA SEXTA. Terminación Anticipada.
El presente Acuerdo de Coordinación podrá darse por terminado en cualquier tiempo a solicitud de cualquiera de "LAS PARTES", previa notificación por escrito realizada a la otra parte con, por lo menos, treinta días hábiles de anticipación, en cuyo caso se tomarán las medidas necesarias para concluir las acciones que se hubieren iniciado en el presente instrumento, a efecto de evitar daños mutuos o a terceros.
DECIMA SEPTIMA. Caso fortuito o fuerza mayor.
"LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por causas de fuerza mayor o caso fortuito que impidan, la ejecución total o parcial de las obligaciones del presente instrumento.
Una vez superados dichos eventos se reanudarán las actividades en la forma y términos que señalen "LAS PARTES".
Leído que fue el presente Acuerdo de Coordinación constante de dieciocho fojas, y enteradas las partes de su valor y consecuencias legales, lo firman por quintuplicado en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los 18 días del mes de noviembre de dos mil quince.- Por el Ejecutivo Federal: la Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.- El Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Mikel Andoni Arriola Peñalosa.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, Egidio Torre Cantú.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Herminio Garza Palacios.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Tamaulipas, José Norberto Treviño y García Manzo.- Rúbrica.- El Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tamaulipas, José Isauro Flores Rivera.- Rúbrica.
 
Secretaría de Salud
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
ANEXO 1 Establecimientos Control Sanitario
ANEXO 1 Del Acuerdo Específico de Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control y Fomento Sanitarios
CRITERIOS DE ATENCION PARA LA PARTICIPACION DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN MATERIA DE CONTROL Y FOMENTO SANITARIO
1.- EXCLUSIVO "LA COMISION"
⢠La emisión de órdenes, las visitas de verificación, informes de verificación, dictamen, seguimiento de corrección de irregularidades, resolución y en su caso seguimiento jurídico, lo realizará "LA COMISION".
 
⢠Las visitas para levantamiento de medidas de seguridad y la notificación de documentos oficiales podrá ser realizado por las entidades federativas previa solicitud e indicación de "LA COMISION".
2.- EJERCICIO EN COADYUVANCIA
⢠La emisión de órdenes, las visitas de verificación, informes de verificación y seguimiento de irregularidades las realizarán las entidades federativas, bajo las políticas, lineamientos y procedimientos que emita "LA COMISION".
⢠El dictamen, resolución y en su caso seguimiento jurídico lo realizará "LA COMISION".
⢠La notificación de documentos oficiales podrá ser realizado por las entidades federativas previa solicitud de "LA COMISION".
3.- EJERCICIO EN CONCURRENCIA
⢠La emisión de órdenes, las visitas de verificación, informes de verificación, dictamen, notificación, seguimiento de corrección de irregularidades, resolución y en su caso seguimiento jurídico, lo realizarán las entidades federativas, de acuerdo con las políticas, lineamientos y procedimientos que emita "LA COMISION", en términos de las disposiciones legales aplicables.
Ambas partes asumen el comportamiento de informarse y retroalimentarse periódicamente.
 
 
 
Descripción (Dedicados a:)
 
Atención del Trámite
Criterio
de
Atención
 
 
No.
clave
SCIAN
Area
COFEPRIS
ENTIDADES
FEDERATIVAS
REQUIERE
LICENCIA
Definición SCIAN
1
311212
Elaboración y producción de harina de trigo.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de harina de trigo.
2
311213
Elaboración y producción de harina de maíz.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de harina de maíz. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de harinas de cereales, leguminosas y otros productos agrícolas (311214, Elaboración de harina de otros productos agrícolas); de féculas y otros almidones (311221, Elaboración de féculas y otros almidones y sus derivados); de harina preparada para tamales (311423, Conservación de alimentos preparados por procesos distintos a la congelación), y a la molienda de nixtamal (311830, Elaboración de tortillas de maíz y molienda de nixtamal).
3
311214
Elaboración de harina de otros productos agrícolas.- Molienda de otros productos agrícolas ⢠Sólo los destinados para consumo humano.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de harinas de cereales, leguminosas y otros productos agrícolas, como harina de arroz, avena, cebada, frijol, soya, papa y flor de cempasúchil, y a la molienda de chiles. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de harina de trigo (311212, Elaboración de harina de trigo); de harina de maíz (311213, Elaboración de harina de maíz), y de mole y harina preparada para tamales (311423, Conservación de alimentos preparados por procesos distintos a la congelación).
4
311215
Elaboración y producción de malta.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de malta de cebada, centeno, trigo, maíz, arroz y de otros vegetales. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de levadura (311992, Elaboración de levadura), y de cerveza (312120, Elaboración de cerveza).
 
5
311221
Elaboración de féculas y otros almidones y sus derivados.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de féculas y otros almidones y sus derivados, como glucosa, fructosa, dextrosa y jarabe o miel de maíz. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de azúcar de caña (311311, Elaboración de azúcar de caña), y de miel artificial (311999, Elaboración de otros alimentos).
 
6
311222
Elaboración y producción de aceites y grasas vegetales comestibles.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de aceites y grasas vegetales comestibles, como manteca y crema vegetales y margarinas. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de pastas y harinas de semillas oleaginosas. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de mantequilla (311513, Elaboración de derivados y fermentos lácteos); de crema chantillí (311999, Elaboración de otros alimentos), y a la extracción y procesamiento de aceites esenciales de uso industrial (325999, Fabricación de otros productos químicos).
7
311230
Elaboración de cereales para el desayuno.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de cereales para el desayuno, como granola, cereales inflados, en hojuelas, rallados, preendulzados y precocidos.
8
311311
Elaboración de azúcar de caña (Ingenios azucareros).
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de azúcar de caña, refinada y sin refinar. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de glucosa, dextrosa y jarabe o miel de maíz (311221, Elaboración de féculas y otros almidones y sus derivados); a la compactación de azúcar (311999, Elaboración de otros alimentos), y a la fabricación de edulcorantes sintéticos (325190, Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos).
9
311319
Elaboración de otros azúcares.- Producción de piloncillo o canela.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de azúcar de remolacha y de otros azucares como piloncillo o canela.
10
311320
Elaboración y producción de chocolate y productos de chocolate (confitería) a partir de cacao.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración, a partir de cacao, de chocolate, productos de chocolate en todas sus presentaciones, y de productos cubiertos con chocolate. Incluye también: u.e.d.p. al beneficio de cacao. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de productos de chocolate a partir de chocolate (311330, Elaboración de productos de chocolate a partir de chocolate).
11
311330
Elaboración y producción de productos de chocolate y golosinas a partir de cocoa o chocolate.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de productos de chocolate a partir de chocolate comprado. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de chocolates artificiales. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de productos de chocolate a partir de cacao (311320, Elaboración de chocolate y productos de chocolate a partir de cacao).
12
311340
Elaboración de dulces, chicles y productos de confitería que no sean de chocolate.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de chicles, bombones, chiclosos, caramelos macizos, dulces regionales, jaleas, fruta cristalizada, confitada y glaseada. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de productos de chocolate a partir de cacao (311320, Elaboración de chocolate y productos de chocolate a partir de cacao); de productos de chocolate a partir de chocolate (311330, Elaboración de productos de chocolate a partir de chocolate), y a la conservación de frutas mediante la deshidratación (311421, Deshidratación de frutas y verduras).
13
311411
Congelación de frutas, legumbres y verduras.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la congelación de frutas y verduras. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de jugos, néctares y concentrados de frutas congelados. Excluye: u.e.d.p. a la congelación de alimentos preparados (311412, Congelación de alimentos preparados), y a la elaboración de jugos, néctares y concentrados de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y deshidratación (311422, Conservación de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y la deshidratación).
14
311412
Producción y congelación de alimentos preparados.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la congelación de alimentos preparados, como tamales, pizzas, nuggets, empanadas, tacos. Excluye: u.e.d.p. a la congelación de frutas y verduras; a la elaboración de jugos, néctares y concentrados de frutas congelados (311411, Congelación de frutas y verduras), y a la elaboración de productos de panadería congelados (311811, Panificación industrial).
15
311421
Deshidratación de frutas y verduras (Productos agrícolas alimenticios).
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la deshidratación de frutas y verduras. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de frutas cristalizadas, confitadas y glaseadas (311340, Elaboración de dulces, chicles y productos de confitería que no sean de chocolate); a la congelación de frutas y verduras (311411, Congelación de frutas y verduras), y de especias y condimentos (311940, Elaboración de condimentos y aderezos).
16
311422
Conservación de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y la deshidratación.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la conservación de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y la deshidratación, como enlatado, encurtido y conservación en salmuera. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de jugos, néctares y concentrados de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de frutas cristalizadas, confitadas y glaseadas (311340, Elaboración de dulces, chicles y productos de confitería que no sean de chocolate); a la elaboración de jugos congelados (311411, Congelación de frutas y verduras), y a la preparación de jugos para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
17
311423
Conservación de alimentos preparados por procesos distintos a la congelación. (Producción de alimentos colados y picados, sopas y guisos preparados, concentrados para caldos y moles).
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la conservación de alimentos preparados, como sopas, salsas, moles, alimentos colados y picados para bebé, por procesos distintos a la congelación, como deshidratación, enlatado, salado y encurtido. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de concentrados para caldos y sopas, y de harina preparada para tamales. Excluye: u.e.d.p. a la congelación de alimentos preparados (311412, Congelación de alimentos preparados); a la deshidratación de frutas y verduras (311421, Deshidratación de frutas y verduras); a la conservación de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y la deshidratación (311422, Conservación de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y la deshidratación); a la conservación de carne (311613, Preparación de embutidos y otras conservas de carne de ganado, aves y otros animales comestibles); a la elaboración de sopas y guisos a base de pescados y mariscos (311710, Preparación y envasado de pescados y mariscos); aderezos y sazonadores (311940, Elaboración de condimentos y aderezos), y de alimentos frescos para consumo inmediato (311993, Elaboración de alimentos frescos para consumo inmediato).
18
311511
Elaboración y Pasteurización de leche líquida. Incluye, establos productores de leche.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de leche líquida mediante procesos como pasteurización, homogeneización, rehidratación, deodorización y envasado. Excluye: u.e.d.p. a la explotación de bovinos y comercialización de leche bronca en la misma unidad económica (112120, Explotación de bovinos para la producción de leche).
19
311512
Elaboración de leche en polvo, condensada y evaporada (Deshidratación, evaporación y condensación de leche).
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de leche en polvo, condensada y evaporada, y de fórmulas especiales de leche para lactantes y para uso dietético.
 
