MANUAL de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación MANUAL de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y
COMUNIDADES INDÍGENAS
ÍNDICE
Presentación
Objetivo
Marco Jurídico
Glosario
Descripción de los procedimientos
Diagramas de flujo
Transitorios
PRESENTACIÓN __________________________________________________________________
El presente instrumento detalla paso a paso las actividades y tareas que realizan las y los servidores públicos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, para la integración de expedientes que resultan del desarrollo de sus actividades sustantivas.
Es así que como parte de su contenido se especifican los procedimientos para la integración del cuaderno de antecedentes, la integración de los expedientes de asesoría y defensa electorales.
OBJETIVO _______________________________________________________________________
Contar con un instrumento normativo que regule los procedimientos a seguir para documentar las actividades y tareas que deriven de prestar los servicios de defensa y asesoría electorales a los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integran, para la protección de sus derechos político- electorales.
MARCO JURÍDICO _________________________________________________________________
· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
· Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
· Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
· Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
· Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
· Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
· Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General por el que se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
· Lineamientos para la integración e identificación de expedientes de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
GLOSARIO _______________________________________________________________________
Acuerdo General: El Acuerdo General por el que se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas;
Asesorado (a): Pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren, que recibe, por sí o a través de su representante colectivo, el servicio de asesoría electoral;
Constancia de Ingreso: Formato a través del cual la Defensora o Defensor describe las características de la solicitud de servicios;
Defensora o Defensor: Servidora o servidor público adscrito a la Defensoría Electoral, encargado de prestar los servicios de defensa y asesoría electorales a los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren;
Defensoría Electoral: La Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
Informe de Conclusión: Documento debidamente fundado y motivado en el que se hace constar las actuaciones que integran el expediente del servicio prestado;
Persona Solicitante: Pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren o su representante colectivo que presenta una solicitud de servicios de defensa y/o asesoría electorales;
Representado (a): Pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren, que recibe, por sí o por conducto de su representante colectivo, el servicio de defensa electoral;
Salas del Tribunal: La Sala Superior y las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
Servicios: Los servicios de defensa y asesoría electorales;
Servicio de Asesoría Electoral: El cual consiste en la orientación, guía o instrucción técnica sobre la naturaleza, contenido y alcances de los derechos político-electorales constitucionales, convencionales y legales, establecidos en favor de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren;
Servicio de Defensoría Electoral: El cual consiste en la procuración, representación y/o mandato de defensa de los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren, ante las Salas del Tribunal;
Titular: La persona Titular de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y
Tribunal: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS _____________________________________________
I. Integración de Cuaderno de Antecedentes
Área | Actividades | Formatos o Documentos |
INICIO DEL PROCEDIMIENTO |
Persona Solicitante | 1. Realiza una solicitud de servicio ante la Defensoría Electoral. | Solicitud de Servicio |
Defensoría Electoral | 2. Recibe la solicitud realizada por la persona solicitante y envía a la Defensora o Defensor. | Solicitud de Servicio |
Defensora o Defensor | 3. Con base en los hechos narrados en la solicitud llena la constancia de ingreso con los siguientes datos: a. Lugar y fecha de solicitud; b. Nombre, domicilio y datos de identificación del solicitante; c. Tipo de servicio que se solicita; d. Motivo de la solicitud; e. En su caso, documentación que se presente; y f. Firma del solicitante. ¿La información contenida en la solicitud es suficiente? No: Continúa en la actividad 4. Sí: Continúa en la actividad 5. | Solicitud de servicio / Constancia de ingreso |
