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DOF: 13/05/2016 |
ACUERDO por el cual se dan a conocer tres formatos oficiales a cargo de la Secretaría de la Función Pública ACUERDO por el cual se dan a conocer tres formatos oficiales a cargo de la Secretaría de la Función Pública. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 2, 12, 26 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 4, 69-M y 69-O de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y CONSIDERANDO Que el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2015, señala que ésta se establece como el punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, la cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a éstas y en el ámbito de sus respectivas atribuciones; Que en atención a lo dispuesto por los artículos Sexto y Séptimo del Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado deberán observar los criterios técnicos, metodologías, guías, instructivos, manuales, estándares, principios de homologación y demás instrumentos que emita la Unidad de Gobierno Digital, en los que se establecerán las directrices y definiciones necesarias para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional, del Catálogo y del Sistema Nacional de Trámites y Servicios; Que para acercar a la ciudadanía los medios suficientes para solicitar y gestionar trámites y servicios gubernamentales, resulta necesario dar a conocer los formatos oficiales de los trámites denominados: a) Certificación de medios de identificación electrónica para personas extranjeras para el uso del sistema electrónico de información pública gubernamental, CompraNet y registro en dicho sistema. b) Renovación del certificado de medios de identificación electrónica para personas extranjeras para el uso del sistema electrónico de información pública gubernamental, CompraNet. Que de conformidad con lo señalado por el artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los actos administrativos de carácter general tales como formatos que expidan las dependencias de la Administración Pública Federal, deberán publicarse para que produzcan efectos jurídicos previamente a su aplicación, en el Diario Oficial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER TRES FORMATOS OFICIALES A CARGO DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer tres formatos oficiales de los trámites denominados "Certificación de medios de identificación electrónica para personas extranjeras para el uso del sistema electrónico de información pública gubernamental, CompraNet y registro en dicho sistema" y "Renovación del certificado de medios de identificación electrónica para personas extranjeras para el uso del sistema electrónico de información pública gubernamental, CompraNet", a cargo de la Secretaría de la Función Pública y que son los siguientes: Nombre de los formatos: 1. FF-SFP-001. Solicitud de certificación del medio de identificación electrónica para personas físicas extranjeras. 2. FF-SFP-002. Solicitud de certificación del medio de identificación electrónica para personas morales extranjeras. 3. FF-SFP-003. Solicitud de renovación del medio de identificación electrónica para personas físicas/morales extranjeras. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los formatos podrán reproducirse libremente en cualquier medio, siempre y cuando no se altere su contenido y en su caso, la impresión de los mismos se deberá hacer en hojas blancas tamaño carta. Los interesados podrán consultar los formatos a través de medios electrónicos. ARTÍCULO TERCERO.- La Unidad de Política de Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública, será la encargada de atender cualquier duda sobre la aplicación del presente Acuerdo, así como de proporcionar a través del personal adscrito a la misma, la orientación e información necesaria para la realización de los trámites señalados. ARTÍCULO CUARTO.- La Unidad Administrativa a la que se refiere el artículo anterior deberá tener públicamente a disposición de quienes lo soliciten, los formatos a los que se refiere el presente Acuerdo, ya sea en forma impresa o a través de medios electrónicos. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, deberán utilizarse a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. TERCERO.- Los trámites que se encuentren pendientes de resolución a la fecha de publicación del presente Acuerdo deberán ser resueltos conforme a los formatos y plazos vigentes al momento de realizar dichos trámites. Dado en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de abril de dos mil dieciséis.- El Secretario de la Función Pública, Virgilio Andrade Martínez.- Rúbrica.
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