20
311513
Elaboración de derivados y fermentos lácteos (Producción de yoghurt y fermentos lácteos). Incluye producción de crema, quesos y mantequillas, así como producción de cajetas y otros dulces a base de leche.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de queso, crema, mantequilla, yogurt y otros derivados y fermentos lácteos. Incluye también: u.e.d.p. a la producción de caseína, lactosa y suero.
Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de paletas y helados a base de leche y yogurt (311520, Elaboración de helados y paletas), y de flanes y postres a base de leche (311993, Elaboración de alimentos frescos para consumo inmediato).
21
311520
Elaboración de helados y paletas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de helados, paletas y nieves de todo tipo a base de leche, yogurt o agua. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de mixtura (base para elaborar helado). Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor especializado de paletas de hielo, helados y nieves (431199, Comercio al por mayor de otros alimentos); al comercio al por menor especializado de paletas de hielo, helados y nieves (461170, Comercio al por menor de paletas de hielo y helados), y a la preparación de paletas de hielo, helados y nieves para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
22
311611
Matanza de ganado, aves y otros animales comestibles.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al sacrificio de ganado, aves y otros animales comestibles.
23
311612
Corte y empacado de carne de ganado, aves y otros animales comestibles.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la selección, corte, deshuesado, empacado y congelación de carne de ganado, aves y otros animales comestibles. Excluye: u.e.d.p. al comercio de carne (43112, Comercio al por mayor de carnes; 46112, Comercio al por menor de carnes).
24
311613
Preparación de embutidos y otras conservas de carne de ganado, aves y otros animales comestibles.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la conservación de carne de ganado, aves y otros animales comestibles mediante el embutido, secado, ahumado, salado y enlatado.
25
311614
Elaboración y producción de manteca, aceites y otras grasas comestibles de origen animal.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de manteca de cerdo y res, y de otras grasas comestibles de origen animal. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de cuero sancochado para chicharrón. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de aceite de pescado (311710, Preparación y envasado de pescados y mariscos), y al procesamiento de grasas y aceites de origen animal no comestibles (325999, Fabricación de otros productos químicos).
26
311710
Preparación y envasado de pescados y mariscos (incluyendo las áreas de cosecha de moluscos bivalvos y la congelación de pescados y mariscos).-Secado, Salado y harinas de pescados y mariscos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la preparación, conservación y envasado de pescados, mariscos, plantas marinas comestibles y otros productos marinos. Incluye también: u.e.d.p. a la producción de harina y aceite de pescado, y a la elaboración de sopas y guisos a base de pescados y mariscos. Excluye: u.e.d.p. a la limpieza de pescado a petición de terceros (561990, Otros servicios de apoyo a los negocios), y a la preparación de pescados y mariscos para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
27
311811
Panificación industrial.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de productos de panadería, como pan, pasteles y pastelillos, por medio de procesos de producción que aseguran que tengan características homogéneas (sabor, peso, tamaño y forma); los panes, pasteles y pastelillos son empacados de acuerdo con la normatividad preestablecida (el empaque tiene marca, fecha de elaboración, fecha de caducidad, ingredientes, valor nutrimental) para su conservación y distribución. Estos productos son entregados a través de redes de distribución a unidades comercializadoras. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de productos de panadería congelados, y a la elaboración industrial de tortillas de harina de trigo. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración y venta directa al público de productos de panadería y de tortillas de harina de trigo (311812, Panificación tradicional), y a la elaboración de galletas (311820, Elaboración de galletas y pastas para sopa).
28
311812
Panaderías.-Panificación tradicional.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración y venta directa al público en general de una gran variedad de productos frescos de panadería, como pan, pasteles y pastelillos. Estas unidades económicas también pueden distribuir los productos que elaboran a otras unidades económicas, entregándolos en diferentes formas, como pan en charolas, cajas, canastos. Los productos individuales pueden estar envueltos en papel o bolsas de plástico, pero no están empacados de acuerdo con la normatividad preestablecida. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración y venta directa al público de tortillas de harina de trigo. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración industrial de pan y tortillas de harina de trigo (311811, Panificación industrial); de galletas (311820, Elaboración de galletas y pastas para sopa); al comercio al por menor especializado de pan (461190, Comercio al por menor de otros alimentos), y la preparación de café, té, chocolate para consumo inmediato en combinación con la elaboración de pan (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
29
311811
311812
Producción de tortillas de harina de trigo. Incluido en panificación industrial y panificación tradicional.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración y venta directa al público en general de una gran variedad de productos frescos de panadería, como pan, pasteles y pastelillos. Estas unidades económicas también pueden distribuir los productos que elaboran a otras unidades económicas, entregándolos en diferentes formas, como pan en charolas, cajas, canastos. Los productos individuales pueden estar envueltos en papel o bolsas de plástico, pero no están empacados de acuerdo con la normatividad preestablecida. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración y venta directa al público de tortillas de harina de trigo. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración industrial de pan y tortillas de harina de trigo (311811, Panificación industrial); de galletas (311820, Elaboración de galletas y pastas para sopa); al comercio al por menor especializado de pan (461190, Comercio al por menor de otros alimentos), y la preparación de café, té, chocolate para consumo inmediato en combinación con la elaboración de pan (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
30
311820
Elaboración y producción de galletas y pastas para sopa.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de galletas y pastas para sopa. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de harinas premezcladas, como harinas para pasteles, hot cakes y crepas.
31
311830
Producción de masa de Nixtamal.- Elaboración de tortillas de maíz y molienda de nixtamal.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de tortillas de maíz y molienda de nixtamal. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de harina de maíz (311213, Elaboración de harina de maíz), y de harina preparada para tamales (311423, Conservación de alimentos preparados por procesos distintos a la congelación).
 