Defensora o Defensor | 4. Toma las medidas necesarias, a efecto de completar los requisitos señalados en la constancia de ingreso. | Constancia de Ingreso |
Defensora o Defensor | 5. Envía la constancia de ingreso al Titular. | Constancia de Ingreso |
Titular | 6. Recibe la constancia de ingreso, en virtud a la naturaleza de la misma y de ser el caso, instruye al personal administrativo y de apoyo, formule el turno y ordena a la Defensora o Defensor respectivo la integración del Cuaderno de Antecedentes que en orden progresivo corresponda. | Constancia de Ingreso / Turno / Cuaderno de Antecedentes |
Defensora o Defensor | 7. Revisa los documentos e integra el cuaderno de antecedentes, a fin de elaborar un dictamen que de manera fundada y motivada reseñe el servicio requerido por la persona solicitante, así como su procedencia o improcedencia. | Cuaderno de Antecedentes / Proyecto de Dictamen |
Defensora o Defensor | 8. Constata la actualización de algún supuesto de abstención en términos del artículo 16 del Acuerdo General, elabora un dictamen fundado y motivado en el que expone las razones por las que es procedente o improcedente y lo envía al Titular, en un plazo máximo de veinticuatro horas, para su aprobación y emisión. | Cuaderno de Antecedentes / Proyecto de Dictamen |
Titular | 9. Recibe el dictamen. ¿El dictamen es aprobado? Sí: Continúa en la actividad 10. No: Continúa en la actividad 11. | Proyecto de Dictamen |
Titular | 10. Aprueba el dictamen y lo remite a la Defensora o Defensor para que lo haga del conocimiento de la persona solicitante del servicio. Continúa en la actividad 13 | Dictamen |
Titular | 11. Remite a la Defensora o Defensor, el dictamen a fin de que haga las precisiones correspondientes. | Proyecto de Dictamen |
Defensora o Defensor | 12. Modifica el dictamen en los términos señalados y entrega a la persona Titular para su aprobación. Continúa en actividad 9. | Proyecto de Dictamen |
Defensora o Defensor | 13. Entrega el dictamen a la persona solicitante, en el que de manera fundada y motivada se señala la procedencia o improcedencia de su solicitud e informa al Titular. El sentido del dictamen determina: a) Improcedente la solicitud. Concluye en la actividad 14. b) Procedente la solicitud. Concluye en la actividad 15. | Dictamen / Constancia de notificación |
Titular | 14. Ordena el envío del cuaderno de antecedentes al archivo. | Cuaderno de antecedentes |
Titular | 15. Instruye la elaboración del expediente que corresponda, tomando en consideración lo siguiente: a) El dictamen determina que el servicio corresponde a Asesoría: Continúa con el procedimiento de asesoría electoral. b) El dictamen determina que el servicio corresponde a Defensoría: Continúa con el procedimiento de defensa electoral. | Expediente |
TERMINA EL PROCEDIMIENTO |
II. Procedimiento de Asesoría Electoral
Área | Actividades | Formatos o Documentos |
INICIO DEL PROCEDIMIENTO |
| Deriva del procedimiento Integración de Cuaderno de Antecedentes | |
Defensora o Defensor | 1. Integra el expediente, adjuntando para tal efecto las constancias que obren en el Cuaderno de Antecedentes y la documentación que se genere con motivo del servicio de asesoría electoral. | Expediente |
Defensora o Defensor | 2. Analiza los documentos y demás elementos relacionados con el asunto que le ha sido turnado, brinda la asesoría y genera constancia de la asesoría brindada en documento debidamente fundado y motivado, evitando la desinformación del Asesorado (a), haciéndolo del conocimiento del mismo mediante la constancia de notificación de la asesoría. | Expediente |
Defensora o Defensor | 3. Una vez prestado el servicio de asesoría electoral elabora un informe de conclusión y lo envía al Titular. | Informe de Conclusión |
Titular | 4. Recibe el informe de conclusión. ¿Tiene observaciones el informe de conclusión? No: Concluye en la actividad 5. Sí: Continúa en la actividad 6. | Informe de Conclusión |
Titular | 5. Instruye el envío del expediente al archivo. | Informe de Conclusión / Expediente |
Titular | 6. Remite a la Defensora o Defensor, el informe de conclusión a fin de que haga las precisiones correspondientes. | Informe de Conclusión |
Defensora o Defensor | 7. Modifica el informe de conclusión en los términos señalados y entrega a la persona Titular. Continúa en actividad 4. | Informe de Conclusión |
TERMINA EL PROCEDIMIENTO |
III. Procedimiento de Defensa Electoral
Área | Actividades | Formatos o Documentos |
INICIO DEL PROCEDIMIENTO |
| Deriva del procedimiento Integración de Cuaderno de Antecedentes | |
Defensora o Defensor | 1. Integra el expediente, adjuntando para tal efecto las constancias que obren en el Cuaderno de Antecedentes y la documentación que se genere con motivo del servicio de defensoría electoral que refleje la secuela procesal. | Expediente |
