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DOF: 06/04/2016
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

MIGUEL ÁNGEL MARGÁIN GONZÁLEZ, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o., 6o., 7o., 7o. bis 1 y 7o. bis 2 de la Ley de la Propiedad Industrial; 3o. de su Reglamento; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es la autoridad en materia de propiedad industrial con facultades para tramitar y, en su caso, otorgar patentes de invención y registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas, y avisos comerciales, publicar nombres comerciales, emitir declaratorias de protección a denominaciones de origen, autorizar su uso, así como, inscribir sus transmisiones y licencias;
Que México forma parte del Protocolo Concerniente al Arreglo de Madrid Relativo al Registro Internacional de Marcas, adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989, modificado el 3 de octubre de 2006 y el 12 de noviembre de 2007 (en adelante, el Protocolo), administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (en adelante, OMPI);
Que los servicios relacionados con el Protocolo están sujetos al pago de las tarifas previstas en el Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y que dicho ordenamiento fue objeto de modificación el pasado 30 de noviembre;
Que el Gobierno Mexicano notificó dicha modificación al Director General de la OMPI respecto de los montos de las tarifas individuales pagaderas respecto a nuestro país, bajo el artículo 8 7)a) del Protocolo de Madrid;
Que mediante Aviso 6/2016 CORR de fecha 29 de enero de 2016, la OMPI informó que de acuerdo con la Regla 35 2)b) del Reglamento Común del Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y del Protocolo concerniente a ese Arreglo, previa consulta con este Instituto, se establecieron los nuevos montos para las tarifas individuales, los cuales entraron en vigor el 9 de marzo de 2016, para las solicitudes internacionales;
Que resulta necesario actualizar el Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;
Que para tal efecto, se solicitó la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien mediante oficio 349-B-1-I-08 de fecha 5 de febrero del año en curso, externó no tener comentarios respecto a la modificación a las tarifas individuales, y
Que dicha modificación a las tarifas individuales fue objeto de conocimiento de la Junta de Gobierno de este Instituto, mediante acuerdo 04/2016/1 ª, adoptado en su primera sesión ordinaria, celebrada el 10 de marzo de 2016, por lo anterior expuesto, en cumplimiento al citado acuerdo del Órgano de Gobierno, con el objeto de dar a conocer al público usuario las modificaciones a la Tarifa, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA TARIFA POR
LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
ARTICULO ÚNICO.- Se reforma el monto del artículo 36, inciso a), número 1 y 2, del Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:
36 . . .
 
 
 
 
a)    . . .
 
. . .
 
1.    . . .
 
177
(incluye IVA)
 
2.    . . .
 
190
(incluye IVA)
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 29 de marzo de 2016.- El Director General, Miguel Ángel Margáin González.- Rúbrica.
El suscrito ALFREDO CARLOS RENDÓN ALGARA, Secretario Técnico de la H. Junta de Gobierno del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en el artículo 8, fracción II, inciso e) del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado el veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Diario Oficial de la Federación, CERTIFICA que en la primera sesión ordinaria de dos mil dieciséis de dicho Cuerpo Colegiado, celebrada en la Ciudad de México, el día diez de marzo del mismo año, se adoptó el siguiente acuerdo: 04/2016/1 ª. Con fundamento en los artículos 9 fracción I del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; 58, fracción III de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 26 de su Reglamento, la Junta de Gobierno se da por enterada de la modificación de los montos de los numerales 1 y 2 del inciso a) del artículo 36 de la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, relativos a las Tasas Individuales del Protocolo Concerniente al Arreglo de Madrid Relativo al Registro Internacional de Marcas, en los términos notificados por el Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, instruyéndose al Director General del Instituto a dar a conocer a los usuarios, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, los montos en francos suizos de las tarifas individuales.
(R.- 428785)
 

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