32
311910
Elaboración de botanas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de botanas, como cacahuates salados, enchilados, tostadas, totopos, chicharrones, papas fritas, palomitas de maíz, semillas tostadas y saladas. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de crema de cacahuate y botanas de harina para freír. Excluye: u.e.d.p. a la preparación de alimentos como papas fritas, semillas, cacahuates, chicharrones y palomitas para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
33
311922
Elaboración de café tostado y molido. (Molienda de café).
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de café tostado en grano y molido. Excluye: u.e.d.p. al tostado y molienda de café para venta directa al público (461190, Comercio al por menor de otros alimentos), y a la preparación de café para consumo inmediato en combinación con el tostado y la molienda del mismo (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
34
311923
Elaboración de café instantáneo.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de café instantáneo, concentrados y extractos de café, y de polvos para preparar café tipo capuchino, vienés, etcétera. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de sustitutos de crema para café, y de café sintético.
35
311924
Envasado de té.- Preparación y
envasado de té ⢠Considera productos
para infusión.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la preparación y envasado de té, y a la obtención de extractos y concentrados de té. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de té sintético.
36
311930
Elaboración de concentrados, polvos, jarabes y esencias de sabor para bebidas.- Producción de otros químicos secundarios. ⢠Cuando se trata de producción de edulcorantes, sacarina y otros aditivos para alimentos no contemplados en la descripción.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de concentrados, polvos, jarabes y esencias de sabor para bebidas. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de colorantes y saborizantes naturales para alimentos. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de jugos, néctares y concentrados de frutas congelados (311411, Congelación de frutas y verduras); a la elaboración de extractos y concentrados de vainilla (311940, Elaboración de condimentos y aderezos); de bebidas con sabor a frutas (312111, Elaboración de refrescos y otras bebidas no alcohólicas); a la fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos no comestibles (325130, Fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos), y a la extracción y procesamiento de aceites esenciales de uso industrial (325999, Fabricación de otros productos químicos).
37
311940
Elaboración de condimentos y aderezos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de especias, condimentos, y aderezos como salsas, mayonesas, mostazas, vinagre y sazonadores, ablandadores de carne, extractos y concentrados de vainilla, y sal refinada y yodatada. Excluye: u.e.d.p. a la minería de sal (212391, Minería de sal); a la elaboración de salsas y concentrados para caldos y sopas (311423, Conservación de alimentos preparados por procesos distintos a la congelación), y a la fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos no comestibles (325130, Fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos).
38
311991
Elaboración de gelatinas y otros postres en polvo.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de gelatinas y otros postres en polvo, como flanes, budines y natillas. Incluye también: u.e.d.p. a la elaboración de grenetina para la preparación de alimentos. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de flanes, budines y gelatinas para consumo inmediato (311993, Elaboración de alimentos frescos para consumo inmediato).
39
311992
Elaboración y producción de levadura.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de levadura.
40
311993
Elaboración de alimentos frescos para consumo inmediato.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de alimentos frescos para consumo inmediato, como flanes, budines, gelatinas, tamales, ensaladas, destinados a unidades económicas que los comercializan. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de gelatinas, flanes, budines y natillas en polvo (311991, Elaboración de gelatinas y otros postres en polvo); al comercio de alimentos ya preparados (461190, Comercio al por menor de otros alimentos), y a la preparación de alimentos para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
41
311999
Elaboración de otros alimentos.- Tratamiento y envasado de miel de abeja.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al procesamiento de huevo (en polvo o líquido); a la pasteurización, homogeneización y envasado de miel, a la elaboración de coco rallado, grageas, polvo para hornear, rellenos para repostería; a la compactación de azúcar; a la elaboración de productos alimenticios hechos a partir de la mezcla de productos deshidratados y producidos en otras unidades económicas; de miel artificial y crema chantillí; al pelado, corte y envasado de frutas y vegetales, y a la elaboración de otros productos alimenticios no clasificados en otra parte.
42
312111
Elaboración de refrescos y otras bebidas no alcohólicas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de bebidas carbonatadas y no carbonatadas, como refrescos, aguas mineralizadas, bebidas hidratantes, energetizantes, bebidas con sabor a frutas y otras bebidas no alcohólicas. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de jugos, néctares y concentrados de frutas y verduras (311422, Conservación de frutas y verduras por procesos distintos a la congelación y la deshidratación); de concentrados, polvos, jarabes y esencias de sabor para bebidas (311930, Elaboración de concentrados, polvos, jarabes y esencias de sabor para bebidas), y a la purificación y embotellado de agua natural y con sabor (312112, Purificación y embotellado de agua).
43
312112
Purificación, envasado y embotellado de agua.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la purificación y embotellado de agua natural y con sabor (por filtración, pasteurización, ósmosis inversa). Incluye también: u.e.d.p. a la purificación de agua en donde se llena directamente el garrafón de los clientes.
44
312113
Producción y elaboración de hielo.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de hielo. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de hielo seco (325120, Fabricación de gases industriales).
45
312120
Elaboración de cerveza.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de cerveza. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de malta (311215, Elaboración de malta), y de levadura (311992, Elaboración de levadura).
46
312131
Elaboración de bebidas alcohólicas a base de uva.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de bebidas fermentadas a base de uva, como vinos de mesa, champaña, jerez y vermut, y de bebidas destiladas de uva, como coñac y brandy. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de otras bebidas destiladas, como ginebra, vodka, whisky (312149, Elaboración de otras bebidas destiladas).
47
312132
Elaboración de pulque.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de pulque. Excluye: u.e.d.p. a la obtención de aguamiel (111991, Cultivo de agaves alcoholeros).
 
48
312139
Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas, como la perada y el sake.
49
312141
Elaboración de ron y otras bebidas destiladas de caña.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de ron y otras bebidas destiladas de caña.
50
312142
Elaboración de bebidas destiladas de agave.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de bebidas destiladas de agave, como tequila y mezcal.
51
312143
Obtención de alcohol etílico potable.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la obtención de alcohol etílico potable. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de alcohol de uso industrial (325190, Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos).
52
312149
Elaboración de otras bebidas destiladas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la elaboración de otras bebidas destiladas no clasificadas en otra parte, como ginebra, vodka, whisky, y a la elaboración de rompope, licores, y bases para licores. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de bebidas alcohólicas a base de uva (312131, Elaboración de bebidas alcohólicas a base de uva).
53
313230
Fabricación de telas no tejidas (comprimidas) (Sólo la fabricación de productos higiénicos y/o material de curación).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de telas no tejidas (comprimidas) de uso industrial, sanitario, quirúrgico y doméstico, como fieltros, entretelas, telas absorbentes y otras telas no tejidas similares. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de telas no tejidas integrada con la confección de productos textiles. Excluye: u.e.d.p. al hilado, tejido y confección de productos textiles reciclados, como guatas, jergas, paños de limpieza (314993, Fabricación de productos textiles reciclados).
54
316110
Curtido y acabado de cuero y piel.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al curtido, teñido, blanqueado, adobado, raspado y depilado de cuero y piel de todo tipo de animales, y a la fabricación de charol, cueros gamuzados y apergaminados, metalizados y regenerados. Incluye también: u.e.d.p. al teñido y al estampado de pieles ordinarias para imitar otras pieles de mayor valor. Excluye: u.e.d.p. a la confección de prendas de vestir de cuero, piel y materiales sucedáneos (315210, Confección de prendas de vestir de cuero, piel y de materiales sucedáneos), y a la fabricación de cuero artificial o cartón cuero (322132, Fabricación de cartón y cartoncillo a partir de pulpa).
55
322110
Fabricación de pulpa.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de pulpa de madera y materiales reciclados como papel, cartón y textiles. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de pulpa en plantas de papel integradas (322121, Fabricación de papel en plantas integradas).
56
322121
Fabricación de papel en plantas integradas.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de pulpa (de madera y de materiales reciclados), papel y productos de papel en plantas integradas. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de papel a partir de pulpa comprada (322122, Fabricación de papel a partir de pulpa); de papel celofán (325220, Fabricación de fibras químicas); de papel fotosensible para fotografía (325992, Fabricación de películas, placas y papel fotosensible para fotografía); de papel aluminio (331310, Industria básica del aluminio), y de papel carbón (339940, Fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura, dibujo y actividades de oficina).
57
322122
Fabricación de papel a partir de pulpa.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de diferentes tipos de papel, como papel higiénico, facial, para impresión, escritura, embalaje y para otros usos y de cartulina, a partir de pulpa (de madera y de materiales reciclados) comprada. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de papel y productos de papel integrada con la fabricación de pulpa (322121, Fabricación de papel en plantas integradas); de papel celofán (325220, Fabricación de fibras químicas); de papel fotosensible para fotografía (325992, Fabricación de películas, placas y papel fotosensible para fotografía); de papel aluminio (331310, Industria básica del aluminio), y de papel carbón (339940, Fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura, dibujo y actividades de oficina).
58
322291
Fabricación de pañales desechables y productos sanitarios.
Insumos para la Salud
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de pañales desechables, toallas sanitarias, papel higiénico, pañuelos desechables y otros productos sanitarios similares, a partir de papel comprado. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de productos de papel integrada con la fabricación de pulpa (322121, Fabricación de papel en plantas integradas), y a la fabricación de diferentes tipos de papel a partir de pulpa comprada (322122, Fabricación de papel a partir de pulpa).
59
324191
Fabricación de aceites y grasas lubricantes.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación, a partir de petróleo refinado, de aceites y grasas lubricantes de uso automotriz e industrial, como aditivos, anticongelantes y líquidos para frenos. Incluye también: u.e.d.p. a la regeneración de aceite usado. Excluye: u.e.d.p. a la refinación de petróleo integrada con la fabricación de productos petroquímicos (324110, Refinación de petróleo), y a la fabricación de anticongelantes sintéticos (325999, Fabricación de otros productos químicos).
60
325120
Fabricación de gases industriales.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de hidrógeno, bióxido de carbono (sólido, líquido o
gaseoso), argón, helio, nitrógeno, oxígeno (medicinal e industrial), aire comprimido, acetileno, gases fluorocarbonados,
hielo seco y otros gases industriales. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de hielo (312113, Elaboración de hielo), y a la
producción de cloro (325180, Fabricación de otros productos químicos básicos inorgánicos).
61
325130
Fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos no comestibles, ya sean inorgánicos u orgánicos. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de colorantes y saborizantes naturales para alimentos (311930, Elaboración de concentrados, polvos, jarabes y esencias de sabor para bebidas); a la fabricación de negro de humo (325180, Fabricación de otros productos químicos básicos inorgánicos), y de colorantes naturales no comestibles (325190, Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos).
62
325180
Fabricación de otros productos químicos básicos inorgánicos.
Salud Ambiental
X
X
3
X
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de ácidos, bases y sales inorgánicas, y a la producción de cloro y negro de humo. Incluye también: u.e.d.p. al enriquecimiento de minerales radiactivos.
 
