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DOF: 23/08/2016
SEXTA Actualización de la Edición 2015 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos

SEXTA Actualización de la Edición 2015 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.

La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 26, 36, 47, 50, 51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, se creó el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
Que la Edición 2014 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2015 y a partir de esa fecha se efectuaron siete actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2015, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas de salud de la población mexicana.
Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la edición 2015, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2015.
Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud.
Que en reunión del 10 de noviembre de 2009, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, aprobó la modificación de la clave a 12 dígitos, con la finalidad de identificar las diferentes presentaciones del envase con los dos últimos dígitos, así como también uniformar la información en la adquisición de insumos por las instituciones.
Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Que en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, expide la Sexta Actualización de la Edición 2015 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
 
SEXTA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2015 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE
MEDICAMENTOS
INCLUSIONES
CATÁLOGO
GRUPO 5. ENDOCRINOLOGÍA Y METABOLISMO
EXENATIDA
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
 

010.000.6054.00
SUSPENSIÓN INYECTABLE DE LIBERACIÓN PROLONGADA
Cada frasco ámpula con polvo contiene:
Exenatida             2 mg
Envase con 4 estuches de dosis única. Cada estuche contiene: 1 frasco ámpula con polvo, una jeringa prellenada con 0.65 ml de diluyente, 1 conector y 2 agujas.
Diabetes mellitus tipo 2
Subcutánea.
Adultos y mayores de 18 años de edad:
2 mg una vez a la semana.
 
MODIFICACIONES
(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)
CUADRO BÁSICO
GRUPO 23. VACUNAS, TOXOIDES, INMUNOGLOBULINAS, ANTITOXINAS
VACUNA ANTIINFLUENZA
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
 


020.000.3822.00
020.000.3822.01
020.000.3822.02
SUSPENSIÓN INYECTABLE
Cada dosis de 0.5 ml contiene:
Fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo pre-invernal e invernal de los años correspondientes del hemisferio norte.
Envase con frasco ámpula o jeringa prellenada con una dosis.
Envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis).
Envase con 10 frascos ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis).
Inmunización activa temporal contra la influenza.
Intramuscular o subcutánea.
Esta vacuna se aplica a partir de los seis meses de edad. Se aplica en los meses de septiembre a marzo.
En niños menores de 18 meses, aplicar en el tercio medio de la región anterolateral externa del muslo y en niños mayores, adolescentes y adultos en el músculo deltoides.
Niños de 6 a 35 meses:
Dos dosis de 0.25 ml cada una, con intervalo de 4 semanas; cuando no hay antecedente vacunal. Posteriormente una dosis cada año de 0.25 ml.
Niños de 36 meses a 8 años de edad:
Dos dosis de 0.5 ml cada una, con intervalo de 4 semanas entre cada una, cuando no hay antecedente vacunal. Una dosis de 0.5 ml cada año, cuando hayan recibido dos dosis previas.
Adolescentes y adultos:
A partir de los 9 años de edad, una dosis cada año de 0.5 ml.
 
CATÁLOGO
GRUPO 4. DERMATOLOGÍA
USTEKINUMAB
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
 
010.000.5695.00
010.000.5695.01
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula contiene:
Ustekinumab       45 mg
Envase con un frasco ámpula con 0.5 ml.
Envase con una jeringa prellenada con 0.5 ml
Tratamiento de psoriasis en placa de moderada a severa en adultos, que no responden, tienen contraindicada o no toleran otras terapias sistémicas, incluyendo ciclosporina, metotrexate y PUVA; también se puede emplear en pacientes refractarios a otros agentes biológicos.
Subcutánea.
Adultos:
45 mg de inicio, seguida de otra dosis de 45 mg 4 semanas después y posteriormente cada 12 semanas.
 
GRUPO 21. REUMATOLOGÍA Y TRAUMATOLOGÍA
GOLIMUMAB
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
 
010.000.5950.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada pluma precargada contiene:
Golimumab         50 mg
Envase con una pluma precargada con 0.5 ml.
Artritis Reumatoide con respuesta inadecuada a FARMEs tradicionales.
Artritis Psoriásica.
Subcutánea.
Adultos:
Artritis reumatoide: 50 mg una vez al mes.
Deberá administrarse en combinación con metotrexato.
Artritis Psoriásica: 50 mg una vez al mes. Solo o en combinación con metotrexato.
 
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. Las partes involucradas en la producción y adquisición de estos insumos cuentan con un plazo de 120 días, a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo, para agotar sus existencias, así como para realizar los ajustes necesarios en los casos de inclusiones y modificaciones.
México, Ciudad de México, a 16 de agosto de 2016.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Sexta Actualización de la Edición 2015 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.- El Secretario del Consejo de Salubridad General, Jesús Áncer Rodríguez.- Rúbrica.
 

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