DOF: 02/06/2016
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar que regula los Centros de Justicia Penal Federal, relativo a la duración del cargo de administrador

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar que regula los Centros de Justicia Penal Federal, relativo a la duración del cargo de administrador.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA EL SIMILAR QUE REGULA LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL, RELATIVO A LA DURACIÓN DEL CARGO DE ADMINISTRADOR.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. El Consejo de la Judicatura Federal ha determinado que aquellos jueces de Distrito especializados en el sistema penal acusatorio, que al 31 de diciembre de 2016 se desempeñen como Administradores de los Centros de Justicia Penal Federal de su adscripción, concluyan sus funciones de administración en dicha fecha, independientemente de la de su designación; y
QUINTO. Es necesario precisar la duración de un año calendario, en el cargo de Administrador de los Centros de Justicia Penal Federal, sin menoscabo de que el Pleno pueda determinar un lapso de duración diverso. Asimismo, se requiere establecer que el ejercicio del cargo de Administrador será de forma rotativa, en el orden que lo determine el Pleno a propuesta de la Comisión de Adscripción.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo 7 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal, para quedar como sigue:
"Artículo 7. Los jueces de Distrito especializados en el sistema penal acusatorio fungirán como Administradores del Centro de su adscripción de forma anual, rotativa y conforme a año calendario, el cual concluye el treinta y uno de diciembre; o durante el lapso que determine el Pleno a propuesta de la Comisión de Adscripción.
El cargo de Administrador se ejercerá en el orden que determine el Pleno, a propuesta de la Comisión de Adscripción."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. Todos los jueces de Distrito especializados en el sistema penal acusatorio que funjan como Administradores de los Centros de Justicia Penal Federal al 31 de diciembre de 2016, independientemente de la fecha de su designación, concluirán sus funciones de administración en dicha fecha.
CUARTO. El orden en que los jueces de Distrito especializados en el sistema penal acusatorio fungirán como Administradores, a partir del 1 º de enero de 2017, será determinado antes del 31 de diciembre de 2016.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar que regula los Centros de Justicia Penal Federal, relativo a la duración del cargo de administrador, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintisiete de abril de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a veinticinco de mayo de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
 

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