63
325190
Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos.
Salud Ambiental
X
X
3
X
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de productos químicos básicos orgánicos, como ácidos, anhídridos, alcoholes de uso industrial, cetonas, aldehídos, ácidos grasos, aguarrás, colofonia, colorantes naturales no comestibles, productos destilados de la madera como gomas y resinas, y otros productos básicos orgánicos no clasificados en otra parte. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de materiales sintéticos para perfumes y cosméticos, y de edulcorantes sintéticos. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de colorantes y saborizantes naturales para alimentos (311930, Elaboración de concentrados, polvos, jarabes y esencias de sabor para bebidas); a la obtención de alcohol etílico potable (312143, Obtención de alcohol etílico potable); a la fabricación de petroquímicos básicos (325110, Fabricación de petroquímicos básicos del gas natural y del petróleo refinado); de colorantes sintéticos no comestibles (325130, Fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos); de materias primas para la industria farmacéutica (325411, Fabricación de materias primas para la industria farmacéutica), y a la extracción y procesamiento de aceites esenciales de origen vegetal para uso industrial (325999, Fabricación de otros productos químicos).
64
Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos (Sólo fabricación de aguarrás, brea o colofonía).
Salud Ambiental
X
X
3
 
65
Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos (Sólo fabricación de alcohol etílico como material de curación).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
66
Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos (Sólo materias primas para perfumes, cosméticos y edulcolorantes sintéticos).
Productos y Servicios
X
X
3
 
67
325211
Fabricación de resinas sintéticas.
Salud Ambiental
X
X
2
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de resinas sintéticas termoestables y termoplásticas. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de materiales plastificantes. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de resinas a partir de plásticos reciclados (325993, Fabricación de resinas de plásticos reciclados).
68
325212
Fabricación de hules sintéticos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de hules sintéticos a base de butadieno, y otros hules
y látex sintéticos.
69
325220
Fabricación de fibras químicas.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de fibras químicas, como rayón, ésteres de celulosa, nylon, poliésteres, poliolefinas, acrílicas, modacrílicas, poliamídicas, vinílicas o de otras resinas químicas sintéticas. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de papel celofán. Excluye: u.e.d.p. al acabado de fibras (313310, Acabado de productos textiles).
70
325310
Fabricación de fertilizantes (Nutrientes Vegetales). Producción de fertilizantes químicos. Producción de nutrientes vegetales de origen orgánico. Incluye la formulación, mezcla física y envasado de nutrientes vegetales de origen químico.
Salud Ambiental
X
 
1
X
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de fertilizantes nitrogenados, fosfatados, biológicos, procesados o de otro tipo, y a la elaboración de mezclas de fertilizantes (fórmulas y complejos).
71
325320
Fabricación de pesticidas y otros agroquímicos, excepto fertilizantes (Sólo plaguicidas). Producción de pesticidas y otros químicos agrícolas. Fabricación, formulación y mezcla de plaguicidas de uso urbano, doméstico, jardinería, pecuario, industrial, forestal y agrícola.
Salud Ambiental
X
 
1
X
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de pesticidas y otros agroquímicos, como herbicidas, fungicidas, plaguicidas (domésticos, agrícolas e industriales), productos antigerminantes, reguladores del crecimiento de las plantas y nutrientes de suelos. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de fertilizantes (325310, Fabricación de fertilizantes).
72
325412
Fabricación de materias primas para la industria farmacéutica (Incluye fármacos). ⢠Fábrica o laboratorio de materias primas para la elaboración de medicamentos o productos biológicos para uso humano.
Insumos para la Salud
X
 
1
X
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de materias primas para la industria farmacéutica (productos farmoquímicos), como alcaloides, antibióticos, hormonas y otros compuestos y principios activos a granel.
73
325412
⢠Fabricación de preparaciones farmacéuticas: (Producción de farmacéuticos y medicamentos).
Insumos para la Salud
X
 
1
X
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de medicamentos farmacéuticos y botánicos, productos antisépticos de uso farmacéutico, substancias para diagnóstico, complementos alimenticios, plasmas y otros derivados de la sangre, y productos médicos veterinarios. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de alcoholes de uso industrial (325190, Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos), y de material desechable de uso médico (339112, Fabricación de material desechable de uso médico).
74
⢠Fabricación de preparaciones farmacéuticas: (si maneja estupefacientes psicotrópicos).
Insumos para la Salud
X
 
1
X
75
⢠Fábrica o laboratorio de medicamentos o productos biológicos para uso humano.
Insumos para la Salud
X
 
1
X
76
⢠Fábrica o laboratorio de medicamentos homeopáticos.
Insumos para la Salud
X
 
1
X
77
⢠Fábrica o laboratorio de medicamentos herbolarios.
Insumos para la Salud
X
 
1
X
78
⢠Almacén de acondicionamiento de medicamentos o productos biológicos para uso humano.
Insumos para la Salud
X
 
1
 
79
⢠Almacén de acondicionamiento de medicamentos herbolarios.
Insumos para la Salud
X
 
1
 
 
80
 
⢠Almacén de acondicionamiento de medicamentos homeopáticos.
Insumos para la Salud
X
 
1
 
 
81
Fabricación de Preparaciones Farmacéuticas (Centro de mezcla para la preparación de mezclas parenterales nutricionales y medicamentosas).
Insumos para la Salud
X
 
1
X
82
⢠Fabricación de preparaciones farmacéuticas (Sólo Fabricación de Remedios Herbolarios o Agentes de Diagnóstico).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
83
⢠Almacén de acondicionamiento de remedios herbolarios.
Insumos para la Salud
X
X
3
 
84
⢠Fabricación de preparaciones farmacéuticas (Sólo Suplementos Alimenticios).
Productos y Servicios
X
X
3
 
