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DOF: 31/05/2016 |
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma disposiciones del similar 36/2014, que regula los centros de Justicia Penal Federal, relacionado con las funciones de los administradores de los mismos ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma disposiciones del similar 36/2014, que regula los centros de Justicia Penal Federal, relacionado con las funciones de los administradores de los mismos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA DISPOSICIONES DEL SIMILAR 36/2014, QUE REGULA LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL, RELACIONADO CON LAS FUNCIONES DE LOS ADMINISTRADORES DE LOS MISMOS. CONSIDERANDO PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos; y QUINTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó que, no obstante que los jueces de Distrito especializados en el sistema penal acusatorio, que fungen como Administradores de los Centros de Justicia Penal Federal, tienen competencia constitucional y legal para conocer y ejercer funciones jurisdiccionales en los procedimientos relacionados con delitos del orden federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 104, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es necesario establecer expresamente que sí están facultados para ejercer funciones jurisdiccionales en el trámite de los asuntos, a efecto de evitar el cuestionamiento o impugnación de las actuaciones de esos juzgadores, derivado de la interpretación literal de las disposiciones del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal. Por lo anterior, se expide el siguiente ACUERDO ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 8, párrafo primero; y 16, fracción VIII del Acuerdo General 36/2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal, para quedar como sigue: "Artículo 8. Los jueces de Distrito que funjan como Administradores podrán ejercer funciones jurisdiccionales y actuar en sustitución de otro juez de Distrito adscrito al respectivo Centro, en términos de lo dispuesto en los acuerdos generales mediante los cuales se creen los mismos, y en los siguientes casos: I. a V. ... ... ... Artículo 16. ... I. a VII. ... VIII. Determinar lo pertinente en relación con los proyectos de autos elaborados por el personal del área especializada correspondiente; y IX. ... ... ...". TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal. EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma disposiciones del similar 36/2014, que regula los Centros de Justicia Penal Federal, relacionado con las funciones de los administradores de los mismos, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veinte de abril de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a diecinueve de mayo de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
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