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DOF: 17/03/2016 |
ACUERDO por el que se difunde el Manual de Organización General del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y su ubicación para consulta ACUERDO por el que se difunde el Manual de Organización General del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y su ubicación para consulta. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. ACUERDO POR EL QUE SE DIFUNDE EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN, Y SU UBICACIÓN PARA CONSULTA. ALEXANDRA HAAS PACIUC, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59, fracciones I, V y XII de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales 16 y 30, fracciones I y IV de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y artículo segundo, último párrafo del Acuerdo que modifica al diverso por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, y CONSIDERANDO Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo regula a los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal paraestatal respecto a sus actos de autoridad. Que el Artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo señala que los actos administrativos de carácter general, tales como reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas, manuales, disposiciones que tengan por objeto establecer obligaciones específicas cuando no existan condiciones de competencia y cualesquiera de naturaleza análoga a los actos anteriores, que expidan las dependencias y organismo descentralizados de la Administración Pública Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos. Que el último párrafo del artículo 2, del Acuerdo que modifica al diverso por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintiuno de agosto de dos mil doce, establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación los datos que permitan la identificación de las normas que se emitan de conformidad con lo previsto en este artículo, tales como: la denominación de la norma; su emisor; la fecha de emisión, y la materia a la que corresponda entre las señaladas en el artículo Primero de este Acuerdo, salvo que el ordenamiento jurídico en el que se sustente su expedición o la ley exija la publicación completa de la norma en el Diario Oficial de la Federación. Invariablemente, el texto íntegro de la norma emitida se difundirá por la institución pública que corresponda en el sistema electrónico denominado Normateca. Que con fecha veintiuno de agosto de dos mil quince fue publicada la Modificación al Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Que con fecha tres de septiembre de dos mil quince mediante acuerdo 14/2015 de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, se aprobó el Manual General de Organización, que tiene como finalidad presentar en forma ordenada y sistemática la integración de la estructura orgánica del Consejo, objetivos y funciones de cada área. Que con números de oficio No. SSFP/408/0999/2015 y SSFP/408/DGOR/1796/2015 fue autorizada la modificación de la estructura orgánica del Consejo por la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal (APF) y la Dirección General de Organización y Remuneraciones de la APF, ambas de la Secretaría de la Función Pública. Que con la finalidad de dar a conocer y enterar a todos los servidores públicos que conforman el Organismo, así como hacerlo del conocimiento del público en general; he tenido a bien expedir el siguiente : ACUERDO PRIMERO.- El Manual de Organización General es de observancia obligatoria para los servidores públicos del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. SEGUNDO.- El Manual de Organización General del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación se encuentra disponible para su consulta en el portal de internet www.conapred.org.mx Ciudad de México a 10 de marzo de 2016.- La Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Alexandra Haas Paciuc.- Rúbrica.
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