85
325510
Fabricación de pinturas y recubrimientos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de pinturas, barnices, lacas, selladores, esmaltes, fritas de vidrio, impermeabilizantes y otros recubrimientos. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de thinner y removedores de pintura y barniz. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos (325130, Fabricación de pigmentos y colorantes sintéticos); de aguarrás (325190, Fabricación de otros productos químicos básicos orgánicos); de resanadores (325520, Fabricación de adhesivos); de tintas para calzado (325999, Fabricación de otros productos químicos), y de pinturas de óleo y acuarelas (339940, Fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura, dibujo y actividades de oficina).
86
325520
Fabricación de adhesivos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de adhesivos o pegamentos, masillas, resanadores, gomas-cemento y similares. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de selladores e impermeabilizantes (325510, Fabricación de pinturas y recubrimientos).
87
325610
Fabricación de jabones, limpiadores y dentífricos (Sólo para jabones y limpiadores).
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de jabones, detergentes, limpiadores, dentífricos, suavizantes de telas, pulidores, ceras, aromatizantes de ambiente y otros productos similares.
88
Fabricación de jabones, limpiadores y dentífricos (Sólo para Dentífricos).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
89
325620
Fabricación de cosméticos, perfumes y otras preparaciones de tocador.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de maquillajes, perfumes, lociones y similares; cremas y leches de tocador, champúes, enjuagues, tintes, cremas para afeitar, depilatorios y otras preparaciones de tocador, antitranspirantes y desodorantes personales.
90
325910
Fabricación de tintas para impresión.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de tintas para los distintos procedimientos de impresión en artes gráficas (para flexografía, litografía, offset, rotograbado). Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de tóner y tintas para escritura y dibujo (325999, Fabricación de otros productos químicos).
91
325999
Fabricación de otros productos químicos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de carbón activado, tintas para escritura, dibujo y calzado; tóner (tinta en polvo) y cartuchos de tóner; fuegos artificiales y bengalas; anticongelantes sintéticos; agentes químicos como catalizadores y dispersantes; a la extracción y procesamiento de aceites esenciales y concentrados de origen vegetal para uso industrial, como aceite de limón, aceite de naranja, extractos y polvos de sábila; al procesamiento de grasas y aceites de origen animal no comestibles, y de otros productos químicos no clasificados en otra parte. Incluye también: u.e.d.p. a la remanufactura de cartuchos de tóner. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de tintas para impresión (325910, Fabricación de tintas para impresión); de velas y veladoras (339994, Fabricación de velas y veladoras), y a la recarga de cartuchos de tóner (811219, Reparación y mantenimiento de otro equipo electrónico y de equipo de precisión).
92
325991
Fabricación de cerillos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de cerillos o fósforos.
93
325992
Fabricación de películas, placas y papel fotosensible para fotografía (Sólo agentes de diagnóstico).
Insumos para la Salud
X
X
2
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de papel, hojas, películas y placas sensibilizados para fotografía, cinematografía, artes gráficas y rayos X, y de productos químicos para fotografía. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de hojas y películas de plástico no sensibilizadas (326110, Fabricación de bolsas y películas de plástico flexible).
94
326120
Fabricación de tubería y conexiones, y tubos para embalaje.
 
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de tubería, perfiles y conexiones de plástico rígido, como codos y coples, y de tubos de plástico para embalaje, como tubos de cremas para el cuerpo, gel, pasta para dientes y medicamentos. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de mangueras de hule y de plástico (326220, Fabricación de bandas y mangueras de hule y de plástico).
95
326140
Fabricación de espumas y productos de poliestireno.
 
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de espumas y productos de poliestireno, como vasos, platos, bloques aislantes, tableros y productos para embalaje. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de espumas y productos de uretano, y de otras espumas plásticas y sus productos (326150, Fabricación de espumas y productos de uretano), y de platos, vasos y cucharas desechables de plástico (326191, Fabricación de productos de plástico para el hogar con y sin reforzamiento).
96
326211
Fabricación de llantas y cámaras.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de llantas, cámaras, bandas de rodadura para revitalización (hule piso para llantas) y materiales de hule para la reparación de llantas.
 
97
326290
Fabricación de otros productos de hule (Sólo condones y material de curación).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de artículos de hule como globos, guantes, condones; colchones, balsas y botes inflables, tubos, suelas y tapas para calzado, tapones, conexiones, y otros productos de hule no clasificados en otra parte. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de telas recubiertas con plástico y hule (313320, Fabricación de telas recubiertas); de calzado de hule (316214, Fabricación de calzado de hule); de tubería, perfiles y conexiones de plástico rígido (326120, Fabricación de tubería y conexiones, y tubos para embalaje); de colchones, balsas y botes de plástico inflables (326199, Fabricación de otros productos de plástico sin reforzamiento); de colchones y colchones de agua (337910, Fabricación de colchones); de artículos deportivos de plástico y hule (339920, Fabricación de artículos deportivos), y de juguetes de hule (339930, Fabricación de juguetes).
98
Fabricación de otros productos de hule.
Salud Ambiental
X
X
3
 
99
327111
Fabricación de artículos de alfarería, porcelana y loza (incluye importadores).- Producción de artículos cerámicos no estructurales.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de artículos de alfarería, porcelana y loza, de uso ornamental, doméstico o industrial, como vajillas, floreros, macetas, portalámparas, piezas para uso eléctrico y electrónico. Incluye también: u.e.d.p. a la obtención de arcilla integrada con la fabricación de productos de alfarería, porcelana y loza.
100
327121
Fabricación de ladrillos no refractarios.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de ladrillos no refractarios. Incluye también: u.e.d.p. a la obtención de arcilla integrada con la fabricación de ladrillos no refractarios. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de ladrillos refractarios (327123, Fabricación de productos refractarios).
101
327211
Fabricación de vidrio.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de vidrio, como el vidrio plano (liso o labrado), vidrio templado, cristal flotado, cristal inastillable. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de vidrio de uso automotriz, y a la fabricación de vidrio integrada con la fabricación de productos de vidrio. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de lentes de uso no oftálmico, (333319, Fabricación de otra maquinaria y equipo para el comercio y los servicios), y de lentes oftálmicos (339113, Fabricación de artículos oftálmicos).
102
327216
Fabricación de artículos de vidrio de uso industrial y comercial.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de artículos de vidrio de uso industrial y comercial, como los artículos de vidrio para laboratorios, para uso eléctrico, electrónico, y para señalización. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de vidrio de uso automotriz; a la fabricación de vidrio integrada con la fabricación de productos de vidrio (327211, Fabricación de vidrio), y de envases y ampolletas de vidrio (327213, Fabricación de envases y ampolletas de vidrio).
103
327219
Fabricación de otros productos de vidrio.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de vitrales, biselados y decoración de vidrios. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de vidrio integrada con la fabricación de productos de vidrio (327211, Fabricación de vidrio).
104
327310
Fabricación de cemento y productos a base de cemento en plantas integradas.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de cemento para la construcción y a la fabricación de cemento integrada con la fabricación de productos a base de cemento. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de concreto a partir de cemento comprado (327320, Fabricación de concreto); de tubos y bloques a partir de cemento o concreto comprados (327330, Fabricación de tubos y bloques de cemento y concreto), y de productos preesforzados de concreto a partir de cemento o concreto comprados (327391, Fabricación de productos preesforzados de concreto).
105
327410
Fabricación de cal.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de cal viva, hidratada o apagada, y cal para usos específicos a partir de piedra caliza triturada. Incluye también: u.e.d.p. a la producción de dolomita calcinada. Excluye: u.e.d.p. a la minería de piedra de cal (212311, Minería de piedra caliza).
106
327420
Fabricación de yeso y productos de yeso.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de yeso y productos de yeso, como tablarroca, plafones, paneles acústicos, columnas, molduras y productos arquitectónicos de yeso de carácter ornamental, estatuillas y figuras decorativas.
107
327999
Fabricación de otros productos a base de minerales no metálicos (Sólo productos de asbesto y fibrocemento).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de productos de asbesto y fibrocemento, artículos de piedras sintéticas, material aislante de fibra de vidrio, pegazulejos y clínica, y de otros productos a base de minerales no metálicos no clasificados en otra parte. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de productos a base de piedras de cantera (327991, Fabricación de productos a base de piedras de cantera), y de uniformes de asbesto (339111, Fabricación de equipo no electrónico para uso médico, dental y para laboratorio).
108
331111
Complejos siderúrgicos (Sólo fabricación primaria de hierro, ferroaleaciones y acero).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fundición primaria de hierro bruto y a la fabricación de acero, ferroaleaciones, productos terminados como tubos, postes, perfiles, alambrón, cables, varillas y ángulos, y de coque, realizadas en complejos siderúrgicos. Excluye: u.e.d.p. a la minería de carbón (212110, Minería de carbón mineral); a la peletización del hierro (212210, Minería de hierro); a la fabricación de coque cuando se realiza en establecimientos separados del complejo siderúrgico (324199, Fabricación de coque y otros productos derivados del petróleo refinado y del carbón mineral); de tubos y postes a partir de hierro y acero comprados (331210, Fabricación de tubos y postes de hierro y acero), y de otros productos a partir de hierro y acero comprados (331220, Fabricación de otros productos de hierro y acero).
109
331210
Fabricación de tubos y postes de hierro y acero.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de tubos y postes a partir de hierro y acero comprados. Excluye: u.e.d.p. a la fundición primaria integrada con la fabricación de tubos y postes de hierro y acero hecha en complejos siderúrgicos (331111, Complejos siderúrgicos).
110
331220
Fabricación de otros productos de hierro y acero.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación, a partir de hierro y acero comprados, de láminas recubiertas y sin recubrir, perfiles, alambrón, cables, varillas, ángulos y otros productos de laminación secundaría de hierro y acero. Excluye: u.e.d.p. a la fundición primaria de hierro bruto integrada con la fabricación de productos terminados de hierro y acero realizados en complejos siderúrgicos (331111, Complejos siderúrgicos), y a la fabricación de tubos y postes a partir de hierro y acero comprados (331210, Fabricación de tubos y postes de hierro y acero).
111
331411
Fundición y refinación de cobre.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fundición, afinación y refinación de cobre blíster y electrolítico, y a la producción de sus aleaciones. Excluye: u.e.d.p. a la explotación de cobre por medio de la extracción por solventes y depositación electrolítica (212231, Minería de cobre); a la fabricación de productos derivados de la laminación secundaria del cobre (331420, Laminación secundaria de cobre), y al moldeo por fundición de piezas a partir de cobre comprado (331520, Moldeo por fundición de piezas metálicas no ferrosas).
 
