DOF: 14/06/2016
MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura

MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.

Al margen un logotipo, que dice: Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.

ESTATUTO ORGANICO DE LOS FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA.
Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) integrados por cuatro fideicomisos públicos denominados Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura Ganadería y Avicultura (FONDO), Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA), Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), son considerados Entidades de la Administración Pública Paraestatal. Con fundamento en el artículo 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en la sesión seis de FONDO y dos de FEFA, FEGA y FOPESCA del 2 de junio de 2016, sus Comités Técnicos autorizaron la modificación a su Estatuto Orgánico en los términos siguientes:
Artículo 11.-...
I.     
II.     Asegurar que el diseño, implementación, actualización y seguimiento de un sistema de gestión incorpore la administración de procesos, controles, gestión de la calidad, administración en materia de archivos y mejores prácticas que contribuyan al logro de los objetivos institucionales.
III.    Establecer y mantener el sistema de gestión de seguridad de la información y el plan de continuidad de negocio.
De la IV a la VII.
Artículo 13.- La Subdirección de Calidad y Procesos tiene como objetivo coordinar que la implementación de procesos y controles estén alineados al sistema de control interno y el cumplimiento de la normatividad interna y externa y que contribuyan al logro de las estrategias y objetivos institucionales, bajo un enfoque de calidad y mejora continua y tiene las siguientes funciones:
De la I a la VI.
VII.   Coordinar las estrategias y acciones en materia de administración, organización, conservación de archivos y gestión documental de FIRA.
Artículo 14.- La Subdirección de Control Interno tiene como objetivo coordinar que la implementación de la seguridad de la información, continuidad de negocios y la verificación del cumplimiento del sistema de control interno, contribuyan al logro de las estrategias y objetivos institucionales y al cumplimiento de la normatividad interna y externa, bajo un enfoque de calidad y mejora continua y tiene las siguientes funciones:
De la I a la III...
IV.   Llevar a cabo las actividades de diseño, documentación y administración del plan de continuidad de negocio.
V...
VI.    Suscribir en ausencia del Titular de la Contraloría Interna la información financiera cuya fecha de entrega tenga término, para dar cumplimiento a las obligaciones que establezca la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo 24.-...
I.     ...
II.     Coordinar las acciones y estrategias en materia de Estructura Orgánica, Estatuto Orgánico, cultura organizacional, seguridad física y protección civil.
De la III a la VI.
Artículo 32.-...
De la I a la V...
VI.   Se deroga.
Artículo 35.-...
De la I a la IV...
 
V.    Se deroga.
Artículo 80.-...
De la I a la VII...
VIII.  Suscribir en ausencia del Director General los estados financieros e información financiera cuya fecha de entrega tenga término, para dar cumplimiento a las obligaciones que establezca la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo 82.-...
De la I a la VI...
VII.   Suscribir en ausencia del Director General y del Director General Adjunto de Finanzas, los estados financieros e información financiera cuya fecha de entrega tenga término, para dar cumplimiento a las obligaciones que establezca la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Artículo 86.-...
De la I a la V...
VI.    Suscribir en ausencia del Contador General los estados financieros e información financiera cuya fecha de entrega tenga término, para dar cumplimiento a las obligaciones que establezca la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación.
Fecha de publicación.- Ciudad de México, a 14 de junio de 2016.- El Director General de FIRA, Rafael Gamboa González.- Rúbrica.
(R.- 432637)
 

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