Defensora o Defensor | 2. Analiza los documentos y demás elementos relacionados con el asunto que le ha sido turnado, formula el escrito que resulte procedente respecto del medio de impugnación de que se trate, debidamente fundado y motivado, para defender y salvaguardar los derechos político-electorales del representado (a), evitando su indefensión. | Escrito que resulte procedente / Documentos |
Defensora o Defensor | 3. Promueve o interpone el escrito que resulte procedente ante la Sala del Tribunal competente, según lo exija la naturaleza del asunto de que se trate, principalmente con la siguiente información: a. Sala del Tribunal; b. Expediente ante la Sala competente; c. Magistrado (a) Instructor (a); d. Actor (a); e. Órgano o autoridad responsable; f. Tercero (a) Interesado (a); g. Acto reclamado; h. Defensor (a); i. Fecha del acuerdo o sentencia; j. Tipo de acuerdo; k. Fecha de notificación al Defensor (a) o fecha de conocimiento; l. Tipo de notificación; m. Fecha en que surte sus efectos; y n. Extracto del acuerdo o resolución. | Constancia de remisión o Acuse / Expediente |
Defensora o Defensor | 4. Una vez concluido el servicio de defensoría electoral analiza los documentos que integran el expediente y elabora un informe de conclusión del servicio prestado y lo envía al Titular. | Informe de conclusión / Requerimientos formulados por la Sala / Contestación de requerimientos / Sentencia o resolución recaída al medio de impugnación |
Titular | 5. Recibe el informe de conclusión. ¿Tiene observaciones al informe de conclusión? No: Concluye en la actividad 6. Sí: Continúa en la actividad 7. | Informe de conclusión |
Titular | 6. Valida el informe de conclusión y ordena el envío del expediente al archivo. | Informe de conclusión / Expediente |
Titular | 7. Remite a la Defensora o Defensor, el informe de conclusión a fin de que haga las precisiones correspondientes. | Informe de conclusión |
Defensora o Defensor | 8. Modifica el informe de conclusión en los términos señalados y entrega a la persona Titular para su validación. Continúa en actividad 5. | Informe de conclusión |
TERMINA EL PROCEDIMIENTO |
IV. Supuestos en que se dejarán de prestar los servicios
Área | Actividades | Formatos o Documentos |
INICIO DEL PROCEDIMIENTO |
| Deriva de los procedimientos de Asesoría Electoral y/o Defensa Electoral | |
Defensora o Defensor | 1. Durante la prestación de los servicios, cuenta con elementos que acrediten alguna de las hipótesis previstas en el artículo 17 del Acuerdo General; elabora un documento fundado y motivado en el que expone las razones por las que dejarán de prestarse y lo envía al Titular para su aprobación y emisión. | Documento |
Titular | 2. Recibe el documento. a) Aprueba el documento en sus términos: Continúa en la actividad 3. b) Solicita modificaciones al documento: Continúa en la actividad 6. c) No aprueba el documento: Continúa con la prestación de los servicios. | Documento |
Titular | 3. Aprueba el documento y lo remite a la Defensora o Defensor para que lo haga del conocimiento del asesorado (a) o representado (a). | Documento |
Defensora o Defensor | 4. Entrega el documento al asesorado (a) o representado (a) en el que de manera fundada y motivada se señalan las razones por las que se dejarán de prestar los servicios e informa al Titular y genera la constancia de notificación. | Documento / Constancia de notificación |
Titular | 5. Informa oportunamente a la Comisión de Administración e instruye el envío del expediente al archivo. | Punto Informativo |
Titular | 6. Remite a la Defensora o Defensor, el documento a fin de que haga las precisiones correspondientes. | Informe |
Dfensora o Defensor | 7. Modifica el documento en los términos señalados y entrega a la titular para su aprobación. Continúa en la actividad 2. | Expediente |
TERMINA EL PROCEDIMIENTO |
DIAGRAMA DE FLUJO______________________________________________________________
TRANSITORIOS____________________________________________________________________
PRIMERO. El presente Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
TERCERO. Para su mayor difusión, publíquese en las páginas de Intranet e Internet del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
EL SUSCRITO, LICENCIADO JORGE ENRIQUE MATA GÓMEZ, SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 170, FRACCIÓN VIII, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CITADO ÓRGANO JURISDICCIONAL.
CERTIFICA
Que el presente documento en 25 fojas, corresponde al "Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas", aprobado por la Comisión de Administración mediante Acuerdo 274/S9(13-IX-2016), emitido en la Novena Sesión Ordinaria celebrada el 13 de septiembre de 2016; documento que obra en los archivos de la Coordinación de Asuntos Jurídicos. DOY FE.
Ciudad de México, 22 de septiembre de 2016.- El Secretario de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Jorge Enrique Mata Gómez.- Rúbrica.
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