112
331419
Fundición y refinación de otros metales no ferrosos.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fundición, afinación y refinación de plomo, cromo, manganeso, zinc, níquel, estaño, antimonio, molibdeno, magnesio y otros metales no ferrosos, y a la producción de sus aleaciones.
Excluye: u.e.d.p. al enriquecimiento de minerales radiactivos (325180, Fabricación de otros productos químicos básicos inorgánicos); a la producción de aleaciones y formas primarias del aluminio (331310, Industria básica del aluminio); a la fundición, afinación y refinación de cobre, y a la producción de sus aleaciones (331411, Fundición y refinación de cobre), y a la fundición y refinación de metales preciosos (331412, Fundición y refinación de metales preciosos).
113
331510
Moldeo por fundición de piezas de hierro y acero.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al moldeo por fundición de todo tipo de piezas a partir de hierro y
acero comprados.
114
331520
Moldeo por fundición de piezas metálicas no ferrosas.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al moldeo por fundición de todo tipo de piezas a partir de metales no
ferrosos comprados.
115
332810
Recubrimientos y terminados metálicos (Solo galvanoplastia).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al recubrimiento de piezas metálicas por medio de la anodización, el cromado, galvanizado, chapeado con metales preciosos, cobrizado, pintado y otros tipos de recubrimiento; al grabado de metales, limpieza, pulimento, desconchado, bruñido, esmerilado de piezas metálicas y otros tratamientos especiales hechos sobre pedido. Incluye también: u.e.d.p. dedicadas principalmente al recubrimiento de piezas metálicas combinado con el recubrimiento de piezas no metálicas. Excluye: u.e.d.p. al recubrimiento de productos de madera con pintura, plástico y otros materiales (321999, Fabricación de otros productos de madera); de productos de plástico con diversos materiales (326199, Fabricación de otros productos de plástico sin reforzamiento), y a la elaboración de orfebrería y joyería de metales preciosos (339912, Orfebrería y joyería de metales y piedras preciosos).
116
333411
Fabricación de equipo de aire acondicionado y calefacción (Sólo cuando utilicen fluorocarbonos).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de equipo de aire acondicionado, calefacción y ventilación, como radiadores, calentadores de ambiente, estufas para calefacción, equipos para purificación de aire, compresoras para aire acondicionado, sopladores industriales y calderas de calefacción central. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de calderas industriales (332410, Fabricación de calderas industriales); de calentadores industriales de agua (333319, Fabricación de otra maquinaria y equipo para el comercio y los servicios); de ventiladores de pedestal y de techo; de calentadores de agua eléctricos de uso doméstico (335210, Fabricación de enseres electrodomésticos menores); de calentadores de agua, de gas y leña, de uso doméstico (335220, Fabricación de aparatos de línea blanca), y de sistemas de aire acondicionado para vehículos automotrices (336390, Fabricación de otras partes para vehículos automotrices).
117
333412
Fabricación de equipo de refrigeración industrial y comercial (Sólo cuando utilicen fluorocarbonos).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de equipo de refrigeración industrial y comercial, como cámaras de refrigeración, torres de enfriamiento, exhibidores con refrigeración, condensadoras para cámaras frigoríficas, compresoras para refrigeración y evaporadores. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de congeladores para laboratorio.
118
334519
Fabricación de otros instrumentos de medición, control, navegación, y equipo médico electrónico.
Insumos para la Salud
X
 
1
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de instrumentos de medición y control como medidores de gas y de agua, taxímetros, aparatos para meteorología, geofísica y agrimensura, equipo de control de procesos industriales, instrumentos y equipo para análisis, ensayos y pruebas de laboratorio, microscopios electrónicos; de instrumentos de navegación aeronáutica y náutica, detectores, instrumentos de dibujo y trazado, y de equipo médico electrónico, como equipo de diagnóstico y radioterapia, marcapasos, audífonos para sordera y otros aparatos de implante. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de micrómetros y cintas métricas (332211, Fabricación de herramientas de mano metálicas sin motor); de microscopios ópticos no electrónicos (333319, Fabricación de otra maquinaria y equipo para el comercio y los servicios); de básculas y balanzas (333993, Fabricación de aparatos e instrumentos para pesar); de relojes (334511, Fabricación de relojes), y de equipo no electrónico para uso médico (339111, Fabricación de equipo no electrónico para uso médico, dental y para laboratorio).
119
335910
Fabricación de acumuladores y pilas.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de baterías, acumuladores y pilas. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de recargadores de baterías (335999, Fabricación de otros productos eléctricos).
120
336340
Fabricación de partes de sistemas de frenos para vehículos automotrices (sólo cuando utilicen asbesto).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de partes de sistemas de frenos para vehículos automotrices (automóviles y camiones), como balatas, discos, tambores para frenos.
121
339111
Fabricación de equipo no electrónico para uso médico, dental y para laboratorio (Incluye instrumental, medios de diagnóstico, órtesis, prótesis y ayudas funcionales). Laboratorio de prótesis dental.
⢠Laboratorio o taller de prótesis dental.
 
Insumos para la Salud
X
X
2
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de equipo no electrónico para uso médico, dental y para laboratorio, como equipo quirúrgico, odontológico, ortopédico (muletas, fajas, corsés, zapatos ortopédicos); material dental, dentaduras postizas, placas dentales, partes dentales hechas en serie y a la medida. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de ropa y equipo de seguridad, como cascos de futbol americano, cascos y uniformes para corredores de autos, caretas para soldar. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de equipo de destilación para laboratorio (333299, Fabricación de maquinaria y equipo para otras industrias manufactureras); de microscopios ópticos no electrónicos (333319, Fabricación de otra maquinaria y equipo para el comercio y los servicios); de congeladores para laboratorio (333412, Fabricación de equipo de refrigeración industrial y comercial); de básculas, balanzas para uso médico y para laboratorio (333993, Fabricación de aparatos e instrumentos para pesar); de hornos de uso médico (333999, Fabricación de otra maquinaria y equipo para la industria en general); de microscopios electrónicos; de equipo médico electrónico; de instrumentos y equipo para laboratorio; de audífonos para sordera y otros aparatos de implante (334519, Fabricación de otros instrumentos de medición, control, navegación, y equipo médico electrónico); de material desechable de uso médico (339112, Fabricación de material desechable de uso médico), y de artículos oftálmicos (339113, Fabricación de artículos oftálmicos).
122
Fabricación de equipo no electrónico para uso médico, dental y para laboratorio (Incluye instrumental, medios de diagnóstico, órtesis, prótesis y ayudas funcionales). Producción de equipos y aparatos quirúrgicos y médicos ⢠Fábrica o laboratorio de instrumental y equipo médico.
Insumos para la Salud
X
X
2
 
123
Producción de equipo y accesorios dentales. ⢠Fábrica o laboratorio de instrumental y equipo médico odontológico. ⢠Fábrica o laboratorio de material odontológico.
Insumos para la Salud
X
X
 
 
124
339112
Fabricación de material desechable de uso médico.
Insumos para la Salud
X
X
2
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de material desechable de uso médico, como algodón absorbente, vendas, gasas, apósitos, cintas adhesivas médicas, jeringas, abatelenguas y productos desechables de uso quirúrgico, como catéteres y materiales de sutura. Incluye también: u.e.d.p. a la fabricación de dispositivos intrauterinos, y de ropa desechable, como batas, cubrebocas, gorros, sábanas, filipinas y zapatos. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de condones (326290, Fabricación de otros productos de hule), y de ropa de seguridad (339111, Fabricación de equipo no electrónico para uso médico, dental y para laboratorio).
125
339113
Fabricación de artículos oftálmicos
(Incluye prótesis y órtesis).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de armazones, anteojos, lentes ópticos de cristal o de mica, lentes de contacto, lentes para sol, aparatos de diagnóstico ocular y otros artículos oftálmicos. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de microscopios ópticos, binoculares, catalejos, telescopios, instrumentos ópticos para astronomía y telémetros (333319, Fabricación de otra maquinaria y equipo para el comercio y los servicios), y de microscopios electrónicos (334519, Fabricación de otros instrumentos de medición, control, navegación, y equipo médico electrónico).
126
339930
Fabricación de juguetes (incluye importadores).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de juguetes, instrumentos musicales de juguete y juegos de mesa. Excluye: u.e.d.p. a la reproducción de juegos de video (334610, Fabricación y reproducción de medios magnéticos y ópticos); a la fabricación de bicicletas y triciclos (336992, Fabricación de bicicletas y triciclos), y de mesas especiales para juegos (339920, Fabricación de artículos deportivos).
127
339940
Fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura, dibujo y actividades de oficina (sólo fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura y dibujo).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente a la fabricación de artículos y accesorios para escritura, pintura artística, dibujo y actividades de oficina, como lápices, plumas, bolígrafos, plumones, papel carbón, carpetas de argollas, cintas entintadas para máquinas de escribir, impresoras y sumadoras, sellos metálicos y de goma, engrapadoras, crayones, pinceles, pinturas de óleo, acuarelas. Excluye: u.e.d.p. a la fabricación de cintas engomadas de todo tipo (322220, Fabricación de bolsas de papel y productos celulósicos recubiertos y tratados), y de tinta para escritura y dibujo (325999, Fabricación de otros productos químicos).
128
431110
Comercio al por mayor de abarrotes.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, como leche, queso, crema, embutidos, dulces, galletas, pan y pasteles, botanas, frituras, conservas, productos enlatados, refrescos, agua purificada, cerveza, vinos y licores, cigarros, huevo, papel higiénico, detergente, jabón, servilletas de papel, utensilios de cocina desechables. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor especializado de frutas y verduras frescas (431130, Comercio al por mayor de frutas y verduras frescas); de huevo (431140, Comercio al por mayor de huevo); de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos (431150, Comercio al por mayor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos); de leche y otros productos lácteos (431160, Comercio al por mayor de leche y otros productos lácteos); de embutidos (431170, Comercio al por mayor de embutidos); de dulces (431180, Comercio al por mayor de dulces y materias primas para repostería); pan y pasteles (431191, Comercio al por mayor de pan y pasteles); de botanas y frituras (431192, Comercio al por mayor de botanas y frituras); de conservas alimenticias (431193, Comercio al por mayor de conservas alimenticias); de bebidas no alcohólicas (431211, Comercio al por mayor de bebidas no alcohólicas y hielo); de vinos y licores (431212, Comercio al por mayor de vinos y licores); de cerveza (431213, Comercio al por mayor de cerveza); de cigarros (431220, Comercio al por mayor de cigarros, puros y tabaco); de artículos desechables, como servilletas y utensilios de cocina (434240, Comercio al por mayor de artículos desechables), y de papel higiénico, detergentes y jabones (435419, Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo de uso general).
129
431121
Comercio al por mayor de carnes rojas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de carnes rojas y vísceras crudas o semicocidas de res, cerdo, borrego, chivo y de otras especies animales de carne roja. Excluye: u.e.d.p. a la selección, corte, deshuesado, empacado y congelación de carne de ganado (311612, Corte y empacado de carne de ganado, aves y otros animales comestibles); al comercio al por mayor especializado de embutidos, carnes ahumadas, adobadas o deshidratadas (431170, Comercio al por mayor de embutidos), y a la preparación de chicharrón, carnitas y barbacoa para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
130
431122
Comercio al por mayor de carne de aves.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de carne y vísceras de aves, como pollo, codorniz, pato, pavo. Excluye: u.e.d.p. a la selección, corte, deshuesado, empacado y congelación de carne de aves (311612, Corte y empacado de carne de ganado, aves y otros animales comestibles), y a la preparación de pollos rostizados para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
131
431123
Comercio al por mayor de pescados y mariscos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de pescados y mariscos (frescos, secos, salados y congelados), y de otros productos alimenticios de origen marino como huevos o huevas. Excluye: u.e.d.p. a la preparación, conservación y envasado de pescados y mariscos (311710, Preparación y envasado de pescados y mariscos); a la limpieza de pescado a petición de terceros (561990, Otros servicios de apoyo a los negocios), y a la preparación de pescados y mariscos para consumo inmediato (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
132
431130
Comercio al por mayor de frutas y verduras frescas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de frutas y verduras frescas. Excluye: u.e.d.p. al cultivo de frutas y verduras y su comercialización en la misma unidad económica (111, Agricultura), y al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos frutas y verduras frescas (431110, Comercio al por mayor de abarrotes).
133
431140
Comercio al por mayor de huevo.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de huevo de gallina y de otras aves. Excluye: u.e.d.p. a la explotación de aves para la producción de huevo y la comercialización de huevo en la misma unidad económica (112, Cría y explotación de animales); al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos huevo (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y al comercio al por menor especializado de huevo (461190, Comercio al por menor de otros alimentos).
134
431150
Comercio al por mayor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de semillas y granos alimenticios, especias (clavo, pimienta, azafrán, comino, nuez moscada, canela) y chiles secos. Excluye: u.e.d.p. al cultivo de semillas y granos alimenticios y su comercialización en la misma unidad económica (111, Agricultura); a la molienda de semillas y granos alimenticios, chiles secos y especias (3112, Molienda de granos y de semillas y obtención de aceites y grasas); a la molienda de nixtamal (311830, Elaboración de tortillas de maíz y molienda de nixtamal); al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y al comercio de semillas mejoradas para siembra, independientemente de su forma de comercialización (434111, Comercio al por mayor de fertilizantes, plaguicidas y semillas para siembra).
 
135
431160
Comercio al por mayor de leche y otros productos lácteos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de leche y otros productos lácteos, como crema, mantequilla, yogurt, queso. Excluye: u.e.d.p. a la explotación de bovinos, ovinos y caprinos y la comercialización de leche bronca en la misma unidad económica (112, Cría y explotación de animales), y al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos productos lácteos (431110, Comercio al por mayor de abarrotes).
136
431170
Comercio al por mayor de embutidos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de embutidos, como chorizo, salchicha, longaniza, mortadela, jamón, queso de puerco. Incluye también: u.e.d.p. al comercio al por mayor especializado de carnes ahumadas, adobadas y deshidratadas. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos embutidos (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y al comercio al por mayor especializado de carnes rojas (431121, Comercio al por mayor de carnes rojas).
137
431180
Comercio al por mayor de dulces y materias primas para repostería.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de dulces, chocolates, chicles, bombones, dulces regionales, polvos para gelatinas, saborizantes y colorantes, y otras materias primas usadas en la elaboración de productos de repostería, como conservadores y esencias. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos dulces y materias primas para repostería (431110, Comercio al por mayor de abarrotes); al comercio al por mayor especializado de pan y pasteles (431191, Comercio al por mayor de pan y pasteles), y al comercio al por mayor especializado de gelatinas, flanes, budines (431199, Comercio al por mayor de otros alimentos).
138
431191
Comercio al por mayor de pan y pasteles.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de pan, pasteles y otros productos de panadería. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos pan y pasteles (431110, Comercio al por mayor de abarrotes); al comercio al por mayor especializado de materias primas para la repostería (431180, Comercio al por mayor de dulces y materias primas para repostería), y al comercio al por menor especializado de pan y pasteles (461190, Comercio al por menor de otros alimentos).
139
431192
Comercio al por mayor de botanas y frituras.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de botanas y frituras, como papas fritas, chicharrones de harina y de cerdo, tostadas, cacahuates, semillas fritas, palomitas de maíz. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos botanas y frituras (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y al comercio al por menor especializado de botanas y frituras (461190, Comercio al por menor de otros alimentos).
140
431193
Comercio al por mayor de conservas alimenticias.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de conservas alimenticias, como conservas enlatadas, en salmuera, encurtidos, productos alimenticios congelados, en almíbar, en aceite, purés y frutas deshidratadas o secas. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos conservas alimenticias (431110, Comercio al por mayor de abarrotes); al comercio al por mayor especializado de pescados y mariscos secos, salados y congelados (431123, Comercio al por mayor de pescados y mariscos); al comercio al por mayor especializado de embutidos, carnes ahumadas, adobadas y deshidratadas (431170, Comercio al por mayor de embutidos), y al comercio al por menor especializado de frutas deshidratadas o secas (461190, Comercio al por menor de otros alimentos).
141
431199
Comercio al por mayor de otros alimentos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de paletas de hielo, helados, nieves, gelatinas, flanes, budines y otros productos alimenticios para consumo humano no clasificados en otra parte. Excluye: u.e.d.p. a la elaboración de helados y paletas (311520, Elaboración de helados y paletas); al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos (431110, Comercio al por mayor de abarrotes); al comercio al por mayor especializado de dulces y materias primas para la repostería (431180, Comercio al por mayor de dulces y materias primas para repostería), y al comercio al por menor especializado de budines (461190, Comercio al por menor de otros alimentos).
142
431211
Comercio al por mayor de bebidas no alcohólicas y hielo.- Comercio al por mayor de refrescos y aguas purificadas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de bebidas no alcohólicas, como refrescos, jugos y néctares envasados, agua embotellada purificada o mineralizada, bebidas hidratantes, bebidas energetizantes y hielo. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos bebidas no alcohólicas y hielo (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y a preparar y servir bebidas no alcohólicas (722, Servicios de preparación de alimentos y bebidas).
143
431212
Comercio al por mayor de otras bebidas alcohólicas.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de vinos, licores y bebidas destiladas, como brandy, ron, vodka, whisky, pulque, tequila, aguardiente. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos vinos y licores (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y a la preparación de bebidas alcohólicas en bares, cantinas y similares (7224, Centros nocturnos, Bares, cantinas y similares).
144
431213
Comercio al por mayor de cerveza.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de cerveza. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de una amplia variedad de productos, entre ellos cerveza (431110, Comercio al por mayor de abarrotes), y a preparar y servir cerveza para consumo inmediato (722412, Bares, cantinas y similares).
145
433210
Comercio al por mayor de artículos de perfumería y cosméticos.
Productos y Servicios
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de perfumes, colonias, lociones, esencias, cremas, y otros artículos de belleza, como peines, espejos, rizadores, uñas postizas, limas, ceras depiladoras.
146
433110
Comercio al por mayor de productos farmacéuticos (Con manejo de medicamentos controlados y/o biológicos)-Sólo vigilancia regular, no incluye la verificación por licencia sanitaria, ni balances de libros de control, ni existencias, ni constatación de inactivación y/o destrucción de productos (psicotrópicos y estupefacientes).
Insumos para la Salud
X
 
3
x
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de medicamentos alópatas, homeopáticos y naturistas para consumo humano. Excluye: u.e.d.p. al comercio de productos y compuestos químicos para la industria farmacéutica, independientemente de su forma de comercialización (434222, Comercio al por mayor de productos químicos para la industria farmacéutica y para otro uso industrial).
 
147
 
Comercio al por mayor de productos farmacéuticos (incluye medicamentos y remedios herbolarios. Sin manejo de medicamentos controlados ni biológicos).
Insumos para la Salud
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de medicamentos alópatas, homeopáticos y naturistas para consumo humano. Excluye: u.e.d.p. al comercio de productos y compuestos químicos para la industria farmacéutica, independientemente de su forma de comercialización (434222, Comercio al por mayor de productos químicos para la industria farmacéutica y para otro uso industrial).
148
434111
Comercio al por mayor de fertilizantes, plaguicidas y semillas para siembra (Sólo plaguicidas y nutrientes vegetales, incluyendo almacén).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de fertilizantes, abonos, plaguicidas, fungicidas, semillas mejoradas para siembra. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de semillas y granos alimenticios (431150, Comercio al por mayor de semillas y granos alimenticios, especias y chiles secos).
149
434112
Comercio al por mayor de medicamentos veterinarios y alimentos para animales, excepto mascotas (Sólo si venden estupefaciente y psicotrópicos).
Insumos para la Salud
X
 
2
x
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de medicamentos veterinarios y alimentos preparados para animales, excepto mascotas. Excluye: u.e.d.p. al comercio de medicamentos y alimentos para mascotas, independientemente de su forma de comercialización (465911, Comercio al por menor de mascotas).
150
434222
Comercio al por mayor de productos químicos para la industria farmacéutica y para otro uso industrial (Sólo materias primas no controlados ni biológicos para la industria farmacéutica).
Insumos para la Salud
X
X
2
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de productos y compuestos químicos para la industria farmacéutica y para uso industrial, como alcaloides, antibióticos, hormonas y otros compuestos y principios activos a granel, y gases, sales, bases, ácidos, catalizadores, resinas, abrasivos, adhesivos, plastificantes, colorantes y tintas. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por mayor de medicamentos para consumo humano (433110, Comercio al por mayor de productos farmacéuticos); al comercio de fertilizantes, abonos, independientemente de su forma de comercialización (434111, Comercio al por mayor de fertilizantes, plaguicidas y semillas para siembra); al comercio al por mayor de pinturas, barnices, lacas, esmaltes, impermeabilizantes y recubrimientos (434226, Comercio al por mayor de pintura); al comercio de extintores, independientemente de su forma de comercialización (435419, Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo de uso general), y a la reparación de extintores (811312, Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial).
151
⢠Almacén de depósito y distribución de materias primas para la elaboración de medicamentos o productos biológicos para uso humano.
Insumos para la Salud
X
X
2
152
Comercio al por mayor de productos químicos para la industria farmacéutica y para otro uso industrial (Para otros usos).
Salud Ambiental
X
X
3
153
434230
Comercio al por mayor de combustibles de uso industrial.
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de combustibles de uso industrial, como combustibles para calderas de hoteles, fábricas, ingenios azucareros, cruceros. Incluye también: u.e.d.p. al comercio al por mayor especializado de aceites y grasas lubricantes, aditivos, anticongelantes y similares para vehículos de motor. Excluye: u.e.d.p. al comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes, aditivos, anticongelantes y similares para vehículos de motor (468420, Comercio al por menor de aceites y grasas lubricantes, aditivos y similares para vehículos de motor).
154
434311
Comercio al por mayor de desechos metálicos (Incluye el manejo y tratamiento de desechos hospitalarios).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de desechos metálicos para reciclaje, como rebaba, viruta y chatarra metálica, envases usados de aluminio y hojalata. Excluye: u.e.d.p. al comercio de pedacería de metales preciosos, independientemente de su forma de comercialización (433220, Comercio al por mayor de artículos de joyería y relojes), y a la recuperación y clasificación de desechos metálicos (562112, Manejo de desechos no peligrosos y servicios de remediación a zonas dañadas por desechos no peligrosos).
155
434312
Comercio al por mayor de desechos de papel y de cartón (Incluye el manejo y tratamiento de desechos hospitalarios).
Salud Ambiental
X
X
3
 
Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor especializado de desechos de papel y cartón para reciclaje, como periódicos, envases y empaques usados de cartón. Excluye: u.e.d.p. al comercio de envases en general, papel y cartón para la industria, independientemente de su forma de comercialización (434223, Comercio al por mayor de envases en general, papel y cartón para la industria), y a la recuperación y clasificación de desechos de papel y cartón (562112, Manejo de desechos no peligrosos y servicios de remediación a zonas dañadas por desechos no peligrosos).
156
434313
Comercio al por mayor de desechos de vidrio (Incluye el manejo y tratamiento de desechos hospitalarios).
Salud Ambiental
X
X
3